veronica derna

Arce: “Lo importante es la inserción laboral, con capacitación y conocimiento legal del empleo”

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El Vicegobernador de la provincia, Dr. Carlos Arce participó del Programa de Agencias Móviles, programa nacional que tiene como objeto descentralizar el servicio de atención de las Agencias Territoriales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en el territorio provincial. Lo acompañaron autoridades provinciales y municipales.

Hoy en el cuarto tramo en la costanera (frente a la ex estación), se llevó a cabo el Operativo Agencia Móvil, donde las y los jóvenes recibieron diferentes servicios como: la carga de historias laborales para la adhesión al Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo (PJMyMT) y Seguro de Capacitación y Empleo (SCyE); el asesoramiento laboral en materia de registración y derechos laborales con orientación en leyes protectorias; el registro de denuncias vinculadas a trabajo no registrado y competencia federal del Ministerio: Trabajo Infantil, Trata y Trabajo Forzoso.

Arce comentó que “Este operativo estuvo en Montecarlo, Oberá y hoy está en Posadas, reforzando el arduo trabajo de las 39 oficinas de empleo que tenemos en la Provincia. Lo importante es la gestión, no solo en la inserción laboral, sino en la capacitación para hacerlo, también en tener conocimiento en todo lo que tiene que ver con la parte legal del empleo”. Remarcó.

Por su parte el Intendente de la ciudad, Leonardo “Lalo” Stelatto dijo que: “es importante la tarea que vienen llevando el Ministerio de Trabajo de la Nación, articulando el trabajo entre nación, provincia y municipios”.

Acompañaron al Vicegobernador Dr. Carlos Arce, el Intendente local, Leonardo “Lalo” Stelatto, la Delegada de la Agencia Territorial Posadas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Verónica Derna, la Ministra de Trabajo de la Provincia, Silvana Giménez, la Rectora de la Universidad Popular de Misiones, Laura Traid, por parte del Sindicato de la Cámara de Trabajo, Agustín Gómez, el Subsecretario de Trabajo, Matías Gómez y el coordinador de la Oficina de Empleo del municipio, Alejandro Glinka.

Las Agencias Móviles podrán incorporar postulantes al Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo que mediante Resolución N°338/21 se amplía el servicio de las Agencias Móviles, permitiendo a jóvenes interesados la inscripción y adhesión al Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo. En el marco del Programa Agencias Móviles, se establece que podrán tener funciones similares a las Oficinas de Empleo, a fin de garantizar y facilitar el acceso de las y los jóvenes de todo el país a las prestaciones ofrecidas por el Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo.

En ese sentido, las y los jóvenes que residan en localidades que no cuenten con Oficinas de Empleo integradas a la Red de Servicios de Empleo podrán optar por inscribirse en la Agencia Móvil correspondiente o en la Oficina de Empleo más cercana a su domicilio.

El Programa Más y Mejor Trabajo tiene por objeto generar oportunidades de inclusión social y laboral para jóvenes de dieciocho (18) a veinticuatro (24) años, sin estudios secundarios completos, a través de acciones integradas que les permitan identificar el perfil profesional en el cual deseen desempeñarse, finalizar su escolaridad obligatoria, realizar experiencias en formación y/o de prácticas calificantes en ambientes de trabajo, iniciar una actividad productiva de manera independiente o insertarse en un empleo.

A su vez, el Programa Agencias Móviles tiene como objetivo descentralizar el servicio de atención de las Agencias Territoriales del MTEySS y garantizar una mayor presencia institucional en el ámbito territorial para la atención directa de la ciudadanía a través de diferentes servicios.

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La Agencia Territorial Posadas avanza con uno de sus ejes de gestión: “El Empleo independiente”

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Este lunes se dio inicio al curso “Gestión Empresarial” en cuatro municipios de la Provincia de Misiones, en el marco del Programa de Empleo Independiente (PEI). Allí participan 25 jóvenes del “Programa Joven con Más y Mejor Trabajo” y en el marco del “Promover”, 5 personas.

El objetivo del Programa de Empleo Independiente es apoyar y fortalecer a las unidades productivas. En esta oportunidad a 30 personas, a través de capacitación y un aporte dinerario para capital inicial de $63.900.-

Es esta ocasión los beneficiarios están vinculados con las Oficinas de Empleo de los municipios de Puerto Iguazú, San Pedro, Oberá, Apóstoles y Puerto Esperanza.

Del encuentro realizado, participaron, el Vicegobernador de la Provincia de Misiones, Dr. Carlos Arce, la Ministra de Trabajo y Empleo de la Provincia de Misiones Dra. Silvana Giménez,  del Ministerio de Trabajo, Empleo y de Seguridad Social de la Nación la Directora Nacional Luciana Lartigue de la Secretaria de Empleo, el Coordinador Regional del NEA Ignacio Moretti de la Subsecretaría de Articulación Territorial. Además compartieron el espacio virtual la Diputada Provincial Yamila Ruíz el Subsecretario de Capacitación y Políticas de Promoción y Empleo Ramón Orlando Florentín,  kosinski Maria Isabel presidenta consejo provincial de Discapacidad los Intendentes:  Miguel Do Santos, de San Pedro, María Eugenia Safrán, de Apóstoles, el Secretario de Gobierno Eduardo Raimundien de Apóstoles, Diego Capolupo, Director de Vinculación y Desarrollo Económico municipal de Oberá,, ,  Alfredo Otto, de la Fundación Huellas Misioneras, el intérprete de lengua de señas Javier Bencharsky. Agentes de la Agencia Territorial de Posadas y los Coordinadores de las Oficinas de Empleo involucradas. 

Todos manifestaron en su intervención aspectos relativos sobre la importancia de estas prestaciones, que ayudan a concretar sueños de los beneficiarios, impulsando el desarrollo de emprendimientos locales.

Fue emotivo el momento en que la emprendedora y beneficiaria del curso de gestión empresarial, vinculada a la Oficina de Empleo de Apóstoles Elsa Tataryn expresó que tiene tres hijos y 5 nietos, que se dedica a la cocina de comidas típicas ucranianas y que necesitaba una heladera para fortalecer su emprendimiento. El Vicegobernador que se encontraba presente trasmite inmediatamente que contará con la misma a la brevedad. Por ello Elsa podrá destinar, el beneficio económico que perciba por el programa de empleo independiente a la compra de otro capital

Estas oportunidades solo se logran si se trabaja en equipo entre Nación, Provincia y Municipio,  aunando esfuerzos  expreso el Vicegobernador de la Provincia de Misiones. 

La capacitación es dictada por la Fundación Huellas Misioneras, a través de un convenio firmado con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. La misma tiene una carga horaria de 24 horas y se realizará en la modalidad online.

Este curso se suma a los iniciados meses atrás en nueve municipios de la provincia, Iguazú, Dos de Mayo, Posadas, San Javier, Mojón Grande, Puerto Libertad, Colonia Wanda, Montecarlo, Campo Grande. Generando esta oportunidad a un total de 90 emprendedores que inician el recorrido del programa, aguardando que luego todos puedan presentar sus proyectos de calidad. Las mismas son evaluadas en primera instancia por la Agencia Territorial Posadas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y luego por sede central, los que de ser aprobadas pueden percibir el aporte dinerario destinado a la compra de un capital inicial.

Explicó Derna que, en lo que va del año 2020, se financiaron, desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, hasta el mes de septiembre 47 proyectos por un monto dinerario de $3.413.496 dentro del Programa de Empleo Independiente y se crearon 72 puestos de trabajo.

Para más información sobre el programa de empleo impediente este link: https://www.argentina.gob.ar/trabajo/empleoindependiente

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Diputados de Misiones presentan proyecto de ley que impulsa una amplia moratoria

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Diputados de la provincia de Misiones presentaron en la Cámara Baja un proyecto de ley que impulsa una amplia moratoria impositiva.
Puntualmente, la iniciativa establece un régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social.

La iniciativa establece que los contribuyentes y responsables de los tributos y de los recursos de la seguridad social cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la AFIP podrán acogerse al régimen de regularización, por las obligaciones vencidas al 30 de abril de 2019, inclusive, o infracciones cometidas hasta esa fecha relacionadas con dichas obligaciones.
Podrán regularizarse aquellas obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso administrativa o judicial, en tanto el demandado se allane o desista incondicionalmente por las obligaciones regularizadas y renuncie a toda acción y derecho, incluso el de repetición, asumiendo el pago de las costas y gastos causídicos.
No se podrán regularizar en el presente régimen:
a) los aportes y contribuciones con destino al sistema de obras sociales y las cuotas con destino al régimen de riesgos del trabajo.
b) los importes que en concepto de estímulos a la exportación debieran restituirse al fisco nacional;
c) anticipos y pagos a cuenta de las obligaciones comprendidas en este régimen,
d) impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos,
e) impuesto sobre los combustibles y gas natural,
f) las obligaciones o infracciones vinculadas con regímenes promocionales que concedan beneficios tributarios.
Los sujetos que regularicen y cancelen las obligaciones incluidas en el régimen de regularización excepcional, obtendrán la exención y/o condonación:
a) De las multas y demás sanciones previstas en las leyes 11.683, 17.250 y 22.415, que no se encontraren firmes a la fecha del acogimiento al régimen de regularización previsto en esta ley;
b) Del 100% de los intereses resarcitorios y/o punitorios previstos en los artículos 37 y 52 de la ley 11.683 sobre el capital adeudado y adherido al régimen de regularización, correspondiente al aporte personal previsto en el artículo 10, inciso c) de la ley 24.241 y sus modificaciones, de los trabajadores autónomos comprendidos en el artículo 2°, inciso b) de la citada norma legal;
c) De los intereses resarcitorios y/o punitorios previstos en los artículos 37, 52 y 168 de la ley 11.683, los intereses resarcitorios y/o punitorios sobre multas y tributos aduaneros (incluidos los importes que en concepto de estímulos a la exportación debieran restituirse al fisco nacional), por el monto que respecto del capital adeudado por obligación supere el 100%.
También serán condonados, los intereses resarcitorios y/o punitorios correspondientes al capital de obligaciones tributarias y/o aduaneras comprendidas en el presente régimen que se hubiera cancelado con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley.
Los beneficios procederán en la medida que el capital, multas firmes e intereses no condonados, se cancelen:
a) mediante pago al contado, hasta la fecha en que se efectúe el acogimiento al presente régimen, siendo de aplicación en estos casos una reducción del 15% de la deuda consolidada;
b) mediante alguno de los planes de facilidades de pago que al respecto disponga la Administración Federal de Ingresos Públicos, los que se ajustarán a las siguientes condiciones:
1. Un pago a cuenta equivalente al 5% de la deuda. Por el saldo de deuda resultante, hasta 60 cuotas mensuales, con un interés de financiación del 2 por ciento mensual.
2. Las Micro, Pequeñas y Medianas empresas, conforme lo disponga la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, podrán optar por el plan indicado en el numeral 1 del presente inciso, o por ingresar un pago a cuenta equivalente al 2% de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta 96 cuotas mensuales, con un interés de financiación equivalente a la tasa pasiva promedio del Banco de la Nación Argentina sujeto a un piso del 2 por ciento mensual.
Podrán regularizarse mediante el presente régimen las obligaciones fiscales vencidas al 30 de abril de 2019, incluidas en planes de facilidades de pago respecto de los cuales haya operado la correspondiente caducidad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.
Asimismo, podrán reformularse los planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, excluidos aquellos mediante los cuales se haya solicitado la extinción de la acción penal, aplicándose las exenciones y/o condonaciones establecidas en el artículo 3 a los intereses, en la medida que no hayan sido cancelados a la fecha mencionada.
Quedan excluidos del régimen de regularización quienes se hallen en alguna de las siguientes situaciones:
a) Los declarados en estado de quiebra, respecto de los cuales no se haya dispuesto la continuidad de la explotación, mientras duren los efectos de dicha declaración;
b) Los condenados por alguno de los delitos previstos en la Ley Penal Tributaria, respecto de los cuales se haya dictado sentencia firme con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, siempre que la condena no estuviere cumplida;
c) Los condenados por delitos comunes, que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones tributarias o las de terceros, respecto de los cuales se haya dictado sentencia firme con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, siempre que la condena no estuviere cumplida;
d) Las personas jurídicas en las que, según corresponda, sus socios, administradores, directores, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, consejeros o quienes ocupen cargos equivalentes en las mismas, hayan sido condenados con fundamento en la Ley Penal tributaria, o por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones tributarias o las de terceros, respecto de los cuales se haya dictado sentencia firme con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, siempre que la condena no estuviere cumplida;
e) Quienes estuvieran procesados, aun cuando no estuviera firme dicho auto de mérito, por los siguientes delitos:
1. Contra el orden económico y financiero.
2. Enumerados en el artículo 6° de la ley 25.246, con excepción del inciso j).
3. Estafa y otras defraudaciones previstas en los artículos 172, 173 y 174 del Código Penal.
4. Usura previsto en el artículo 175 bis del Código Penal.
5. Quebrados y otros deudores punibles previstos en los artículos 176, 177, 178 y 179 del Código Penal.
6. Contra la fe pública previstos en los artículos 282, 283 y 287 del Código Penal.
7. Falsificación de marcas, contraseñas o firmas oficiales previstos en el artículo 289 del Código Penal y falsificación de marcas registradas previsto en el artículo 31 de la ley 22.362.
8. Encubrimiento al adquirir, recibir u ocultar dinero, cosas o efectos provenientes de un delito previsto en el inciso c) del numeral 1 del artículo 277 del Código Penal.
9. Homicidio por precio o promesa remuneratoria, explotación sexual y secuestro extorsivo establecido en el inciso 3 del artículo 80, artículos 127 y 170 del Código Penal, respectivamente.
Quienes a la fecha de adhesión al régimen de regularización tuvieran un proceso penal en trámite por los delitos enumerados en el inciso e), podrán adherir en forma condicional al régimen de regularización. El auto de procesamiento que se dicte en fecha posterior, dará lugar a la pérdida automática de todos los beneficios que se otorgan en esta ley.

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Tiene media sanción el proyecto para establecer el día nacional de las especies amenazadas

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El proyecto presentado por la Diputada Verónica Derna fue aprobado en Diputados y ahora girado al Senado.
El proyecto impulsado por la legisladora Verónica Derna busca de manera coincidente con el nacimiento del naturalista Juan Carlos Chébez, considerado como un vocero y gestor de los intereses de la naturaleza; generar sensibilización y concientización sobre las especies de nuestro territorio nacional que están siendo amenazadas por el accionar antrópico.


Entre los fundamentos del proyecto se explica que “nuestro planeta es el hogar de innumerables especies de plantas, animales, y de otras formas de vida que constituyen la diversidad biológica o biodiversidad manifiesta en sus diferentes niveles y expresiones. Hoy sabemos con claridad que nuestra calidad de vida, bienestar y posibilidades de desarrollo futuro están estrechamente vinculadas al sostenimiento de esa biodiversidad contenida y modelada en los ecosistemas del mundo. Sin embargo, el accionar del hombre en su afán por satisfacer esas necesidades ha llevado a la amenaza o extinción de la misma a numerosas especies vitales para los ecosistemas y el sostenimiento de sus dinámicas. Es imprescindible revertir estos hechos y materializar la búsqueda de modos de coexistencia más armónicos con las formas de vida de nuestro planeta”.
También recuerda que “Argentina es poseedora de un capital natural muy valioso y los elementos emblemáticos que caracterizan al mismo están siendo amenazados por el cambio climático, la pérdida y fragmentación de hábitats, la introducción de especies exóticas, la caza y pesca furtiva, el apeo ilegal, enfermedades, el comercio ilegal por citar algunas de las principales causas. Como consecuencia, numerosas especies, pero principalmente aquellas de nuestra flora y fauna comienzan a ser amenazadas y a extinguirse”.
El día elegido para instituir el día 31 de octubre como el Día Nacional de las Especies Amenazadas, lo hicieron coincidir con el día de nacimiento del naturalista Juan Carlos Chebez (1962-2011), un reconocido y valorado conservacionista y gran defensor de las especies amenazadas de nuestra fauna y de las áreas naturales protegidas, fallecido tempranamente, a la edad de 48 años. En la Administración de Parques Nacionales fue Director de Conservación, Director de la Delegación Técnica NEA – Nordeste Argentino -, y Asesor de la Presidencia de la Administración de Parques Nacionales. En el ámbito gubernamental fue también Director de Ecología de la Municipalidad de San Isidro y en el Ministerio de Ecología, Turismo y Recursos Naturales Renovables de la provincia de Misiones trabajó como asesor de la Subsecretaría de Ecología en 1987 y 1989. En 1990 fue convocado por la Administración de Parques Nacionales, donde primero cumplió funciones como Director de Manejo de Recursos Naturales, luego Asesor de la Presidencia y, finalmente ‐ por concurso‐, ganó el cargo de Director de la Delegación Regional Nordeste que implicó su mudanza a Iguazú, para trabajar en la selva misionera y todo el NEA desde 1994 al 2002. Ocupó cargos directivos en las principales organizaciones no gubernamentales del país dedicadas a la conservación: fue Director de Conservación en los comienzos de la Fundación Vida Silvestre Argentina, fue Presidente de la Asociación Ornitológica del Plata (hoy Aves Argentinas) y fue por una década Director del Área de Biodiversidad de la Fundación Azara. Fue nombrado Profesor en la Universidad CAECE- Centro de Altos Estudios en Ciencias Exactas- y Profesor Honorario en la Universidad de Buenos Aires.
Chebez fue autor de libros dedicados a las especies amenazadas, entre los que destacamos: “Los que se van”. Especies argentinas en peligro. Con ilustraciones de Aldo Chiappe, en cuya contratapa luce lo siguiente: Este libro es la ópera prima de alguien que ya tiene ganado su lugar entre los defensores de la vida, atacada por quienes solo están guiados por la codicia ignorante y ciega.
Por todo lo expuesto anteriormente, lo ubican como uno de los naturalistas más importantes que tuvo nuestro país, y sin dudas el mayor difusor y protector de la fauna y los ambientes naturales en la historia de la Argentina. Considerando el día de su nacimiento como la fecha más propicia para ser declarada, ya que, se lo podría definir como un naturalista y conservacionista, interesado por el panorama nacional de los ambientes y de las especies que habitan en todo el territorio argentino.
 

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Selva Viva: impulsan ley para limitar la velocidad a 60 kmh dentro de Parques Nacionales

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La diputada nacional por Misiones, Verónica Derna, presentó un proyecto de ley para modificar la ley de Tránsito y limitar a 60 kilómetros por hora el tránsito dentro de las rutas que atraviesen Parques Nacionales.
La ex ministra de Ecología que en la zona norte de Misiones, más de 3.000 animales – entre ellos yaguaretés y tapires- mueren atropellados por año.
“El 98% de estos atropellamientos se debe al exceso de velocidad de los vehículos que circulan por las rutas que atraviesan Parques Nacionales, zonas en las que no está permitido circular a una velocidad no mayor a los 60Km/h”, explicó.
 
Las características del trazado de las rutas que atraviesan los parques nacionales hace que se infrinjan reiteradamente los límites de velocidad permitidos, lo que ocasiona que el tiempo de frenado por parte del conductor se vea alterado no pudiendo prevenir la colisión con los animales que circulan o cruzan las rutas.
 
Si bien los límites de velocidad han sido determinados adecuadamente para las zonas referidas, el problema se centra en que se viola reiteradamente, a pesar de las medidas que se han tomado para avisar al conductor del peligro de circular a una velocidad mayor a la permitida.
 
“Todos los accidentes que involucren la muerte de un animal deben considerarse de gravedad, sin embargo, se agrava el daño cuando se genera sobre animales que se encuentran en peligro de extinción, lo que extiende el daño al ambiente y agravándolo cuando las víctimas son monumentos naturales como por ejemplo el yaguareté”, argumentó la legisladora.
 
El considerar una contravención, como el exceso de velocidad en parques nacionales, en una falta grave generaría una tendencia a la baja a transgredir la norma, hecho que se vio constatado en contravenciones de oro tipo como las aplicadas a los conductores que conducen con alcohol en sangre por encima del límite permitido, lo que produjo que descendiera las faltas de este tipo y se redujeran los accidentes producidos por esta causa.
“Somos conscientes que esta medida debe ser acompañada por el Estado –nacional, provincial y municipal- y además por la sociedad civil, en Misiones hemos logrado trabajar en conjunto para prevenir este tipo de tragedias, sin embargo, necesitamos contar con más y mejores herramientas que se sumen a las acciones materiales, por ello creemos que es necesario recurrir a soluciones normativas que sean suficiente y acordes a las faltas que se cometen”.
 

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