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Aristóbulo del Valle tendrá un parque solar: Ecología otorgó la viabilidad ambiental al proyecto de 10 MW

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El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones otorgó la Viabilidad Ambiental Definitiva al proyecto Parque Solar Fotovoltaico Aristóbulo del Valle 2, un emprendimiento que permitirá incorporar una nueva fuente de generación de energía renovable al sistema eléctrico provincial y fortalecer el abastecimiento energético del centro de la provincia.

La aprobación quedó formalizada mediante la Resolución N.º 262, firmada por el ministro Martín Recamán, tras concluir el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) previsto en la legislación nacional y provincial.

El proyecto, impulsado por la empresa Aristóbulo Solar FV S.A., se desarrollará sobre un predio rural de 25 hectáreas en el municipio de Aristóbulo del Valle y tendrá una vida útil estimada de 20 años.

Más de 18.000 paneles para abastecer a dos localidades

Según la resolución oficial, el parque contará con 18.018 paneles fotovoltaicos, con una potencia instalada de 11,8 MWp y una capacidad de generación de 10 MW, que será conectada en 33 kV a la Estación Transformadora Aristóbulo del Valle.

La energía producida será inyectada al Sistema Interconectado Provincial (SIP) y estará destinada a reforzar el suministro eléctrico de Aristóbulo del Valle y Salto Encantado.

Desde el punto de vista estratégico, el Ministerio de Ecología destacó que la incorporación de generación solar permite diversificar la matriz energética, ampliar la capacidad instalada en plazos relativamente breves y reducir las emisiones asociadas a la generación convencional, contribuyendo además a las políticas de mitigación del cambio climático.

Evaluación ambiental favorable

La resolución señala que el expediente fue analizado por la Comisión Técnica de Evaluación de Impacto Ambiental, que emitió el Informe Técnico Final N.º 22/2026, concluyendo que correspondía otorgar la viabilidad ambiental definitiva.

El organismo recordó que la Evaluación de Impacto Ambiental constituye un procedimiento preventivo obligatorio destinado a identificar, prever y mitigar los posibles efectos ambientales de una obra antes de su ejecución, conforme al artículo 41 de la Constitución Nacional, la Ley General del Ambiente y la normativa ambiental vigente en Misiones.

Condiciones ambientales obligatorias

La autorización no habilita una ejecución sin restricciones. Por el contrario, Ecología impuso una serie de obligaciones ambientales que deberán cumplirse durante toda la vida del proyecto.

Entre las principales exigencias se destacan:

  • cumplimiento integral del plan de gestión ambiental y del plan de contingencias;
  • presentación de informes anuales de seguimiento ambiental;
  • restauración de las áreas intervenidas una vez concluidas las obras;
  • prohibición de implantar especies forestales exóticas;
  • implantación de cortinas forestales con especies nativas propias de la zona;
  • preservación del bosque nativo lindero mediante un área de amortiguación (buffer);
  • protección absoluta de cursos de agua, humedales y nacientes, prohibiéndose su alteración;
  • prohibición de quemas rurales, debiendo respetarse la Resolución 293/2020 del Ministerio de Ecología;
  • obligación de informar previamente cualquier modificación del proyecto para su evaluación ambiental.

Asimismo, la cartera ambiental advirtió que cualquier cambio sustancial en la obra deberá ser comunicado y autorizado antes de su ejecución.

Energía renovable para fortalecer el sistema eléctrico

La aprobación ambiental representa uno de los pasos administrativos centrales para la concreción del parque solar, que se suma al proceso de expansión de las energías renovables en Misiones.

La generación distribuida mediante fuentes fotovoltaicas aparece como una herramienta para mejorar la seguridad energética provincial, reducir la dependencia de fuentes convencionales y avanzar hacia una matriz con menor huella de carbono.

Con una capacidad de 10 MW, el futuro parque permitirá aportar energía limpia al sistema provincial y reforzar el abastecimiento eléctrico de una región que ha registrado un crecimiento sostenido de la demanda en los últimos años.

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Ecología otorgó la viabilidad ambiental definitiva a un proyecto de 150 viviendas sociales en Oberá

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El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables otorgó la Viabilidad Ambiental Definitiva al proyecto “Viviendas Misioneras e Infraestructura Oberá I, II, III, IV, V y VI”, impulsado por el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA). La decisión quedó formalizada mediante la Resolución Nº 514, firmada el 30 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial.

El proyecto contempla la construcción de 150 viviendas sociales dentro del ejido urbano de Oberá, sobre la calle D. Berrondo sin número, en una zona de uso residencial. La iniciativa forma parte del Plan Federal de Viviendas, que prevé para Misiones la ejecución de 1.033 unidades habitacionales distribuidas en distintos municipios de la provincia.

Según lo evaluado por la autoridad ambiental, la obra no se limita a la edificación de viviendas, sino que incluye el desarrollo integral de la infraestructura necesaria para el funcionamiento de los nuevos conjuntos urbanos. Cada lote contará con terrenos nivelados, cordón cuneta, veredas, red eléctrica, suministro de agua potable y sistema de recolección y tratamiento cloacal, adaptado a las condiciones del municipio.

La resolución se enmarca en la normativa ambiental vigente, con base en el artículo 41 de la Constitución Nacional, la Ley General del Ambiente Nº 25.675 y la legislación provincial en materia de evaluación de impacto ambiental. En ese sentido, el Ministerio recordó que la Evaluación de Impacto Ambiental es un procedimiento preventivo y obligatorio, destinado a identificar, predecir y mitigar los efectos que una obra puede generar sobre el ambiente en el corto, mediano y largo plazo.

El otorgamiento de la viabilidad ambiental definitiva se apoyó en el Informe Técnico Final Nº 36/2025, elaborado por la Comisión Técnica de Evaluación de Impacto Ambiental, que concluyó que el proyecto resulta ambientalmente viable, siempre que se cumplan de manera estricta las condiciones establecidas.

Entre las obligaciones impuestas al proponente, se destacan la implementación del plan de gestión ambiental y del plan de contingencias, la presentación de informes de seguimiento ambiental con periodicidad anual y la obligación de informar cualquier modificación del proyecto con al menos sesenta días de antelación.

La resolución también fija medidas concretas de mitigación ambiental, como la restauración de las áreas degradadas una vez finalizada la obra, la prohibición expresa de implantar especies forestales exóticas y la exigencia de forestar con especies nativas de la región, priorizando aquellas propias del entorno de Oberá. Asimismo, se establece la obligación de proteger cursos de agua y nacientes, quedando prohibidas acciones que puedan alterarlos o degradarlos.

Otro punto relevante es la prohibición de la quema de residuos vegetales durante la obra. En caso de incumplimientos ambientales, la normativa recuerda la aplicación de la Ley General del Ambiente, que prevé, entre otras herramientas, la exigencia del Seguro Ambiental Obligatorio.

Con esta resolución, el Ministerio de Ecología habilita el avance de un proyecto habitacional de escala significativa para Oberá, bajo un esquema de control ambiental que busca compatibilizar el acceso a la vivienda con la preservación de los recursos naturales y el equilibrio ambiental en el ámbito urbano.

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