El Gobierno fijó en USD 28/MWh el precio de la energía de Yacyretá durante todo 2026
La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía estableció que la energía generada y la potencia disponible de la Central Hidroeléctrica Yacyretá (CHY) serán reconocidas y facturadas a un valor unificado de USD 28 por megavatio hora durante todo el año 2026. La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 5/2026, publicada el 6 de enero, y apunta a consolidar un esquema de previsibilidad tarifaria, orden contable y sostenibilidad financiera para la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), sin requerir aportes adicionales del Tesoro Nacional.
La medida impacta de manera directa en las transacciones del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), en la operatoria de CAMMESA y en la relación financiera entre el Estado argentino, ENARSA y la EBY, en el marco del Tratado de Yacyretá y del acuerdo bilateral vigente con la República del Paraguay.
Marco normativo y antecedentes del esquema tarifario
La resolución se sustenta en el entramado legal conformado por las Leyes N° 15.336, 20.646 y 24.065, y en el Tratado de Yacyretá aprobado por la Ley N° 20.646, que creó la Entidad Binacional Yacyretá como organismo internacional encargado de estudiar, construir, operar y explotar la central hidroeléctrica sobre el río Paraná.
De acuerdo con ese Tratado, cada Estado parte tiene derecho a retirar hasta el 50% de la energía generada, previéndose mecanismos de cesión voluntaria y compensación económica. En ese contexto, el Decreto N° 303 del 5 de mayo de 2025 facultó a la Secretaría de Coordinación de Energía y Minería a suscribir un Acta Acuerdo con la EBY y la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) del Paraguay, estableciendo condiciones de asignación, retiro, cesión y pago de la energía producida.
Ese Acta Acuerdo fijó un valor provisorio y unificado de USD 28/MWh como esquema de remuneración, en el marco de un plan de reestructuración financiera de la EBY destinado a cubrir costos operativos, de mantenimiento e inversión. La Cláusula Sexta del acuerdo previó revisiones anuales, que fueron ratificadas por la Entidad Binacional mediante la Nota N° 52080 del 9 de octubre de 2025.
Aplicación en el MEM y reglas de facturación
La implementación del esquema tarifario comenzó en 2025 a través de la Resolución N° 258/2025, que reconoció formalmente el valor de USD 28/MWh para la energía entregada al Sistema Argentino de Interconexión (SADI), instruyendo a CAMMESA a su aplicación en el MEM. Posteriormente, la Resolución N° 288/2025 estableció los aspectos operativos y contables, definiendo que los montos serían convertidos a pesos al tipo de cambio de referencia “A 3500” del Banco Central de la República Argentina, vigente al vencimiento de cada obligación.
La Resolución 5/2026 extiende ahora ese criterio desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2026, estableciendo que el precio será neto de todo cargo, tributo, deducción, retención o compensación, y deberá ser percibido íntegramente por la EBY. Asimismo, dispone que los servicios de reserva regulante, de corto plazo y los cargos de gestión vinculados a Yacyretá se liquidarán bajo el mismo tratamiento unificado, dejando sin aplicación, para ese período, lo previsto en el artículo 3° de la Resolución N° 288/2025.
Impacto financiero y sostenibilidad de la Entidad Binacional
Desde la Secretaría de Energía se destacó que la aplicación del esquema unificado permitió ordenar y homogeneizar la liquidación de transacciones en el MEM, aportando reglas claras, transparencia y previsibilidad para los agentes del mercado. Al mismo tiempo, el mecanismo fortaleció la sostenibilidad financiera de la EBY, reduciendo la incertidumbre sobre ingresos y contribuyendo a la continuidad del abastecimiento eléctrico sin requerir transferencias del Tesoro Nacional.
El procedimiento financiero previsto contempla que la EBY emita una nota de crédito a favor de ENARSA por la diferencia entre la tarifa histórica del Tratado y el valor de USD 28/MWh efectivamente abonado, y una nota de débito por el mismo importe con cargo al Gobierno argentino, como compensación por deudas vigentes vinculadas a la construcción del complejo hidroeléctrico.
Proyección institucional y repercusiones
La decisión consolida un esquema de cooperación energética bilateral entre Argentina y Paraguay, al tiempo que brinda previsibilidad al MEM para todo el ejercicio 2026. Para CAMMESA, ENARSA y la propia EBY, la resolución establece un marco estable de liquidación y facturación, reduciendo riesgos financieros y administrativos.
En términos institucionales, la medida refuerza el rol de Yacyretá como unidad técnico-económica estratégica dentro del sistema eléctrico argentino, con reglas homogéneas que buscan compatibilizar el cumplimiento del Tratado internacional con las necesidades de ordenamiento del mercado mayorista.
