ZONAS FRANCAS

Mercosur actualiza el régimen de zonas francas: un nuevo protocolo que impacta sobre el comercio regional

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Desde este 2 de julio comenzó a regir el 222° Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica N°18, que incorpora al ordenamiento jurídico del Mercosur una nueva regulación sobre zonas francas, zonas de procesamiento de exportaciones y áreas aduaneras especiales. Para las economías regionales, la medida redefine el marco normativo bajo el cual operan estos instrumentos de promoción comercial.

La Cancillería argentina oficializó la entrada en vigor para el país del Ducentésimo Vigésimo Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica (ACE) N°18, celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. El instrumento incorpora al tratado la Decisión Mercosur N° 02/25, referida al régimen de zonas francas, zonas de procesamiento de exportaciones y áreas aduaneras especiales, actualizando las reglas comunes del bloque.

El protocolo fue suscripto en Montevideo el 26 de junio de 2025 y comenzó a regir para la Argentina el 2 de julio de 2026, tras completarse el procedimiento previsto entre la Secretaría del Mercosur y la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).

El texto del protocolo tiene un alcance puntual pero relevante: incorpora formalmente al ACE 18 la Decisión 02/25 del Mercosur, que regula el funcionamiento de los regímenes especiales vinculados al comercio exterior. Además, modifica el artículo 3 del anexo correspondiente al 113° Protocolo Adicional del mismo acuerdo.

Aunque la publicación en el Boletín Oficial no desarrolla el contenido técnico de la decisión incorporada, su entrada en vigencia implica que las nuevas disposiciones pasan a integrar el marco jurídico que regula las relaciones comerciales entre los cuatro socios del Mercosur.

Desde la perspectiva empresarial, esto significa que las operaciones desarrolladas bajo regímenes especiales deberán adecuarse a las reglas armonizadas acordadas por los Estados Parte.

¿Por qué es relevante para el NEA?

Las provincias del noreste argentino mantienen una fuerte vinculación logística y comercial con Paraguay y Brasil, dos de los principales destinos y orígenes del intercambio regional.

La actualización normativa adquiere especial importancia porque las zonas francas y las áreas aduaneras especiales constituyen herramientas destinadas a mejorar la competitividad mediante beneficios aduaneros y operativos para determinadas actividades industriales y comerciales.

Para sectores exportadores del NEA —como la forestoindustria, la producción yerbatera, el té, el arroz o la industria alimentaria— la previsibilidad regulatoria dentro del Mercosur resulta un componente clave para planificar inversiones, logística y estrategias comerciales de mediano plazo.

Qué cambia para las empresas

Más que introducir beneficios inmediatos, el protocolo consolida un nuevo marco normativo regional sobre instrumentos de promoción comercial.

Entre los aspectos relevantes para el sector privado se destacan entra en vigor para Argentina el 222° Protocolo Adicional del ACE 18. Se incorpora la Decisión Mercosur 02/25 sobre zonas francas, zonas de procesamiento de exportaciones y áreas aduaneras especiales. Se actualiza el régimen jurídico común aplicable entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Las nuevas disposiciones pasan a formar parte del marco legal del Mercosur para este tipo de operaciones comerciales.

La entrada en vigor del protocolo constituye un paso jurídico más dentro del proceso de actualización normativa del Mercosur. El verdadero impacto para el sector productivo dependerá de cómo cada Estado Parte implemente la Decisión 02/25 y de si las nuevas reglas contribuyen a facilitar el comercio intrabloque, reducir costos logísticos y otorgar mayor previsibilidad a los proyectos vinculados con zonas francas y regímenes aduaneros especiales. Para las economías del NEA, estrechamente integradas con los mercados vecinos, ese desarrollo tendrá incidencia directa sobre la competitividad regional.

Mercosur actualiza el régimen de zonas francas by CristianMilciades

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Misiones pide a Macri replicar zonas francas en ciudades de frontera con Brasil

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La preocupación por la ley de Lojas Free que regirá en Brasil, ahora gobernado por Jair Bolsonaro, motivó la reacción inmediata de la Confederación Económica de Misiones y del Gobierno provincial para conseguir alguna medida que mitigue el impacto de los mercados libres de impuestos que invadirán la frontera.
El gobernador Hugo Passalacqua y el titular de la CEM, Alejandro Haene firmaron un documento formal que fue enviado al presidente Mauricio Macri, con el objetivo de replicar la zona franca de Puerto Iguazú en todas las ciudades de Misiones que se chocan con Brasil. 
“Misiones tiene una dilatada frontera de más del 90 por ciento de sus límites con la República Federativa de Brasil y la República del Paraguay, lo que hace que nuestros comprovincianos que habitan las ciudades fronterizas, permanentemente se vean afectados por las cíclicas distorsiones económicas entre nuestro país y sus socios del Mercosur. Continuamente estamos abocados a generar distintas estrategias, cuyo objetivo primordial es contrarrestar dichas desigualdades. En este contexto, ha producido preocupación entre los misioneros la próxima puesta en funcionamiento en Brasil de la ley que habilita el establecimiento de “Lojas Francas”, comercios de venta minorista de productos exentos de gravámenes e impuestos, en algunas las ciudades de frontera con Misiones”, señala el documento firmado por Passalacqua y Haene, que ya está en manos de Sica.
No es un planteo de último momento. En abril del año pasado, cuando el Presidente reunió a las empresas y gobiernos del NEA en Chaco, Haene le entregó una copia traducida de la ley de Lojas Free de Brasil para que el entonces secretario de Coordinación de Políticas Públicas de la Jefatura de Gabinete, Gustavo Lopetegui, conozca de primera mano la preocupación misionera. Hoy Lopetegui volvió al Gobierno para ser secretario de Energía en reemplazo del renunciante Javier Iguacel. 
El planteo pretende subsanar la promesa incumplida de la reglamentación del artículo 10 de la ley Pymes, que el propio Sica dio por caída. Sin embargo, sólo cubre las necesidades de las ciudades donde se habla el portuñol. Posadas, en frontera con Paraguay, todavía no tiene paraguas contra las asimetrías ni la diferencia impositiva.
La ley brasileña, ya aprobada, prevé que haya tiendas minoristas en zonas de frontera donde existan ‘ciudades gemelas’, es decir, cercanas a otras de países vecinos. De las 30 aprobadas, ocho limitan con ciudades de Misiones y Corrientes. Más allá del dólar alto, preocupa el impacto en comercios de la zona. En fronteras argentinas, sólo funciona el Duty Free de Puerto Iguazú; Río Gallegos y La Quiaca cuentan con autorización para hacerlo, pero restan definir detalles.
Las ciudades brasileñas donde se instalarán las tiendas libres de impuesto, en la frontera con la Argentina, son Foz de Iguazú, Barracao y Dionisio Cerqueira, y Porto Xavier, lindantes con las misioneras Puerto Iguazú, Bernardo de Irigoyen y San Javier, respectivamente. En tanto, también están autorizadas en Barrado Quaraí, Sao Borja, Itaqui y Uruguaiana, contiguas a las correntinas Monte Caseros, Santo Tomé, Alvear y Paso de los Libres.
 
En la Argentina las zonas o áreas francas se encuentran establecidas en el art. 590 del código aduanero y en la Ley 24.331.
El código aduanero las define como “espacios en los cuales la mercadería no es sometida al control habitual del servicio aduanero y, tanto su importación como su extracción exportación, no están gravadas con tributos -salvo las tasas retributivas que pudieran establecerse- ni alcanzadas por prohibiciones de tipo económico”.
En las zonas francas podrán desarrollarse actividades de almacenaje, comerciales, de servicios e industriales, esta última con el único objeto de exportar la mercadería resultante a terceros países.
Su principal objetivo es fomentar el comercio y la actividad industrial exportadora a través de la reducción de costos y la simplificación de los procedimientos administrativos, ofreciendo, además, incentivos fiscales.
La ley específicamente agrega que los usuarios de las zonas francas no podrán acogerse a los regímenes de promoción industrial, por ejemplo el artículo 10 de la ley Pyme.
Las zonas francas se constituyen sobre lugares específicos, no pudiendo habitarse dentro de las zonas francas, tal como lo establece el art. 12 de la ley. Además es una por provincia, y Misiones ya cuenta con una zona franca comercial entre Puerto Iguazú y Foz de Iguazú. Habrá que esperar para saber si en este trabajo entre la Nación y la provincia se busca cambiar la norma que debe ser aprobada por el Congreso.
¿Cuál es la diferencia con un territorio especial aduanero?
El territorio aduanero especial es un mecanismo de beneficios fiscales para las actividades llevadas a cabo en el ámbito de la provincia, y consiste en la reducción mínima del 25 por ciento de aranceles e impuestos nacionales.
No rigen las prohibiciones económicas dentro del territorio aduanero especial.  Hasta el momento solo la provincia de Tierra del Fuego goza de este beneficio a través de la ley 19.640.
En resumen, en el territorio aduanero especial se puede residir, en la zona franca no. El territorio aduanero se establecería en toda la provincia, mientras que la zona franca es limitada a un lugar o región.  En el territorio aduanero no rigen las prohibiciones y al contrario de las zonas francas son lugares de promoción industrial.
Lo producido en el territorio aduanero si tiene más del 40 por ciento de agregado nacional, la mercadería es nacional y adquiere libre circulación. En el área franca lo producido debe ser exportado, y excepcionalmente podría introducirse siempre que no exista en esa zona dicho producto, pero requerirá de reglamentación.
“La creación de un área o territorio aduanero especial para Misiones traerá la atención de numerosos inversores que verán en esta ley, una verdadera y seria promoción económica, además facilitará la importación de materias primas para su transformación en Misiones, y les permitirá sacar esa producción al resto del país, reteniendo para sí el valor del Impuesto al Valor Agregado de la factura por la primera venta, a través de un mecanismo de crédito fiscal presunto”.

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