Misiones pide a Macri replicar zonas francas en ciudades de frontera con Brasil

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La preocupación por la ley de Lojas Free que regirá en Brasil, ahora gobernado por Jair Bolsonaro, motivó la reacción inmediata de la Confederación Económica de Misiones y del Gobierno provincial para conseguir alguna medida que mitigue el impacto de los mercados libres de impuestos que invadirán la frontera.
El gobernador Hugo Passalacqua y el titular de la CEM, Alejandro Haene firmaron un documento formal que fue enviado al presidente Mauricio Macri, con el objetivo de replicar la zona franca de Puerto Iguazú en todas las ciudades de Misiones que se chocan con Brasil. 
“Misiones tiene una dilatada frontera de más del 90 por ciento de sus límites con la República Federativa de Brasil y la República del Paraguay, lo que hace que nuestros comprovincianos que habitan las ciudades fronterizas, permanentemente se vean afectados por las cíclicas distorsiones económicas entre nuestro país y sus socios del Mercosur. Continuamente estamos abocados a generar distintas estrategias, cuyo objetivo primordial es contrarrestar dichas desigualdades. En este contexto, ha producido preocupación entre los misioneros la próxima puesta en funcionamiento en Brasil de la ley que habilita el establecimiento de “Lojas Francas”, comercios de venta minorista de productos exentos de gravámenes e impuestos, en algunas las ciudades de frontera con Misiones”, señala el documento firmado por Passalacqua y Haene, que ya está en manos de Sica.
No es un planteo de último momento. En abril del año pasado, cuando el Presidente reunió a las empresas y gobiernos del NEA en Chaco, Haene le entregó una copia traducida de la ley de Lojas Free de Brasil para que el entonces secretario de Coordinación de Políticas Públicas de la Jefatura de Gabinete, Gustavo Lopetegui, conozca de primera mano la preocupación misionera. Hoy Lopetegui volvió al Gobierno para ser secretario de Energía en reemplazo del renunciante Javier Iguacel. 
El planteo pretende subsanar la promesa incumplida de la reglamentación del artículo 10 de la ley Pymes, que el propio Sica dio por caída. Sin embargo, sólo cubre las necesidades de las ciudades donde se habla el portuñol. Posadas, en frontera con Paraguay, todavía no tiene paraguas contra las asimetrías ni la diferencia impositiva.
La ley brasileña, ya aprobada, prevé que haya tiendas minoristas en zonas de frontera donde existan ‘ciudades gemelas’, es decir, cercanas a otras de países vecinos. De las 30 aprobadas, ocho limitan con ciudades de Misiones y Corrientes. Más allá del dólar alto, preocupa el impacto en comercios de la zona. En fronteras argentinas, sólo funciona el Duty Free de Puerto Iguazú; Río Gallegos y La Quiaca cuentan con autorización para hacerlo, pero restan definir detalles.
Las ciudades brasileñas donde se instalarán las tiendas libres de impuesto, en la frontera con la Argentina, son Foz de Iguazú, Barracao y Dionisio Cerqueira, y Porto Xavier, lindantes con las misioneras Puerto Iguazú, Bernardo de Irigoyen y San Javier, respectivamente. En tanto, también están autorizadas en Barrado Quaraí, Sao Borja, Itaqui y Uruguaiana, contiguas a las correntinas Monte Caseros, Santo Tomé, Alvear y Paso de los Libres.
 
En la Argentina las zonas o áreas francas se encuentran establecidas en el art. 590 del código aduanero y en la Ley 24.331.
El código aduanero las define como “espacios en los cuales la mercadería no es sometida al control habitual del servicio aduanero y, tanto su importación como su extracción exportación, no están gravadas con tributos -salvo las tasas retributivas que pudieran establecerse- ni alcanzadas por prohibiciones de tipo económico”.
En las zonas francas podrán desarrollarse actividades de almacenaje, comerciales, de servicios e industriales, esta última con el único objeto de exportar la mercadería resultante a terceros países.
Su principal objetivo es fomentar el comercio y la actividad industrial exportadora a través de la reducción de costos y la simplificación de los procedimientos administrativos, ofreciendo, además, incentivos fiscales.
La ley específicamente agrega que los usuarios de las zonas francas no podrán acogerse a los regímenes de promoción industrial, por ejemplo el artículo 10 de la ley Pyme.
Las zonas francas se constituyen sobre lugares específicos, no pudiendo habitarse dentro de las zonas francas, tal como lo establece el art. 12 de la ley. Además es una por provincia, y Misiones ya cuenta con una zona franca comercial entre Puerto Iguazú y Foz de Iguazú. Habrá que esperar para saber si en este trabajo entre la Nación y la provincia se busca cambiar la norma que debe ser aprobada por el Congreso.
¿Cuál es la diferencia con un territorio especial aduanero?
El territorio aduanero especial es un mecanismo de beneficios fiscales para las actividades llevadas a cabo en el ámbito de la provincia, y consiste en la reducción mínima del 25 por ciento de aranceles e impuestos nacionales.
No rigen las prohibiciones económicas dentro del territorio aduanero especial.  Hasta el momento solo la provincia de Tierra del Fuego goza de este beneficio a través de la ley 19.640.
En resumen, en el territorio aduanero especial se puede residir, en la zona franca no. El territorio aduanero se establecería en toda la provincia, mientras que la zona franca es limitada a un lugar o región.  En el territorio aduanero no rigen las prohibiciones y al contrario de las zonas francas son lugares de promoción industrial.
Lo producido en el territorio aduanero si tiene más del 40 por ciento de agregado nacional, la mercadería es nacional y adquiere libre circulación. En el área franca lo producido debe ser exportado, y excepcionalmente podría introducirse siempre que no exista en esa zona dicho producto, pero requerirá de reglamentación.
“La creación de un área o territorio aduanero especial para Misiones traerá la atención de numerosos inversores que verán en esta ley, una verdadera y seria promoción económica, además facilitará la importación de materias primas para su transformación en Misiones, y les permitirá sacar esa producción al resto del país, reteniendo para sí el valor del Impuesto al Valor Agregado de la factura por la primera venta, a través de un mecanismo de crédito fiscal presunto”.

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