Año: 2023

Polémica: la “ley ómnibus” pide ratificar el mega DNU de Javier Milei

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El DNU es rechazado por diversos sectores políticos y sociales, y ya tiene más de una decena de presentaciones judiciales pidiendo su inconstitucionalidad.

Dentro del proyecto de Reforma del Estado que el Gobierno mandó al Congreso, la denominada “Ley ómnibus”, se incluyó un artículo que propone la ratificación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 que el Ejecutivo publicó la semana pasada en el Boletín Oficial, y que aún debe ser tratado por la bicameral aunque entrará en vigencia este viernes.

El DNU es rechazado por diversos sectores políticos y sociales, y ya tiene más de una decena de presentaciones judiciales pidiendo su inconstitucionalidad.

Pese a esto, el Gobierno no modificó su posición respecto a la validez del DNU, el cual entrará efectivamente en vigencia este viernes cuando se cumplan los 8 días desde su publicación en el Boletín Oficial, y ratificó que no enviará al Congreso una ley con el mismo articulado para que se discuta punto por punto.

Ocurre que los DNU deben ser ratificados por el Congreso, aunque mientras tanto son válidos. El trámite legislativo requiere que una comisión bicameral se reúna incluso fuera del período de sesiones y emita un dictamen que luego pasa al pleno de sesiones. Para que quede sin efecto, ambas Cámaras deben rechazarlo.

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Milei busca eliminar el INADI con la Ley Ómnibus

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Dentro de la ley “ómnibus” se elimina el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

Dentro de la ley ómnibus se prevé la eliminación del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). Este organismo fue creado en 1994 por el entonces presidente Carlos Menem, luego de perpetrarse los atentados a la comunidad judía en la Argentina.

El INADI tiene a cargo el cumplimiento de la ley anti discriminación que se votó en 1988, durante el gobierno de Raúl Alfonsin, que fue votado por unanimidad.

Cabe resaltar que, además, este organismo tiene por objeto elaborar políticas nacionales para combatir toda forma de discriminación, xenofobia y racismo, impulsando y llevando a cabo políticas públicas federales y transversales articuladas con la sociedad civil, y orientadas a lograr una sociedad diversa e igualitaria.

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El nuevo proyecto de Javier Milei convierte en ley la “Doctrina Chocobar”

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En materia de seguridad, el Gobierno busca modificar un artículo del Código Penal que apela a la no punibilidad de determinados crímenes.

En un texto de 351 páginas, el Gobierno envió al Congreso el proyecto de la “ley ómnibus” con 664 artículos para seguir adelante con la desregulación estatal. En materia de seguridad, una de las iniciativas apunta a modificar uno de los puntos del Código Penal centrado en los crímenes no punibles.

La principal reforma del artículo 34 del código penal determina la no punibilidad a quienes “obraren en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”, según la normativa actual. Sin embargo, a este texto, el Gobierno busca agregar que “en cuyo caso, la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”.

La misma línea corre para el inciso que refiere a “aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar, siempre que haya resistencia”. Sobre este punto también buscan sumar aquellos casos donde haya “señales que pudieran hacer presumir una agresión inminente”.

“También se entenderá que concurren estas circunstancias cuando una diferencia de edad, contextura física, experiencia en riña o el número de los agresores pudiera razonablemente hacer temer a quien se defiende por un daño a su integridad física o sexual. Estará además comprendido en este párrafo quien se defendiere respecto de quien esgrimiera un arma falsa o de quien atacare con un arma mientras huye de la escena”, añade el texto presentado ante el poder legislativo para reformar el código penal.

La última de las reforma en relación a punibilidad determina que “quien comete un delito, aún en grado de tentativa” no tendrá la posibilidad de “querellar o demandar a quien hubiera repelido la acción o impedido la huida”, ya que según argumenta el artículo, obra “en favor de quien se defiende u obre en ejercicio de su deber, autoridad o cargo”.

Otra modificación del Código Penal: aumento de penas para atentados y resistencia a la autoridad

Otra de las modificaciones claves en materia penal propone aumentar a seis años la pena máxima para quienes cometan el delito de atentado y resistencia a la autoridad, cuyo tope es actualmente de 24 meses.

En los artículos 342 y 343 del megaproyecto se sustituyen el 237 y 238 del actual Código Penal, que castiga con “prisión de un mes a un año, el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal, para exigirle la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones”.

“Será reprimido con prisión de uno a tres años y seis meses el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal, mientras estuviere cumpliendo sus funciones”, indica el nuevo artículo 342.

Mientras que en el 343 se tratan los agravantes del mismo delito actualmente incluidos en el 238 y cuya pena máxima es de dos años.

De acuerdo al proyecto, “la prisión será de cuatro a seis años” si “el hecho se cometiere a mano armada”, por “una reunión de más de tres personas”, si “el autor fuere funcionario público y “pusiere manos en la autoridad”.

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El proyecto enviado al Congreso crea un nuevo régimen de Bienes Personales

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La opción de adherir al “Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales” será individual y voluntaria, y estará abierta hasta el 31 de marzo de 2024 y estará abierta hasta el 31 de marzo de 2024.

El proyecto de ley enviado por el Gobierno nacional esta tarde al Congreso de la Nación el nuevo “Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales” “REIBP” por todos los períodos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2027.

La opción de adherir al REIBP será, según el texto, individual y voluntaria, y estará abierta hasta el 31 de marzo de 2024.

Los contribuyentes que opten por adherirse al REIBP, tributarán el Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente a los períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 en forma unificada.

“A efectos de determinar la base imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales para los períodos fiscales 2023 a 2027 deberá cumplirse con las condiciones que se enuncian a continuación:

Se tomarán en cuenta los bienes existentes en el patrimonio del contribuyente al 31 de diciembre de 2023, inclusive.

Se procederá a valuar todos los bienes del patrimonio existentes al 31 de diciembre de 2023 usando para ello las reglas de valuación previstas en la Ley N° 23.966 del Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Tratándose de los bienes a los que alude el inciso g) del artículo 22 de la citada norma legal, el valor total de los bienes gravados en el país comprenderá aquellos que puedan ser detraídos de conformidad con el punto 3.

Del monto resultante, se restará el valor de los bienes exentos indicados en el artículo 21 del Título VI de la Ley N° 23.966 del Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

Los bienes comprendidos en los incisos g), i), j) y k) del artículo 21 de la Ley N° 23.966 del Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, solo serán restados del patrimonio gravado si se encontraban en el patrimonio del contribuyente antes el 10 de diciembre de 2023, inclusive.

Del monto resultante, se detraerá el mínimo no imponible previsto en el artículo 24 de la Ley N° 23.966 del Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. De existir entre los bienes la casa habitación del contribuyente, se restará también el valor de dicho inmueble hasta el límite previsto por el segundo párrafo del artículo 24 de la Ley N° 23.966 del Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. En ambos casos, se tomará el monto vigente para el período fiscal 2023. El monto resultante final se multiplicará por cinco (5).

Alícuotas

Los contribuyentes que sean personas humanas y sucesiones indivisas que se adhieran al REIBP aplicarán la alícuota de 0.75% sobre la base imponible determinada según las normas del artículo 171.1.

Los responsables sustitutos a los que refieren los artículos 171.2 y 171.3 que adhieran al REIBP aplicarán la alícuota del 0.5% sobre la base imponible determinada según las normas del artículo 171.

Los contribuyentes alcanzados por las reglas del artículo 171.4. que adhieran al REIBP aplicarán la alícuota del 0.75% sobre la base imponible determinada según las reglas de dicho artículo 171.4.

Forma de Pago

Créditos fiscales. Para el pago del respectivo impuesto bajo el REIBP podrán computarse los créditos fiscales, anticipos y pagos a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2023.

Monto del pago

Para determinar el pago a realizar bajo el REIBP, al monto resultante de aplicar la alícuota prevista en el artículo 175 sobre la base imponible determinada bajo las reglas del artículo 172, deberá adicionarse un interés compensatorio equivalente al 125% de la tasa de interés que aplica el Banco de la Nación Argentina para plazos fijos a 30 días por el período transcurrido entre el 1 de enero de 2024 y el día anterior al efectivo pago de los montos indicados en los artículos 176 y 177.

La cancelación total del impuesto a pagar bajo el REIBP deberá ser realizada hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive.

Los contribuyentes deberán realizar un pago inicial del REIBP de no menos del 75% del total del impuesto a determinar bajo las normas del presente régimen. Este pago inicial deberá ser realizado hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive. El Poder Ejecutivo nacional podrá modificar esta última fecha, pero nunca más allá del 30 de abril de 2024.

Exclusión del Impuesto sobre los Bienes Personales por los períodos fiscales 2023 a 2027.

Los contribuyentes que opten por adherirse al REIBP estarán excluidos de toda obligación bajo las normas del Impuesto sobre los Bienes Personales para los períodos fiscales pendientes hasta la caducidad del régimen (es decir, desde el 2023 al 2027, ambos inclusive). La presente exclusión alcanza a todos los aspectos del Impuesto sobre los Bienes Personales, incluida la obligación de presentación de declaraciones juradas, de calcular la base imponible, de determinar el impuesto, de pagar el impuesto o sus anticipos o pagos a cuenta y de toda otra obligación relacionada con el Impuesto sobre los Bienes Personales.

Modificaciones al Impuesto sobre los Bienes Personales

El gravamen a ingresar por los contribuyentes indicados en el inciso a) del artículo 17, será el que resulte de aplicar, sobre el valor total de los bienes situados en el país y en el exterior sujetos al impuesto -excepto los comprendidos en el artículo sin número incorporado a continuación del artículo 25 de esta ley- que exceda del establecido en el artículo 24, la siguiente escala:

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En octubre, ventas en supermercados de Misiones retroceden 1,2% interanual

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Durante el mes de octubre de 2023, las ventas en supermercados a nivel nacional  totalizaron $ 708.653 millones que representa un incremento nominal del 166,7% interanual; en moneda constante, se observa una suba del 7,2%, siendo éste el  incremento real más fuerte desde marzo del 2020. 

Por su parte, las ventas relevadas en las bocas de expendio de Misiones totalizaron en octubre $ 9.706 millones, con una variación del 145,9% interanual en términos nominales; sin embargo, en moneda constante, muestran un retroceso del  1,2%. Se trata del cuarto mes consecutivo de descensos para la provincia en este  indicador. 

Desagregando las ventas del mes de octubre en Misiones según los grupos de artículos  que componen el relevamiento realizado por la Encuesta de Supermercados del INDEC,  la mayor participación sobre el total se encuentra en la categoría de Almacén con el 26,3% de la facturación total; el podio de grupos de artículos con mayor volumen de  venta se completa con Artículos de Limpieza y Perfumería (11,5%) y Bebidas (11,2%);  por el contrario, los rubros de menor participación fueron Verduras y Frutas (2,4%) e  Indumentaria, Calzado y textiles para el hogar con (1,9%). 

Al medir las ventas por grupo de artículos en precios constantes, en el mes de octubre 2023 siete de ellos exhibieron subas reales en la comparación interanual: Bebidas  (+12,6%), Verduras y Frutas (+7,9%), Panadería (+6,3%), Indumentario (+3,4%),  Electrónicos (+2,6%), Rotisería (+1,6%) y Carnes (+0,7%). Por el contrario, los cuatro rubros restantes presentaron bajas: Limpieza y Perfumería (-0,7%), Otros (-1,6%),  Lácteos (-5,1%) y Almacén (-9,3%). La razón principal detrás del resultado general para  la provincia está justamente en este último punto: el rubro que explica 1 de cada 4 pesos  de ventas en la provincia mostró una muy significativa caída, traccionando a la baja el  resultado global. 

El ticket promedio de octubre en la provincia de Misiones fue por $ 6.412 producto de  haberse registrado 1,51 millones de operaciones en el mes. Este ticket promedio es inferior al promedio regional del NEA ($ 6.782) y al promedio nacional ($ 8.498). 

En el plano regional, Misiones continúa siendo la provincia con el mayor volumen de  facturación de la región (concentra el 32% del total del NEA). En relación con los  desempeños en la región, al igual que Misiones, Formosa también presentó caída (- 8,5%); Chaco y Corrientes, por su parte, registraron subas (1,2% y 17,2%,  respectivamente) 

De este modo, las ventas acumuladas del año en Misiones totalizan $ 65.696 millones,  mostrando una baja del 2,6% contra igual período del 2022 en términos reales. 

Escenario nacional por jurisdicciones 

Sobre un total de 25 jurisdicciones (la provincia de Buenos Aires se desagrega en Gran  Buenos y resto de la provincia), en 20 se registraron subas reales de las ventas  correspondientes al mes de octubre 2023. 

En este marco, los distritos con los mejores desempeños -medidos siempre en moneda  constante- fueron Entre Ríos (17,8%), Corrientes (17,2%) y Santa Fe (15,3%), al tiempo  que hubo otras cuatro provincias con alzas reales de doble dígito. Por el contrario, entre  los cinco distritos que cerraron el mes con caídas, las más fuertes se dieron en Formosa 

(-8,5%) y Catamarca (-4,6%). 

Consideraciones metodológicas 

La Encuesta de Supermercados del INDEC correspondiente al mes de septiembre del  2023 abarca a 94 empresas de supermercados con un total de 3.120 bocas de expendio  distribuidas en todo el país. Cabe aclarar que INDEC toma como base las empresas de  supermercados que cuentan por lo menos con alguna boca de expendio cuya superficie 

en salón de ventas sea igual o supere los 200 m2 o que la suma de la superficie del salón de ventas de todas sus bocas de expendio sea igual o supere los 200 m2. Por  ende, no abarca a la totalidad de los supermercados, sino solo a aquellos que cumplan  con esta condición.  En la provincia de Misiones, las bocas de venta relevadas fueron 17 con una superficie  total de 36.586m2, igual valor que en los últimos seis meses

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