Día: 7 agosto, 2026

El Gobierno habilitó a Mónaco Vuelos Privados para operar vuelos no regulares de pasajeros y cargas

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El Gobierno nacional autorizó a Mónaco Vuelos Privados S.R.L. a explotar servicios no regulares de transporte aéreo de pasajeros y cargas, tanto dentro del país como hacia destinos internacionales, mediante aeronaves de hasta 19 plazas. La medida fue formalizada a través de la Disposición 19/2026 de la Subsecretaría de Transporte Aéreo y se suma al proceso de ampliación del acceso al mercado aerocomercial impulsado desde 2024.

La autorización permite a la compañía prestar servicios combinados de pasajeros y cargas bajo una modalidad no regular, es decir, sin quedar encuadrada en una operación de vuelos regulares con frecuencias y rutas predeterminadas. El alcance incluye tanto el transporte interno como internacional y establece como límite aeronaves de hasta 19 plazas, conforme al diseño aprobado por el fabricante.

Según la disposición publicada en el Boletín Oficial, la empresa acreditó los requisitos de capacidad técnica y económico-financiera establecidos por el Código Aeronáutico. Su autorización queda comprendida además en el Reglamento de Acceso a los Mercados Aerocomerciales aprobado por el Decreto 599/2024, que estableció un nuevo marco para el ingreso de operadores al mercado.

La incorporación de un nuevo prestador puede adquirir relevancia especialmente en segmentos donde la escala de la demanda no justifica una operación regular de grandes aeronaves. El esquema autorizado permite desarrollar servicios de menor capacidad y mayor flexibilidad, una alternativa que puede resultar funcional para determinados mercados regionales, corporativos o de carga, aunque la disposición no establece rutas, frecuencias ni destinos específicos para la compañía.

La medida también refleja la utilización del procedimiento simplificado previsto para operadores de servicios no regulares con aeronaves de hasta 19 plazas. Ese mecanismo permite tramitar la autorización aerocomercial y el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos ante la Administración Nacional de Aviación Civil, bajo la intervención de la Dirección Nacional de Seguridad Operacional.

Sin embargo, la autorización comercial no significa que la empresa pueda comenzar a volar automáticamente. Para ejercer los derechos otorgados, Mónaco Vuelos Privados deberá acreditar la emisión de sus certificados digitales de explotador dentro de los 180 días corridos posteriores a la obtención de las autorizaciones aerocomerciales. En caso de incumplimiento, podrá recibir una intimación por única vez y por un plazo equivalente, bajo apercibimiento de que opere la caducidad de la autorización.

Desde la perspectiva de la política aerocomercial, el mecanismo apunta a reducir barreras de entrada para operadores de menor escala sin eliminar los controles técnicos y de seguridad operacional. La combinación de pasajeros y cargas puede, además, permitir modelos de negocio adaptados a mercados donde la demanda es insuficiente para sostener servicios regulares tradicionales.

Para los usuarios, el potencial impacto de este tipo de autorizaciones está vinculado con una mayor diversidad de operadores y modalidades de transporte. La disposición, no obstante, no permite anticipar por sí sola una mejora concreta en la conectividad de una determinada ciudad o región, porque no informa destinos, itinerarios ni fechas de inicio de operaciones.

La decisión se suma a la estrategia regulatoria iniciada con el Decreto 599/2024, que modificó las reglas de acceso a los mercados aerocomerciales. En este caso, el Estado habilita a un nuevo actor bajo un esquema de menor escala, pero mantiene como condición indispensable el cumplimiento de las exigencias técnicas y operativas establecidas por la normativa aeronáutica.

En términos de soluciones, el desafío será que estas nuevas autorizaciones se traduzcan efectivamente en mayor conectividad, competencia y alternativas logísticas. La apertura del mercado constituye una condición para ampliar la oferta, pero su impacto económico y territorial dependerá finalmente de que los operadores concreten las inversiones necesarias, obtengan sus certificaciones y encuentren mercados donde sus servicios sean sostenibles.

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Día del Orgasmo femenino: las preguntas que muchas mujeres nunca se animan a hacer en el consultorio

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Muchas mujeres consultan a su ginecóloga por controles de rutina, anticoncepción, infecciones, embarazo o menopausia. Sin embargo, cuando la conversación se acerca a la propia vida sexual, todavía existen preguntas que rara vez llegan a decirse en voz alta. El pudor, la vergüenza, los mitos o simplemente la falta de información hacen que muchas dudas permanezcan sin respuesta durante años.

En el marco del Día Internacional del Orgasmo Femenino, los especialistas recuerdan que la salud sexual también forma parte del bienestar integral y que el consultorio médico debería ser uno de los lugares más seguros para hablar de ella.

“El orgasmo es la liberación repentina de la tensión sexual. También conocido como clímax, es un momento de placer sexual intenso y súbito, que tiene múltiples beneficios para la salud debido a las hormonas y otros químicos que el cuerpo libera durante el proceso. Pero también es importante comprender que no existe una única manera de alcanzarlo ni una única forma de vivirlo”, explica la Dra. María Laura Martínez, ginecóloga de DIM Centros de Salud.

LAS PREGUNTAS QUE MUCHAS MUJERES SE GUARDAN

Aunque cada experiencia es diferente, existen dudas que aparecen con frecuencia y que, muchas veces, nunca llegan a formularse durante una consulta.

“Nunca tuve un orgasmo. ¿Es normal?” – La especialista explica que no existe una única manera de experimentar el orgasmo ni todas las mujeres lo viven de la misma forma. Incluso en una misma persona puede cambiar con el paso del tiempo, las emociones o las distintas etapas hormonales.

“¿Si no es con penetración significa que tengo un problema?” – Uno de los mitos más extendidos es asociar el orgasmo exclusivamente con la penetración. Sin embargo, la evidencia y la experiencia clínica muestran otra realidad. El clítoris tiene como única función el placer y constituye una de las principales vías para alcanzar el orgasmo. Conocer el propio cuerpo y animarse a explorarlo también forma parte de una sexualidad saludable.

“¿Por qué me cuesta tanto hablar de esto?” – Para la Dra. Martínez, todavía persisten prejuicios y falsas creencias que llevan a muchas mujeres a pensar que estas dudas no tienen lugar dentro de una consulta médica. Sin embargo, el autoconocimiento y la posibilidad de hablar abiertamente sobre la sexualidad forman parte del cuidado integral de la salud.

MUCHO MÁS QUE PLACER

La especialista recuerda que la experiencia orgásmica no solo está relacionada con el disfrute sexual. También puede contribuir a disminuir el estrés y la ansiedad, favorecer el descanso, aliviar algunos dolores y promover una mejor relación con el propio cuerpo.

Pero aclara que el objetivo no debería ser vivir el orgasmo como una obligación ni como una meta que “debe cumplirse” en todas las relaciones. “Conocerse también es una forma de cuidarse. La educación sexual, el conocimiento del propio cuerpo y el acompañamiento médico cuando existen dificultades son herramientas fundamentales para vivir una sexualidad saludable”, concluye.

Con el asesoramiento de la Dra. María Laura Martínez –

Ginecóloga en DIM CENTROS DE SALUD (MN: 98033 / MP: 225443)

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Practicaje: el Gobierno aplica una baja del 20% en las tarifas y sostiene el esquema vigente

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El Gobierno nacional dispuso una reducción del 20% en las tarifas de los servicios de practicaje y pilotaje, en una medida orientada a normalizar la actividad portuaria después de la crisis generada por la reforma regulatoria impulsada a fines de julio. La decisión busca reducir el impacto sobre los costos de la navegación y, al mismo tiempo, garantizar la continuidad de un servicio considerado público y estratégico para el funcionamiento de los puertos argentinos.

La medida fue instrumentada por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) mediante la Resolución 46/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto 716/2026. La reducción se aplica sobre las tarifas finales resultantes del régimen de tarifas máximas establecido en 2018 para los servicios de practicaje y pilotaje.

El recorte llega pocos días después de que el Poder Ejecutivo suspendiera los efectos del Decreto 690/2026, que había aprobado un nuevo reglamento para la actividad con el objetivo declarado de eliminar exigencias consideradas obsoletas y facilitar el ingreso de nuevos prestadores. La entrada en vigencia de esa reforma derivó en medidas de fuerza de los prestadores y en una situación que, según el Gobierno, puso en riesgo el normal funcionamiento del sistema.

Con el Decreto 716/2026, el Ejecutivo optó por una salida de transición: restableció temporalmente el régimen anterior, creó una mesa de trabajo con participación estatal y sectorial y fijó como objetivo alcanzar consensos para elaborar un nuevo marco regulatorio. Dentro de ese acuerdo también se estableció una reducción del 20% de las tarifas vigentes.

La Resolución 46/2026 convierte ese compromiso en una medida concreta. El descuento alcanza al resultado final de los cálculos efectuados bajo el régimen tarifario de 2018 y permanecerá vigente mientras continúe la suspensión dispuesta sobre el Decreto 690/2026.

El impacto económico de la decisión trasciende a los propios prestadores. El practicaje es una actividad indispensable para la navegación en aguas jurisdiccionales argentinas, particularmente en operaciones que requieren asistencia especializada para el ingreso, egreso y desplazamiento de buques por ríos, puertos, pasos y canales. Por esa razón, el costo del servicio forma parte de la estructura operativa del transporte marítimo y fluvial.

Desde una perspectiva de política económica, la reducción tarifaria introduce un alivio inmediato sobre un componente de los costos portuarios, mientras el Estado intenta resolver una discusión regulatoria de mayor alcance. El mecanismo elegido evita que la transición hacia un nuevo régimen se traduzca en una interrupción del servicio o en un incremento de costos durante el período de negociación.

La resolución también muestra que la salida adoptada combina tres herramientas: restitución transitoria del marco regulatorio anterior, reducción de tarifas y negociación de una nueva normativa. La ANPyN señala además que las entidades representativas del sector prestaron conformidad con la reducción, un elemento que apunta a facilitar la normalización de las operaciones.

La solución, sin embargo, tiene carácter estrictamente transitorio. La rebaja del 20% no constituye un nuevo régimen tarifario permanente, sino que estará atada a la vigencia de la suspensión del Decreto 690/2026. El desafío de fondo queda trasladado a la mesa intersectorial creada por el Ejecutivo, donde deberán definirse las reglas que permitan combinar competencia, incorporación de nuevos prestadores, seguridad de la navegación y previsibilidad de costos.

Para el sistema portuario argentino, el punto central será que esa instancia de diálogo logre transformar una crisis coyuntural en una reforma regulatoria sostenible. Mientras tanto, la reducción tarifaria funciona como una herramienta de emergencia para recomponer la prestación de un servicio crítico y moderar los costos asociados al movimiento de cargas por la vía navegable.

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El Senado aprobó la ley de Propiedad Privada, pero quedaron a salvo la Ley de Tierras y la de Manejo del Fuego

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El Senado de la Nación dio media sanción a la denominada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, pero el texto que finalmente salió de la Cámara alta quedó sustancialmente recortado respecto del proyecto original del Gobierno. Después de casi doce horas de debate y negociaciones, la iniciativa fue aprobada en general por 37 votos afirmativos y 33 negativos y ahora deberá ser tratada por la Cámara de Diputados.

Para Misiones, sin embargo, el dato político y ambiental más relevante está en aquello que no fue aprobado.

El oficialismo debió eliminar los dos capítulos que habían despertado mayor resistencia en la provincia: la reforma de la Ley de Tierras -que tenía los votos en contra de Sonia Rojas Decut y Carlos Arce- y los cambios a la Ley de Manejo del Fuego.

La eliminación del capítulo referido a la extranjerización de tierras ya había sido acordada antes de llegar a la votación. Pero durante la extensa sesión del jueves se produjo una segunda modificación decisiva: ante la falta de votos suficientes, La Libertad Avanza retiró también el capítulo que pretendía modificar el régimen vigente para los inmuebles afectados por incendios.

Así, la Ley de Manejo del Fuego no fue modificada y continúan vigentes las restricciones actuales sobre el cambio de uso de las superficies incendiadas. La normativa mantiene las limitaciones durante 30 años para determinadas superficies agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas, mientras que para bosques nativos, áreas naturales protegidas y humedales las restricciones pueden extenderse durante 60 años.

El objetivo de esas prohibiciones es evitar que un incendio, intencional o accidental, termine habilitando posteriormente negocios inmobiliarios o modificaciones del uso del suelo.

La permanencia de esas restricciones fue uno de los puntos centrales del debate ambiental. La reforma impulsada por el Ejecutivo pretendía modificar ese esquema bajo el argumento de que la legislación vigente podía terminar castigando también al propietario que hubiera sido víctima de un incendio. Sin embargo, durante la sesión fueron creciendo las objeciones por una eventual regresión de las normas de protección ambiental.

Con el correr de las horas quedó en evidencia que el oficialismo no tenía los votos necesarios para sostener ese capítulo. Finalmente, antes de la votación general, el miembro informante Agustín Coto anunció su retiro.

Con los capítulos de Tierras y Manejo del Fuego fuera del texto, los representantes misioneros acompañaron la iniciativa en la votación general.

Los senadores Carlos Arce y Sonia Rojas Decut votaron afirmativamente junto con el oficialismo, la UCR, el PRO y otros bloques provinciales. La votación general terminó con 37 votos positivos y 33 negativos.

El resultado debe leerse, sin embargo, junto con la negociación previa. Los representantes de Misiones habían anticipado su rechazo a los capítulos que afectaban la Ley de Tierras y la legislación sobre incendios.

En particular, la eliminación de la reforma de Tierras había sido precedida por una fuerte posición política de Misiones contra cualquier flexibilización que pudiera facilitar la extranjerización del territorio provincial.

La discusión tiene una sensibilidad especial para una provincia fronteriza como Misiones, rodeada en más del 90% de sus límites por Brasil y Paraguay y con recursos estratégicos vinculados al agua, la biodiversidad y la Selva Paranaense.

La retirada de ambos capítulos permitió así separar esos debates de las restantes reformas vinculadas a la propiedad privada.

Qué quedó finalmente de la ley

Después de la eliminación completa de los capítulos III y IV, el proyecto quedó concentrado fundamentalmente en tres grandes áreas: expropiaciones, desalojos y modernización de los registros inmobiliarios.

En materia de expropiaciones, la reforma establece una interpretación más restrictiva del concepto de utilidad pública. La declaración deberá identificar de manera específica el objetivo perseguido y la expropiación deberá resultar idónea, necesaria y proporcional para alcanzarlo.

También introduce cambios en el régimen indemnizatorio. La compensación deberá considerar el valor objetivo del inmueble, tomando el valor de mercado cuando pueda determinarse, además de los daños directos derivados de la expropiación.

El lucro cesante podrá incorporarse cuando sea consecuencia directa de la expropiación y esté respaldado por pruebas objetivas. El proyecto establece como regla un límite equivalente al 30% del daño emergente, salvo que el propietario pueda demostrar fehacientemente una afectación superior.

Otro de los ejes centrales son los desalojos. Para los alquileres destinados a vivienda, antes de iniciar una demanda por falta de pago el propietario deberá intimar fehacientemente al inquilino y concederle un plazo no inferior a diez días corridos para cancelar la deuda.

Vencido ese período, y ante la falta de restitución del inmueble, podrá iniciarse una acción judicial de desalojo mediante el procedimiento más breve previsto por la legislación procesal correspondiente.

La iniciativa también contempla modificaciones destinadas a modernizar y digitalizar los procedimientos de los registros de la propiedad inmueble.

Un proyecto mucho más reducido que el original

La media sanción llegó después de un recorrido legislativo particularmente complejo. El proyecto impulsado por el Gobierno nacional atravesó numerosos cambios desde que obtuvo dictamen. Durante las negociaciones parlamentarias circularon múltiples versiones y el oficialismo fue modificando el articulado para intentar reunir los votos necesarios.

La primera gran concesión fue la eliminación del capítulo III, que modificaba la Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.

La segunda ocurrió prácticamente sobre el cierre de la sesión.

El capítulo sobre Manejo del Fuego comenzó el debate todavía dentro del proyecto, pero fue perdiendo respaldo a medida que avanzaban las intervenciones. Senadores de distintas bancadas advirtieron sobre el impacto ambiental que podría generar la modificación. La resistencia terminó haciendo inviable su aprobación.

El resultado fue una ley sensiblemente distinta de aquella que había llegado originalmente al Congreso: desaparecieron dos capítulos completos y diez artículos respecto del texto previo a la sesión.

En la votación particular, el capítulo sobre expropiaciones fue aprobado por 37 votos contra 33. El capítulo referido a desalojos obtuvo 36 votos positivos, 33 negativos y una abstención. Los capítulos restantes también consiguieron las mayorías necesarias.

La protección contra el cambio de uso después de los incendios sigue vigente

Para Misiones, probablemente ésta sea una de las consecuencias más importantes de la negociación parlamentaria.

La eliminación del capítulo ambiental implica que no se alteran las restricciones actualmente establecidas para los terrenos afectados por incendios.

El régimen vigente fue diseñado precisamente para quitar incentivos económicos a la utilización del fuego como mecanismo previo a una transformación productiva o inmobiliaria del territorio.

El proyecto del Gobierno buscaba revisar esas limitaciones argumentando que la prohibición podía afectar durante décadas a propietarios que no hubieran provocado el incendio.

Sus críticos advertían, en cambio, que flexibilizar las restricciones podía volver a generar un incentivo económico para incendiar tierras y modificar posteriormente su destino.

Ese debate quedó, por ahora, cerrado. Ahora la discusión continuará en Diputados, donde deberá tratarse el texto aprobado por el Senado.

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