Argentina elimina compromiso de precios para máquinas de soldar chinas

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Argentina elimina compromiso de precios para máquinas de soldar de China:: empresas deberán pagar derecho antidumping

El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 1120/2024, dejó sin efecto el compromiso de precios previamente aceptado con las empresas exportadoras de máquinas para soldar de origen chino. La medida afecta a las firmas Shanghai Hizone Welding Equipment Manufacture Co., Ltd., Shanghai Hugong Electric Group Co., Ltd., Zhejiang Kende Mechanical & Electrical Co., Ltd. y Zhejiang Laoshidun Welding Equipment Co., Ltd., que ahora quedarán sujetas al derecho antidumping vigente para productos de origen chino, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2º de la Resolución 559 de 2020 del ex Ministerio de Desarrollo Productivo.

Revisión de Dumping

El artículo 11 del Acuerdo Antidumping establece que los derechos antidumping deben tener una duración limitada, a menos que se determine que su supresión implicaría la reanudación del dumping y el daño a la industria nacional. Como regla, todo derecho antidumping debe suprimirse en un plazo máximo de cinco años, a menos que un examen confirme su necesidad. Existen dos tipos de revisión: por expiración de plazo y por cambio de circunstancias, ambos pueden ser iniciados por las autoridades o a pedido de una parte interesada con pruebas sustanciales.

  1. Revisión por expiración de plazo: Esta modalidad verifica si la eliminación del derecho llevaría a la continuación o repetición del dumping y su consecuente perjuicio a la industria nacional.
  2. Revisión por cambio de circunstancias: Aquí se evalúa si el derecho antidumping sigue siendo necesario o si se requiere ajustar la medida para contrarrestar el dumping.

Protección contra competencia desleal

Las revisiones por expiración de plazo pueden ser solicitadas por la industria nacional, mientras que las de cambio de circunstancias pueden ser pedidas por cualquier parte interesada, como productores nacionales, asociaciones de productores, exportadores, importadores, asociaciones de exportadores y hasta el Gobierno del país exportador. Estas partes tienen garantizada su oportunidad de defender sus intereses a lo largo del proceso de revisión, según lo establece el marco regulatorio correspondiente.

Para más información, consulte el expediente N° 2019-01892320

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