Coronavirus

El impacto del coronavirus en las relaciones jurídicas y los contratos

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A nivel mundial, todos estamos siendo testigos de los drásticos cambios en la vida cotidiana de todas las personas, a raíz de la irrupción de la enfermedad propagada por el virus conocido como COVID-19-, el coronavirus. Todo el universo de consecuencias que se desprende de esta anormal circunstancia posee un profundo impacto en múltiples ámbitos de la vida de las personas como, particularmente, sobre las relaciones jurídicas.

La declaración de emergencia sanitaria y demás medidas adoptadas en consecuencia en Argentina y las limitaciones a la movilidad de las personas hacen necesario plantearse qué soluciones o medidas paliativas establece el derecho para los efectos que estás drásticas pero necesarias medidas van a producir en los contratos en vigor.  Creemos que es menester plantearnos una serie de escenarios porque de durar meses estas situaciones las inequidades y los problemas que acarrearan pueden generar grandes impactos en el escenario ya de por si complejo al que nos enfrentamos, no contribuyendo a la idea de todos de conducir en esta grave coyuntura la cuestión para lograr el difícil equilibrio de las cuestiones en juego. Creemos que al marco político normativo habrá que agregarle un gran trabajo de los abogados y la imaginación de quienes mantienen el sistema productivo en funcionamiento.

Podemos encontrar, en el ámbito de los contratos interpersonales, con que esta situación impida la entrega de un producto o el cumplimiento en tiempo de una determinada obligación, cumplimiento de un servicio, etc. Asimismo, cancelaciones de viajes por parte de los distintos medios de transporte, o incluso yendo un poco más en el análisis de los efectos de responsabilidad civil o extracontractual que podría reclamar un tercero contagiado. Estos constituyen algunos de los ejemplos que podemos tomar para analizar la repercusión que tiene esta extraordinaria circunstancia en el mundo de los negocios jurídicos de las personas y también, los posibles daños y perjuicios que pudieren ocasionarse. 

Se trata de problemáticas cuya solución dependerá de circunstancias de hecho, que no pueden analizarse antes de que ocurran. Pero es posible considerar cuál será el marco jurídico para dicho análisis. Y si bien la responsabilidad contractual y la extracontractual imponen igualmente la reparación del daño, los contratos pueden ser afectados de manera más amplia: las prestaciones de una parte pueden verse impedidas por el coronavirus mientras que las de la otra no, algunas de tales prestaciones pueden resultar de cumplimiento imposible, pero no las demás, los efectos del virus pueden nada más posponer la ejecución, pero no necesariamente impedirla, etc.

Es importante analizar nuestra realidad actual, a la luz de lo que establece nuestro ordenamiento jurídico respecto del caso fortuito y fuerza mayor, conceptos en los que entendemos encuadra perfectamente el tema que estamos tratando. Comúnmente se llama «caso fortuito» a lo que acontece inesperadamente, a lo «imprevisible»; la fuerza mayor alude a lo irresistible, es decir lo «inevitable». Nuestro código civil los emplea como sinónimos, y le atribuye las mismas consecuencias jurídicas: “Se considera caso fortuito o fuerza mayor al hecho que no ha podido ser previsto o que, habiendo sido previsto, no ha podido ser evitado. El caso fortuito o fuerza mayor exime de responsabilidad, excepto disposición en contrario.” (art. 1730).

Cuando el Código dice que se “exime de responsabilidad”, significa que la parte del contrato afectada por caso fortuito o fuerza mayor queda liberada de cumplir con su obligación o bien de indemnizar a la otra por su incumplimiento: no cumple porque no puede. Siempre considerando las excepciones que el mismo código prevé: (a) si el deudor se comprometió a cumplir aún mediando caso fortuito; (b) si para un caso específico hubiera una disposición legal en contrario; (c) si el caso fortuito ocurre cuando el deudor está en mora -salvo que ésta sea irrelevante en el caso-; (d) si el caso fortuito sobreviene por la culpa del deudor -lo que exigiría probar un vínculo causal entre una negligencia, por ejemplo, del deudor y la aparición del caso fortuito-; (e) si el caso fortuito es “…una contingencia propia del riesgo o la actividad…” del deudor -nuevamente habrá de demostrar la relación causal entre ambos-; y (f) si el deudor debe restituir la cosa obtenida mediante un hecho ilícito y antes de que lo haga ocurre el caso fortuito.Por lo tanto la parte puede eximirse de cumplir, siempre y cuando el caso fortuito o fuerza mayor no se enmarque en las causales que el código determina como excepciones.

Por otra parte, los artículos 955 y 956 del código civil y comercial de la nación establecen las siguientes posibilidades respecto de la imposibilidad de cumplimiento de obligaciones, que pueden ser temporarias o definitivas:

– La imposibilidad sobrevenida, objetiva, absoluta y definitiva de la prestación, producida por caso fortuito o fuerza mayor, extingue la obligación, sin responsabilidad. Si la imposibilidad sobreviene debido a causas imputables al deudor, la obligación modifica su objeto y se convierte en la de pagar una indemnización de los daños causados.

-Imposibilidad temporaria. La imposibilidad sobrevenida, objetiva, absoluta y temporaria de la prestación tiene efecto extintivo cuando el plazo es esencial, o cuando su duración frustra el interés del acreedor de modo irreversible.

Es importante destacar que la existencia de esa imposibilidad debe apreciarse teniendo en cuenta las exigencias de la buena fe y la prohibición del ejercicio abusivo de los derechos. Dicho de otra manera, aún si el caso fortuito existe, su alegación debe ser razonable y, sobre todo, hecha en buena fe.

Ahora bien, respecto a los contratos bilaterales, en donde dos partes tienen obligaciones que cumplir para con la otra, puede darse el caso de que una parte pueda cumplir y la otra no. El art. 1032 le permite suspender su propio cumplimiento en forma preventiva a la parte que se viera afectada porque la otra no puede cumplir. Pero es necesario que la otra parte haya sufrido un menoscabo significativo en su aptitud para cumplir. Si la parte afectada por el caso fortuito finalmente cumple o bien otorga seguridades suficientes de cumplimiento, la suspensión queda sin efecto y quien la invocaba debe a su vez ejecutar sus obligaciones.

Nos queda finalmente referirnos a  la cláusula “rebus sic stantibus”. Esta es una doctrina jurídica de creación jurisprudencial que permite la modificación o resolución judicial de un contrato por alteración sobrevenida de las circunstancias que se tomaron en cuenta en el momento de su celebración, siempre que: a) esas nuevas circunstancias sean imprevisibles y, b) hayan supuesto una ruptura del equilibrio entre las partes contratantes que convierta en excesivamente gravosa la prestación para una de ellas.

Si se dan tales circunstancias y las mismas llevan a un resultado reiterado de pérdidas (imposibilidad económica) o a la completa desaparición de cualquier margen de beneficio (falta del carácter retributivo de la prestación) es posible solicitar la resolución judicial del contrato o bien su modificación. Esta modificación contractual estará limitada al periodo en el que se dan las circunstancias que llevan a la novación excepcional del contrato. La modificación temporal del contrato es la solución preferente dado el principio de conservación de los contratos que rige en nuestro Derecho, pero también es posible aplicar la resolución si resulta absolutamente imposible restaurar el equilibrio de las prestaciones del contrato.

Conclusiones:

A modo de conclusiones, podemos remarcar como fundamentales los siguientes conceptos:

-Los requisitos que pueden llevar a la irresponsabilidad contractual por causa de fuerza mayor, salvo que el contrato o la ley establezcan otra cosa, son los siguientes: a) que se trate de acontecimientos que sean imprevisible, por exceder del curso normal de la vida, o que previstos sea inevitables, insuperables o irresistibles; b) que no se deban a la voluntad del presunto deudor; c) que hagan imposible el cumplimiento de una obligación previamente contraída o impida el nacimiento de la que pueda sobrevenir; d) que entre dicho resultado y el evento que lo produjo exista un nexo de causalidad eficiente.

-La consecuencia legal de la concurrencia de estos presupuestos no es la total exoneración del deudor del cumplimiento de su obligación, sino una exclusión de cualquier indemnización por daños y perjuicios. Por tanto, el deudor no deja de estar obligado al cumplimiento de su obligación si ello es todavía posible. Pero el acreedor no podrá reclamar al deudor una eventual indemnización por los daños y perjuicios.

– La imposibilidad de cumplir la obligación por causa de fuerza mayor sí puede producir una suspensión en la exigibilidad de la obligación, que no libera de un modo definitivo del cumplimento de la misma una vez hayan desaparecido las circunstancias que motivaron la fuerza mayor.

-Por la aplicación de la cláusula “rebus sic stantibus”, contenida implícitamente en todos los contratos, si las circunstancias imprevisibles rompen el equilibrio de las prestaciones, es en principio factible, solicitar la resolución judicial del contrato o bien su modificación.

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Ya son más de 1200 los detenidos por violar el aislamiento por el coronavirus

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Las fuerzas de seguridad federales y provinciales controlan el cumplimiento de la cuarentena obligatoria

Continúan los operativos de control vehícular, secuestro de autos e inicio de causas penales a ciudadanos por violar la cuarentena

La ministra de Seguridad, Sabina Frederic, recorrió operativos de control donde se secuestró vehículos e inició causas penales a ciudadanos que violaron el aislamiento social obligatorio dispuesto por el Gobierno nacional para contener el coronavirus COVID-19.

Además, la Policía Federal Argentina detuvo a 48 personas, la Gendarmería Nacional a 645; la Policía de Seguridad Aeroportuaria a 29; la Prefectura Naval a seis, y la Policía de la Ciudad de Buenos Aires a 15.
 
“Tenemos facultad para intervenir con todas las fuerzas nacionales y hacer cumplir la cuarentena”, explicó la Ministra de Seguridad y señaló que “van a aumentar los controles”.
 
Frederic aseguró que a quienes se desplazan sin contar con la certificación correspondiente se les va a “retener o secuestrar el vehículo” y luego se “llamará al fiscal y se librará una causa penal por incumplimiento de la cuarentena”.
 
“A partir del día de hoy vamos a ser más inflexibles como pide el presidente Alberto Fernández”, remarcó la titular de la cartera de seguridad.
 
Detalló además que la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval, y la Policía Federal Argentina están destinadas a supervisar las rutas nacionales y los pasos fronterizos, mientras que las vías provinciales deben ser controladas por las fuerzas de seguridad de cada distrito.
 
“Hay que pedirle a la población que apele a su conciencia y a su responsabilidad, y al sentimiento de que nadie está exento de contraer esta enfermedad, ni de trasmitirla”, concluyó la ministra en declaraciones a medios.

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Cómo es el operativo para que Misiones pueda realizar el diagnóstico de coronavirus

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Varios distritos comenzarán esta semana a recibir los 57.000 reactivos para la detección del virus. También hubo capacitaciones para acelerar los test.

Varias provincias comenzarán esta semana a recibir progresivamente 57.000 reactivos para la detección de coronavirus que distribuye el Ministerio de Salud de la Nación con la intención de lograr la descentralización de confirmación de los casos, según informó esa cartera.

En forma paralela, ya se realizaron capacitaciones online encabezadas por los profesionales de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud (ANLIS), Carlos Malbrán, y de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

Además de Buenos Aires, Chaco, Santa Fe, Córdoba, Misiones, Neuquén, Santa Cruz y Río Negro serán las primeras en poder completar los estudios localmente aunque otras están preparadas para hacerlo y solo esperan la llegada de los reactivos desde la Capital Federal.

Entre las provincias que comenzarán a realizar los análisis esta semana se encuentra Misiones. El gobernador Oscar Herrera Ahuad confirmó que llegaron los reactivos al Laboratorio de Alta Complejidad de Misiones (LACMI), aunque de momento no hay casos confirmados.

“Estamos en condiciones de hacer este estudio”, señaló el funcionario en referencia a 384 kits importados desde China, mientras esperan la llegada de un cargamento mayor pedido a Alemania y los que posteriormente envíe la Nación.

En Santa Fe, la secretaria de Salud, Sonia Martorano, anticipó que a partir del 25 de marzo se podrá detectar o descartar los contagios locales. Los test se realizarán en el Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias de Rosario (CEMAR) a partir del envío de los kits de diagnósticos por parte de Nación, explicó la funcionaria cuya provincia tiene dos casos confirmados.

También los profesionales de San Luis, que completaron la capacitación, tienen previsto empezar a trabajar esta semana. El gobernador, Alberto Rodríguez Saá, confirmó que en las próximas horas “llegaría la aprobación o no” del laboratorio provincial y los reactivos, con que se puede prever que la semana que viene “se podrá empezar a diagnosticar desde San Luis”.

Con tres casos confirmados de coronavirus, Río Negro es otra de las provincias que realizan sus propios análisis y lo hace en el Hospital Artémides Zatti de Viedma. Además, dos médicos infectólogos completaron la capacitación y se aguardan para el próximo martes los reactivos para empezar a trabajar.

En Neuquén, con un caso confirmado, el Laboratorio Central del Ministerio de Salud de la provincia comenzó el jueves a procesar muestras con equipos adquiridos por el gobierno local, convirtiéndose en uno de los primeros del país en realizar estas pruebas. El director del Laboratorio Central, Luis Pianciola, expresó a Télam que “la provincia decidió adquirir reactivos importados, además de lo que mande Nación”.

En Santa Cruz, el ministro de Salud y Ambiente, Juan Carlos Nadalich, explicó que la ciudad de El Calafate es prioritaria, ya que tiene un caso confirmado de coronavirus. “El avión de la provincia está yendo a buscar reactivos. La gobernadora Alicia Kirchner dispuso que se lleven a esa ciudad para que allí se puedan procesar las muestras”, detalló. Además, el ministro manifestó que también Río Gallegos tendrá esa estructura.

Mientras tanto, otras provincias avanzan en la capacitación de su personal. Es el caso de Chubut, donde el titular de la cartera sanitaria provincial, Fabián Puratich, indicó que el equipo de salud comenzó este viernes a participar de la formación oficial, “con el fin de agilizar la confirmación”.

En Mar del Plata, donde hay un caso confirmado de coronavirus, también se están capacitando profesionales del Instituto Nacional de Epidemiología “Dr. Juan Héctor Jara”. En la ciudad turística, la descentralización se hará en etapas, por lo que todavía no se sabe cuándo se comenzará a realizar los análisis en la localidad.

Por su parte, la ministra de Salud de Tierra del Fuego, Judit Di Giglio, confirmó que el Gobierno Nacional aceptó a la provincia como una de las que será dotada de equipos y capacitación para realizar los análisis del coronavirus en el laboratorio del Hospital Regional de la ciudad de Ushuaia. La provincia cuenta con tres positivos confirmados.

En Salta, con un paciente diagnosticado positivo, a través de un informe de la Dirección General de Coordinación Epidemiológica, se informó que dos profesionales salteños, especialistas en virología, se encuentran recibiendo capacitación en el Instituto Malbrán.

También en Tucumán, donde hay un caso positivo confirmado, personal del Sistema Provincial de Salud (Siprosa) inició el viernes la capacitación por videoconferencia según informó la ministra de Salud Pública de Tucumán, Rossana Chahla.

En Mendoza, se realizó una capacitación por videoconferencia en el Laboratorio de Salud Pública con expertos de los hospitales Central, Notti, Lagomaggiore, Schestakow y Scaravelli. El jefe del Laboratorio de Salud Pública, Mario Bustos Guillén, explicó: “Estamos listos para comenzar, solo tenemos que esperar que el Gobierno nacional nos envíe los reactivos”.


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Incorporan un termómetro infrarrojo en el Mercado Concentrador Zonal de Posadas para reforzar medidas de prevención

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Unas 1.800 personas pudieron abastecerse de alimentos este sábado.
Se practicó un riguroso control con el dispositivo incorporado para descartar síntomas febriles y habilitar su ingreso en grupos.

Además, se invitó a los concurrentes a higienizarse las manos con alcohol en gel cumpliendo con las normas de seguridad  de prevención requerido por la Provincia y el Municipio ante la Emergencia Epidemiológica y Sanitaria.

La tarea fue supervisada por el Presidente del Instituto de Fomento Agropecuario e Industrial, Cdor Marcelo Rodriguez., quien remarcó “el compromiso social  de todos los Misioneros, y exhortó a la ciudadanía a tomar con responsabilidad las medidas resueltas por las Autoridades Nacionales y Provinciales”

De esta manera se facilita a las personas llevar productos frescos con ofertas y precios económicos, de prinera calidad y continuar la cuarentena vigente para todo el país.

Reiteraron que el Mercado Concentrador Zonal de Posadas abrirá sus puertas el próximo Martes 24 de marzo, feriado nacional,  en horario reducido, de 7:00 a 11:30 horas y continuará trabajando los siguientes días en sus horarios habituales.

En Igual sentido, el Mercado Concentrador Zonal de Obera que continuará abriendo sus puertas de miércoles a sábados de 7:00 a 12:30 horas con los controles establecidos.

CONTROL PREVENTIVO:

Como una de las medidas de prevención, todos quienes ingresaron al centro comercial fueron testeados por un Termómetro Láser que mide la temperatura corporal de las personas y asi se puede determinar algún síntoma febril.

El dispositivo infrarrojo está compuesto por un sensor, un sistema óptico y una unidad de cálculo con algoritmos. A través de la lente, lo que hace el termómetro es medir las radiaciones infrarrojas que emite el cuerpo y que varían de acuerdo al calor corporal.  Así calcula la temperatura que, en segundos, queda registrada en la pantalla.

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Cuarta muerte por coronavirus en el país, la idea del Estado de sitio y los hospitales del Ejercito

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La víctima fue una mujer de 67 años, en una clínica de Luján. Habría estado en un crucero en Brasil. En el primer día de la cuarentena hubo centenares de detenidos por violación al aislamiento. La ministra de Seguridad dijo que “está como posibilidad” declarar la suspensión de las garantías constitucionales.

Una mujer de 67 años, con diagnóstico positivo por coronavirus, murió en la mañana de este sábado por una falla multiorgánica mientras estaba internada en una clínica privada del partido bonaerense de Luján, informaron fuentes médicas de esa institutción.

Se trata de la 4ta muerte en el país producto de la pandemia.

De acuerdo a la agencia Télam, según el parte médico que lleva la firma de la Dirección Médica de la Clínica Güemes, la mujer falleció a las 6:30 tras estar internada en esa institución desde el 18/03.

De acuerdo a lanación.com, la mujer estuvo de viaje en un crucero en Brasil antes de regresar al país. Es decir, es el primer caso de una muerte sin antecedente de viaje a Europa.

De acuerdo a clarín.com, la mujer era residente de San Andrés de Giles. Ese municipio bonaerense emitió un comunicado donde explicó la situación de un segundo paciente que se encuentra aislado en la localidad “sin compromiso clínico”. 

El deceso se produjo mientras se desarrolla el 2do día de cuarentena en todo el país dictada por el Gobierno Nacional. 

Instalan el hospital reubicable en Campo de Mayo para ampliar la capacidad de atención

El Ministerio de Defensa inició hoy el operativo de traslado del hospital reubicable para ser emplazado junto al Hospital Militar de Campo de Mayo para “ampliar su capacidad”, como parte de las acciones para mitigar la pandemia de coronavirus.

Así lo informó la cartera a cargo de Agustín Rossi en su cuenta de Twitter, donde acompañó el anuncio con fotos en las que se ven camiones trasladando las unidades del hospital reubicable.

La medida había sido anunciada ayer por Rossi en un informe de prensa que ofreció en la residencia presidencial de Olivos.

Durante la 1ra jornada se registraron centenares de detenciones por violaciones al aislamiento obligartoria (hubo más de 4000 sólo entre Córdoba y Tucumán). A raíz de este desafío a la salud pública, la ministra de Seguridad de la Nación, Sabina Frederic, aseguró que declarar el estado de sitio “no está descartado”. 

“El estado de sitio no está descartado. Está como posibilidad y se analizó, pero por ahora el gobierno eligió esperar “, sostuvo la funcionaria en diálogo con Radio La Red.

Frederic destacó que ayer “el acatamiento a la cuarentena fue bastante masivo”, pero dijo que “hace falta más”. “Hay que correrse del individualismo a la que esta época nos lleva. Es una medida excepcional que durará menos si lo cumplimos bien. Dependerá de nosotros si la fecha se extiende o no”, insistió.

En tanto, señaló que el Presidente le pidió firmeza para hacer cumplir las disposiciones que permitan reducir el impacto de la pandemia. “Alberto [Fernández] me pidió inflexibilidad y severidad”, sostuvo la funcionaria, en diálogo con CNN radio. “Tenemos facultad para intervenir con todas las fuerzas nacionales y hacer cumplir la cuarentena”, aseguró.

En tanto, señaló que se están haciendo controles especiales en la ruta y corroboró que hasta el momento hay 200 detenidos por incumplir las restricciones, todos en el área metropolitana.

“Todos los que estén en la calle sin justificar van a tener una denuncia penal aún si no terminan detenidos”, destacó Frederic, y solicitó a la población que tenga responsabilidad. “Nadie está exento de tener y de transmitir el coronavirus”, dijo. 

De acuerdo al artículo 23 de la Constitución Nacional, el estado de sitio puede declararse “en caso de conmoción interior” en una provincia o territorio “quedando suspensas allí las garantías constitucionales”

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