Economía extiende un año más la operación de vehículos que transportan cargas peligrosas
El Gobierno prórroga hasta 2026 la vida útil de camiones que transportan sustancias peligrosas y redefine el esquema regulatorio del sector.
La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía extendió, mediante la Resolución 82/2025, la habilitación para que vehículos modelos 2013, 2014 y 2015 continúen prestando servicios de transporte de sustancias peligrosas hasta el 31 de diciembre de 2026, siempre que cuenten con Revisión Técnica Obligatoria (RTO) aprobada al cierre de 2025. La medida responde a pedidos sectoriales, evidencia técnica y una política de alivio regulatorio en un segmento clave para la logística industrial.
Una decisión basada en evidencia técnica y presión sectorial
La Resolución 82/2025, firmada el 25 de noviembre por la Secretaría de Transporte, modifica el marco operativo de un sector altamente regulado por razones de seguridad. Según el artículo 53 inciso b de la Ley 24.449, los vehículos que transportan sustancias peligrosas no pueden superar los diez años de antigüedad, salvo que la autoridad competente disponga condiciones adicionales de control.
El decreto reglamentario 779/95 habilita a la Secretaría de Transporte a fijar limitaciones y condiciones para extender esa vida útil, y define que ningún vehículo podrá seguir en servicio más de tres años después del límite de antigüedad legal. En esta oportunidad, el Gobierno hace uso de esas facultades para ampliar la vigencia de unidades que, en condiciones normales, deberían ser retiradas de circulación.
El pedido fue impulsado por la Cámara Argentina del Transporte Automotor de Mercancías y Residuos Peligrosos (CATAMP) y por la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC). Ambas entidades solicitaron que se prorrogue la operación de las unidades tractoras modelos 2013, 2014 y 2015, argumentando impacto económico, falta de disponibilidad de unidades nuevas y mejora de los estándares de mantenimiento.
El sustento técnico vino de la Comisión Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, que en el informe IF-2025-121462474-APN-SSTAU#MEC concluyó que no se registraron “incidentes mayores debido a fallas mecánicas en vehículos automotores de transporte de MMPP” entre 10 y 13 años de antigüedad. Agregó que el régimen de RTO —obligatoria cada cuatro meses para esta categoría— garantiza un control exhaustivo: “la frecuencia triplica a la de las unidades de cargas generales”.
El informe también valoró las mejoras en infraestructura vial, tecnologías de seguridad y mantenimiento preventivo, recomendando explícitamente acceder al pedido de prórroga.
Cómo funcionará la prórroga y qué exigencias deberán cumplir las unidades
El Artículo 1° de la resolución establece la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 para vehículos modelos 2013, 2014 y 2015 que cuenten con RTO aprobada hasta el 31 de diciembre de 2025.
El Artículo 2° detalla que las unidades alcanzadas deberán realizar la RTO cada cuatro meses, manteniendo un régimen de vigilancia técnica reforzado. La certificación permitirá la continuidad de la operación mientras esté vigente la habilitación, aunque los modelos 2013 deberán cesar definitivamente su servicio el 31 de diciembre de 2026.
El Artículo 3° ordena notificar la medida a los actores institucionales encargados de fiscalizar el transporte de cargas peligrosas: Gendarmería Nacional, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
La decisión se inscribe en una línea de continuidad respecto de la Resolución 62/2024, que había extendido hasta el 31 de diciembre de 2025 la operación de vehículos modelos 2012, 2013 y 2014.
Impacto económico, logístico y regulatorio en el transporte de cargas peligrosas
La prórroga tendrá un efecto directo sobre la estructura de costos del sector. La renovación de flotas dedicadas al transporte de sustancias peligrosas implica inversiones elevadas, en un contexto donde la importación de unidades nuevas suele enfrentar restricciones cambiarias y demoras logísticas. Extender la vida útil permite atenuar presiones financieras sobre empresas medianas y grandes del rubro.
A su vez, la medida evita un potencial cuello de botella operativo: retirar simultáneamente tres años de modelos podría haber reducido la disponibilidad de unidades habilitadas para mover combustibles, insumos industriales, químicos y residuos peligrosos, afectando cadenas productivas.
El respaldo técnico otorgado por la Comisión Nacional de Tránsito y Seguridad Vial limita eventuales cuestionamientos y sirve como fundamento ante organismos de control y aseguradoras. La exigencia de RTO trimestral, por su parte, refuerza el enfoque de seguridad activa y pasiva de las unidades.
En el plano institucional, la resolución también refuerza la capacidad de la Secretaría de Transporte para intervenir en materia de regulación sectorial, apoyándose en los márgenes que brindan la Ley 24.449 y su decreto reglamentario.
Para empresarios y operadores logísticos, la medida genera previsibilidad: permite planificar inversiones a mediano plazo y reasignar recursos en un contexto económico volátil. Para el Estado, evita distorsiones en la oferta de servicios esenciales y mantiene estándares de control intensivo.




