EL PAIS

Redefinen el reconocimiento de Indicaciones Geográficas del Mercosur para vinos y fortalecen el rol del INV

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La Secretaría de Agricultura incorporó formalmente al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) al procedimiento de reconocimiento de las Indicaciones Geográficas (IG) de vinos y productos vínicos provenientes de los países del Mercosur. La medida busca ordenar la aplicación del acuerdo regional, centralizar la evaluación técnica y dotar de mayor seguridad jurídica a un segmento donde el origen geográfico constituye un activo comercial de alto valor.

La Resolución 94/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, establece que las Indicaciones Geográficas reconocidas en los Estados Parte del Mercosur para productos vínicos deberán atravesar el procedimiento previsto por la normativa argentina antes de obtener protección en el país. La novedad central es que ese análisis quedará bajo la órbita del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) cuando se trate exclusivamente de vinos y productos de origen vínico.

La decisión complementa la reglamentación aprobada en mayo de este año para implementar el Acuerdo de Protección Mutua de las Indicaciones Geográficas del Mercosur, incorporado al derecho argentino mediante la Ley 27.765.

Un cambio institucional para un activo estratégico

Las Indicaciones Geográficas constituyen un sistema de protección intelectual que vincula la reputación y determinadas características de un producto con su lugar de origen. En el negocio vitivinícola representan mucho más que una denominación: funcionan como un diferencial competitivo que agrega valor comercial, facilita el posicionamiento internacional y protege a productores frente al uso indebido de nombres geográficos.

Con la nueva resolución, el Gobierno determina que el INV será el organismo técnico encargado de evaluar las solicitudes vinculadas a vinos y productos vínicos, utilizando el marco previsto por la Ley 25.163, que regula las denominaciones de origen e indicaciones geográficas del sector vitivinícola argentino.

La medida no modifica el acuerdo regional ni crea nuevos derechos, sino que define con mayor precisión cuál será la autoridad competente para llevar adelante las evaluaciones técnicas dentro del país.

Para las bodegas y exportadores, la resolución aporta previsibilidad institucional en un mercado donde la certificación del origen constituye un elemento central para acceder a segmentos de mayor valor agregado.

Entre los principales efectos se destacan mayor especialización técnica en la evaluación de Indicaciones Geográficas vinculadas al sector vitivinícola. Unificación de criterios bajo el organismo que ya administra las denominaciones de origen y las IG argentinas. Mayor seguridad jurídica para el reconocimiento de denominaciones provenientes del Mercosur. Sin impacto fiscal ni creación de nuevas estructuras administrativas, ya que la resolución aclara que las funciones serán absorbidas por el INV con los recursos existentes.

Alcance regional y oportunidades

Aunque el NEA no posee una industria vitivinícola comparable con otras regiones del país, la resolución adquiere relevancia para las empresas vinculadas al comercio exterior, la distribución de vinos, la gastronomía premium y el turismo, actividades que incorporan productos certificados por origen como parte de su estrategia comercial.

También fortalece el proceso de armonización regulatoria dentro del Mercosur, un aspecto relevante para las economías regionales que buscan proteger productos diferenciados mediante sistemas de calidad e identidad territorial.

La decisión refleja una tendencia creciente en el comercio internacional: los atributos vinculados al origen, la trazabilidad y la autenticidad ganan peso como herramientas de diferenciación frente a mercados cada vez más exigentes.

El próximo paso será observar cómo se implementa el procedimiento de evaluación y reconocimiento de las Indicaciones Geográficas provenientes de Brasil, Uruguay y Paraguay, así como el impacto que esta coordinación institucional tendrá sobre futuras solicitudes de protección dentro del bloque. Para la vitivinicultura argentina, consolidar reglas homogéneas en materia de propiedad intelectual constituye un componente estratégico para sostener el posicionamiento de sus productos en el mercado regional.

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Murió la periodista Ernestina Pais: su auto fue arrollado por un tren en San Isidro

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La conductora televisiva Ernestina País, de 54 años, murió este viernes tras protagonizar un accidente ferroviario en un paso a nivel de San Isidro.

La mujer conducía un Honda Civic cuando intentó cruzar las vías en la intersección de Sáenz Peña y El Cano con la barrera baja, momento en el que el vehículo fue embestido por una formación del Tren de la Costa.

El impacto se produjo sobre el lateral del conductor y provocó su fallecimiento en el acto.

En el lugar trabajaron bomberos, peritos y personal policial, mientras la investigación quedó a cargo de la UFI de Martínez.

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Confirman los procesamientos de Chiqui Tapia, Pablo Toviggino y la AFA por una causa de evasión fiscal

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La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó los procesamientos del presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia; del tesorero Pablo Toviggino; y de la propia entidad en una causa por presunta evasión tributaria y retención indebida de aportes.

Lla investigación involucra una presunta maniobra por más de 19.000 millones de pesos y, tras la resolución del tribunal, el expediente quedó a un paso de ser elevado a juicio oral.

La decisión ratificó los procesamientos dictados en primera instancia y representa un nuevo avance en la causa judicial que investiga presuntas irregularidades fiscales vinculadas a la conducción de la AFA.

La resolución, firmada por los jueces Roberto Hornos y Carolina Robiglio, deja a ambos dirigentes a un paso del juicio oral.

La investigación se originó tras una denuncia presentada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que acusó a la AFA de no transferir dentro del plazo legal impuestos retenidos sobre los salarios de sus empleados y aportes correspondientes al sistema de seguridad social.

Según el juez Diego Amarante, quien dictó los procesamientos en primera instancia, la entidad habría cometido el delito de apropiación indebida de tributos agravado en 34 oportunidades y de recursos de la seguridad social agravado en otras 17.

La Cámara confirmó el procesamiento de Toviggino, junto con el embargo y la prohibición de salida del país pero en el caso de Tapia y de la AFA, los camaristas no analizaron el fondo de las apelaciones y las declararon desiertas porque la defensa solicitó postergar la audiencia una vez vencido el plazo correspondiente, dejando firmes los procesamientos.

Tapia permanece en Estados Unidos encabezando la delegación argentina en el Mundial, ya que viajó con autorización judicial, mientras que Toviggino continúa en el país. El fallo no modifica, por ahora, la situación procesal de ninguno de los dos.

En la misma resolución, la Cámara revocó por prematuros los procesamientos de Cristian Malaspina, Víctor Blanco y Gustavo Lorenzo, y ordenó profundizar la investigación sobre ellos.

Durante la instrucción, una empleada del área contable de la AFA declaró que las decisiones financieras eran tomadas por Toviggino mediante una “orden verbal”: “De la toma de decisiones financieras y contables se encarga el tesorero, que es Pablo Toviggino”, sostuvo.

La AFA argumentó que gran parte de la deuda fue cancelada y aseguró que los pagos se realizaron antes del vencimiento de las obligaciones, por lo que consideró que la postura de ARCA contradice la normativa vigente, sin embargo, la Justicia sostiene que el delito se configura desde el momento en que vence el plazo legal para transferir los fondos retenidos.

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JetSMART Colombia fue autorizada a volar entre Medellín y Buenos Aires

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La Subsecretaría de Transporte Aéreo autorizó a JetSMART Airlines S.A.S., la filial colombiana del grupo de bajo costo, a operar servicios regulares internacionales de pasajeros y carga entre Medellín y Buenos Aires (Aeroparque Jorge Newbery), una decisión que fortalece la conectividad aérea entre ambos países y suma un nuevo competidor en un mercado regional que busca recuperar frecuencias y diversificar la oferta.

La medida fue oficializada mediante la Disposición 11/2026, publicada en el Boletín Oficial, y habilita a la compañía a explotar la ruta Medellín–Buenos Aires–Medellín, en el marco de los acuerdos bilaterales vigentes entre Argentina y Colombia. La empresa había sido previamente designada por la autoridad aeronáutica colombiana para operar hasta siete frecuencias semanales bajo derechos de cuarta libertad del aire, aunque la puesta en marcha efectiva dependerá de su programación comercial.

Para el sector productivo, la autorización trasciende la incorporación de un nuevo vuelo. La conectividad aérea constituye un factor estratégico para facilitar los viajes corporativos, potenciar el turismo receptivo y mejorar las alternativas logísticas para el transporte de cargas de alto valor o baja escala, especialmente entre economías con creciente intercambio comercial.

Una señal de mayor apertura en el mercado aerocomercial

La resolución confirma que la solicitud de JetSMART Colombia se ajusta al Memorando de Entendimiento que regula las relaciones aerocomerciales entre ambos países y que la empresa cumplió con los requisitos legales, técnicos y administrativos exigidos por la normativa argentina.

El Gobierno también señala que la autorización se limita estrictamente a los derechos otorgados por Colombia, por lo que la aerolínea no podrá superar las frecuencias, rutas o modalidades operativas previstas en el acuerdo bilateral.

La incorporación de un nuevo operador en esta ruta incrementa la competencia en un segmento donde las compañías low cost vienen ganando participación mediante esquemas de menores costos operativos y mayor eficiencia comercial.

Aunque la disposición no modifica las condiciones regulatorias del mercado, sí amplía las opciones disponibles para empresas que mantienen vínculos comerciales entre ambos países.

Entre los principales efectos potenciales se destacan mayor competencia en las conexiones entre Argentina y Colombia. Más alternativas para viajes corporativos, especialmente hacia uno de los principales centros económicos de Colombia. Nuevas posibilidades para el transporte aéreo de cargas, complementando la logística tradicional. Fortalecimiento del turismo receptivo y emisivo, con impacto sobre hoteles, gastronomía y servicios asociados.

Una mayor competencia entre aerolíneas suele traducirse en una oferta más amplia de horarios y, eventualmente, en tarifas más competitivas, factores que inciden sobre la movilidad empresarial y turística.

La autorización regulatoria constituye el primer paso. El verdadero impacto económico dependerá de cuándo JetSMART Colombia incorpore efectivamente la ruta a su programación comercial, la frecuencia con la que opere y la respuesta de la demanda. En un mercado aerocomercial cada vez más competitivo, la expansión de la conectividad regional se consolida como un activo relevante para mejorar la integración económica y facilitar los negocios entre Argentina y América Latina.

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Parques Nacionales extiende la transición de permisos turísticos hasta fin de año

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La Administración de Parques Nacionales (APN) dispuso un nuevo esquema de transición para los permisos de servicios turísticos que operan dentro de las áreas protegidas nacionales. La Resolución 210/2026 extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia de aquellos permisos alcanzados por el régimen anterior cuyo vencimiento opere hasta el 31 de julio de 2026, otorgando un margen adicional para completar la migración al nuevo Reglamento de Permisos Turísticos.

La decisión responde a una evaluación interna realizada por la Dirección de Concesiones, que detectó distintos niveles de avance en la adecuación de los operadores turísticos distribuidos en los parques nacionales. El diagnóstico también evidenció diferencias administrativas entre jurisdicciones, por lo que el organismo resolvió establecer un procedimiento uniforme para evitar que esas asimetrías afecten la continuidad de la actividad.

Desde la perspectiva económica, la resolución introduce un elemento de previsibilidad para un segmento compuesto por empresas de excursiones, guías habilitados, transportistas, operadores náuticos y otros prestadores que desarrollan su actividad dentro de áreas protegidas. La continuidad de los permisos evita que procesos administrativos pendientes se traduzcan en interrupciones de servicios durante una temporada que continúa siendo relevante para muchas economías regionales.

Para provincias donde el turismo constituye un componente significativo de la actividad económica, como Misiones con el Parque Nacional Iguazú, la decisión reduce el riesgo de discontinuidad operativa para los prestadores habilitados mientras completan los nuevos requisitos regulatorios. El impacto no modifica las condiciones comerciales de los servicios, pero sí preserva el marco legal necesario para que puedan seguir funcionando durante el período de adecuación.

La resolución también busca ordenar la implementación del nuevo régimen aprobado en 2025. En lugar de una migración automática, la APN optó por un proceso gradual, acompañado por un Esquema de Transición Normativa que fija criterios homogéneos para todas las áreas protegidas bajo jurisdicción nacional.

Como condición para acceder al régimen excepcional, los titulares de los permisos deberán presentar, dentro de los 30 días hábiles administrativos, un Acta de Conformidad y Obligación de Adecuación, mediante la cual formalizan su adhesión al proceso de transición y asumen el compromiso de cumplir con las exigencias previstas por el nuevo reglamento.

El procedimiento también fortalece el rol de las intendencias de cada parque nacional. Serán las encargadas de verificar la documentación presentada, evaluar la continuidad de cada prestación turística y elevar un informe técnico a la Dirección Nacional de Uso Público recomendando, o no, la continuidad del servicio. La incorporación de esta instancia busca uniformar criterios de evaluación y respaldar técnicamente las decisiones administrativas.

La medida alcanza exclusivamente a los permisos cuyos cánones se determinan mediante el Tarifario Institucional vigente y deja expresamente afuera aquellos servicios comprendidos en planes específicos de reordenamiento turístico, que continuarán bajo sus propios esquemas regulatorios.

Aspectos centrales de la resolución prórroga de los permisos vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026. Alcanza a permisos con vencimiento hasta el 31 de julio de 2026. Los prestadores disponen de 30 días hábiles para adherir al régimen de transición. La continuidad del servicio quedará sujeta a la evaluación técnica de cada Intendencia. Se implementa un esquema uniforme de adecuación para todas las áreas protegidas nacionales.

Más allá de su carácter administrativo, la resolución apunta a reducir la incertidumbre regulatoria para un sector que depende de autorizaciones permanentes para operar. La evolución del proceso de adecuación permitirá medir si el nuevo régimen logra simplificar la gestión de permisos sin afectar la continuidad de la oferta turística en los parques nacionales, un factor clave para las economías regionales cuya actividad está vinculada al turismo de naturaleza.

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