JUDICIALES

Destacan una investigación jurídica sobre acceso a la Justicia de mujeres indígenas

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La Cámara de Representantes de Misiones dio un nuevo respaldo al fortalecimiento de las políticas públicas con enfoque en derechos humanos al emitir dictamen favorable para declarar de Interés Provincial la investigación jurídica “Multiculturalismo y acceso a la Justicia: el caso de las mujeres de pueblos indígenas en la provincia de Misiones”, desarrollada por el magistrado Juan Manuel Lezcano. La iniciativa reconoce un trabajo académico que busca aportar herramientas concretas para reducir las barreras que enfrentan las comunidades originarias en el acceso al sistema judicial.

El proyecto, impulsado por la diputada Blanca Raquel Núñez, recibió el acompañamiento de la Comisión de Legislación General, Justicia y Comunicaciones, en línea con los objetivos institucionales definidos para el actual período parlamentario, que promueven la construcción de instituciones más innovadoras, inclusivas y adaptadas a los desafíos sociales contemporáneos.

La investigación permitió a Lezcano obtener el título de posdoctor en Derecho otorgado por la Universidad Nacional de Rosario y constituye uno de los estudios más específicos desarrollados en la provincia sobre la relación entre multiculturalismo, perspectiva de género y acceso efectivo a la Justicia. Además de su función como magistrado, el autor se desempeña como docente en la sede Santos Mártires de la Universidad Católica de Santa Fe, en Posadas.

El trabajo analiza las dificultades estructurales que enfrentan las mujeres pertenecientes a pueblos indígenas para acceder a los mecanismos judiciales y plantea la necesidad de incorporar una mirada intercultural dentro del funcionamiento de las instituciones. En ese sentido, propone que las políticas judiciales contemplen no solo las normas jurídicas vigentes, sino también las particularidades culturales, lingüísticas y territoriales de las comunidades originarias.

El reconocimiento legislativo trasciende el plano académico. La investigación es considerada un insumo estratégico para el desarrollo institucional del Poder Judicial misionero, ya que aporta fundamentos teóricos y evidencia para el diseño de nuevas herramientas procesales, protocolos de atención y políticas públicas orientadas a garantizar un acceso más equitativo a la Justicia.

En una provincia caracterizada por su diversidad cultural y la presencia de comunidades mbya guaraní, el estudio pone el foco en la necesidad de reducir las barreras idiomáticas, geográficas y socioculturales que históricamente dificultaron el ejercicio pleno de derechos por parte de las mujeres indígenas. Desde esa perspectiva, la investigación se presenta como un aporte para fortalecer una Justicia más cercana, accesible y respetuosa de las particularidades de cada comunidad.

El dictamen también dispone remitir copia de la declaración al Poder Ejecutivo provincial y a la Universidad Católica de Santa Fe, sede Posadas, consolidando el vínculo entre la producción científica, el ámbito legislativo y las instituciones encargadas de la aplicación de las políticas públicas.

La declaración de interés se inscribe en una estrategia más amplia de fortalecimiento institucional que busca complementar los procesos de modernización tecnológica con la generación de conocimiento jurídico propio. Bajo esa lógica, el desarrollo de investigaciones aplicadas aparece como un componente central para consolidar un sistema judicial capaz de responder a los desafíos de una sociedad multicultural y de incorporar la perspectiva de género e interculturalidad en la formulación de sus decisiones y mecanismos de atención.

Investigación acceso a la Justicia de mujeres indígenas by CristianMilciades

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Una abuela, dos nietos y una revinculación bajo control judicial: la Justicia de Misiones ratificó un régimen gradual de contacto

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La Justicia de Misiones confirmó un régimen gradual y supervisado de contacto entre una abuela materna y sus dos nietos menores de edad, en una causa atravesada por una historia familiar marcada por la pérdida, los desacuerdos sobre la crianza y el debate sobre los alcances del derecho de comunicación entre familiares.

La decisión fue adoptada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia de la Segunda Circunscripción Judicial de Misiones, con asiento en Oberá, que rechazó todos los recursos presentados por la mujer y dejó firme la sentencia dictada en primera instancia.

El caso tiene como protagonista a la madre de una mujer que falleció en abril de 2020, apenas un día después de dar a luz a su segunda hija. Desde entonces, la abuela sostuvo que el vínculo con sus nietos se fue debilitando progresivamente y recurrió a la Justicia para ampliar los contactos y garantizar una relación más estrecha con los menores.

Según planteó en la demanda, las videollamadas y encuentros esporádicos resultaban insuficientes para construir una relación significativa. Argumentó además que preservar el vínculo con la familia materna era esencial para que los niños conocieran sus orígenes, tradiciones y la historia de su madre fallecida.

La mujer, abogada y docente universitaria radicada en Buenos Aires, aseguró que nunca buscó reemplazar al padre de los menores, sino ocupar el lugar que le corresponde dentro de la estructura familiar. Incluso propuso asumir costos de traslado, organizar encuentros durante vacaciones y colaborar económicamente para facilitar el contacto.

El planteo del padre

Del otro lado, el padre de los niños negó haber impedido el contacto con la abuela. Sostuvo que las diferencias surgieron porque la mujer pretendía intervenir en decisiones vinculadas a la crianza cotidiana, un ámbito que corresponde exclusivamente a la responsabilidad parental.

La discusión fue mucho más allá de la frecuencia de las visitas, describe el sitio especializado Diario Judicial . Durante el proceso aparecieron cuestionamientos relacionados con la educación, la atención médica, los cambios de residencia y distintos aspectos de la vida cotidiana de los menores. La abuela manifestó preocupación por esos temas y denunció un progresivo aislamiento respecto de la rama materna de la familia.

Sin embargo, tanto el juez de primera instancia como la Cámara consideraron que esos planteos excedían el objeto específico de una acción de comunicación y contacto.

El criterio de la Cámara

Al analizar la apelación, los camaristas Jorge Erasmo Villalba y Amado Julio Dante Carvallo concluyeron que los agravios presentados no demostraban defectos procesales capaces de invalidar la sentencia.

Para los magistrados, muchos de los cuestionamientos expresaban simplemente una discrepancia con la decisión adoptada y no la existencia de irregularidades jurídicas relevantes.

La Cámara destacó que el fallo de primera instancia había ponderado adecuadamente las circunstancias del caso y los intereses en juego.

En uno de los pasajes centrales de la resolución, los jueces señalaron que se habían valorado correctamente “los intereses en juego y la preservación de los vínculos familiares”, remarcando que la solución adoptada prioriza “el interés superior de los menores”.

El tribunal también respaldó la decisión de avanzar mediante un esquema progresivo de revinculación, con supervisión e intervención terapéutica. Según la sentencia, esa modalidad encuentra sustento en las conclusiones de la pericia psicológica y en otros elementos reunidos durante el expediente.

Los límites entre comunicación y responsabilidad parental

Uno de los aspectos más relevantes del fallo es la delimitación de competencias entre el derecho de comunicación de los familiares y la responsabilidad parental.

La Cámara sostuvo que en el expediente surgía una “verdadera confusión de roles” por parte de la abuela, al pretender intervenir en decisiones educativas, sanitarias y cotidianas que corresponden exclusivamente al progenitor.

Ese razonamiento fue determinante para justificar la continuidad de un régimen gradual y supervisado.

Con esta decisión, la Justicia misionera dejó firme un esquema que busca equilibrar dos principios: el derecho de la abuela a mantener contacto con sus nietos y la necesidad de proteger el bienestar emocional y el desarrollo de los menores dentro de un proceso de revinculación ordenado y controlado judicialmente.

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Argentina incorpora un mecanismo global para reclamar cuotas alimentarias en el exterior

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Con la promulgación de la Ley 27.806, Argentina aprobó el Convenio sobre Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y Otros Miembros de la Familia, un instrumento jurídico internacional diseñado para facilitar la obtención y ejecución de cuotas alimentarias cuando las partes involucradas residen en distintos países.

La norma incorpora al país a un sistema de cooperación internacional que busca simplificar los procedimientos para reclamar, reconocer y ejecutar obligaciones alimentarias más allá de las fronteras nacionales. La medida adquiere relevancia en un contexto de creciente movilidad laboral, migraciones y conformación de familias distribuidas entre diferentes jurisdicciones.

El convenio, firmado originalmente en La Haya en 2007, establece mecanismos de colaboración entre autoridades centrales de los Estados adherentes para acelerar trámites que históricamente enfrentaban obstáculos burocráticos, diferencias normativas y elevados costos judiciales.

Desde una perspectiva económica, la iniciativa apunta a garantizar el flujo efectivo de recursos destinados al sostenimiento de niños y otros miembros de la familia con derecho alimentario, reduciendo la incertidumbre asociada al incumplimiento de obligaciones cuando el obligado reside fuera del país.

Uno de los principales aportes del acuerdo es la creación de procedimientos uniformes para localizar deudores, obtener reconocimiento de sentencias y ejecutar pagos alimentarios en otras jurisdicciones.

Hasta ahora, muchos reclamos internacionales requerían procesos judiciales complejos, asistencia legal especializada y largos períodos de tramitación. La adhesión al convenio permite canalizar esos pedidos mediante mecanismos de cooperación institucional entre Estados.

Para familias argentinas con integrantes radicados en el exterior, la norma representa una herramienta destinada a mejorar las posibilidades de cobro efectivo de prestaciones alimentarias, especialmente en casos donde las diferencias entre sistemas legales dificultaban la ejecución de decisiones judiciales.

Un impacto indirecto sobre la economía de los hogares

Aunque no se trata de una medida tributaria ni productiva en sentido estricto, sí tiene efectos económicos concretos sobre los ingresos familiares.

La regularidad en el pago de cuotas alimentarias contribuye a la estabilidad financiera de hogares que dependen parcial o totalmente de esos recursos para cubrir gastos de alimentación, educación, salud y vivienda.

La experiencia internacional muestra que la efectividad de los sistemas de cobro alimentario reduce situaciones de vulnerabilidad económica y disminuye la necesidad de recurrir a mecanismos de asistencia estatal para suplir incumplimientos privados.

La integración creciente de mercados laborales y la movilidad de trabajadores generan cada vez más situaciones familiares con componentes internacionales. La disponibilidad de procedimientos estandarizados para reclamar obligaciones alimentarias puede reducir conflictos y costos judiciales para las familias involucradas.

Aspectos clave de la ley

La incorporación del convenio permite: facilitar el cobro de cuotas alimentarias cuando el deudor reside en otro país. Agilizar el reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales extranjeras. Reducir costos administrativos y judiciales asociados a litigios internacionales. Fortalecer la cooperación entre organismos estatales de distintos países. Mejorar la protección económica de niños y familias con vínculos transfronterizos.

La efectividad de la adhesión dependerá de la articulación operativa entre las autoridades argentinas y los organismos equivalentes de los países adheridos al convenio. Para las familias, el desafío ya no será únicamente obtener una sentencia favorable, sino lograr que los mecanismos internacionales funcionen con la velocidad y previsibilidad necesarias para garantizar derechos que tienen una incidencia directa sobre la economía cotidiana de los hogares.

La incorporación de Argentina a estos sistemas de cooperación jurídica refleja una tendencia global: la protección de derechos familiares requiere cada vez más herramientas internacionales capaces de acompañar una realidad económica y social donde las fronteras tienen menor relevancia que décadas atrás.

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El Gobierno quitará instancias de participación ciudadana en la selección de jueces y ministros de la Corte

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La administración nacional modificó el procedimiento para la selección de jueces de la Corte Suprema, magistrados federales, fiscales y defensores públicos. El objetivo declarado es reducir tiempos administrativos y acelerar la cobertura de vacantes en un sistema judicial que arrastra demoras estructurales. Para el sector productivo, la medida reabre el debate sobre la velocidad y previsibilidad de la Justicia, un factor cada vez más relevante para inversiones, contratos y resolución de conflictos económicos.

A través del Decreto 467/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional reformó los mecanismos administrativos previos a la nominación de jueces de la Corte Suprema de Justicia, integrantes del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa.

La modificación apunta a eliminar instancias que el Ejecutivo considera redundantes respecto de los procedimientos que ya realiza el Senado durante el tratamiento de los acuerdos. La decisión llega después de un período marcado por dificultades para cubrir vacantes judiciales y tras la reciente aprobación de 74 pliegos en la Cámara alta.

La principal novedad es la eliminación de la etapa de observaciones ciudadanas y publicación de antecedentes que se desarrollaba dentro del Ministerio de Justicia antes de que los candidatos fueran enviados al Senado. A partir de ahora, los mecanismos de participación y control público quedarán concentrados exclusivamente en la instancia legislativa.

Menos burocracia administrativa, mismos requisitos constitucionales

El Gobierno sostiene que la reforma no modifica el esquema previsto por la Constitución Nacional. Los candidatos seguirán necesitando el acuerdo del Senado y continuarán sometidos a audiencias públicas, impugnaciones y evaluaciones por parte de la Comisión de Acuerdos.

La apuesta oficial es reducir tiempos administrativos en una estructura judicial que presenta un elevado número de cargos vacantes. Según los fundamentos del decreto, las demoras en la cobertura de puestos afectan el funcionamiento de los tribunales y generan mayores tiempos de tramitación de expedientes.

La reforma también incorpora plazos específicos para organismos que intervienen en el proceso. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá emitir en un máximo de cinco días los informes sobre cumplimiento de obligaciones impositivas y previsionales de los postulantes, un trámite que hasta ahora carecía de un límite temporal uniforme.

Además, los candidatos dispondrán de cinco días para presentar sus declaraciones juradas patrimoniales y de potenciales conflictos de interés.

Aunque la medida se inscribe dentro del funcionamiento del sistema judicial, sus efectos potenciales trascienden el ámbito jurídico.

Para empresas, inversores y sectores productivos, la velocidad de respuesta de la Justicia constituye una variable relevante en la toma de decisiones. Litigios comerciales, concursos preventivos, conflictos tributarios, controversias regulatorias o causas vinculadas al comercio exterior dependen de tribunales que actualmente operan con niveles significativos de vacancias.

La demora en la designación de magistrados genera cuellos de botella que terminan afectando la resolución de expedientes con impacto económico directo.

La lógica del Gobierno apunta a que una reducción de los tiempos administrativos en la etapa de nominación permita acelerar los procesos de cobertura de cargos y contribuir a una mayor capacidad operativa del sistema judicial.

Qué cambia concretamente

Entre los principales cambios introducidos por el decreto se destacan: Se elimina la instancia administrativa de observaciones ciudadanas previa a la nominación presidencial. La publicación de antecedentes deja de realizarse en diarios de circulación nacional y se concentrará en el Boletín Oficial y en la página web del Ministerio de Justicia. Se fijan plazos máximos para declaraciones juradas e informes fiscales. Se unifican criterios de transparencia patrimonial para jueces, fiscales y defensores. Se mantienen intactas las audiencias públicas y el requisito de acuerdo del Senado.

La reforma incorpora una novedad política relevante: desaparece del texto normativo la recomendación que figuraba desde 2003 para considerar criterios de diversidad de género, procedencia regional y especialización jurídica en la selección de candidatos.

El Ejecutivo argumenta que esas valoraciones forman parte de las facultades discrecionales del Presidente al momento de proponer postulantes y que no requieren estar expresamente reglamentadas.

Desde el punto de vista institucional, la decisión concentra aún más el peso político de la etapa de nominación en el Poder Ejecutivo y traslada el control público al Congreso, donde continuará realizándose el examen de antecedentes y las instancias de participación ciudadana.

Qué puede significar para las provincias y el interior

Para jurisdicciones del interior, donde numerosas causas económicas, ambientales, comerciales y vinculadas al comercio internacional dependen de la Justicia Federal, la cobertura más rápida de vacantes podría tener efectos sobre la capacidad de respuesta de los tribunales.

En provincias con fuerte perfil exportador y fronterizo como Misiones, Corrientes o Formosa, la eficiencia de la Justicia Federal tiene incidencia sobre investigaciones vinculadas a contrabando, delitos económicos, propiedad intelectual, comercio exterior y cumplimiento regulatorio.

La clave estará en verificar si la simplificación administrativa efectivamente se traduce en una reducción de los tiempos de designación o si las demoras continúan concentrándose en la etapa legislativa, donde permanece intacto el requisito político de construir mayorías especiales para los acuerdos.

La reforma busca atacar un problema concreto: la lentitud en la cobertura de vacantes judiciales. El éxito de la medida no dependerá de la eliminación de trámites administrativos sino de su capacidad para acelerar efectivamente los nombramientos sin afectar los mecanismos de control y transparencia.

Para el sector productivo, el indicador relevante no será la modificación del procedimiento, sino si durante los próximos meses comienza a reducirse el número de cargos vacantes y mejora la capacidad de respuesta de los tribunales. La calidad institucional y la previsibilidad judicial siguen siendo variables centrales para la competitividad económica y la atracción de inversiones.

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Pollicita analiza ampliar la causa por enriquecimiento ilícito contra Adorni

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El fiscal Gerardo Pollicita evalúa como continuar con el avance de la causa que investiga a Manuel Adorni por presunto enriquecimiento ílicito, luego de que el funcionario cumpliera con la presentación de su declaración jurada, y todo indica que va a extender el período de análisis hacia atrás en el tiempo y pedirá más medidas de prueba.

Es que la presentación que hizo ante la Oficina Anticorrupación (OA) alude a bitcoins adquiridos antes de que se conviertiera en funcionario.

Pollicita ya tiene la declaración pública de bienes del jefe de Gabinete y de su esposa Bettina Angeletti, pero aún espera que le envíen la información reservada, y tras eso definirá si amplía el objeto de la investigación.

La Fiscalía, para revisar la documentación, tiene la colaboración de la DAFI, que es la Unidad del Ministerio Público dedicada a investigaciones Económicas y Financieras.

Además de la causa por presunto enriquecimiento ilícito, Adorni es investigado, por el juez Ariel Lijo, en un expediente por su vínculo con su amigo Marcelo Grandío, quien lo alojó en Punta del Este cuando el funcionario viajo en avión privado, y en otro que se centra en el vínculo de la consultora de coaching ontológico de Bettina Angeletti, con tres compañías contratistas de Estado.

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