JUDICIALES

La Corte declara inconstitucionales alícuotas diferenciales y limita impuestos provinciales por origen productivo

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó el 9 de abril de 2026 una serie de fallos en los que declaró la inconstitucionalidad de regímenes provinciales del impuesto sobre los Ingresos Brutos que aplicaban alícuotas más elevadas a empresas sin radicación productiva local. Las decisiones alcanzan a las provincias de Jujuy, Santa Fe y Entre Ríos, y consolidan un criterio: no pueden establecerse diferencias tributarias basadas en el origen geográfico de la producción.

El tribunal hizo lugar a demandas de distintas firmas —entre ellas Sodecar S.A., Rieles y Cosas S.A., Pernod Ricard Argentina S.R.L. y Biofarma S.A.— al considerar que las normas cuestionadas afectaban el principio de igualdad y obstaculizaban el comercio entre provincias, en tensión con la Constitución Nacional.

Límites a la potestad tributaria provincial

Los fallos se inscriben en la competencia originaria del tribunal, al tratarse de litigios entre empresas y Estados provinciales. En todos los casos, la Corte entendió que existía una controversia concreta, derivada de reclamos fiscales efectivos por parte de las administraciones tributarias locales.

El punto central fue la evaluación de leyes y normas que fijaban alícuotas más altas del impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes cuya producción se realizaba fuera del territorio provincial. Según el tribunal, este esquema implicaba una discriminación incompatible con el principio de igualdad ante la ley y con la prohibición de establecer “aduanas interiores”.

En esa línea, los jueces retomaron precedentes previos y señalaron que este tipo de regulaciones altera la “corriente natural del comercio” entre jurisdicciones, afectando el funcionamiento del mercado interno.

Qué cambia: se invalida el criterio de localización productiva

Las sentencias avanzan sobre un punto específico: la imposibilidad de gravar de manera diferencial a empresas en función de dónde producen sus bienes.

En el caso de Jujuy, se cuestionaron leyes que imponían una alícuota más alta a actividades industriales realizadas fuera de la provincia. En Santa Fe, el foco estuvo en normas que aplicaban cargas superiores a firmas sin establecimiento local. En Entre Ríos, el esquema incluía incrementos progresivos de alícuotas para empresas sin radicación en el territorio provincial.

En todos los casos, la Corte concluyó que el criterio de localización productiva como base para diferenciar la carga tributaria resulta inconstitucional.

Tensión entre recaudación y reglas federales

Los fallos introducen un límite claro a las estrategias fiscales provinciales orientadas a incentivar la radicación industrial mediante beneficios impositivos o penalizaciones indirectas.

Desde una lectura institucional, la decisión refuerza el principio de mercado interno sin barreras, pero al mismo tiempo condiciona herramientas que las provincias utilizan para atraer inversiones o proteger su base productiva.

El tribunal no cuestiona la potestad tributaria en sí, pero sí su uso cuando deriva en esquemas discriminatorios. Esto reordena el equilibrio entre autonomía fiscal provincial y reglas federales de competencia.

Costos, competitividad y litigios

Aunque los fallos refieren a períodos fiscales específicos, el criterio puede tener efectos más amplios. Para las empresas, implica una reducción de incertidumbre respecto a la carga impositiva en operaciones interjurisdiccionales.

También puede impactar en la estructura de costos, especialmente en sectores industriales con operaciones distribuidas en distintas provincias. Al eliminar diferencias por localización, se tiende a homogeneizar condiciones tributarias.

Para las provincias, el escenario abre interrogantes sobre la sostenibilidad de esquemas de recaudación que dependen de este tipo de segmentaciones, y podría derivar en nuevos reclamos judiciales.

Los fallos

Fallo Csj 28_2017 Biofarma S.A. c/ Entre Ríos by CristianMilciades

FALLO CSJ 2313_2018 Pernod Ricard Argentina S.R.L. c/ Santa Fe by CristianMilciades

FALLO CSJ 1849_2016 Sodecar S.A. c/ Jujuy by CristianMilciades

FALLO CSJ 1876_2017 Rieles y Cosas S.A. c/ Santa Fe by CristianMilciades

Implicancias para el NEA y economías periféricas

Si bien los casos analizados no se originan en Misiones, el criterio fijado por la Corte tiene potencial impacto en toda la región del NEA, donde las políticas fiscales suelen incluir incentivos para atraer inversiones industriales.

De acuerdo con lo establecido en los fallos, cualquier esquema que penalice a empresas por no radicarse localmente podría quedar bajo cuestionamiento. Esto obliga a revisar instrumentos de promoción que utilicen la vía tributaria como mecanismo de diferenciación.

Revisión normativa y nuevas disputas

Las decisiones del máximo tribunal no clausuran el debate. Por el contrario, abren una etapa de revisión de normativas provinciales y de eventuales adecuaciones legislativas.

Entre las variables a observar aparecen posibles cambios en los códigos fiscales, el comportamiento de las administraciones tributarias y la reacción de los sectores productivos ante este nuevo marco.

También queda abierto el impacto fiscal concreto en cada provincia y la eventual proliferación de litigios similares en otras jurisdicciones.

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El juez Ariel Lijo ordenó levantar el secreto bancario y fiscal de Manuel Adorni y su esposa

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La Justicia argentina resolvió levantar el secreto bancario y fiscal sobre Manuel Adorni, jefe de Gabinete nacional, y su esposa Bettina Angeletti, mediante una decisión firmada hoy por el juez federal Ariel Lijo. La medida forma parte de la investigación en curso sobre presunto enriquecimiento ilícito que involucra los movimientos financieros de la pareja y de la firma AS Innovación Profesional, de la que ambos son propietarios.

Entre las acciones adoptadas, Lijo dispuso también el levantamiento del secreto fiscal sobre seis mujeres identificadas en la causa como prestamistas o acreedoras de AdorniSilvia PaisNorma ZuccoloBeatriz ViegasClaudia Bibiana SbaboGraciela Molina y Victoria María José Cancio.

El objetivo de la resolución judicial es facilitar el acceso a información patrimonial y bancaria que permita esclarecer eventuales irregularidades detectadas en el expediente por presunto enriquecimiento ilícito.

La decisión judicial: acceso total a cuentas y movimientos

El juez Lijo atendió el pedido presentado por el fiscal federal Gerardo Pollicita, quien solicitó examinar los movimientos bancarios, financieros y fiscales de AdorniAngeletti y la consultora AS Innovación Profesional. Este procedimiento implica que los investigadores pueden revisar depósitos, transferencias, inversiones y declaraciones de impuestos relacionadas con los implicados, sin limitaciones.

Por ley, la información bancaria y fiscal está protegida como confidencialidad. El levantamiento –basado en los artículos 39 de la ley 21.526 (ley de entidades financieras) y artículo 101 de la ley 11.683 (régimen de procedimientos fiscales)– solo se permite con la autorización de un juez.

En la resolución, el juzgado dispuso también la apertura de los datos contemplados por el artículo 22 de la ley 25.246, que refiere a información protegida bajo la ley de lavado de activos.

El sector bancario y fiscal resguarda la información de sus clientes para proteger la privacidad y evitar filtraciones, lo que impide cualquier intromisión externa en los historiales bancarios o impositivos. Pero ante una causa penal en marcha, un juez puede habilitar el acceso total cuando hay elementos suficientes de sospecha, como los presentados en este expediente.

El levantamiento del secreto permite rastrear el flujo de fondos, detectar transferencias, compras, tenencias o inversiones no declaradas y refutar eventuales explicaciones de los investigados.

La fiscalía busca reconstruir los circuitos financieros y verificar si se produjeron maniobras que configuren delitos económicos, lavado de activos o evasión fiscal.

El pedido de la fiscalía: motivos y alcances

La resolución autoriza a la fiscalía y al juzgado a seguir la pista del dinero e intensificar el análisis patrimonial de los investigados.

Los detalles del pedido del fiscal

Pollicita solicitó el levantamiento del secreto sobre el jefe de Gabinete y Angeletti a partir del 1 de enero de 2022, para reconstruir el patrimonio de ambos antes del ingreso de Manuel Adorni a la función pública y analizar las variaciones patrimoniales de antes y después de ese momento.

Luego de ese pedido, Pollicita informó que avanzaría con nuevas medidas, como un pedido al Banco Central de la República Argentina de datos sobre todas las cuentas bancarias, productos financieros, tarjetas, cajas de ahorro, cajas de seguridad, cuentas corrientes, plazos fijos, créditos, préstamos y demás registros vinculados a Adorni, Angeletti y la firma MasBe, desde el 1 de enero de 2022 hasta la actualidad, incluyendo el detalle de todas las operaciones realizadas.

También solicitó información sobre posibles vínculos de los involucrados con billeteras virtuales o digitales, cuentas de pago, CVU, alias y otros instrumentos o plataformas del Sistema Nacional de Pagos, así como la identificación de los proveedores de servicios de pago y cualquier otra firma interviniente.

La lista de movimientos que el fiscal pidió que se informe abarca ingresos y egresos, transferencias emitidas y recibidas, depósitos en efectivo, constitución y cancelación de plazos fijos, préstamos tomados u otorgados, resúmenes de tarjetas y toda otra operación relevante para la investigación, con la identificación de cuentas de origen y destino, contraparte, fecha, monto y concepto.

Además, Pollicita solicitó a ARCA toda la información disponible sobre Adorni, Angeletti y MasBe desde el 1 de enero de 2022, así como copia íntegra de las declaraciones juradas presentadas en los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, junto a los formularios completos, anexos, papeles de trabajo, acuses de presentación, aperturas patrimoniales y eventuales rectificativas.

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Declaró la escribana de Manuel Adorni y ante los medios aseguró que no hubo “ninguna irregularidad”

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La escribana Adriana Nechevenko declaró durante casi 3 horas este miércoles (08/04) ante el fiscal Gerardo Pollicita, en la causa que investiga el presunto enriquecimiento ilícito de Manuel Adorni. Al retirarse de los tribunales de Comodoro Py, dialogó brevemente con los medios presentes.

“Eso pregúntenle a él”, respondió cuando se la consultó sobre el origen del dinero con el que Adorni compró el departamento del barrio porteño de Caballito y la casa en el country Indio Cua.

También aseguró que no hubo “ninguna irregularidad” en la adquisición de las propiedades. Mencionó que en la compraventa del departamento de Caballito “no hubo préstamo de dinero en efectivo, sino que se trató de una hipoteca normal sin ningún problema”.

La escribana consideró habitual que se hipotequen propiedades por un 90% de su valor, en relación al porcentaje que las vendedoras -dos jubiladas- accedieron a financiarle con una “hipoteca con saldo de precio”, precisó. Ambas mujeres están citadas mañana a declarar, también como testigos, para dar precisiones sobre la venta del departamento de casi 200 metros cuadrados por 230 mil dólares, de los cuales financiaron 200 mil.

“Todas las operaciones están explicadas”, agregó la escribana sobre su declaración en la fiscalía.

Luego, cuando le consultaron acerca de sus 7 visitas a la Casa de Gobierno, se negó ante la prensa a responder sobre los motivos. “No lo puedo decir, a mi cliente no le gustaría que yo lo diga”.

Su declaración, que forma parte de la investigación por presunto enriquecimiento ilícito contra el actual jefe de Gabinete, duró más de dos horas. Allí habría indicado que fue una compra-venta “con una hipoteca por saldo de precio” y remarcó que “hace muchos años” tiene un vínculo profesional y laboral tanto con Adorni como con su esposa, Bettina Angeletti.

Trascendió que Nechevenko presentó toda la documentación requerida por el fiscal, sin embargo, al llegar al lugar, la escribana le adelantó a la prensa y aseguró que “no iba a explicar absolutamente nada“.

Paralelamente, se investiga su pasado profesional, debido a reportes que la vinculan con servicios prestados anteriormente a organizaciones de narcotráfico. Esta declaración se suma a otras medidas en la causa, como la reciente citación a las cuatro jubiladas que figuran como prestamistas del funcionario.

Por otro lado, las cuatro mujeres que le facilitaron hipotecas no bancarias al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, que le permitieron comprar dos propiedades, fueron citadas a declarar por el fiscal Gerardo Pollicita.

Se trata de Claudia Sbabo y Beatriz Viegas (que facilitaron la compra del departamento de Caballito en la calle Miró donde en la actualidad vive Adorni) y Graciela Isabel Molina Victoria María José Cancio, que le otorgaron una hipoteca privada en un inmueble de la calle Asamblea, en el mismo barrio porteño.__IP__

Las dos primeras fueron citadas este jueves 9 y las otras dos mujeres, el lunes 13.

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El Poder Judicial inicia una etapa de escucha activa para la implementación del nuevo modelo penal juvenil

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En el marco del proceso de adecuación al nuevo paradigma normativo en materia penal juvenil, el Poder Judicial de la Provincia de Misiones dio inicio, este martes 7 de abril, a una serie de encuentros institucionales orientados a definir una línea inicial de actuación que permita una implementación progresiva, coordinada y efectiva del nuevo sistema.

La primera reunión estuvo encabezada por el Ministro de enlace con el fuero penal, Juan Manuel Díaz, quien, acompañado por su pares los Roberto Rubén Uset y Valeria Fiore Cáceres, recibió a operadores judiciales del ámbito penal, entre ellos jueces, fiscales, defensores, asesores tutelares y equipos técnicos, con el objetivo de generar un espacio de escucha activa e intercambio directo sobre los desafíos que plantea la transición.

En ese marco, el Ministro destacó que “el objetivo que nos convoca ha sido claro desde la convocatoria: avanzar en el proceso de implementación del nuevo régimen penal juvenil, en el marco de la Ley 27.801, que entrará en vigencia a partir del 5 de septiembre. Este plazo nos brinda un margen necesario para planificar, organizar y proponer las adaptaciones institucionales que el Poder Judicial deberá encarar”.

El nuevo marco normativo implica un cambio sustancial en el abordaje de la justicia penal juvenil, dejando atrás el modelo inquisitivo y tutelar para dar lugar a un sistema acusatorio y garantista, que prioriza la resocialización de los jóvenes y el respeto irrestricto de sus derechos. En este sentido, se incorporan principios rectores como la legalidad, la razonabilidad, la excepcionalidad de la privación de la libertad y el derecho de defensa desde el inicio del proceso.

En relación a este cambio de paradigma, Díaz subrayó que “las particularidades del nuevo régimen, en especial la ampliación del universo de personas alcanzadas, exigen una mirada más atenta, más comprometida y sostenida en relación con los niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal”.

Este proceso de transformación se alinea, además, con estándares internacionales en la materia, particularmente con los establecidos por la Convención sobre los Derechos del Niño, fortaleciendo el compromiso institucional con una justicia más equitativa, especializada y respetuosa de las garantías fundamentales.

La estrategia de intervención diseñada contempla ejes centrales como la especialización de los operadores judiciales, el fortalecimiento de los equipos técnicos y la implementación de la figura del Supervisor como actor clave en el acompañamiento y los procesos de resocialización. Asimismo, se promueve la articulación interinstitucional y la construcción de una red de trabajo sostenida entre los distintos organismos involucrados.

En este sentido, el Ministro remarcó que “se trata de una estrategia colaborativa y participativa, que procura apoyarse en el principal capital con el que contamos: nuestros recursos humanos, su experiencia y su compromiso”, destacando además que esta primera etapa tiene como finalidad “escucharnos entre nosotros y, especialmente, escuchar a quienes hoy sostienen el funcionamiento del sistema y deberán afrontar el desafío de su transformación”.

Como parte de este proceso, se prevé la elaboración de un protocolo de actuación consensuado y un cronograma de ejecución previo a la entrada en vigencia de la ley, lo que permitirá no solo una adecuación administrativa, sino también la consolidación de capacidades operativas concretas dentro del sistema.

El plan de acción ha sido estructurado en cinco fases progresivas que organizan el desarrollo de esta política institucional. La primera etapa está centrada en la escucha activa y la convocatoria a una Mesa Interinstitucional, incluyendo reuniones con los distintos actores del sistema judicial y la elaboración de una nómina preliminar de organismos participantes, tal como ocurrió en esta jornada que se desarrolló en el Salón de Usos Múltiples del Edificio de Tribunales en Posadas.

En una segunda fase, se avanzará en el diagnóstico integral mediante mesas técnicas temáticas, donde se relevarán recursos existentes, se identificarán brechas y se abordarán aspectos vinculados a derivaciones, mediación, salud, educación y trabajo, entre otros dispositivos especializados.

Posteriormente, se desarrollará la redacción de un protocolo integral y la definición de circuitos mínimos de actuación, junto con la designación de responsables funcionales. Este documento será luego sometido a una instancia de validación y consenso interinstitucional, que permitirá su aprobación formal y la asunción de compromisos operativos por parte de cada organismo.

Finalmente, la última etapa contemplará instancias de capacitación, simulación de circuitos, elaboración de instructivos y ajustes operativos, culminando con la entrada en vigencia del sistema y un período de monitoreo durante los primeros noventa días.

A modo de cierre, Díaz señaló que este proceso “no puede ser transitado en soledad, sino que requiere del compromiso y la construcción conjunta entre todos los actores involucrados”, reafirmando la decisión institucional de avanzar en una implementación planificada, participativa y acorde a las realidades locales.

De esta manera, el Poder Judicial avanza en la construcción de un modelo de justicia penal juvenil más moderno, articulado y centrado en las personas, con una fuerte impronta en la garantía de derechos y la reintegración social.

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La Justicia investiga entre 15 y 19 viajes de Manuel Adorni como funcionario y pedirá más pruebas

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La investigación judicial sobre el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, sumó en las últimas horas un nuevo capítulo con el ingreso a la fiscalía de un listado que registra entre 15 y 19 viajes realizados desde 2023 hasta la actualidad. El fiscal Gerardo Pollicita impulsa nuevas medidas de prueba para determinar con precisión los destinos finales, los costos y la trazabilidad de esos desplazamientos, mientras en paralelo se analizan los movimientos financieros del funcionario y su entorno cercano.

El expediente, que se originó a partir de denuncias de la diputada nacional Marcela Pagano por presunto enriquecimiento ilícito, busca establecer si existe coherencia entre el nivel de gastos -especialmente en viajes- y los ingresos declarados por Adorni ante los organismos de control. El puntapié inicial fue un vuelo privado a Punta del Este durante el fin de semana de Carnaval, cuyo costo superó los 4.800 dólares y abrió interrogantes sobre quién financió ese traslado.

Según documentación de la Dirección Nacional de Migraciones, el registro incluye viajes oficiales y otros de carácter privado. Sin embargo, uno de los principales focos de la investigación es la falta de precisión sobre los destinos finales. En varios casos, los registros consignan escalas en países como Estados Unidos, Perú o Ecuador, pero no permiten reconstruir el itinerario completo, lo que obliga a profundizar las medidas de prueba para determinar si hubo trayectos adicionales hacia destinos no declarados.

En simultáneo, la fiscalía también analiza movimientos financieros vinculados al funcionario y a su esposa, Bettina Angeletti, cuyos viajes -en algunos casos a Europa- también quedaron bajo observación. La pesquisa incluye además la revisión de declaraciones juradas, posibles omisiones de activos y transferencias en el exterior.

Otro eje central del expediente es el análisis patrimonial. La Justicia ordenó avanzar con la tasación de dos propiedades vinculadas a Adorni: una vivienda en el country Indio Cuá Golf Club y un departamento en el barrio porteño de Caballito. La operación de este último inmueble generó dudas adicionales por la estructura de financiamiento: el 87% del valor habría sido aportado por dos personas que, según trascendió, negaron conocer al funcionario.

En este contexto, la fiscalía buscará determinar si los valores declarados en las escrituras se corresponden con los precios de mercado. Fuentes del sector inmobiliario señalan que el departamento podría valer cerca del doble de los 230.000 dólares informados en la operación.

Adorni, por su parte, rechazó públicamente las acusaciones y sostuvo que brindará las explicaciones correspondientes ante la Justicia, dentro de los plazos legales. Sin embargo, el avance de las medidas de prueba anticipa una semana clave para una causa que combina viajes, patrimonio y trazabilidad financiera bajo una misma hipótesis: la posible existencia de inconsistencias entre ingresos declarados y nivel de gasto.

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