CNV flexibiliza el régimen de emisores frecuentes y actualiza requisitos para la oferta pública

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La Comisión Nacional de Valores flexibiliza el régimen de emisores frecuentes y simplifica trámites para dinamizar el mercado de capitales

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General 1076/2025, publicada este jueves en el Boletín Oficial, que introduce modificaciones en varios capítulos de las Normas (N.T. 2013 y mod.) con el objetivo de agilizar procedimientos y reducir costos para los emisores. Los cambios impactan sobre el régimen de Emisores Frecuentes, los programas de Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR) y Certificados de Valores (CEVA), fideicomisos financieros y procesos de colocación primaria.

Actualización del régimen de Emisores Frecuentes

Uno de los ejes centrales de la reforma es la flexibilización del Régimen Simplificado para Emisores Frecuentes. A partir de ahora, las compañías registradas podrán emitir y reemitir series o clases dentro del monto global autorizado sin necesidad de realizar comunicaciones previas con cinco días de antelación, una exigencia que —según la CNV— “no aportaba valor sustancial al contralor y limitaba la captación de oportunidades de mercado”.

Además, la nueva normativa aclara que las empresas que ya cuentan con este registro quedan habilitadas de pleno derecho a utilizar esta facultad, siempre que no superen el monto máximo autorizado.

Simplificación para CEDEAR y CEVA

La resolución también reduce la carga documental en los programas de CEDEAR y CEVA. Se reemplaza el informe legal requerido hasta ahora por una declaración jurada del emisor, con la posibilidad de sustituirla por una opinión legal externa del país de origen de los valores representados. Asimismo, se elimina la duplicidad de presentación de estados contables cuando estos ya se encuentran disponibles públicamente en el sitio web del emisor subyacente, lo que permitirá —según la CNV— “una reducción de costos asociados a la tramitación”.

Plazos de difusión más cortos y actualización de montos

En materia de colocaciones primarias, se establece un plazo mínimo de difusión de un día hábil para prospectos y suplementos, con dos días en casos de refinanciación o canje, y se precisa el momento desde el cual comienza a computarse el período de difusión. Asimismo, se actualiza el monto mínimo de suscripción a 7.500 Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), equivalentes a aproximadamente $13,5 millones a valores actuales, para adecuarlo al contexto económico.

El texto también homogeneiza disposiciones aplicables a fideicomisos financieros y regímenes especiales de productos de inversión colectiva, clarificando los requisitos para la colocación y la información mínima a publicar en los prospectos.

La CNV enmarcó estas modificaciones dentro de una estrategia de “modernización del régimen de oferta pública”, que busca equilibrar transparencia y agilidad operativa. Según el organismo, la eliminación de obstáculos procedimentales “favorecerá la competitividad del mercado local” y facilitará colocaciones de mayor escala.

La Resolución General 1076/2025 entrará en vigencia el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

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