El Gobierno actualiza el régimen de importación de vehículos usados con fines especiales

Industria y Comercio simplifica trámites para la importación de vehículos usados de uso específico, cambios en el ingreso de grúas, maquinaria forestal y camiones de gran porte

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La Secretaría de Industria y Comercio aprobó una modificación clave al régimen de importación de vehículos automotores usados que presentan características especiales de uso, finalidad o prestación, ampliando el universo de bienes alcanzados y unificando el procedimiento con el régimen general de bienes usados. La medida fue oficializada mediante la Resolución 293/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Unificación normativa y simplificación de trámites

La resolución reemplaza el artículo 2° de la Resolución 26/2019 y establece que las importaciones de estos vehículos deberán seguir el procedimiento previsto en el artículo 5° de la Resolución 909/1994, que regula el Régimen de Importación Definitiva para Consumo de Bienes Usados. Según el texto oficial, la modificación busca “adecuar y compatibilizar” las disposiciones del Decreto 110/1999, que prohíbe la nacionalización de vehículos usados salvo excepciones, con el marco general aplicable a bienes usados.

En los considerandos, el Ministerio de Economía destacó que la reforma responde a los criterios de eficiencia y simplificación de trámites, reduciendo costos y dotando de mayor previsibilidad al sector que importa maquinaria y vehículos con fines específicos.

¿Qué vehículos abarca la medida?

El Anexo I de la norma detalla las posiciones arancelarias de los vehículos alcanzados, que incluyen:

  • Tractores y camiones especiales (de cuatro o más ejes, con tracción 4×4 o 6×6).
  • Vehículos para vivienda o acampar.
  • Grúas con capacidad de izaje de 10 toneladas o más.
  • Máquinas autopropulsadas para la industria forestal, con cabezales de corte y pinzas de transporte.
  • Camiones de uso específico, como quitanieves, camiones con bomba de hormigón, vehículos para servicio en pozos petrolíferos o limpieza de tanques y redes cloacales.

Estas excepciones, previstas en el inciso f del artículo 7° del Decreto 110/1999, apuntan a facilitar el ingreso de unidades de trabajo de alto costo y baja oferta local, utilizadas en sectores estratégicos como la construcción, la minería, el petróleo, la industria forestal y el turismo.

Impacto en sectores productivos

La actualización del régimen es particularmente relevante para provincias como Misiones, donde el ingreso de maquinaria forestal especializada resulta crítico para mejorar la competitividad de la industria. También impacta en la construcción y el sector energético, al facilitar la incorporación de camiones y equipos de gran porte.

La norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Con este cambio, los importadores deberán gestionar sus solicitudes conforme al régimen general de bienes usados, centralizando los trámites y evitando duplicaciones.

“Con esta resolución se busca simplificar procesos y facilitar la importación de vehículos especiales, manteniendo controles sobre el ingreso de unidades que no se producen localmente y que son esenciales para el desarrollo de actividades estratégicas”, señalaron fuentes del Ministerio.

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