A Mayo Clinic-led study found that protective mastectomies that preserve the nipple and surrounding skin prevent breast cancer as effectively as more invasive surgeries for those with BRCA. (Fotolia)

El Ministerio de Salud interviene el Instituto Nacional del Cáncer por acefalía operativa

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Acefalía en el Instituto Nacional del Cáncer: el Ministerio de Salud reasume el control operativo

Tras la inacción del único vocal activo, el Gobierno limita funciones y encomienda la gestión del INC a la Secretaría de Gestión Sanitaria. La medida busca garantizar la continuidad del organismo clave en la lucha contra el cáncer.

Reorganización urgente ante una situación crítica

Mediante la Resolución 1782/2025, el Ministerio de Salud de la Nación resolvió limitar las funciones del Dr. Silvio Alejandro Tatti —único vocal activo del Consejo Ejecutivo del Instituto Nacional del Cáncer (INC)— y encomendar la firma de todos los actos administrativos al titular de la Secretaría de Gestión Sanitaria. La decisión obedece a una situación de acefalía operativa, generada por la renuncia de la directora anterior y la falta de reemplazo efectivo.

Un instituto descentralizado sin conducción efectiva

La medida se inscribe en el marco de las atribuciones que confiere al Ministerio de Salud la Ley N° 27.285, que regula el funcionamiento del INC como organismo descentralizado con autarquía funcional, administrativa y financiera, pero bajo la órbita de dicha cartera.

La acefalía se produjo tras la renuncia de la Dra. María Verónica Pesce, formalizada el 15 de enero de 2025 mediante la Resolución 925/2025. De acuerdo con la normativa vigente, en caso de vacancia, el vocal designado debía asumir interinamente las funciones ejecutivas. Sin embargo, el Dr. Tatti —único vocal en funciones, designado ad honorem por Decreto 657/2021— fue notificado debidamente pero no asumió el rol de conducción que le correspondía por ley.

El Ministerio asume el control directo del organismo

Frente a la parálisis institucional, el Ministerio aplicó el inciso c) del Decreto N° 101/1985, que le permite intervenir en situaciones que afecten el funcionamiento de los entes bajo su tutela. En consecuencia:

  • Se limitaron las funciones del Dr. Tatti como vocal del Consejo Ejecutivo del INC.
  • Se delegó la gestión del despacho y la firma de todos los documentos del Instituto al Secretario de Gestión Sanitaria.

La resolución aclara que estas medidas rigen desde el día siguiente a su dictado, y se adoptan para garantizar la continuidad del servicio público de salud, especialmente en un organismo que atiende problemáticas críticas como la prevención, detección y tratamiento del cáncer a nivel nacional.

Antecedentes jurídicos y operativos

El Instituto Nacional del Cáncer fue creado en 2010 mediante el Decreto 1286/2010, y su funcionamiento fue normado en detalle por la Ley N° 27.285 sancionada en 2016. Su estructura organizativa fue aprobada en 2019 (Decisión Administrativa N° 23/2019), y contempla un director nacional asistido por un Consejo Ejecutivo de cinco vocales.

Al momento del dictado de la presente resolución, solo uno de esos cinco cargos estaba ocupado. La falta de nombramientos y la negativa del único vocal a asumir funciones ejecutivas dejaron al organismo sin conducción, lo cual, según el texto oficial, “afecta gravemente la operatividad del INC”.

Esta resolución marca un punto de inflexión en la gestión sanitaria nacional, al exponer las debilidades estructurales en los entes descentralizados cuando no se completan los nombramientos clave ni se asegura la operatividad interna.

La intervención del Ministerio implica una asunción directa del control, que si bien garantiza el funcionamiento inmediato del organismo, deja en evidencia la necesidad urgente de recomposición institucional del Instituto Nacional del Cáncer para evitar futuras situaciones de acefalía.

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