Firma digital: el Estado habilita certificados sin presencialidad con nuevas normas para ENCODE

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El Gobierno aprobó la nueva política de certificación digital de ENCODE S.A. para agilizar trámites sin presencialidad. La Secretaría de Innovación autorizó los nuevos documentos normativos del certificador licenciado ENCODE S.A., adaptados al marco legal actualizado de la Ley de Firma Digital. El objetivo es fortalecer la infraestructura digital del Estado y habilitar la gestión remota de certificados.

En el marco del proceso de digitalización de la administración pública, la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete de Ministros aprobó una nueva serie de documentos normativos clave para ENCODE S.A., empresa autorizada como Certificador Licenciado en la Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina.

La resolución 156/2025, publicada este 26 de junio en el Boletín Oficial, autoriza la implementación de la Política Única de Certificación V.4.2, el Manual de Procedimientos V.2 y el Acuerdo con Suscriptores V.3.0, como parte del proceso de adaptación de los certificadores a las modificaciones introducidas por el Decreto 743/2024, que permite la emisión y renovación de certificados digitales sin necesidad de presencia física.

El nuevo marco normativo promueve una administración pública más eficiente y segura, facilitando la autenticación de documentos electrónicos sin contacto físico. Este avance permite a los usuarios del sector público y privado realizar trámites digitales mediante firma digital, con validez jurídica plena, desde cualquier lugar y sin intermediarios presenciales.

El Decreto 743/2024 —pieza clave del proceso— introdujo mejoras sustanciales a la Ley N° 25.506 de Firma Digital, al habilitar que tanto solicitantes como suscriptores de certificados puedan realizar sus trámites íntegramente en línea. A partir de esa base, la Secretaría de Innovación definió procedimientos técnicos complementarios mediante la Resolución 11/2025.

ENCODE S.A. cuenta con licencia oficial para operar como certificador desde 2012 y ha cumplido con la presentación de sus documentos actualizados conforme a la nueva reglamentación. La empresa es responsable de emitir certificados digitales válidos para transacciones electrónicas seguras y firmadas digitalmente.

Como establece la normativa vigente, los certificadores deben publicar de manera permanente en sus sitios web todos los documentos aprobados, junto con información como listas de certificados revocados, políticas de privacidad, acuerdos con usuarios y registros de auditorías, garantizando transparencia y accesibilidad.

La Dirección Nacional de Firma Digital e Infraestructura Tecnológica —órgano técnico dentro de la Secretaría de Innovación— intervino en el análisis y aprobación de los documentos, con participación de las áreas jurídicas correspondientes.

La resolución instruye a difundir los documentos en el portal oficial www.argentina.gob.ar/firmadigital, desde donde podrán ser consultados por organismos, empresas y ciudadanos.

La aprobación de estas normativas no sólo representa una adecuación legal, sino un paso firme hacia un Estado más ágil, seguro y centrado en el ciudadano. La firma digital remota abre la puerta a procesos administrativos más veloces, con menores costos y mayor trazabilidad, fortaleciendo la confianza en los servicios digitales.

La medida entra en vigencia el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial y forma parte de la estrategia nacional para consolidar una infraestructura digital robusta, confiable y alineada con estándares internacionales.

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