La Justicia levantó la proscripción y habilitó a Arrúa, Comparin y Kornuta a competir en las internas del PJ
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El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Posadas resolvió hacer lugar a un planteo judicial presentado por el ex apoderado del Partido Justicialista, Martín Kornuta, junto al abogado Leandro Maidana, y dispuso suspender provisoriamente la suspensión preventiva de afiliación que pesaba sobre el diputado nacional Pedro Alberto Arrúa, Myriam Analía Comparin y el propio Kornuta.
La decisión judicial habilita a los tres dirigentes a participar del proceso electoral interno del PJ mientras se resuelve la cuestión de fondo ante la Cámara Nacional Electoral.
Según la resolución, el tribunal consideró que la suspensión preventiva de afiliación implicaba una restricción directa al ejercicio de derechos políticos y de participación partidaria, especialmente en el contexto de un proceso electoral interno ya en marcha.
En ese sentido, el fallo señala que la verosimilitud del derecho surge de la naturaleza de los derechos involucrados, dado que la medida disciplinaria afectaba la condición de afiliados y, por lo tanto, la posibilidad de intervenir en la vida institucional del partido.
Riesgo de afectar derechos políticos
El juzgado también evaluó el denominado “peligro en la demora”, al advertir que el desarrollo del calendario electoral interno podría generar perjuicios de difícil reparación si los dirigentes quedaban excluidos del proceso mientras se tramita la apelación.
En materia electoral, remarca el fallo, el paso del tiempo puede volver ilusorio el ejercicio de los derechos políticos si no se adoptan medidas cautelares que preserven la participación de los afiliados hasta que exista una resolución definitiva.
Bajo ese criterio, el tribunal resolvió suspender provisoriamente los efectos de la suspensión preventiva de afiliación y garantizar la posibilidad de que Arrúa, Comparin y Kornuta participen en las elecciones internas del justicialismo.
Apelación ante la Cámara Nacional Electoral
En paralelo, el juzgado concedió el recurso de apelación contra la resolución cuestionada, que será analizado por la Cámara Nacional Electoral conforme al régimen previsto por la Ley 23.298 de partidos políticos.
De esta manera, la cautelar mantiene vigente el ejercicio de los derechos políticos de los dirigentes hasta que el tribunal de alzada se pronuncie sobre el fondo del conflicto partidario.
