La Provincia actualiza la movilidad jubilatoria docente

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El Ministro de Hacienda, Adolfo Safrán explicó los alcances de la modificación la norma que determina el cálculo de las jubilaciones para los docentes. Se tomará no sólo el salario básico de los activos. Sino que se incluyen para el cálculo todos los ítems con aportes que hacen al salario de los docentes activos.

Safrán, explicó los alcances del Decreto 1776 de fecha 16 de octubre respecto a la nueva modalidad para determinar el haber jubilatorio docente. Con esta interpretación de la norma a partir de ahora la jubilación docente de aquellos jubilados con posterioridad al año 96 se van a actualizar por el comportamiento del sueldo del docente en actividad, tomando como base el total de los ítems remunerativos.

“Es muy bueno para los jubilados docentes. Esto es un trabajo que se ha hecho desde el Instituto de Previsión Social junto con el Ministerio de Hacienda y los representantes de los jubilados docentes”, afirmó.

Safrán sostuvo que entre otras cosas se trabajó en el cálculo de la movilidad jubilatoria de aquellos jubilados o pensionados docentes que se jubilaron con posterioridad al año 1996. “Ese año cambió la ley jubilatoria del régimen docente y cambió la interpretación de cómo se calculaba el haber jubilatorio y la movilidad. La norma no era muy clara en cuanto a cuál era el índice de movilidad”, observó.

El titular de Hacienda mencionó así que a los efectos de aplicar un criterio más acorde se dictó el Decreto 1776 de fecha 16 de octubre que establece “que interpreta al concepto salario básico mencionado en los artículos 59 y 63 de la Ley XIX de Seguridad Social N°2 -antes Decreto Ley 568/71 como el total remunerativo salarial del trabajador”.

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Según Safrán, con esta interpretación a partir de ahora la jubilación docente de aquellos jubilados con posterioridad al año 96 se van a actualizar por el comportamiento del sueldo del docente en actividad, tomando como base el total de los ítems remunerativos.

El funcionario provincial recordó que un docente en actividad tiene varios ítems en el haber. Tiene salario básicos y adicionales, remunerativos sujetos a aportes y contribuciones jubilatorios. “Y la duda que generaba esta norma era si se aplicaba solamente el movimiento del salario básico o el movimiento del total de los componentes remunerativos del sueldo docente en actividad”, manifestó.

En tal sentido, Safrán consideró que el cambio significará una mejora en el cálculo de la movilidad. “Con este Decreto se puede empezar a trabajar en el recálculo de aquellas jubilaciones que fueron incrementadas por otro criterio y que se pueden aplicar ahora con este criterio nuevo y beneficioso para los jubilados” docentes, puntualizó.

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