Para salir de las deudas: impulsan en Congreso una moratoria fiscal para Pymes

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En medio de una feroz recesión, las Pymes son las que más sufren. La preocupación está centrada en cómo sostenerlas para evitar la sangría de más puestos de trabajo y recuperar algo de competitividad. En ese escenario, el diputado nacional Daniel Di Stefano, junto al presidente de la Confederación Económica de Misiones y el vicegobernador Oscar Herrera Ahuad, diseñaron un proyecto de ley para que sea tratado en el Congreso nacional para beneficiar a las pequeñas y medianas empresas con el acceso al financiamiento y acceder a un amplio plan especial de facilidades de pago de obligaciones impositivas y previsionales a los efectos de que éstas puedan regularizar su situación fiscal y previsional frente a la Administración Federal de Ingresos Públicos.
En ese mismo sentido se manifestó la Confederación Económica de Misiones (CEM), agrupación gremial empresaria que nuclea a varias Cámaras comerciales e industriales del NEA, la cual solicitó a la AFIP el establecimiento de un plan de pagos de hasta ciento veinte (120) cuotas. En la misma línea, el 25 de febrero de 2019, los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del NEA (Chaco, Formosa, Misiones y Corrientes) realizaron una presentación solicitando una amplia moratoria fiscal y previsional que permita sanear deuda de las empresas.
La iniciativa que fue presentada por Di Stefano en el Congreso, establece un régimen de planes de facilidades de pago para aquellos contribuyentes y/o responsables, sean personas físicas o jurídicas, caracterizadas como Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs), aplicable para la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones, cuya recaudación se encuentra delegada en la Administración Federal de Ingresos Públicos, vencidas hasta el día 1 de marzo de 2019, inclusive, así como de sus respectivos intereses y multas.
Podrán incluirse y reformulares en nuevos planes de pagos las obligaciones fiscales y previsionales que hubieran sido incorporadas en planes de pagos anulados, rechazados o caducos hasta el día 1 de marzo de 2019, inclusive.
El proyecto indica que la cancelación mediante los planes de facilidades del presente régimen implica la reducción de los intereses, así como también la liberación de las pertinentes sanciones.
El legislador señaló que “los contribuyentes, responsables y agentes de retención y/o percepción por retenciones y percepciones no practicadas y/o practicadas pero no ingresadas y de deudas en concepto de recursos de la seguridad social que se acojan al presente régimen gozarán reducción de los intereses resarcitorio, punitorios y multas, de acuerdo a la forma de pago elegida:

    1. Pago de contado: reducción del 90% e intereses y 100%)de multas aplicadas.
    2. Pago en cuatro y hasta doce cuotas: reducción del 70% de intereses y 90% multas aplicadas.
    3. Pago en trece y hasta treinta y seis cuotas: reducción del 50% de intereses y 70% multas aplicadas.
    4. Pago en treinta y siete y hasta sesenta cuotas: reducción del 30% de intereses y 50% multas aplicadas.
    5. Pago en sesenta y uno y hasta ciento veinte cuotas: reducción del 10% de intereses y 30% multas aplicadas.
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