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ARCA redefine el domicilio fiscal y digitaliza su modificación desde marzo de 2026

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aprobó la Resolución General 5809/2026, que sustituye integralmente el régimen vigente sobre domicilio fiscal y establece un procedimiento simplificado, digital y con mayores facultades de control para el organismo. La norma, publicada el 8 de enero de 2026 y con entrada en vigencia el 2 de marzo próximo, impacta de forma directa en contribuyentes, grandes empresas y operadores aduaneros, al redefinir plazos, mecanismos de denuncia, modificación y constitución de domicilios fiscales, alternativos y especiales, en el marco de la Ley 11.683.

Simplificación administrativa y mayor control fiscal

La Resolución General 5809/2026 reemplaza a las Resoluciones Generales Nros. 2.109, 2.574, 3.003 y 4.176, además de derogar el artículo 4° de la RG 2.617, con el objetivo explícito de “reducir la carga administrativa” y promover la “digitalización y desburocratización” de los trámites vinculados al domicilio fiscal.

La norma reglamenta nuevamente el artículo 3° de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998), precisando que el domicilio fiscal de las personas humanas será el lugar donde desarrollen efectivamente su actividad, o el domicilio real cuando no exista un establecimiento fijo o se trate de trabajo en relación de dependencia. En el caso de personas jurídicas, se considera domicilio fiscal al lugar donde se ejerce la “administración superior, ejecutiva o gerencial”.

ARCA refuerza, además, la posibilidad de constituir domicilios fiscales de oficio, sin sustanciación previa, cuando el contribuyente no haya denunciado domicilio, éste resulte inexistente o las notificaciones postales sean devueltas al menos dos veces con causales como “desconocido” o “dirección inexistente”. En esos casos, el organismo podrá fijar el domicilio fiscal mediante resolución fundada y notificada.

Modificación del domicilio fiscal: trámite 100% digital

Uno de los ejes centrales de la resolución es la modificación del domicilio fiscal. A partir de marzo de 2026, el cambio deberá realizarse exclusivamente a través del servicio web “Sistema Registral”, dentro del menú “Registro Único Tributario”, utilizando el formulario electrónico F. 420/D, con Clave Fiscal nivel 3 o superior.

El contribuyente contará con un plazo de diez días hábiles administrativos desde producida la novedad para informar el cambio. El sistema permitirá seleccionar domicilios previamente verificados por ARCA o por entidades externas. En caso de declarar un nuevo domicilio no verificado, se exigirá la carga digital de una constancia probatoria conforme a la Resolución General N° 5.803.

La dependencia interviniente tendrá siete días hábiles administrativos para aceptar o rechazar el domicilio declarado. Si se detectan inconsistencias, el contribuyente contará con treinta días corridos para subsanarlas. De no hacerlo, el domicilio podrá ser calificado como “Inexistente-Desconocido”.

La resolución también habilita a ARCA a limitar la modificación del domicilio fiscal en función del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” y del estado administrativo de la CUIT, regulados por las Resoluciones Generales Nros. 3.985 y 3.832. En esos casos, el trámite deberá realizarse mediante “Presentaciones Digitales”.

Domicilios alternativos, grandes contribuyentes y operadores aduaneros

El nuevo régimen introduce con mayor claridad la figura del domicilio fiscal alternativo. Cuando ARCA detecte inconsistencias o incumplimientos y tenga conocimiento de otra residencia o domicilio del contribuyente, podrá declararlo como alternativo mediante resolución fundada, otorgándole plena validez a las notificaciones cursadas allí.

Para los grandes contribuyentes, la Resolución General 5809/2026 habilita la constitución de un domicilio opcional dentro de la jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes, incluso cuando el domicilio fiscal principal se encuentre fuera del área metropolitana. Este domicilio deberá constituirse dentro de los diez días hábiles administrativos de notificada la inclusión o del cambio de domicilio, y será válido para todas las notificaciones administrativas y judiciales.

En el plano aduanero, la norma alcanza a auxiliares del comercio y del servicio aduanero, así como a permisionarios de depósitos fiscales y terminales de carga, quienes deberán registrar y actualizar sus domicilios especiales dentro del radio urbano de la aduana correspondiente, también con un plazo de diez días hábiles administrativos.

Impacto institucional y efectos esperados

Con esta resolución, ARCA consolida un esquema más rígido y digitalizado de control del domicilio fiscal, clave para la fiscalización, las notificaciones y la exigibilidad de las obligaciones tributarias y aduaneras. La combinación de plazos más estrictos, mayor uso del domicilio fiscal electrónico y la posibilidad de fijar domicilios de oficio refuerza la capacidad operativa del organismo y eleva el estándar de cumplimiento esperado para contribuyentes y responsables.

Desde el punto de vista institucional, la sustitución integral del régimen vigente desde hace más de una década marca un cambio relevante en la relación entre el fisco y los contribuyentes, alineado con los objetivos declarados de eficiencia administrativa y control tributario. La entrada en vigencia, fijada para el 2 de marzo de 2026, abre un período de adecuación clave para empresas, grandes contribuyentes y operadores del comercio exterior.

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ARCA extiende alivio impositivo a alimentos, medicamentos e insumos pymes importados

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Con el objetivo de reforzar la estrategia antiinflacionaria, el Gobierno nacional decidió prorrogar hasta el 30 de junio de 2026 los beneficios fiscales aplicados a la importación de bienes de cuatro rubros considerados estratégicos. La medida, dispuesta por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y publicada en el Boletín Oficial, apunta a sostener precios en sectores sensibles del consumo y la producción, en un contexto de apertura comercial y mayor competencia externa.

La resolución excluye del pago del Impuesto a las Ganancias y del IVA a las importaciones de alimentos que integran la canasta básica, bienes de primera necesidad, medicamentos e insumos destinados a pequeñas y medianas empresas, siempre que los importadores cuenten con Certificado MiPyme vigente al momento de la operación.

Alivio fiscal selectivo para bienes sensibles

La prórroga ratifica un esquema de beneficios fiscales focalizados, orientado a reducir costos de ingreso de productos esenciales y a moderar presiones inflacionarias. Desde el Gobierno sostienen que la mayor competencia vía importaciones contribuye a disciplinar precios, especialmente en rubros con fuerte impacto en el índice de inflación.

La medida se enmarca en una coyuntura de dinamismo del comercio exterior: en los primeros once meses del año, las exportaciones argentinas alcanzaron los US$ 70.235 millones, superando ampliamente los US$ 60.775 millones registrados en 2024, un dato que refuerza la estrategia oficial de mayor integración comercial.

No obstante, la prórroga no está exenta de críticas. Sectores de la industria local advierten que incentivar compras externas puede afectar la producción nacional, especialmente en segmentos donde la competencia internacional opera con ventajas de escala y costos.

Contexto: apertura comercial y simplificación aduanera

La extensión de los beneficios fiscales se suma a otras decisiones recientes orientadas a facilitar las importaciones. ARCA ya implementó un nuevo esquema administrativo que simplifica trámites, ordena procedimientos y avanza en la digitalización del sistema aduanero, como el reemplazo de formularios impresos por versiones online.

Estas normas benefician a personas humanas que importan bienes nuevos o usados para consumo personal, sin fines comerciales ni industriales, y buscan modificar la forma en que se gestiona la documentación ante la Aduana, reduciendo tiempos y costos operativos.

En paralelo, especialistas señalan que el Gobierno complementa estas medidas con la liberalización paulatina del mercado cambiario y la eliminación de la mayoría de las trabas al comercio exterior, configurando un esquema más abierto y competitivo.

Impacto económico y posibles repercusiones

Desde la óptica oficial, la prórroga hasta el 30 de junio refuerza el anclaje de precios en productos sensibles, especialmente alimentos, medicamentos y bienes esenciales, con impacto directo en el costo de vida. Para las pymes, el alivio fiscal en insumos importados busca mejorar la competitividad y reducir costos de producción.

Sin embargo, el debate permanece abierto. Mientras el Gobierno apuesta a que la competencia externa ayude a bajar la inflación, sectores industriales anticipan tensiones sectoriales y reclaman medidas complementarias para proteger la producción local.

En ese equilibrio entre precios, consumo e industria se juega una parte central de la política económica de 2026.

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ARCA elimina la exención y las fintech deberán pagar el impuesto al cheque

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) resolvió que las billeteras digitales no bancarias comiencen a tributar el Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios, una decisión que encarece el uso de plataformas como Mercado Pago y otras fintech de consumo masivo. La medida redefine el esquema vigente desde 2001 y tiene impacto directo sobre los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), en un contexto de creciente presión fiscal y reordenamiento del sistema financiero digital.

A partir de esta definición administrativa, operar con billeteras virtuales será más caro, ya que los movimientos de fondos quedarán alcanzados por el llamado impuesto al cheque, con una alícuota total del 1,2% por operación (0,6% para el emisor y 0,6% para el receptor), siempre que una de las partes sea una persona jurídica.

Fin de una exención histórica y nuevo criterio fiscal

Hasta ahora, las fintech no bancarias se encontraban exentas del impuesto, al igual que los bancos tradicionales, bajo el esquema que rige desde la creación del tributo en 2001, en plena crisis económica e institucional. El impuesto, pensado originalmente como una herramienta transitoria, se consolidó con el paso del tiempo como uno de los instrumentos de recaudación más efectivos, representando una erogación multimillonaria para empresas y consumidores.

La decisión de ARCA implica un cambio de criterio: las billeteras virtuales dejan de ser tratadas de forma similar a los bancos y pasan a tributar como otros actores del sistema financiero ampliado. En noviembre de 2024, el Gobierno ya había avanzado en esta dirección al reincorporar al impuesto a las billeteras vinculadas a operaciones con criptomonedas. Ahora, el alcance se extiende al resto de las plataformas digitales no bancarias.

A quiénes alcanza el impuesto y cómo se aplica

La medida impacta principalmente sobre los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), figura bajo la cual opera la mayoría de las billeteras virtuales del mercado. Entre las plataformas alcanzadas se encuentran Mercado Pago, la de mayor volumen de operaciones, y otras como App YPF, Prex, Carrefour Banco, Shell Box y Claro Pay, entre similares.

El Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios establece una alícuota del 0,6% sobre cada movimiento de fondos, tanto para quien envía como para quien recibe el dinero. No se aplica a transferencias entre particulares o monotributistas, pero sí cuando interviene una persona jurídica, lo que afecta de lleno a comercios, empresas y operaciones comerciales canalizadas a través de estas plataformas.

Para fundamentar la decisión, ARCA sostuvo que las billeteras digitales no están inscriptas en los regímenes 375 y 376 del impuesto, diseñados originalmente para entidades bancarias. En ese marco, las únicas fintech que quedan excluidas son aquellas que cuentan con licencia bancaria, las cuales mantienen la exención vigente para los bancos tradicionales.

Impacto en el sector y estrategias en evaluación

La resolución genera tensión en el ecosistema fintech, que advierte sobre un posible traslado del mayor costo fiscal a comercios y usuarios finales, encareciendo los medios de pago digitales. Al mismo tiempo, abre un debate sobre la competencia regulatoria entre bancos y plataformas tecnológicas.

Frente a este nuevo escenario, algunas fintech evalúan avanzar hacia la obtención de licencias bancarias como alternativa para quedar excluidas del impuesto. Mercado Pago ya inició ese proceso y se encuentra a la espera de la autorización del Banco Central, un paso que podría redefinir su rol dentro del sistema financiero argentino.

La decisión de ARCA marca un punto de inflexión en la regulación de las billeteras virtuales, con implicancias económicas, fiscales e institucionales que reconfiguran el mapa de los pagos digitales en la Argentina.

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Nuevo Directorio del RENATRE: el misionero Adrián Luna Vázquez asume la vicepresidencia

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El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) formalizó la designación de sus nuevas autoridades para el período 2026 mediante la Resolución 1/2026, publicada el 6 de enero, en cumplimiento de lo establecido por la Ley Nº 25.191. La decisión, adoptada por el Directorio en reunión extraordinaria del 18 de diciembre de 2025, asegura la conducción institucional del organismo desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2026 y contempla medidas transitorias para preservar su normal funcionamiento administrativo y financiero.

La resolución reafirma el esquema de conducción paritaria entre representantes del sector empresario y sindical, uno de los pilares del modelo de gobernanza del RENATRE como ente autárquico de derecho público no estatal, clave en la registración laboral rural y en la administración de políticas vinculadas al empleo agrario.

Marco legal y esquema de conducción del RENATRE

La Ley Nº 25.191 y su Decreto Reglamentario Nº 453/01 establecieron la creación del RENATRE como organismo integrado por representantes de las entidades empresarias del sector rural y de la asociación de trabajadores rurales con mayor representación nacional. De acuerdo con los artículos 8° y 9° de la norma, la Dirección y Administración del Registro está a cargo de un Directorio compuesto por cuatro Directores Titulares y cuatro Suplentes por el sector empresario, y cuatro Directores Titulares y cuatro Suplentes por el sector sindical.

El Estatuto del organismo dispone, además, un sistema de presidencia rotativa anual, que se ejerce de forma alternada entre ambos sectores. En el mismo acto de designación del Presidente, se eligen también el Vicepresidente, el Secretario y el Tesorero, respetando el criterio de representación cruzada entre las partes, tal como lo establece el artículo 10° del Estatuto.

Este diseño institucional busca garantizar equilibrio, corresponsabilidad y legitimidad en la toma de decisiones que impactan sobre el empleo rural y los empleadores del sector.

Autoridades designadas para el período 2026

En ese marco normativo, el Directorio del RENATRE resolvió designar como Presidente del organismo al Sr. Abel Francisco Guerrieri, quien ejercerá el cargo desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2026. Asimismo, fue designado como Vicepresidente el Sr. Adrián Luna Vázquez, mientras que la Tesorería quedó a cargo del Sr. Mario Avelino Zalazar y la Secretaría será ejercida por la Sra. Claudia Carolina Llanos, todos por el mismo período anual.

Las designaciones se efectuaron conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 8° y 12° de la Ley Nº 25.191, y cuentan con la intervención previa de la Gerencia General, la Subgerencia y el Departamento de Asuntos Jurídicos del Registro.

Continuidad administrativa y respaldo institucional

Uno de los puntos centrales de la resolución es la decisión de mantener transitoriamente la firma de las autoridades salientes ante las entidades bancarias y ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), hasta tanto se complete la habilitación formal de las firmas de las nuevas autoridades.

Esta medida tiene como objetivo explícito garantizar el normal funcionamiento del organismo, evitando interrupciones en los circuitos administrativos, financieros y de gestión que podrían afectar las prestaciones y servicios que el RENATRE brinda tanto a trabajadores rurales como a empleadores.

Desde una perspectiva institucional, la decisión refuerza la previsibilidad operativa del Registro en un período de recambio de autoridades, asegurando continuidad en la administración de recursos y en el cumplimiento de sus funciones legales.

Proyección

La renovación de autoridades del RENATRE se inscribe en el cumplimiento regular del marco legal que rige al organismo y ratifica el esquema de conducción compartida entre los actores del sector rural. En términos prácticos, la medida consolida la estabilidad institucional del Registro para el ejercicio 2026, en un contexto donde la gestión del empleo rural, la registración laboral y el control administrativo requieren continuidad y coordinación entre los distintos niveles de representación.

Al mismo tiempo, la previsión de mecanismos transitorios de firma refuerza la señal de orden institucional y resguardo operativo, evitando vacíos de poder o demoras administrativas durante el proceso de transición.

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ARCA digitaliza las importaciones personales desde 2026 y ordena el régimen

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha desde 2026 una modernización administrativa del régimen de importaciones personales que reemplaza trámites en papel por procesos digitales. Aunque no modifica topes, tributos ni productos habilitados, la medida reaviva dudas en un contexto de mayor trazabilidad y control fiscal.

A partir de este año, ARCA activó una serie de cambios operativos que vuelven a poner bajo la lupa a las importaciones personales. El eje de la reforma no está en lo que se puede ingresar al país, sino en cómo se tramitan esas operaciones. Con menos papel y más digitalización, el organismo busca ordenar un régimen que, con el paso del tiempo, había quedado fragmentado en múltiples excepciones, formularios y criterios dispares entre aduanas.

Desde ARCA insisten en que no se trata de una reforma de fondo sino de una actualización administrativa, orientada a adaptar los procedimientos a herramientas digitales acordes a los procesos actuales. Sin embargo, cada modificación sobre importaciones activa un reflejo inmediato de dudas y temores sobre un eventual endurecimiento de controles, aun cuando la normativa no altere las condiciones sustantivas del régimen.

Qué cambia desde 2026: simplificación del trámite sin cambios en topes ni tributos

Según la normativa oficial, el alcance del régimen de importaciones personales se mantiene sin modificaciones. Está destinado exclusivamente a personas humanas que ingresan bienes nuevos o usados para consumo propio, sin fines comerciales ni industriales. En ese marco, no se amplían ni se restringen los productos permitidos, ni se modifican topes, tributos o controles vigentes.

La novedad central radica en el soporte del trámite y en la interacción del usuario con la Aduana. El objetivo declarado es simplificar los procedimientos administrativos y reducir instancias presenciales, sin alterar el esquema de fondo que regula estas operaciones.

Desde el organismo remarcan que la medida busca ordenar un sistema que había acumulado excepciones y formularios específicos, generando complejidad operativa tanto para los usuarios como para las dependencias aduaneras.

El formulario OM-2153-A deja el papel y pasa a un sistema digital

Uno de los cambios más relevantes es la digitalización del formulario OM-2153-A, un documento clave para quienes ingresan productos del exterior bajo el régimen de importaciones personales. A partir de 2026, este formulario deja de utilizarse en formato papel y pasa a ser digital e interactivo.

El nuevo esquema permitirá cargar la información de manera online, reduciendo pasos presenciales y mejorando la trazabilidad de cada operación. En los hechos, el formulario digital apunta a ordenar un proceso que hasta ahora dependía, en gran medida, del criterio operativo de cada aduana y del manejo manual de la documentación.

Si bien desde ARCA subrayan que no hay cambios en los controles ni en las obligaciones, especialistas del sector advierten que la digitalización suele implicar una mayor capacidad de fiscalización, ya que los datos quedan registrados y pueden ser cruzados en tiempo real. Esto no supone nuevas prohibiciones, pero sí menos margen para errores o zonas grises en la operatoria.

Unificación de regímenes y aplicación gradual en las aduanas

Otro aspecto clave del nuevo esquema es la eliminación de regímenes especiales que hasta ahora convivían dentro de las importaciones personales. Casos como el ingreso de obras de arte mediante declaración jurada o el régimen particular para productos de línea blanca quedarán integrados bajo un único marco normativo.

La intención, según fuentes del comercio exterior, es evitar superposiciones regulatorias y criterios dispares entre aduanas. “Es una actualización tecnológica y normativa, no una reforma estructural”, sintetizan desde el sector.

La implementación del formulario digital no será automática ni uniforme en todo el país. ARCA aclaró que la aplicación será gradual y dependerá de cada aduana. El foco inicial estará puesto en aduanas de frontera, especialmente en pasos de alto movimiento como los cruces con Chile, donde el sistema digital funcionará como una opción adicional y no reemplazará de manera obligatoria a los esquemas tradicionales.

Cada dependencia aduanera podrá definir si adopta un sistema totalmente digital o uno mixto, en función de su volumen operativo y capacidad técnica, lo que anticipa una transición escalonada durante 2026.

Impacto y lectura política de la medida

Para los particulares que ingresan productos del exterior, las reglas de fondo no cambian, pero el trámite será más ordenado, digital y trazable. En términos institucionales, la decisión se inscribe en una estrategia más amplia de modernización del Estado y de fortalecimiento del control a partir de herramientas tecnológicas, sin recurrir —al menos por ahora— a cambios normativos de mayor alcance.

No obstante, en un contexto de sensibilidad sobre importaciones y controles aduaneros, el reordenamiento vuelve a encender alertas en sectores acostumbrados a un régimen flexible. El verdadero impacto de la medida se verá en la práctica: si la digitalización logra reducir burocracia sin convertirse en un filtro más restrictivo para el ingreso de bienes de uso personal.

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