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Caputo prueba la remonetización en dólares con la liberación de fondos del blanqueo

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A partir del 1° de enero de 2026, los contribuyentes que blanquearon más de u$s100.000 en 2024 podrán retirar sin costo los fondos depositados en las Cuentas Especiales de Regularización de Activos (CERA). La medida, prevista en el esquema vigente del blanqueo, abre un test clave para la estrategia del ministro de Economía, Luis Caputo, orientada a impulsar una “remonetización” de la economía en dólares y captar parte de los u$s243.000 millones que los argentinos mantienen fuera del sistema financiero.

Liberación de dólares y el test de confianza al esquema fiscal

El cambio normativo habilita, desde enero de 2026, la libre disponibilidad de los fondos blanqueados por encima de u$s100.000 sin pagar el impuesto especial del 5% que regía como penalidad por retiros anticipados. Se trata de un hito dentro del blanqueo 2024, que pone a prueba la expectativa oficial de que esos dólares no regresen al “colchón” y, por el contrario, se canalicen hacia el consumo, la inversión o el sistema financiero.

La apuesta del Palacio de Hacienda se apoya en un concepto incorporado en uno de los artículos del Presupuesto: la presunción de inocencia fiscal. Bajo este principio, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) debería probar el origen ilícito de los fondos y no el contribuyente justificar su procedencia, un cambio que apunta a incentivar el uso de ahorros fuera del sistema y a avanzar hacia una suerte de blanqueo permanente.

En este contexto, el consultor Camilo Tiscornia consideró que “tiendo a pensar que no se los van a llevar”, al señalar que la dinámica reciente de los depósitos en dólares muestra aumentos y no una salida de fondos. “Si la gente se anima a gastar sería mejor”, sostuvo, y agregó que una eventual salida masiva impactaría negativamente en las reservas del Banco Central. Para el economista, cuanto más se consolide la perspectiva de estabilidad, mayor será la probabilidad de que parte de esos dólares migre incluso hacia inversiones en pesos.

Cuántos dólares se liberan y dónde podrían ir

Las estimaciones privadas dimensionan el desafío. Según Fernando Marull, “el próximo 1 de enero se ‘liberan’ u$s23.000 millones que se blanquearon en 2024 y que están en Cuentas CERA”. La liberación implica que esos fondos quedan disponibles sin pagar la multa del 5% que aplicaba si se retiraban antes. “Mucho de esto se invirtió en bonos y acciones y están con ganancias de +20%. Otros están en cash”, precisó el analista.

Marull sostuvo que “es mucha plata y se va a mover”, con posibles destinos que incluyen activos financieros, activos reales, campos e inmuebles. Un dato relevante es que la mayor parte del blanqueo 2024 fue protagonizada por pequeños ahorristas con montos inferiores a u$s100.000, que no pagaron impuesto y aun así optaron por dejar los fondos en el sistema, una señal que el Gobierno interpreta como un respaldo implícito a la estabilidad macro.

No todos comparten el optimismo. Pablo Moldován, de C-P, advirtió que “es muy difícil estimar cuán grande va a ser el efecto” y consideró que “aunque sea chico, debería pegar en las cotizaciones de los activos financieros que captaron el blanqueo y en el volumen de depósitos en dólares”. Además, señaló que la liberación coincide con el inicio del año, cuando se revierte el ingreso de fondos que se utilizó para evitar el pago de Bienes Personales.

Escenarios de mercado y posibles repercusiones

El destino final de los dólares liberados dependerá, en buena medida, del clima macroeconómico y del avance de las reformas. Para Andrés Rechini, de F2 Finanzas, “habrá muchos aguardando noticias en materia de reformas antes de tomar una decisión”. En su visión, el hecho de que los fondos no se hayan retirado antes, aun con penalidad, refuerza la idea de que una salida abrupta no es el escenario base. “Puede haber algo de volatilidad transitoria, pero si prevalecen los fundamentos no debería haber inestabilidad”, sostuvo.

Walter Morales, CEO de Wise, coincidió en que “no va a haber grandes variaciones con el destino de los fondos” en lo inmediato, aunque no descartó que más adelante aparezcan retiros para invertir en real estate. Según su análisis, el inversor conservador podría rotar parte de su tenencia hacia carteras cortas en dólares, vía obligaciones negociables y bopreales, mientras que perfiles más agresivos podrían apostar a bonos en dólares ante la expectativa de avances en reformas estructurales, el Presupuesto 2026, el RIGI y el Mini RIGI, con una eventual baja del riesgo país hacia los 500 puntos.

En términos de impacto económico e institucional, la liberación de fondos del blanqueo se configura como una prueba decisiva para la estrategia oficial: si los dólares permanecen en el sistema o se canalizan a inversión y consumo, el Gobierno habrá validado su apuesta por la remonetización y la presunción de inocencia fiscal; si, en cambio, regresan al circuito informal, la señal para el mercado y las reservas del Banco Central será adversa.

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Gobierno emite deuda por más de $32 billones y US$3.500 millones

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El Gobierno autorizó una emisión de deuda por más de $32 billones y US$3.500 millones para financiar el Tesoro en 2025

El Ministerio de Economía avanzó con una de las operaciones de financiamiento más relevantes del año al autorizar la emisión y ampliación de instrumentos de deuda pública por un monto superior a los $32 billones y US$3.500 millones. La medida, formalizada mediante la Resolución Conjunta 63/2025 de las secretarías de Finanzas y de Hacienda, se enmarca en el programa financiero del Tesoro Nacional y busca cubrir necesidades presupuestarias del ejercicio 2025 a través de una estrategia diversificada de colocaciones en pesos y dólares, con distintos mecanismos de indexación.

La decisión quedó plasmada en el Boletín Oficial del 15 de diciembre y respalda la licitación realizada el 11 de diciembre, habilitando tanto la emisión de nuevos títulos como la ampliación de instrumentos ya existentes. El esquema combina letras y bonos capitalizables, instrumentos ajustados por inflación (CER), deuda a tasa TAMAR y títulos vinculados al dólar estadounidense, lo que refleja una estrategia de cobertura frente a distintos escenarios macroeconómicos.

Un menú amplio de instrumentos para captar financiamiento en pesos y dólares

La resolución autoriza la emisión de cinco nuevos instrumentos de deuda pública, tres de ellos capitalizables en pesos y dos ajustados por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER). En conjunto, estos títulos pueden alcanzar hasta $28 billones de valor nominal original.

Entre los instrumentos destacados se encuentra la Letra del Tesoro Nacional Capitalizable en pesos con vencimiento el 17 de abril de 2026, por hasta $8 billones, con intereses a tasa efectiva mensual capitalizable, a determinar en licitación. A ella se suman dos emisiones adicionales: una letra con vencimiento el 30 de noviembre de 2026 y un bono con vencimiento el 31 de mayo de 2027, ambas por hasta $5 billones cada una, también capitalizables en pesos y con amortización íntegra al vencimiento.

El paquete se completa con dos instrumentos indexados por inflación: una Letra del Tesoro ajustada por CER con vencimiento en noviembre de 2026 y un Bono del Tesoro en pesos cero cupón con ajuste CER a mayo de 2027, cada uno por hasta $5 billones. En estos casos, el capital se ajusta según el CER informado por el Banco Central, conforme a lo establecido en el decreto 214/2002, y los intereses se estructuran bajo la modalidad de descuento o cero cupón.

Todos los títulos serán negociables en A3 Mercados SA y en los mercados de valores del país, contarán con exenciones impositivas vigentes y se emitirán mediante certificados globales registrados en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos del BCRA.

Ampliaciones de emisiones previas y refuerzo del financiamiento en dólares

Además de las nuevas colocaciones, la Resolución Conjunta 63/2025 autoriza ampliaciones significativas de emisiones ya vigentes, lo que eleva el volumen total de endeudamiento autorizado a más de $32 billones en pesos y US$3.555 millones.

En pesos, se amplían la Letra Capitalizable con vencimiento en mayo de 2026 hasta $4,3 billones, la Letra ajustada por CER al mismo vencimiento hasta $5,09 billones, y la Letra a tasa TAMAR con vencimiento en agosto de 2026 hasta $4,8 billones. Estas ampliaciones refuerzan el perfil de deuda en moneda local y buscan captar demanda de inversores con distintos apetitos de riesgo y cobertura.

En paralelo, el Gobierno habilitó una ampliación clave en moneda extranjera: la Letra del Tesoro vinculada al dólar estadounidense cero cupón con vencimiento el 30 de abril de 2026, que podrá alcanzar hasta US$3.555.982.900. Este instrumento ofrece cobertura cambiaria y se posiciona como una opción para inversores que buscan reducir exposición al peso sin salir del esquema de financiamiento del Tesoro.

Marco legal, programa financiero y efectos sobre el mercado

Desde el punto de vista institucional, la medida se apoya en un entramado normativo amplio. Las emisiones se realizan bajo las facultades conferidas por la Ley 24.156 de Administración Financiera, la Ley 27.701 de Presupuesto —vigente para 2025 conforme al artículo 27 de la ley 24.156— y una serie de decretos que ajustaron los límites y condiciones del financiamiento público entre 2023 y 2024.

Los considerandos de la resolución destacan que todas las operaciones se encuentran dentro de los límites autorizados por el Presupuesto y cuentan con intervención del servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía. Además, se dispone la imputación presupuestaria de un bono CER con vencimiento en junio de 2028, emitido previamente, por un monto de $5 billones, reforzando la consistencia contable del esquema.

En términos de impacto, la estrategia apunta a sostener el financiamiento del Tesoro sin recurrir exclusivamente a un solo tipo de instrumento, diversificando riesgos entre inflación, tasa de interés y tipo de cambio. Para el mercado financiero, la licitación ofrece un abanico de opciones que puede influir en la curva de rendimientos en pesos, en la demanda de instrumentos indexados y en la dinámica de cobertura cambiaria.

La magnitud de la emisión también anticipa un rol activo del Estado en el mercado de deuda durante 2025, con potenciales efectos sobre la liquidez, la tasa de interés y las decisiones de inversión institucional. En ese contexto, la capacidad del Tesoro para renovar y colocar estos instrumentos será un factor central para la estabilidad financiera y la ejecución del programa económico.

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Ganancias a sociedades: una baja que beneficia a 144 empresas y recorta $1,7 billones a las provincias

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Baja del Impuesto a las Ganancias a sociedades, el 56% del beneficio quedará en manos de 144 grandes empresas

La ley de Modernización Laboral incorpora una reducción de alícuotas del Impuesto a las Ganancias para sociedades que tendrá un fuerte impacto fiscal y distributivo. Según un informe legislativo, la medida implicará un costo anual de $3,1 billones —equivalente a 0,3 puntos del PBI— y beneficiará de manera concentrada a solo 144 grandes empresas, mientras recortará $1,7 billones de recursos coparticipables a las provincias.

Una reforma tributaria de alto impacto incluida en la ley laboral

El artículo 191 de la ley de Modernización Laboral introduce una modificación sustancial en el esquema del Impuesto a las Ganancias para sociedades, al reducir las alícuotas de los tramos más altos del tributo. En concreto, la reforma establece que las empresas con ganancias netas imponibles entre $101,7 millones y $1.016,8 millones pasarán de tributar del 30% al 27%, mientras que aquellas con utilidades superiores a $1.016,8 millones verán reducida su carga del 35% al 31,5%.

De acuerdo con el informe elaborado por el diputado nacional Guillermo Michel, la decisión tendrá un impacto fiscal estimado en 0,3 puntos del Producto Bruto Interno, lo que equivale a una merma anual de $3,1 billones en la recaudación nacional. El análisis se basa en datos oficiales del organismo recaudador, tomados del cuadro 2.3.3.3.1 de “Impuesto a las Ganancias Sociedades”, publicado por ARCA (ex AFIP).

La inclusión de esta rebaja impositiva dentro de una norma orientada a la modernización del régimen laboral generó cuestionamientos políticos e institucionales, al tratarse de una modificación estructural del sistema tributario que excede el ámbito de las relaciones de trabajo.

Concentración del beneficio y pérdida de recursos fiscales

El informe expone una alta concentración del beneficio fiscal. De las 163.587 sociedades que presentaron declaración jurada con impuesto determinado en 2024, apenas 144 empresas —el 0,1% del total— concentran el 56,4% de la recaudación del tributo y, en consecuencia, serán las principales beneficiarias de la rebaja de alícuotas.

En contraste, 146.257 sociedades, que representan el 89,4% del total de contribuyentes, explican solo el 7,9% del impuesto determinado, mientras que 1.856 empresas —el 1,1%— concentran el 76,3% de la recaudación. “Solo 144 grandes empresas se llevan más de la mitad del beneficio fiscal”, advierte el documento legislativo.

Según proyecciones oficiales citadas por Agencia Noticias Argentinas, el Presupuesto 2026 prevé recaudar $48,4 billones por Impuesto a las Ganancias, equivalente a 4,48 puntos del PBI, de los cuales el 71% corresponde a sociedades, es decir, $34,3 billones. Con la reforma, ese monto se reduciría a $31,7 billones, consolidando una caída de $3,1 billones.

Impacto en provincias y críticas al esquema fiscal

Uno de los efectos más relevantes de la medida se registra en el esquema de Coparticipación Federal. Del total de la pérdida recaudatoria, $1,7 billones dejarán de transferirse a las provincias, lo que implica un recorte promedio de $144.000 millones mensuales durante 2026.

Las jurisdicciones más afectadas serán la provincia de Buenos Aires, con una pérdida anual estimada en $366.557 millones; Santa Fe, con $148.698 millones; y Córdoba, con $145.240 millones. También se proyectan recortes significativos para Chaco y Entre Ríos, con $81.265 millones cada una, y para Tucumán, con $79.536 millones. Incluso provincias de menor tamaño, como Tierra del Fuego, registrarían una merma de $22.478 millones anuales.

Michel planteó una serie de interrogantes sobre la sostenibilidad fiscal de la iniciativa:
¿El Gobierno cómo piensa compensar la caída de 0,3 puntos del PBI? ¿Cómo se achica el gasto en el presupuesto para mantener el superávit de 1,5 puntos del PBI? ¿Cómo se compensa a las provincias con la pérdida de coparticipación de $1,7 billones?”.

El legislador cuestionó además que se trate de “una decisión de política fiscal donde el Estado decide destinar un beneficio de manera concentrada a 144 sociedades”, un universo que, según el informe, coincide con los contribuyentes que ya se beneficiaron del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) y de la baja extraordinaria a 0% de los derechos de exportación aplicada en septiembre, también con un costo fiscal de 0,3 puntos del PBI.

Debate abierto en el Congreso

La incorporación de esta rebaja impositiva dentro del proyecto de Modernización Laboral, que actualmente se debate en el Congreso Nacional, abrió un frente de discusión sobre la pertinencia de introducir cambios fiscales de esta magnitud en una ley con otro objeto principal. “Esta baja intempestiva de la alícuota del impuesto a las ganancias incluida en una reforma laboral genera varios interrogantes”, advirtió Michel, quien reclamó un análisis específico y separado de la medida.

El debate legislativo se encamina así a poner en tensión los objetivos de alivio tributario para grandes empresas con la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y el impacto directo sobre las finanzas provinciales.

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Informe muestra que cayó la recaudación tributaria 8,7% en noviembre

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La recaudación tributaria nacional registró en noviembre un nuevo traspié: los ingresos del mes totalizaron $15,6 billones, apenas un 19,7 % por encima del mismo mes del año pasado —una suba nominal—, pero lejos de compensar la inflación anual, que rondó el 31,3 %, lo que implica una caída real de alrededor del 8,7 %.

Para el Gobierno y los técnicos que analizan los números, el retroceso es producto de una combinación de decisiones fiscales recientes —la eliminación o reducción de impuestos sobre exportaciones, bajas generalizadas de retenciones arancelarias y la suspensión de ciertos gravámenes— y de una menor cantidad de días hábiles para el cobro de tributos en el mes.

Factores en 2024 distorsionan la comparación de la recaudación

Los analistas advierten que la baja de noviembre debe interpretarse teniendo en cuenta que en 2024 hubo ingresos “extraordinarios” por conceptos no recurrentes: moratorias tributarias, anticipos de impuestos, adhesiones a planes de regularización y recaudaciones derivadas del extinto impuesto PAIS, entre otros.

De hecho, sin esos ingresos de 2024, la variación interanual para noviembre 2025 habría sido más favorable: según la entidad recaudadora, la suba podría haber alcanzado un 29 %.

El economista de IARAF, Nadin Argañaraz, explicó en sus redes sociales: Al excluir la recaudación por tributos vinculados al comercio exterior, la variación real interanual sería negativa de 3,6%. En noviembre de 2025 se registró la cuarta caída real interanual consecutiva de la recaudación tributaria nacional total. Analizando por tributo, la recaudación que más habría caído sería, sin tener en cuenta la eliminación del impuesto PAIS, la de derechos de exportación, que lo habría hecho en un 69% real interanual, donde incidió de manera negativa la eliminación temporal de carga tributaria al sector agropecuario. Le sigue Bienes Personales con una baja real interanual del 64% e impuestos internos con una baja del 12,6%, estos últimos por comparar con una base alta de noviembre de 2024 y por bajas de alícuotas.

Comportamiento desigual de tributos sobre la recaudación

No todos los impuestos evolucionaron igual. El componente de Seguridad Social mostró un desempeño relativamente sólido: su recaudación creció un 29,8 %, acercándose a la tasa de inflación.

Por otro lado, la coparticipación destinada a provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sufrió un golpe real: los giros del mes cayeron un 5,4 % interanual, tras ajustarse por inflación. Según el análisis del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), la baja se debe sobre todo a la retracción de la recaudación del Impuesto a las Ganancias y del IVA.

Argañaraz detalló: El principal impuesto, el IVA, habría tenido una baja del 2,2% en términos reales respecto a noviembre 2024. En el mes de noviembre se destaca el registro de una devolución negativa (ingreso) de $141.000 millones. El segundo tributo de mayor participación, aportes y contribuciones de la seguridad social habría descendido un 1% real interanual.

Sobre las transferencias a provincias, IARAF analizó: La coparticipación, es decir las transferencias automáticas menos leyes complementarias y compensaciones, habrían descendido un 5,5% real.

Esto se debe principalmente a la caída real interanual del 3,3% de lo recaudado del Impuesto a las Ganancias y el baja de IVA de 3,5%.Recaudación acumulada de 2025

Argañaraz explicó que la recaudación tributaria nacional acumulada en los primeros once meses del año, habría descendido un 1% en términos reales, respecto al mismo periodo del año 2024. Si no se considera la recaudación de los impuestos vinculados al comercio exterior, la recaudación habría aumentado un 5%.

Para el Gobierno, la caída real de la recaudación responde en gran medida a decisiones deliberadas: la eliminación de impuestos (como el PAIS), la reducción de retenciones a exportaciones y la baja de aranceles a importaciones.

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Arca actualiza el régimen de IVA para operaciones digitales

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), actualizó los valores correspondientes al régimen especial de ingreso del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a operaciones de venta de bienes y prestación de servicios realizadas a través de plataformas digitales. La Resolución General 5794/25, publicada en el Boletín Oficial, establece que los parámetros a tener en cuenta para determinar la habitualidad de un contribuyente en este tipo de operaciones serán los siguientes:

  • Habitualidad mensual: 10 o más operaciones y un monto total igual o superior a $750.000.
  • Habitualidad por cuatrimestre: 4 o más operaciones por mes durante el cuatrimestre, con un monto acumulado mencionado en el punto anterior (superior a $750.000). 
  • Para ventas de bienes usados de uso personal, no se considera habitualidad si el monto es menor a $1.500.000, previa declaración del vendedor.

Anteriormente, los montos y cantidades de operaciones que determinaban si un usuario era considerado “habitualista” habían quedado desactualizados frente al aumento de precios y la evolución del comercio digital.

Ahora,  los usuarios pasan a ser considerados “sujetos no categorizados” desde el mes siguiente a aquel en el que se verifique la habitualidad, mientras que dejarán de estar alcanzados cuando se inscriban en IVA o Monotributo, o cuando cese la habitualidad. A tal fin, las plataformas deberán asegurar obligatoriamente la identificación tributaria mediante CUIT, CUIL o CDI para todos los operadores alcanzados por el régimen, mientras que las percepciones deberán consignarse de manera clara y discriminada en las facturas.

A partir de ahora, y con el fin de facilitar la comunicación con los ciudadanos, se reemplaza la notificación enviada por DFE con el motivo y la alícuota de percepción, por la consulta disponible en el servicio con Clave Fiscal “Nuestra Parte”. La nueva resolución entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2025 y aplicará a todas las operaciones electrónicas concertadas o perfeccionadas a partir de esa fecha.

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