Argentina

La Justicia laboral frena más artículos de la reforma y abre una disputa de competencia con el fuero contencioso

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El juez laboral Raúl Ojeda volvió a intervenir sobre la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei al suspender una nueva serie de artículos tras hacer lugar a un amparo presentado por la Asociación del Personal Aeronáutico (APA). La decisión alcanza aspectos sensibles como la libertad sindical, el derecho de huelga y la negociación colectiva.

La medida se suma a un fallo previo del mismo magistrado que había dejado en suspenso 81 artículos de la normativa. En paralelo, el conflicto judicial escaló: el fuero contencioso administrativo aceptó un pedido del Gobierno para quedarse con el expediente, lo que abre una disputa de competencia que podría redefinir el curso de la causa.

Marco institucional: amparos, Constitución y disputa de fueros

La intervención judicial se origina en una acción de amparo impulsada por el sindicato APA, que cuestiona la constitucionalidad de la reforma laboral. Según lo planteado en la presentación, la normativa sería incompatible con el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, además de tratados internacionales y convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El fallo de Ojeda dispone la suspensión inmediata de artículos específicos —entre ellos el 1, 3, 16, 17, 31, 32, 33, 41, 42, 51 y del 58 al 77— hasta que se resuelva la cuestión de fondo, es decir, la validez constitucional de la ley.

Sin embargo, en simultáneo, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12, a cargo de Macarena Marra Giménez, hizo lugar a un planteo de la Secretaría de Trabajo para que la causa sea tramitada en ese fuero. La magistrada ordenó solicitar la remisión del expediente o, en su defecto, que se eleve a la Cámara correspondiente para definir la competencia.

Qué cambia: más artículos suspendidos y posible cambio de jurisdicción

El nuevo fallo amplía el alcance de la suspensión judicial sobre la reforma laboral, sumando una veintena de artículos a los ya frenados en decisiones anteriores.

En términos concretos: Se suspenden normas vinculadas a derechos colectivos del trabajo. La medida tiene efecto inmediato, aunque es provisoria. La vigencia de esos artículos queda condicionada al fallo definitivo sobre constitucionalidad.

Al mismo tiempo, se abre un frente paralelo: la posible transferencia del expediente al fuero contencioso administrativo. Si no hay acuerdo entre juzgados, será la Cámara de Apelaciones la que defina dónde se tramita el caso.

Tensión entre el Ejecutivo y el Poder Judicial

El escenario expone una doble tensión. Por un lado, el avance de la Justicia laboral sobre la reforma limita la implementación de una de las iniciativas centrales del Gobierno. Por otro, el intento del Ejecutivo de mover la causa a otro fuero introduce una disputa institucional sobre quién debe juzgar la validez de la norma.

En ese contexto: El Poder Judicial laboral gana protagonismo al intervenir sobre derechos sensibles. El Gobierno nacional busca reencauzar el proceso judicial hacia un ámbito que considera más adecuado. Los sindicatos consolidan capacidad de incidencia a través de acciones judiciales.

La resolución sobre la competencia no es un dato técnico: puede incidir en los tiempos y en el criterio con el que se analice la constitucionalidad de la reforma.

Incertidumbre sobre el marco laboral

Aunque el fallo es transitorio, introduce un factor de incertidumbre sobre el régimen laboral vigente.

Entre los efectos posibles: Dificultad para aplicar cambios en relaciones laborales. Señales mixtas para el mercado respecto de la reforma. Postergación de definiciones clave hasta que haya sentencia de fondo.

La suspensión de normas vinculadas a huelga y negociación colectiva impacta directamente en la dinámica entre empresas y trabajadores.

Implicancias para economías del NEA

En regiones como Misiones y el NEA, donde predominan sectores intensivos en mano de obra, cualquier cambio en el marco laboral tiene efectos directos sobre la actividad.

Si bien no hay datos específicos sobre la región en el caso, la situación podría incidir en: Condiciones de negociación en sectores productivos locales. Expectativas empresariales vinculadas a costos laborales. Dinámica sindical en economías regionales.

El impacto concreto dependerá de la resolución judicial definitiva y del alcance final de la reforma.

Definición de competencia y fallo de fondo

El proceso queda ahora atravesado por dos variables clave: La definición sobre qué fuero tendrá competencia para tratar la causa. El fallo de fondo sobre la constitucionalidad de la reforma laboral.

Si el expediente cambia de jurisdicción, podrían modificarse los tiempos y el enfoque del análisis. Mientras tanto, la reforma avanza con partes suspendidas, en un escenario judicial abierto y con consecuencias aún en desarrollo.

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La Corte declara inconstitucionales alícuotas diferenciales y limita impuestos provinciales por origen productivo

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó el 9 de abril de 2026 una serie de fallos en los que declaró la inconstitucionalidad de regímenes provinciales del impuesto sobre los Ingresos Brutos que aplicaban alícuotas más elevadas a empresas sin radicación productiva local. Las decisiones alcanzan a las provincias de Jujuy, Santa Fe y Entre Ríos, y consolidan un criterio: no pueden establecerse diferencias tributarias basadas en el origen geográfico de la producción.

El tribunal hizo lugar a demandas de distintas firmas —entre ellas Sodecar S.A., Rieles y Cosas S.A., Pernod Ricard Argentina S.R.L. y Biofarma S.A.— al considerar que las normas cuestionadas afectaban el principio de igualdad y obstaculizaban el comercio entre provincias, en tensión con la Constitución Nacional.

Límites a la potestad tributaria provincial

Los fallos se inscriben en la competencia originaria del tribunal, al tratarse de litigios entre empresas y Estados provinciales. En todos los casos, la Corte entendió que existía una controversia concreta, derivada de reclamos fiscales efectivos por parte de las administraciones tributarias locales.

El punto central fue la evaluación de leyes y normas que fijaban alícuotas más altas del impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes cuya producción se realizaba fuera del territorio provincial. Según el tribunal, este esquema implicaba una discriminación incompatible con el principio de igualdad ante la ley y con la prohibición de establecer “aduanas interiores”.

En esa línea, los jueces retomaron precedentes previos y señalaron que este tipo de regulaciones altera la “corriente natural del comercio” entre jurisdicciones, afectando el funcionamiento del mercado interno.

Qué cambia: se invalida el criterio de localización productiva

Las sentencias avanzan sobre un punto específico: la imposibilidad de gravar de manera diferencial a empresas en función de dónde producen sus bienes.

En el caso de Jujuy, se cuestionaron leyes que imponían una alícuota más alta a actividades industriales realizadas fuera de la provincia. En Santa Fe, el foco estuvo en normas que aplicaban cargas superiores a firmas sin establecimiento local. En Entre Ríos, el esquema incluía incrementos progresivos de alícuotas para empresas sin radicación en el territorio provincial.

En todos los casos, la Corte concluyó que el criterio de localización productiva como base para diferenciar la carga tributaria resulta inconstitucional.

Tensión entre recaudación y reglas federales

Los fallos introducen un límite claro a las estrategias fiscales provinciales orientadas a incentivar la radicación industrial mediante beneficios impositivos o penalizaciones indirectas.

Desde una lectura institucional, la decisión refuerza el principio de mercado interno sin barreras, pero al mismo tiempo condiciona herramientas que las provincias utilizan para atraer inversiones o proteger su base productiva.

El tribunal no cuestiona la potestad tributaria en sí, pero sí su uso cuando deriva en esquemas discriminatorios. Esto reordena el equilibrio entre autonomía fiscal provincial y reglas federales de competencia.

Costos, competitividad y litigios

Aunque los fallos refieren a períodos fiscales específicos, el criterio puede tener efectos más amplios. Para las empresas, implica una reducción de incertidumbre respecto a la carga impositiva en operaciones interjurisdiccionales.

También puede impactar en la estructura de costos, especialmente en sectores industriales con operaciones distribuidas en distintas provincias. Al eliminar diferencias por localización, se tiende a homogeneizar condiciones tributarias.

Para las provincias, el escenario abre interrogantes sobre la sostenibilidad de esquemas de recaudación que dependen de este tipo de segmentaciones, y podría derivar en nuevos reclamos judiciales.

Los fallos

Fallo Csj 28_2017 Biofarma S.A. c/ Entre Ríos by CristianMilciades

FALLO CSJ 2313_2018 Pernod Ricard Argentina S.R.L. c/ Santa Fe by CristianMilciades

FALLO CSJ 1849_2016 Sodecar S.A. c/ Jujuy by CristianMilciades

FALLO CSJ 1876_2017 Rieles y Cosas S.A. c/ Santa Fe by CristianMilciades

Implicancias para el NEA y economías periféricas

Si bien los casos analizados no se originan en Misiones, el criterio fijado por la Corte tiene potencial impacto en toda la región del NEA, donde las políticas fiscales suelen incluir incentivos para atraer inversiones industriales.

De acuerdo con lo establecido en los fallos, cualquier esquema que penalice a empresas por no radicarse localmente podría quedar bajo cuestionamiento. Esto obliga a revisar instrumentos de promoción que utilicen la vía tributaria como mecanismo de diferenciación.

Revisión normativa y nuevas disputas

Las decisiones del máximo tribunal no clausuran el debate. Por el contrario, abren una etapa de revisión de normativas provinciales y de eventuales adecuaciones legislativas.

Entre las variables a observar aparecen posibles cambios en los códigos fiscales, el comportamiento de las administraciones tributarias y la reacción de los sectores productivos ante este nuevo marco.

También queda abierto el impacto fiscal concreto en cada provincia y la eventual proliferación de litigios similares en otras jurisdicciones.

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Deslumbrado por Iguazú y fanático de Messi ¿Quién es el colombiano que liderará Google en la Argentina?

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Juliana Monferrán, El Cronista. Google Argentina inicia un nuevo capítulo en su trayectoria de 19 años en el país con el nombramiento de Juan Vallejo como su nuevo director General.

Tras la salida del argentino Victor Valle a fines de 2025, la compañía inició el proceso de búsqueda de su sucesor. El anuncio lo hizo el mismo Vallejo desde su cuenta en LinkedIn.

Nacido en Colombia, Vallejo ingresó a la empresa hace seis años, en plena pandemia, y desde entonces lideró desde México la división de Retail, tras haberse desempeñado como Sector Lead de Tecnología, Telco, Medios y Aplicaciones.

“Es un verdadero privilegio liderar la operación de Google en un país que admiro profundamente, con una energía y potencial únicos. Hoy, Argentina se destaca por su alta tasa de adopción de IA, superando la media mundial con un 65% de argentinos que ya la utilizan para aprender y trabajar. En esta nueva etapa, nuestro objetivo es llevar esa energía al siguiente nivel, acelerando la innovación para que nuestras soluciones tengan un impacto positivo, tangible y transformador en la vida de cada persona”, afirmó Vallejo.

Por su parte, Adriana Noreña, vicepresidenta de Google para Hispanoamérica, quien también lideró el mercado local entre 2009 y 2012, destacó: “El liderazgo de Juan llega en un momento bisagra. Su visión estratégica y conocimiento del mercado local y regional serán fundamentales para seguir impulsando la transformación digital en la Argentina, un país que para Google siempre ha sido un hub de innovación y un motor de crecimiento para toda la región”.

Los desafíos del nuevo líder

En un momento en que la Inteligencia Artificial está transformando los negocios, Vallejo tendrá que profundizar la relevancia de Google en el ecosistema digital local.

“Su gestión se centrará en democratizar el acceso y consolidar la adopción de la IA como un motor de crecimiento, extendiendo sus beneficios a los negocios, la educación y la sociedad argentina en general”, aseguró la empresa en un comunicado.

En contacto con El Cronista, el ejecutivo colombiano dio algunas definiciones de sus gustos, su conocimiento de la Argentina y su forma de liderar.

“Me mudo con mi familia para integrarnos a la vibrante vida cultural de Argentina; quiero que mis hijos crezcan en un entorno tan dinámico. Esta será mi novena ciudad y el desafío que más me motiva hasta hoy. Personalmente, tuve la oportunidad de jugar con el Barcelona de Guardiola en un juego de exhibición en el 2008 y Messi no llegó… ¡Espero conocerlo!“, contó.

-¿Cómo definirías tu estilo de liderazgo en pocas palabras?

Cercano, disciplinado, orientado a resultados y basado en el empoderamiento del talento local. Mi objetivo es inspirar a los equipos a ir por más con una ambición audaz: transformar negocios y, sobre todo, impactar positivamente la vida de las personas. Ese es el verdadero legado que busco dejar.

-¿Cuántas veces viniste a la Argentina?

Conozco el país profundamente; he venido más de 40 veces. Mi primera visita fue a los 22 años, recién graduado y trabajando en tecnología. Luego, con FOX, viajaba entre 8 y 10 veces por año, combinando siempre el trabajo con visitas como turista.

-¿Qué es lo que más te gusta hacer en nuestro país?

Sin duda, ir a la cancha. He estado en finales de Libertadores y no hay hinchada más apasionada en el mundo; el estadio tiembla y la emoción es única. También soy fan de su cultura: crecí con Soda Stereo (el mejor grupo de rock en español del mundo), Fabulosos y los Enanitos Verdes, admiro su cine y, por supuesto, disfruto de un buen asado con vino. Iguazú me deslumbró.

-¿Hobbies?

Entrenar en el gimnasio 5x por semana, jugar al tenis y hacer snowboarding. Me apasiona la música, bailar, leer y viajar por el mundo, pero mi prioridad siempre es compartir tiempo con mi familia.

Antes de incorporarse a Google, Vallejo fue vicepresidente Ejecutivo en FOX, estuvo al frente de las operaciones comerciales para FOX en Latinoamérica y previamente se desempeñó como vicepresidente Senior liderando una de las divisiones más importantes de FOX en EEUU. Posee un MBA de la Universidad de Cornell y se recibió de Administrador de Empresas en la Universidad Estatal de Carolina del Norte, con una especialización en Negocios Internacionales.

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El RIGI abriría una inversión de más de US$ 230 millones para trasladar Dioxitek de Córdoba a Formosa

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El Gobierno nacional recibió una propuesta de inversión por más de US$ 230 millones para finalizar la planta de uranio de Dioxitek en Formosa y avanzar con el traslado de la histórica instalación ubicada en Córdoba capital. El proyecto, impulsado por la empresa estadounidense Nano Energy y con potencial encuadre en el Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI), no solo busca resolver un conflicto urbano de décadas, sino que introduce una pregunta estratégica: ¿es este el punto de inflexión que transforma al sector nuclear argentino en un negocio exportador?

De conflicto urbano a oportunidad estratégica

La planta de Dioxitek en el barrio de Alta Córdoba quedó atrapada por el crecimiento urbano. Lo que en los años 80 era una instalación periférica hoy convive con un entorno densamente poblado. Esa tensión derivó en restricciones municipales, litigios judiciales y un plan de traslado que nunca terminó de concretarse.

Ahora, el escenario cambia. Mientras la Justicia Federal evalúa una prórroga de tres años para que la planta continúe operando en Córdoba, la propuesta de inversión privada reordena las prioridades. El traslado a Formosa, con una obra que ya tiene un 70% de avance, deja de ser un proyecto estancado para convertirse en una iniciativa con viabilidad financiera.

La clave no es solo la mudanza. Es el modelo: Dioxitek mantendría la propiedad de la planta y el terreno, pero cedería parte de su uso a una sociedad con el capital privado, bajo un esquema de usufructo.

El RIGI como herramienta y el cambio de lógica

El proyecto se inscribe en la estrategia del Gobierno de atraer inversiones externas para sectores considerados estratégicos. En este caso, el RIGI aparece como el instrumento para viabilizar una inversión de gran escala en una industria con altas barreras de entrada.

El acuerdo contempla dos etapas. La primera, finalizar y poner en operación la planta de dióxido de uranio (UO₂), insumo clave para abastecer a las centrales nucleares del país. La segunda, más ambiciosa, apunta a producir y exportar hexafluoruro de uranio (UF₆), un componente utilizado en el proceso de enriquecimiento.

Ese segundo paso redefine el alcance del proyecto. Argentina pasaría de un esquema centrado en el autoabastecimiento a uno con capacidad de inserción en el mercado internacional del combustible nuclear.

El trasfondo es técnico, pero las implicancias son políticas: la planta original estaba sobredimensionada respecto a la demanda interna —unas 230 toneladas anuales frente a una capacidad proyectada de hasta 500 toneladas—. Sin exportación, el modelo no cerraba.

Quién gana y quién queda condicionado

El movimiento fortalece al Gobierno en dos frentes. Por un lado, ofrece una salida concreta a un conflicto sensible en Córdoba, donde la presencia de material radiactivo en un área urbana generó cuestionamientos sostenidos. Por otro, se alinea con la narrativa oficial de apertura a inversiones y eficiencia en empresas estatales.

Al mismo tiempo, introduce nuevas dependencias. La viabilidad del proyecto queda atada al ingreso de capital privado y a la dinámica del mercado internacional del uranio, un terreno volátil y altamente regulado.

En términos institucionales, el esquema también reconfigura el rol del Estado. Dioxitek conservaría la propiedad, pero compartiría la operación en un modelo híbrido que combina control público y lógica de mercado.

La ecuación no es neutra. Implica redefinir el equilibrio entre soberanía tecnológica, rentabilidad y apertura económica.

Un proyecto que redefine el mapa nuclear

El traslado de Dioxitek deja de ser una discusión local para convertirse en una pieza dentro de una estrategia más amplia. La incorporación de una línea de producción exportadora marca un cambio cualitativo en el sector.

En las próximas semanas, la atención estará puesta en dos decisiones: la eventual aprobación del proyecto bajo el RIGI y la definición judicial sobre la continuidad de la planta en Córdoba.

El desenlace no solo impactará en la geografía productiva del país, sino también en el modelo de desarrollo del sector nuclear. La pregunta ya no es si la mudanza se concretará, sino bajo qué condiciones y con qué consecuencias a largo plazo.

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Declaró la escribana de Manuel Adorni y ante los medios aseguró que no hubo “ninguna irregularidad”

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La escribana Adriana Nechevenko declaró durante casi 3 horas este miércoles (08/04) ante el fiscal Gerardo Pollicita, en la causa que investiga el presunto enriquecimiento ilícito de Manuel Adorni. Al retirarse de los tribunales de Comodoro Py, dialogó brevemente con los medios presentes.

“Eso pregúntenle a él”, respondió cuando se la consultó sobre el origen del dinero con el que Adorni compró el departamento del barrio porteño de Caballito y la casa en el country Indio Cua.

También aseguró que no hubo “ninguna irregularidad” en la adquisición de las propiedades. Mencionó que en la compraventa del departamento de Caballito “no hubo préstamo de dinero en efectivo, sino que se trató de una hipoteca normal sin ningún problema”.

La escribana consideró habitual que se hipotequen propiedades por un 90% de su valor, en relación al porcentaje que las vendedoras -dos jubiladas- accedieron a financiarle con una “hipoteca con saldo de precio”, precisó. Ambas mujeres están citadas mañana a declarar, también como testigos, para dar precisiones sobre la venta del departamento de casi 200 metros cuadrados por 230 mil dólares, de los cuales financiaron 200 mil.

“Todas las operaciones están explicadas”, agregó la escribana sobre su declaración en la fiscalía.

Luego, cuando le consultaron acerca de sus 7 visitas a la Casa de Gobierno, se negó ante la prensa a responder sobre los motivos. “No lo puedo decir, a mi cliente no le gustaría que yo lo diga”.

Su declaración, que forma parte de la investigación por presunto enriquecimiento ilícito contra el actual jefe de Gabinete, duró más de dos horas. Allí habría indicado que fue una compra-venta “con una hipoteca por saldo de precio” y remarcó que “hace muchos años” tiene un vínculo profesional y laboral tanto con Adorni como con su esposa, Bettina Angeletti.

Trascendió que Nechevenko presentó toda la documentación requerida por el fiscal, sin embargo, al llegar al lugar, la escribana le adelantó a la prensa y aseguró que “no iba a explicar absolutamente nada“.

Paralelamente, se investiga su pasado profesional, debido a reportes que la vinculan con servicios prestados anteriormente a organizaciones de narcotráfico. Esta declaración se suma a otras medidas en la causa, como la reciente citación a las cuatro jubiladas que figuran como prestamistas del funcionario.

Por otro lado, las cuatro mujeres que le facilitaron hipotecas no bancarias al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, que le permitieron comprar dos propiedades, fueron citadas a declarar por el fiscal Gerardo Pollicita.

Se trata de Claudia Sbabo y Beatriz Viegas (que facilitaron la compra del departamento de Caballito en la calle Miró donde en la actualidad vive Adorni) y Graciela Isabel Molina Victoria María José Cancio, que le otorgaron una hipoteca privada en un inmueble de la calle Asamblea, en el mismo barrio porteño.__IP__

Las dos primeras fueron citadas este jueves 9 y las otras dos mujeres, el lunes 13.

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