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Energía habilita una central a biomasa en Misiones y la familia Gruber se suma a la generación eléctrica

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El Gobierno nacional autorizó el 23 de abril, mediante la Resolución 101/2026 de la Secretaría de Energía, el ingreso de la empresa Establecimiento Don Guillermo S.R.L. al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) como agente generador. La decisión habilita la operación de la Central Térmica a Biomasa EDG Bioenergía, con una potencia de 3 megavatios, ubicada en Eldorado, Misiones. El movimiento, de escala acotada en términos de potencia, adquiere relevancia política en un contexto donde la estrategia energética combina apertura a inversiones privadas, generación distribuida y aprovechamiento de recursos regionales. La pregunta es si se trata de un caso puntual o de una señal más amplia hacia un modelo descentralizado.

Un ingreso técnico con aval regulatorio

La autorización se inscribe dentro del marco de las leyes 15.336 y 24.065, que regulan el funcionamiento del sistema eléctrico y el MEM. El proceso siguió el circuito habitual: evaluación técnica, validación de requisitos y publicación para eventuales objeciones, sin que se registraran impugnaciones.

La Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) certificó que la empresa cumple con las condiciones exigidas para operar, tanto en términos técnicos como de información para la programación del sistema. Además, deberá completar la instalación de equipamiento vinculado a comunicaciones y monitoreo, en línea con los estándares del mercado.

El proyecto cuenta también con aval ambiental. El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones aprobó el estudio de impacto ambiental, lo que habilita su desarrollo en términos regulatorios.

La central se conectará en 13,2 kV a la Cooperativa de Electricidad Eldorado Ltda. (CEEL), que a su vez se integra al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) a través de instalaciones de 33 kV bajo jurisdicción de Electricidad de Misiones S.A. (EMSA). Es decir, se trata de una inserción en red con fuerte anclaje local pero impacto en el sistema nacional.

Distribución de riesgos y reglas del juego

Uno de los puntos menos visibles pero más relevantes de la resolución es la asignación de costos. La Secretaría de Energía instruyó a CAMMESA a trasladar a la empresa los sobrecostos o penalidades que puedan generarse por eventuales indisponibilidades en su conexión al sistema.

Este criterio fija una señal clara: el ingreso al MEM no solo habilita la venta de energía, sino que también implica asumir riesgos operativos. La lógica es consistente con un esquema donde el Estado regula, pero traslada a los privados la responsabilidad por su desempeño técnico.

En términos institucionales, el movimiento refuerza el rol de CAMMESA como administrador del sistema y consolida el funcionamiento del MEM como espacio de coordinación entre actores públicos, privados y cooperativos.

Escala chica, señal relevante

Aunque los 3 MW representan una potencia limitada dentro del sistema nacional, el proyecto introduce varias capas de lectura. Por un lado, promueve la generación a partir de biomasa, una fuente vinculada a economías regionales. Por otro, articula actores diversos: una empresa privada, una cooperativa local y una empresa provincial.

En ese cruce, la decisión puede leerse como un gesto hacia la integración de proyectos de menor escala en el esquema energético, sin necesidad de grandes inversiones centralizadas.

Para el Gobierno, este tipo de habilitaciones suma volumen a una narrativa de diversificación energética. Para las provincias, abre la puerta a proyectos con impacto territorial directo.

Un modelo que se arma caso por caso

La resolución no define una política general, pero encaja en una secuencia de decisiones que apuntan a flexibilizar el acceso al mercado eléctrico. Cada proyecto aprobado construye, en la práctica, un modelo más abierto.

Habrá que observar si este esquema se acelera en los próximos meses y si aparecen más iniciativas similares, especialmente en regiones con disponibilidad de recursos como la biomasa.

También será clave el desempeño operativo de estas plantas: en sistemas interconectados, incluso los proyectos pequeños pueden tensionar la red si no cumplen estándares.

Por ahora, el Gobierno habilita, regula y traslada riesgos. El equilibrio entre expansión, confiabilidad y costos todavía está en construcción.

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Energía ordena una reconfiguración estructural del sistema gasífero en plena emergencia energética

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El Gobierno avanzó con una decisión de alto impacto en la arquitectura del sistema energético argentino. A través de la Resolución 66/2026 de la Secretaría de Energía, publicada el 12 de marzo, el Ministerio de Economía dispuso una reconfiguración integral del sistema de transporte de gas natural, que incluye la rescisión de contratos vigentes vinculados al Gasoducto Perito Pascasio Moreno, la eliminación del programa estatal Transport.Ar y un nuevo esquema de asignación de capacidad mediante concursos abiertos.

La medida no es meramente técnica. Se inscribe en el marco de la emergencia energética vigente hasta el 31 de diciembre de 2027 y apunta a rediseñar el funcionamiento de la red gasífera a partir de un cambio estructural: el desplazamiento del abastecimiento hacia Vaca Muerta y el agotamiento del modelo histórico basado en el suministro desde el norte del país y las importaciones desde Bolivia.

En términos políticos, la resolución refleja una estrategia más amplia del Gobierno: reordenar el sistema energético bajo criterios de mercado, reducir el peso operativo del Estado y abrir espacio a inversiones privadas en infraestructura. El interrogante que queda abierto es si este rediseño logrará traducirse en mayor eficiencia y expansión del sistema o si abrirá nuevas tensiones contractuales en una red históricamente atravesada por acuerdos de largo plazo.

El cambio estructural detrás de la decisión

El corazón de la resolución es un diagnóstico técnico que ya circulaba en el sector energético: la red de gas argentina fue diseñada para flujos que hoy ya no existen.

Durante décadas, el sistema funcionó con un flujo predominante norte–sur, con gas proveniente de la Cuenca Noroeste y complementado por importaciones desde Bolivia. Ese esquema comenzó a deteriorarse por dos factores que ahora el Gobierno considera permanentes: la declinación productiva del norte y la reducción del suministro boliviano.

En paralelo, el desarrollo de Vaca Muerta cambió el mapa energético del país. La Cuenca Neuquina pasó a concentrar el crecimiento de la oferta y empuja flujos crecientes hacia los centros de consumo del centro y el área metropolitana.

Ese desplazamiento generó distorsiones en el uso real de los gasoductos. Según informes técnicos del ente regulador citados en la resolución, muchos contratos vigentes no reflejan los flujos actuales ni el uso efectivo de la infraestructura.

A eso se suma un tercer elemento: la incorporación del Gas Natural Licuado (GNL) para cubrir picos de demanda invernal, lo que introdujo nuevas rutas de abastecimiento dentro del sistema.

El resultado es un sistema de transporte que opera con contratos, rutas y asignaciones de capacidad pensadas para otra geografía energética.

La decisión del Gobierno busca corregir ese desajuste.

Fin del programa estatal Transport.Ar y rescisión de contratos clave

El rediseño incluye una decisión simbólica y operativa: dejar sin efecto el Programa Sistema de Gasoductos Transport.Ar Producción Nacional, creado en 2022 para expandir la infraestructura con intervención estatal.

La Secretaría de Energía sostuvo que las obras previstas no se ejecutaron en su totalidad y que la gestión de los activos estatales no alcanzó los resultados esperados.

La resolución también ordena rescindir en un plazo de diez días el contrato de transporte firme del Gasoducto Perito Pascasio Moreno (GPM) —ex Gasoducto Presidente Néstor Kirchner— celebrado entre ENARSA y CAMMESA.

Ese contrato había sido concebido para transportar gas de Vaca Muerta destinado principalmente a la generación eléctrica. Sin embargo, informes oficiales indican que la utilización efectiva de esa capacidad no cumplió plenamente con el objetivo de reemplazar combustibles líquidos en las centrales térmicas.

El Gobierno también ordenó rescindir o modificar otros contratos que obstaculicen el uso eficiente de la infraestructura, incluyendo acuerdos vinculados con Transportadora de Gas del Sur (TGS) relacionados con ampliaciones del sistema.

En la práctica, el Ejecutivo busca liberar capacidad en el sistema y reorganizar su asignación bajo nuevas reglas.

Nuevas rutas de gas y concursos abiertos

La resolución introduce una reorganización profunda del sistema.

El nuevo esquema contempla: Reasignación de capacidad de transporte existente. Definición de nuevas rutas de transporte de gas. Modificación del sentido de algunos flujos históricos. Eliminación de rutas que ya no responden al esquema de abastecimiento actual.

La capacidad disponible se asignará mediante concursos abiertos, bajo principios de acceso no discriminatorio y libre utilización de la red, tal como establece el marco regulatorio del gas natural.

El ente regulador —actualmente el ENARGAS o el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, una vez que esté plenamente operativo— deberá implementar la reasignación y adaptar los reglamentos de transporte y distribución.

Ese proceso también implicará nuevos cuadros tarifarios provisorios, que deberán aprobarse mediante procedimientos de participación ciudadana.

Un sistema integrado que diluye fronteras entre activos estatales y privados

Otro punto clave del rediseño es la integración operativa del sistema.

El Gobierno plantea que el transporte de gas debe funcionar como una cadena unificada desde el punto de producción hasta el punto de entrega, independientemente de quién sea el titular de los activos.

En esa lógica, las capacidades de ENARSA se integrarán a las rutas operadas por las licenciatarias privadas, garantizando continuidad en el servicio y evitando fragmentaciones contractuales.

La medida también instruye a la Subsecretaría de Hidrocarburos a propiciar la derogación del Decreto 689/2002, que establecía un régimen excepcional para contratos vinculados a exportaciones de gas pactados originalmente en moneda extranjera.

Según la resolución, ese tratamiento diferencial ya no tiene justificación en el contexto regulatorio actual y genera distorsiones tarifarias dentro del sistema.

Un rediseño con impacto en el mercado energético

La reconfiguración del sistema llega en un momento en que el Gobierno busca reactivar la inversión privada en infraestructura energética.

En ese marco, la expansión del Gasoducto Perito Pascasio Moreno avanza mediante una iniciativa privada presentada por Transportadora de Gas del Sur, que dio lugar a un proceso licitatorio adjudicado en octubre de 2025.

El nuevo esquema de transporte también se articula con la licitación para importar GNL a través de un comercializador privado, convocada en febrero de 2026, destinada a garantizar el abastecimiento en los próximos inviernos.

El objetivo implícito es que la red de gas acompañe la expansión de Vaca Muerta. La propia resolución reconoce que la producción podrá crecer hasta donde lo permita la capacidad de transporte.

En otras palabras, la infraestructura se convierte en el cuello de botella de la próxima etapa del desarrollo gasífero.

El escenario que se abre

La resolución no agota el proceso. Para que la reconfiguración entre plenamente en vigencia, el ente regulador deberá dictar las medidas operativas y avanzar con la reasignación de capacidades y la adecuación tarifaria.

Ese proceso implicará negociaciones contractuales, revisiones regulatorias y eventuales disputas entre actores del sistema.

Lo que sí queda claro es que el Gobierno decidió reordenar el sistema gasífero sobre una nueva geografía energética, donde Vaca Muerta marca el eje del abastecimiento y la infraestructura deberá adaptarse a ese cambio.

Si ese rediseño logra traducirse en mayor eficiencia operativa y nuevas inversiones privadas será una de las variables clave para el futuro energético del país. Pero la reconfiguración recién comienza, y sus efectos reales dependerán de cómo se implementen las nuevas reglas dentro de una red compleja donde contratos, intereses y flujos físicos se entrelazan desde hace décadas.

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Energía: el Gobierno activa una licitación por 700 MW en baterías para reforzar la confiabilidad del mercado eléctrico

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La Secretaría de Energía abrió una licitación nacional e internacional para sumar hasta 700 MW de almacenamiento eléctrico con baterías (BESS) al Sistema Argentino de Interconexión (SADI). La medida, formalizada mediante la Resolución 50/2026 y publicada el 2 de marzo en el Boletín Oficial, apunta a contratar potencia disponible durante al menos cuatro horas consecutivas, con el objetivo de reforzar reservas, cubrir picos de demanda y reducir riesgos de cortes en nodos críticos.

El instrumento crea la convocatoria “AlmaSADI” y encomienda a CAMMESA la adjudicación y administración de los contratos. El dato clave: la potencia objetivo es de 700 MW, que se suman a los 713 MW ya adjudicados en el Área Metropolitana bajo el esquema AlmaGBA. La señal es clara: el Gobierno acelera la incorporación de almacenamiento como pieza estructural del mercado eléctrico mayorista.

Una nueva capa de oferta firme para el MEM

La norma convoca a presentar ofertas para celebrar Acuerdos de Almacenamiento destinados a prestar servicios de potencia y reservas operativas de corto plazo en el Mercado Eléctrico Mayorista.

Las centrales deberán ser nuevas, basadas en sistemas BESS, y garantizar la entrega de energía y potencia comprometida durante un mínimo de cuatro horas seguidas. Ese requisito no es menor: define el perfil de activos buscado —capacidad firme de corta duración— orientado a cubrir picos, estabilizar la red y aportar respuesta rápida.

El pliego aprobado fija: Niveles de potencia comprometida. Precios referenciales por potencia puesta a disposición y por energía. Metodología de evaluación con ponderación por mejora de confiabilidad según nodo y región. Requisitos técnicos y formales de conexión.

Los proyectos necesitarán la conformidad del transportista troncal o del prestador adicional de la función técnica de transporte correspondiente. En otras palabras, no alcanza con la tecnología: el valor sistémico en cada nodo será determinante.

CAMMESA actuará como compradora de la potencia y energía comprometida y pagará mensualmente los contratos. El costo se incorporará a las transacciones económicas del MEM como servicio de Reserva de Confiabilidad, a cargo de toda la demanda.

Reservas en tensión y expansión renovable

La decisión se inscribe en el marco de la Ley 24.065, que obliga a garantizar suministro seguro al menor costo posible. Pero también responde a una realidad operativa: la expansión de generación renovable intermitente y la demora en ampliaciones de transporte en alta tensión generan cuellos de botella y tensiones de corto plazo.

El Gobierno ya había avanzado con AlmaGBA, donde se adjudicaron 713 MW para el Área de Gran Buenos Aires. Además, en 2025 se creó el Programa de Gestión de Demanda para grandes usuarios, con un esquema voluntario y remunerado de reducción de carga.

Sin embargo, esos instrumentos no alcanzan para recomponer reservas en todo el SADI. La convocatoria AlmaSADI amplía el foco al resto del país con una visión federal. El almacenamiento aparece así como solución transitoria —y en algunos casos sustitutiva— frente a obras de transporte que requieren plazos y financiamiento más extensos.

En términos técnicos, las baterías permiten: Cubrir requerimientos de capacidad de corta duración. Aportar reservas de rápida respuesta. Regular tensión y potencia reactiva. Limitar aporte al cortocircuito, facilitando integración segura. Evitar Energía No Suministrada (ENS) en zonas abastecidas radialmente.

La norma no modifica el marco legal vigente, pero sí amplía la arquitectura contractual del MEM al consolidar al almacenamiento como actor específico dentro de la planificación de potencia.

Inversión intensiva y costos socializados

Desde el punto de vista económico, el programa puede movilizar inversiones relevantes en infraestructura electroquímica y sistemas de control. Los proyectos BESS demandan importación de equipamiento, ingeniería local y montaje, con impacto en empleo técnico y proveedores especializados.

Al mismo tiempo, el esquema traslada el costo a toda la demanda del MEM. Es decir, el financiamiento de la reserva se socializa vía transacciones económicas. Para las empresas distribuidoras y grandes usuarios, el efecto dependerá del precio adjudicado por MW y del peso relativo del nuevo cargo.

En términos de competitividad sistémica, el almacenamiento puede: Reducir costos asociados a cortes o restricciones. Optimizar despacho y uso de generación existente. Diferir inversiones en transporte. Facilitar mayor penetración renovable sin desestabilizar la red.

El beneficio es indirecto pero estructural: menos riesgo operativo implica menor costo de energía no suministrada y mayor previsibilidad para sectores industriales intensivos en electricidad.

Señal política y regulatoria

La convocatoria no implica una desregulación. Por el contrario, consolida un esquema centralizado de contratación donde CAMMESA actúa como comprador único y el costo se prorratea entre usuarios.

Sin embargo, también envía una señal pro-inversión: el almacenamiento deja de ser un complemento experimental y pasa a formar parte explícita de la planificación de confiabilidad. La decisión combina intervención coordinada con apertura a capital nacional e internacional.

En clave política, la medida refuerza la idea de transición energética pragmática. No se trata solo de sumar renovables, sino de garantizar firmeza y estabilidad en un sistema que enfrenta crecimiento de demanda y limitaciones de infraestructura.

Lo que habrá que seguir de cerca

El impacto real dependerá de tres variables: el nivel de precios adjudicados, la distribución regional de los proyectos y la velocidad de ejecución. También será clave observar cómo se integra esta nueva capacidad con la gestión de demanda y con futuras ampliaciones de transporte.

En los próximos meses, el mercado mirará si la competencia en la licitación logra contener costos y si el almacenamiento efectivamente reduce restricciones operativas. La señal ya está dada: el Gobierno apuesta a que las baterías no sean un complemento, sino una pieza central en la confiabilidad del sistema eléctrico argentino.

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Hidroeléctricas Alicurá, El Chocón y Piedra del Águila, reglas claras para la liquidación de energía y potencia tras la privatización

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La Secretaría de Energía aprobó el régimen aplicable a la participación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de los complejos hidroeléctricos Alicurá, Piedra del Águila, Cerros Colorados y El Chocón, estableciendo reglas precisas para la liquidación de energía, potencia y regalías desde el 9 de enero de 2026. La medida resulta clave para garantizar continuidad operativa, previsibilidad económica y seguridad jurídica tras la transferencia de las concesiones.

Mediante la Resolución 19/2026 (RESOL-2026-19-APN-SE#MEC), dictada el 26 de enero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 28 de enero, la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía aprobó el régimen que regula la participación en el MEM de los complejos hidroeléctricos ALICURÁ, PIEDRA DEL ÁGUILA, CERROS COLORADOS y EL CHOCÓN, en el marco del proceso de privatización, adjudicación y transferencia accionaria iniciado en 2025.

La decisión establece un esquema operativo, económico y comercial uniforme que deberá aplicar CAMMESA para la programación, despacho, medición y liquidación de transacciones, con vigencia desde la fecha efectiva de toma de posesión, ocurrida el 9 de enero de 2026, y con contratos de concesión de treinta (30) años de duración.

Privatización, adjudicación y toma de posesión: el marco que da origen al nuevo régimen

El régimen aprobado se inscribe en un proceso iniciado por la Resolución 1.200/2025 del Ministerio de Economía, que dispuso la venta del total del paquete accionario de las sociedades concesionarias de los cuatro complejos hidroeléctricos, bajo un Concurso Público Nacional e Internacional sin base y de etapa múltiple, conforme los Decretos 286/2025 y 590/2025.

Posteriormente, mediante la Resolución 1.569/2025 se incorporó la Circular Modificatoria N° 4 al Pliego de Bases y Condiciones, y por Resolución 2.059/2025 se preadjudicó el proceso. Finalmente, la Resolución 2.124/2025 adjudicó las acciones a EDISON HOLDING S.A., BML ENERGÍA S.A. y CENTRAL PUERTO S.A., y aprobó los contratos de transferencia y concesión correspondientes.

El 22 de diciembre de 2025 se suscribieron los Contratos de Transferencia de Acciones con las provincias de Neuquén y Río Negro y los adjudicatarios, así como los Contratos de Concesión previstos en el Decreto 718/2024. No obstante, la fecha de toma de posesión fue postergada hasta el 9 de enero de 2026 mediante Actas Acuerdo, a fin de asegurar una transición ordenada en el MEM.

En ese contexto, la Secretaría de Energía consideró indispensable dictar un régimen instructivo específico que permitiera a CAMMESA aplicar de manera uniforme las nuevas condiciones contractuales, evitando descalces operativos, comerciales o contables que pudieran afectar la seguridad del abastecimiento eléctrico.

Cómo funcionará el régimen en el MEM: energía regulada, energía liberada y liquidaciones

La Resolución 19/2026 aprueba un régimen que define con precisión la asignación de la producción de cada complejo entre energía y potencia regulada y energía y potencia liberada, de acuerdo con los cronogramas previstos en los contratos de concesión y detallados en el anexo técnico anexo_7559701_1.

La energía y potencia regulada será remunerada conforme los valores base y mecanismos establecidos en cada contrato, mientras que la energía y potencia liberada podrá ser comercializada libremente en el Mercado a Término o en el Mercado Spot, bajo las condiciones vigentes del MEM, incluyendo lo dispuesto por la Resolución 400/2025 de la Secretaría de Energía.

En materia de remuneración, el régimen fija parámetros técnicos y económicos claros:

  • Energía regulada: se liquidará según los precios PreEneGe (Precio por Energía Generada) y PreEneOp (Precio por Energía Operada).
  • Potencia regulada: se reconocerá en función de la Disponibilidad Real de Potencia (DRP), el Precio Base y el factor kFM.
  • Actualización anual: se aplicará una fórmula basada en los índices PPI y CPI de los Estados Unidos de América, según lo previsto en los contratos de concesión.

Asimismo, se establece un criterio de conversión para valores expresados en moneda extranjera: se utilizará el mecanismo previsto en los contratos y, en ausencia de referencia expresa, el tipo de cambio del Banco Central de la República Argentina correspondiente al último día hábil del mes del Documento de Transacciones Económicas (DTE) provisorio.

Regalías, control institucional y efectos sobre el sector eléctrico

Un aspecto central del régimen es el tratamiento de las regalías hidroeléctricas. La resolución dispone que CAMMESA calculará y liquidará las regalías a favor de las provincias titulares de dominio y demás beneficiarios, conforme el artículo 34 de cada contrato de concesión, sobre la base de la remuneración total de la energía producida y la disponibilidad de potencia.

Para asegurar trazabilidad y transparencia, se instruye a CAMMESA a implementar liquidaciones diferenciadas de energía regulada, energía liberada, potencia regulada y regalías, evitando interpretaciones divergentes y facilitando la verificación por parte del ENRE, el ORSEP y la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas de los ríos Limay, Neuquén y Negro.

Desde una perspectiva económica e institucional, la medida:

  • Brinda previsibilidad regulatoria a los nuevos concesionarios, al definir reglas claras de participación en el MEM.
  • Reduce riesgos de litigiosidad derivados de interpretaciones dispares en la liquidación de energía y potencia.
  • Asegura continuidad operativa del sistema eléctrico en una etapa sensible de transición.
  • Refuerza el rol de CAMMESA como agente central de implementación y control.

Para el sector eléctrico en su conjunto, el régimen fija un precedente relevante en materia de articulación entre contratos de concesión de largo plazo y las reglas operativas del MEM, en un contexto de reconfiguración del esquema de generación hidroeléctrica.

Un régimen clave para la estabilidad del sistema eléctrico

La Resolución 19/2026 se presenta como una pieza técnica pero estratégica dentro del proceso de reordenamiento del sector energético. Al fijar reglas precisas desde la toma de posesión y por toda la vigencia de las concesiones, la Secretaría de Energía busca preservar la seguridad del abastecimiento, la coherencia económica del MEM y la confianza de los agentes del mercado.

En un escenario de cambios estructurales en la propiedad y gestión de activos hidroeléctricos, el régimen aprobado funciona como un ancla regulatoria que ordena la transición y proyecta estabilidad institucional para los próximos treinta años.

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Energía prorroga contratos de almacenamiento y busca cerrar 264 MW pendientes en AlmaGBA

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La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía dispuso una prórroga de 60 días hábiles, a partir del 12 de enero de 2026, para la firma de los Contratos de Generación de Almacenamiento adjudicados en la convocatoria “Almacenamiento AlmaGBA”, un programa clave para reforzar la confiabilidad eléctrica del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). La medida, formalizada mediante la Resolución 14/2026, apunta a completar la suscripción de contratos pendientes por 264 MW, sobre una potencia total adjudicada de 713 MW, en un esquema que impacta directamente en la seguridad del suministro, la planificación energética y los costos del sistema.

Un programa estratégico para el SADI y el AMBA

La convocatoria AlmaGBA, autorizada por la Resolución 67/2025, fue diseñada en el marco de la Ley N° 24.065, que establece como objetivos centrales garantizar el abastecimiento eléctrico de largo plazo, promover el uso eficiente de la energía y minimizar los costos para el sistema y los usuarios finales. En ese sentido, el almacenamiento energético se consolidó como una herramienta clave para mejorar la confiabilidad operativa del SADI, especialmente en zonas de alta demanda como el Gran Buenos Aires.

El proceso licitatorio tuvo una respuesta significativa del mercado. El 15 de julio de 2025 se recibieron 27 ofertas, que totalizaron 1.347 MW de potencia ofertada, casi el triple de la potencia objetivo inicial de 500 MW. Tras la evaluación técnica, legal y económica, la Secretaría de Energía adjudicó proyectos mediante las Resoluciones 361/2025 y 384/2025, y decidió ampliar la potencia objetivo en 150 MW adicionales, en función del análisis técnico realizado por CAMMESA y de los beneficios sistémicos asociados.

A la fecha de dictado de la Resolución 14/2026, se habían suscripto 7 contratos, que representan 449 MW, mientras que permanecían pendientes 5 contratos por 264 MW, correspondientes a proyectos adjudicados que aún no completaron la firma.

Prórroga administrativa y fundamentos regulatorios

La prórroga dispuesta responde a solicitudes formales de los adjudicatarios y se encuadra en lo previsto por el Artículo 21.1 del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), que fija un plazo de 90 días hábiles para la firma de los contratos, con posibilidad de extensión por decisión de la Autoridad de Aplicación.

En particular, se consideraron pedidos vinculados a procesos de reorganización societaria y a requerimientos administrativos adicionales para cerrar la documentación contractual. La Secretaría evaluó estos planteos como “fundados” y resolvió extender de manera uniforme el plazo para todos los adjudicatarios listados en el anexo oficial.

La norma aclara que la prórroga no modifica aspectos sustanciales del esquema contractual: se mantienen sin cambios la Fecha de Habilitación Máxima, la Fecha de Inicio del Plazo del Contrato, la Fecha Objetivo, el Plazo de Contrato y el Esquema de Pagos hasta la Habilitación Comercial, conforme lo establecido en el Artículo 22.7 del PBC. De este modo, el Estado preserva el cronograma operativo y financiero del programa, al tiempo que otorga flexibilidad administrativa para cerrar las firmas pendientes.

Impacto económico, actores involucrados y escenarios posibles

La decisión tiene implicancias directas para el mercado eléctrico mayorista y para los usuarios del AMBA. Los contratos de almacenamiento, celebrados con EDENOR S.A. y EDESUR S.A. como compradores y con CAMMESA como garante de pago de última instancia, forman parte de un esquema cuyos costos serán trasladados a los usuarios finales de la jurisdicción, tal como fue previsto desde el inicio de la convocatoria.

Los proyectos que aún no han suscripto contrato representan potencias individuales que van desde 22 MW hasta 150 MW, con precios adjudicados que oscilan entre USD 11.290 y USD 12.591 por MW-mes, según el anexo oficial. Completar estas firmas permitiría consolidar una capacidad de almacenamiento relevante para mitigar picos de demanda, reducir riesgos de cortes y optimizar el despacho del sistema.

Desde una perspectiva institucional, la prórroga refuerza el mensaje de continuidad regulatoria y de acompañamiento estatal a inversiones estratégicas, sin alterar las reglas económicas del programa. Al mismo tiempo, introduce un compás de espera que el sector seguirá de cerca, dado que el cierre efectivo de los contratos será determinante para que los proyectos avancen hacia la etapa de ejecución y habilitación comercial.

En términos de escenarios, si la totalidad de los contratos pendientes se firma dentro del nuevo plazo, el programa AlmaGBA alcanzará plenamente la potencia adjudicada de 713 MW, consolidándose como uno de los esquemas de almacenamiento más relevantes del país. En caso contrario, la Autoridad de Aplicación podría enfrentar la necesidad de redefinir plazos o estrategias para asegurar los objetivos de confiabilidad del SADI en el AMBA.

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