CNV

Que propone Milei para las operaciones de Crédito Público y de la Ley de Mercado de Capitales

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Reformas en materia de Operaciones de Crédito Público y de la Ley de Mercado de Capitales propuestas en el Proyecto de Ley “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”

El Proyecto de Ley modificaría las operaciones de crédito público, la consolidación de la deuda del sector público nacional y la Ley de Mercado de Capitales.

El 27 de diciembre de 2023, el Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso de la Nación un proyecto de ley denominado “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, que tiene propuestas de reformas en materia de crédito público, de consolidación de la deuda del sector público nacional y de la Ley de Mercado de Capitales.

Las principales reformas son:

Crédito Público y Consolidación de Deuda:

  1. Límite Máximo para la Emisión de Títulos Públicos en Moneda Extranjera y bajo ley y jurisdicción extranjera: la Ley Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública establece que la Ley de Presupuesto de cada año deberá prever un porcentaje máximo para la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras. Para exceder ese límite se requiere una ley especial. En caso de aprobarse el Proyecto de Ley, este requisito será eliminado.
  1. Consolidación y Cancelación de Títulos de Deuda Pública del Sector Público Nacional. Transferencia al Tesoro del Fondo de Garantía de Sustentabilidad: el Proyecto de Ley dispone la consolidación en el Estado Nacional de las tenencias de títulos de deuda pública de titularidad de las entidades del Sector Público Nacional y el Fondo de Garantía de la Sustentabilidad, con la excepción de las tenencias del Banco Central de la República Argentina y las entidades reguladas por la Ley de Entidades de Seguro y la Ley de Entidades Financieras. Los títulos de deuda pública que sean consolidados serán transferidos a una cuenta de titularidad del Tesoro Nacional, donde se cancelarán por confusión patrimonial. Asimismo, dispone la transferencia de los activos del Fondo de Garantía y Sustentabilidad al Tesoro Nacional.

Modificaciones a la Ley de Mercado de Capitales:

  1. Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMe: en la actualidad, solamente las entidades financieras y los proveedores no financieros de crédito pueden comprar facturas en las plataformas de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMe. En caso de convertirse en ley, esa limitación quedará sin efecto.
  1. Directorio de la Comisión Nacional de Valores: se eliminan ciertas incompatibilidades para ser director de la Comisión Nacional de Valores.
  1.  Fondos Comunes de Inversión Cerrados y Fideicomisos Financieros Para Desarrollos Inmobiliarios: para fomentar el desarrollo de la construcción de viviendas, el Proyecto extiende a todos los Fondos Comunes de Inversión Cerrados y Fideicomisos Financieros —cuyo objeto de inversión sean desarrollos inmobiliarios— el tratamiento tributario preferencial que actualmente está limitado a aquellos cuyo objeto de inversión sean desarrollos inmobiliarios para viviendas sociales y sectores de ingresos medios y bajos.
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CNV suspendió a Santander Valor por violar norma para reducir volatilidad en mercado de divisas

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) suspendió hoy preventivamente a la sociedad de bolsa Santander Valores S.A para operar con cartera propia o en nombre de terceros en el mercado bursátil.

La medida se tomó porque Santander Valores S.A. violó la Resolución General 981 que fija límites a la operatoria de grandes capitales.

Se trata de una norma que es parte de una serie de medidas destinadas a reducir la volatilidad en el mercado de dólares financieros y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real.

“La sociedad de bolsa no sólo incumplió con la obligación de informar a la CNV con cinco días de anticipación, sino que realizó operaciones por un valor muy superior al límite establecido” explicaron las fuentes.

Es que el límite para esas operaciones es de $200 millones y se operaron por $4.000 millones para un comitente específico, se precisó.

La medida se tomó luego de que la CNV constatara que las operaciones realizadas en la jornada de hoy violaron la normativa vigente, con el agravante de la fuerte excedencia respecto a los umbrales normados, se informó esta noche.

Fuerzas de seguridad realizaron esta tarde un procedimiento en la sociedad de bolsa perteneciente a la entidad bancaria para requerir información sobre operaciones “sospechosas” con divisas realizadas por un cliente.

Según las fuentes consultadas por Télam, “se investiga si se incumplió con la Resolución General 981, que establece que los agentes debían informar con cinco días de anticipación aquellas operatorias de dolarización que superaran los $200 millones”.

En este caso, precisaron las fuentes, “se investiga una operación 20 veces más de lo permitido por la norma”.

La Resolución General 981 dispone que los inversores locales “deberán avisar con cinco días hábiles de anticipación si el monto es mayor a 200 millones de pesos diarios”.

“Esta información, con carácter de Declaración Jurada, debe ser remitida por los intermediarios (sociedades de bolsa) a la CNV”, completa la norma.

En un comunicado, la sociedad de bolsa Santander Valores informó que recibieron un “pedido de información administrativo de CNV sobre clientes sobre operaciones debidamente documentadas”.

Según la entidad bancaria, “Santander Valores cumple estrictamente con los pedidos de información de los organismos reguladores”.

“Por razones de confidencialidad, no podemos hacer mención sobre ningún cliente. Santander Valores tiene un adecuado conocimiento de todos sus clientes y del origen de los fondos de todas sus operaciones”, completa.

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Realizan procedimiento en un banco para requerir información sobre operación sospechosa con divisas

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Fuerzas de seguridad realizaron hoy un procedimiento en una sociedad de bolsa perteneciente a una entidad bancaria para requerir información sobre operaciones “sospechosas” con divisas realizadas por un cliente.

Según las fuentes consultadas por Télam, “se investiga si se incumplió con la Resolución General 981, que establece que los agentes debían informar con cinco días de anticipación aquellas operatorias de dolarización que superaran los $200 millones”.

En este caso, precisaron las fuentes, “se investiga una operación 10 veces más de lo permitido por la norma” es decir en torno a los $2.000 millones.

La Resolución General 981 dispone que los inversores locales “deberán avisar con cinco días hábiles de anticipación si el monto es mayor a 200 millones de pesos diarios”.

“Esta información, con carácter de Declaración Jurada, debe ser remitida por los intermediarios (sociedades de bolsa) a la CNV”, completa la norma.

En un comunicado, la sociedad de bolsa Santander Valores informó que recibieron un “pedido de información administrativo de CNV sobre clientes sobre operaciones debidamente documentadas”.

Según la entidad bancaria, “Santander Valores cumple estrictamente con los pedidos de información de los organismos reguladores”.

“Por razones de confidencialidad, no podemos hacer mención sobre ningún cliente. Santander Valores tiene un adecuado conocimiento de todos sus clientes y del origen de los fondos de todas sus operaciones”, completa.

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La CNV requerirá informes semanales sobre operaciones de inversores extranjeros en el mercado local

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) requerirá a las sociedades de bolsa que informen, con una periodicidad semanal, sobre operaciones de inversores extranjeros en el mercado local, luego de que desde la semana pasada se detectaran operaciones por volúmenes altos de esta clase de clientes.

La medida fue dispuesta a través de la Resolución General 978 publicada hoy en el Boletín Oficial, en la que se exige a los Agentes de Negociación o Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) que informen de operaciones de clientes que posean CDI (Clave de Identificación) o CIE (Claves de Inversores del Exterior) y, a su vez, sean titulares o cotitulares de una o más subcuentas comitentes.

La medida afecta solamente a un pequeño grupo de inversores extranjeros que utilizan esa denominación fiscal, que no es CUIT, explicaron a Télam fuentes oficiales, que detallaron que la decisión se tomó luego de que la semana pasada se detectaran operaciones por volúmenes altos de sociedades que compraban títulos y valores negociables utilizando esa denominación fiscal.

Según las fuentes, las operaciones -aunque no son ilegales- no permitían identificar con claridad quienes eran los jugadores y para quién estaban comprando, por eso se solicitó esta información adicional.

En concreto, el informe que presenten las sociedades de bolsa deberá detallar las operaciones concertadas en mercados regulados para clientes del exterior -que tienen CDI o CIE-; las transferencias emisoras y receptoras de valores negociables realizadas por dichos sujetos que no respondan a liquidación de operaciones; y los recibos o retiros de pesos y/o moneda extranjera, tanto transferencias bancarias como cheques físicos o e-cheqs, realizados por dichos sujetos.

Exige que ante las operaciones para clientes del exterior -que tienen CDI o CIE-, las sociedades de bolsa requieran a sus clientes una Declaración Jurada donde expresen que las operaciones se realizan con fondos propios y, en el caso de los clientes que actúen como intermediarios de clientes argentinos, enviar a la CNV con tres días de anticipación un detalle sobre el tipo de operación, el monto, y las especies o instrumentos utilizados.

El plazo para informar a la CNV será dentro de los tres días hábiles de terminada cada semana y se hará a través de la Autopista de Información Financiera.

El objetivo de la medida, según consta en la RG978, es mantener una política que permita detectar y minimizar la potencial evasión de las normas prudenciales dictadas por el BCRA vinculadas al ámbito del mercado de capitales y, consecuentemente, fortalecer el normal funcionamiento de la economía, contribuir a una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real.

Según consta en la Resolución, el Banco Central le informó ayer a la CNV que “detectó un incremento en el volumen de negociación por parte de inversores extranjeros identificados por CIE o CDI”, y solicitó que “se arbitren los medios para forzar los mecanismos de supervisión con el objetivo de identificar si el incremento del volumen de negociación de los sujetos mencionados se corresponde con posibles maniobras elusivas”.

El pasado sábado, el titular de la Dirección General de Aduanas (DGA), Guillermo Michel, al ser consultado por los recientes repuntes de la cotización del dólar Contado con Liquidación (CCL), precisó que “hubo cuatro operadores del exterior que estuvieron operando muy fuerte en el CCL, comenzaron a operar de un día para otro, y que ni siquiera tenían CUIT en Argentina”.

“Ayer cuando bajó a US$ 809 volvieron a operar fuerte para subirlo. Ya la CNV y la AFIP están tomando decisiones al respecto”, afirmó.

Ambos organismos realizaron un operativo de control en las compañías que lideran el mercado bursátil, analizando 78.000 operaciones que representan más de $645.000 millones.

La AFIP analizó la capacidad financiera que poseen los clientes de los agentes de bolsa y evaluando la información que surge de las declaraciones juradas y otras entidades públicas y privadas, fiscalizando a aquellos contribuyentes que no justifiquen el origen de fondos y reportando aquellas operaciones aisladas o reiteradas que no tengan justificación económica o jurídica.

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La CNV habilitó la operación en Fondos Comunes de Inversión de los menores de edad

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El organismo presidido por Sebastián Negri incorporó nuevas pautas en las normas generales correspondientes a suscripción y titularidad de los representantes legales, transparencia, pedido de información y adecuación aplicable a menores de edad.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó este viernes la habilitación de acceso y disponibilidad de operación en Fondos Comunes de Inversión (FCI) de los menores de edad.

A través de la Resolución general 977 y con el objetivo de supervisar al pleno de las personas que se vinculen, la gestión de apertura para este grupo deberá apegarse a seis premisas generales de cumplimiento obligatorio:

Suscripción y titularidad mediante un representante legal;
Suscripción y titularidad de los menores de edad sin la intervención de sus representantes legales;
Transparencia;
Requisitos de presentación;
Requisito de información,
Pautas de adecuación.
¿Cuáles son los requisitos para operar en Fondos Comunes de Inversión siendo menor de edad?

1) Suscripción y titularidad mediante un representante legal
A partir de los 13 años, los menores de edad podrán cursar órdenes de suscripción de cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión Abiertos de “Mercado de Dinero”, mediante la modalidad de captación de solicitudes de suscripción y rescate a través de internet, con la previa autorización de su representante legal, quien detentará la titularidad de las cuotapartes en el respectivo registro.

En ningún caso los montos correspondientes a las órdenes de rescate cursadas por el menor autorizado podrán ser superiores al saldo invertido proveniente de su cuenta vinculada.
En tanto, la CNV especificó que, en dicho supuesto, el sistema de colocación empleado deberá contemplar obligatoriamente la vinculación de una cuenta bancaria identificada con Clave Bancaria Uniforme (CBU) o cuenta de pago con Clave Virtual Uniforme (CVU), de titularidad del menor, con la de su representante legal.

“La Sociedad Depositaria o el Agente de Colocación y Distribución Integral, en su caso, deberá adoptar las medidas necesarias para la identificación de las órdenes de suscripción cursadas por el menor autorizado, así como el direccionamiento de las órdenes de rescate por éste realizadas, a la cuenta vinculada”, amplió en el inciso 1°. Una vez alcanzada la mayoría de edad, deberá procederse, en forma inmediata, al traspaso de la titularidad de las cuotapartes a su nombre, sin ninguna comisión y/o cargo.

2) Suscripción y titularidad de los menores de edad sin la intervención de sus representantes legales
Los menores de edad adolescentes, a partir de los 13 años, podrán suscribir por sí mismos cuotapartes de los Fondos Comunes de Inversión Abiertos, sin la intervención de sus representantes legales, con fondos provenientes de cajas de ahorro abiertas.

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3) Transparencia
La publicidad realizada para la promoción y comercialización del Fondo, con independencia del medio empleado, no podrá en ningún caso ser dirigida de forma específica y/o exclusiva a los menores de edad, debiendo garantizar la difusión de idéntico contenido e información a todo el público inversor.

4) Requisitos de presentación
La CNV estableció que se deberá presentar una descripción de la operatoria de colocación del FCI, su ámbito de aplicación y, en su caso, el método de vinculación de las cuentas del menor autorizado y su representante legal, los mecanismos de autorización y confirmación de lectura, así como la información puesta a disposición en el sistema empleado.

5) Requisito de información
La Sociedad Gerente o, en su caso, el Agente de Colocación y Distribución Integral deberá remitir la proporción correspondiente a menores de edad.

6) Pautas de adecuación
Los Agentes intervinientes en la colocación de Fondos Comunes de Inversión, deberán remitir a través de la Autopista de la Información Financiera la descripción requerida.

Adicionalmente, deberán presentar el acta de reunión de directorio y las declaraciones juradas, aprobatorias del ofrecimiento de cuotapartes a menores de edad.

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