Congreso Nacional

Diputados aprobó la reforma laboral y ahora vuelve al Senado con cambios

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En una sesión atravesada por el paro general convocado por la CGT y una fuerte movilización sindical en las inmediaciones del Congreso, la Cámara de Diputados aprobó en general la reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei. La votación arrojó 135 votos positivos y 115 negativos, sin abstenciones, y fue celebrada con una ovación del oficialismo y sus aliados.

El texto, sin embargo, deberá retornar al Senado –cámara de origen– para que ratifique la eliminación del polémico artículo 44, que proponía reducir el salario durante las licencias médicas por enfermedad o accidente no laboral. Ese cambio obliga a una nueva revisión en la Cámara alta, donde el oficialismo ya activó el calendario para convertir la iniciativa en ley antes del 1° de marzo, cuando el Presidente inaugure el período de sesiones ordinarias.

Una mayoría construida con aliados provinciales

El resultado fue posible gracias al respaldo de Pro, UCR, MID, Innovación Federal y bloques provinciales alineados con los gobernadores de Salta, Misiones, Catamarca, San Juan, Tucumán y Santa Cruz. También acompañaron diputados peronistas referenciados en Catamarca y Tucumán, lo que generó fuertes reproches desde Unión por la Patria, que los tildó de “traidores”.

Minutos antes de la votación se asomaron a los palcos la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; y el ministro del Interior, Diego Santilli, en un gesto político que subrayó la relevancia estratégica del proyecto para la Casa Rosada.

El kirchnerismo intentó, sobre el cierre del debate, hacer caer la sesión aprovechando la momentánea ausencia de legisladores oficialistas, pero la maniobra no prosperó. Superado el escollo de la votación en general, el oficialismo avanzó luego en la aprobación en particular de uno de los capítulos más sensibles: la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que obtuvo 130 votos afirmativos, 117 negativos y tres abstenciones.

Qué cambia: indemnizaciones, jornada y negociación colectiva

El proyecto –de más de 200 artículos– introduce modificaciones estructurales en la Ley de Contrato de Trabajo y en el esquema de relaciones laborales. Entre los puntos centrales se destacan:

  • Indemnizaciones: se reduce la base de cálculo al excluir adicionales como aguinaldo y premios.
  • Fondo de Asistencia Laboral (FAL): mecanismo de capitalización con aportes patronales –que hoy van a la Anses– para financiar indemnizaciones. Sus críticos advierten que podría desfinanciar el sistema previsional y convertirse en una herramienta de fondeo estatal.
  • Banco de horas: permite compensar horas trabajadas con días de descanso en lugar de pagar horas extra.
  • Jornada laboral: habilita ampliar la jornada diaria hasta 12 horas, siempre que se respete un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
  • Vacaciones: podrán fraccionarse y tomarse dentro de una ventana ampliada.
  • Negociación colectiva: prioriza acuerdos por empresa o región sobre convenios sectoriales nacionales.
  • Derecho de huelga: establece limitaciones y redefine servicios esenciales.
  • Justicia laboral: dispone la disolución de la Justicia Nacional del Trabajo y el traspaso de sus competencias a la justicia porteña.
  • Derogación de estatutos profesionales: capítulo que también genera resistencias y podría sufrir modificaciones.

Un debate áspero y advertencias de judicialización

La oposición más dura –Unión por la Patria, la izquierda y parte de Provincias Unidas– calificó la reforma de “regresiva” e “inconstitucional” y anticipó que, de convertirse en ley, será judicializada.

Máximo Kirchner sostuvo que la norma “va a fracasar” y advirtió que el Gobierno no podrá alegar falta de herramientas legislativas. Sergio Palazzo la definió como “la regresión más brutal en la historia de los derechos laborales”, mientras que Vanesa Siley habló de una “transferencia fenomenal de riqueza” hacia los empleadores.

Desde la Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro recordó que desde el inicio de la gestión se perdieron 120.000 puestos de trabajo y más de 22.000 empresas cerraron, y cuestionó que la ley “facilita la salida de trabajadores más que su ingreso al sistema formal”.

En defensa del proyecto, el miembro informante Lisandro Almirón (LLA) sostuvo que “primero tiene que haber trabajo para que la legislación laboral tenga sentido” y que el actual marco normativo “expulsa a las personas de la formalidad”. Desde la UCR, Lisandro Nieri replicó que quienes hoy critican la reforma no impulsaron cambios cuando tuvieron mayoría parlamentaria.

Carrera contra el reloj

El oficialismo activó una estrategia acelerada en el Senado. La jefa del bloque libertario convocó a un plenario de comisiones para dictaminar el texto modificado y llevarlo al recinto el próximo viernes 27. Solo entonces la reforma quedará definitivamente sancionada.

Para el Gobierno, se trata de una pieza clave de su programa de desregulación económica y modernización del mercado laboral, junto con el régimen penal juvenil y el acuerdo Mercosur–Unión Europea.

Para la oposición sindical y política, en cambio, la norma implica una flexibilización estructural que tensionará el sistema judicial y el equilibrio institucional.

La pulseada ahora se traslada a la Cámara alta. Y, eventualmente, a los tribunales.

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El Gobierno incorporó la baja de la edad de imputabilidad al temario de las sesiones extraordinarias

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El Poder Ejecutivo amplió formalmente el temario de las sesiones extraordinarias del Congreso para habilitar el tratamiento del Régimen Penal Juvenil. La decisión quedó plasmada en el Decreto 53/2026, publicado en el Boletín Oficial el 27 de enero de 2026, y establece que, a partir del 2 de febrero, el Parlamento podrá debatir los proyectos vinculados a la baja de la edad de imputabilidad, hoy fijada en 16 años. La medida ordena el marco institucional para un debate que el Presidente había anticipado horas antes en Mar del Plata, con fuerte impacto político y social.

El decreto, firmado por el Presidente y por Manuel Adorni, amplía el alcance de las sesiones extraordinarias convocadas bajo las facultades de los artículos 63 y 99, inciso 9, de la Constitución Nacional, y formaliza un eje central de la agenda de seguridad y justicia del Gobierno.

Marco legal y alcance del Decreto 53/2026

El texto normativo es breve y preciso. En su Artículo 1°, dispone: “Inclúyese en el temario a tratar por el H. Congreso de la Nación, durante el período de Sesiones Extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero de 2026, la consideración de los Proyectos de Ley vinculados al Régimen Penal Juvenil”. El Artículo 2° ordena su publicación y archivo.

La ampliación del temario resulta clave desde el punto de vista institucional: sin esta inclusión expresa, el Congreso no podía abordar el tema durante el período extraordinario. Con el decreto, el Ejecutivo habilita el debate legislativo y traslada la discusión al ámbito parlamentario, donde deberán definirse los alcances, consensos y eventuales modificaciones al régimen vigente.

Antecedentes, fundamentos y señal política

La iniciativa apunta a modificar el régimen actual, vigente desde la última dictadura militar, que establece en 16 años el piso de punibilidad. El proyecto que el Ejecutivo prevé enviar —impulsado por las áreas de Seguridad y Justicia— propone reducir esa edad para permitir que menores que cometan delitos graves puedan ser juzgados y condenados bajo un nuevo esquema penal juvenil.

El decreto llega pocas horas después de un anuncio político realizado en Mar del Plata, donde el Presidente sintetizó el enfoque del Gobierno con una consigna que busca marcar rumbo: “En Argentina el que las hace las paga; delito de adulto, pena de adulto”. Esa definición discursiva encuentra ahora respaldo jurídico-administrativo, al abrir formalmente el debate legislativo.

Repercusiones y escenarios de debate

La inclusión del tema en extraordinarias anticipa un debate de alto voltaje político e institucional. Por un lado, coloca a la seguridad y al sistema penal juvenil en el centro de la agenda parlamentaria del inicio de 2026. Por otro, reabre una discusión histórica sobre responsabilidad penal, derechos de los menores y eficacia del sistema de justicia.

El tratamiento en el Congreso permitirá medir alineamientos, resistencias y posibles consensos, además de definir si la reforma avanza durante el período extraordinario o si queda sujeta a un debate más prolongado. En términos prácticos, el decreto no modifica por sí mismo el régimen vigente, pero habilita el escenario para una discusión que puede derivar en un cambio estructural del marco penal juvenil en la Argentina.

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El Presupuesto habilita al Gobierno a renegociar deuda sin las exigencias de la ley de Administración Financiera

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Por Silvia Rajcher / NA – El Presupuesto aprobado el viernes pasado introduce una reforma clave en la ley de Administración Financiera que amplía de manera sustancial el margen de maniobra del Poder Ejecutivo para canjear y administrar la deuda pública en 2026. A partir de los cambios incluidos en los artículos 55 y 56, el Gobierno podrá encarar operaciones de renegociación y administración de pasivos sin la obligación legal de obtener mejoras en los plazos, las tasas de interés o el capital, una condición que regía hasta ahora para cualquier reestructuración de deuda.

La modificación, que será promulgada en los próximos días, pasa relativamente desapercibida en el debate parlamentario, pero tiene un impacto económico e institucional significativo, en un contexto en el que la Argentina deberá afrontar fuertes vencimientos de deuda durante el próximo año y buscará mayor flexibilidad para gestionar sus compromisos financieros.

Cambios en la ley de Administración Financiera: más flexibilidad para Economía

El núcleo de la reforma se encuentra en el artículo 56 del Presupuesto, que modifica el artículo 55 de la ley complementaria de Presupuesto, ampliando las facultades del Ministerio de Economía para realizar operaciones de administración de pasivos.

Según el nuevo texto, la cartera económica queda habilitada a ejecutar “operaciones de administración de pasivos, cualquiera sea el instrumento que las exprese”, lo que incluye: compra, venta y canje de instrumentos financieros, como bonos o acciones; pases de monedas, tasas de interés o títulos; compra y venta de opciones sobre instrumentos financieros; y “cualquier otra transacción financiera habitual en los mercados de productos derivados”.

Además, el articulado autoriza que estas operaciones se realicen a través de entidades creadas ad hoc, ampliando aún más el abanico de herramientas disponibles para la gestión de la deuda.

La Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) subrayó en un informe que la diferencia central con el régimen anterior es que ya no se incluye expresamente la reestructuración de la deuda pública bajo los términos del artículo 65 de la Ley 24.156, que imponía condiciones estrictas para cualquier renegociación.

Qué se elimina: el requisito de “mejoramiento” de la deuda

Hasta ahora, el artículo 65 de la Ley de Administración Financiera establecía que el Gobierno solo podía reestructurar deuda pública “en la medida que ello implique un mejoramiento de los montos, plazos y/o intereses de las operaciones originales”. Es decir, cualquier canje o renegociación debía traducirse necesariamente en un alivio financiero explícito.

Ese requisito desaparece con la reforma aprobada. Según detalló la OPC, el nuevo esquema autoriza operaciones financieras, pero sin exigir que impliquen una mejora en las condiciones originales de la deuda. En palabras del informe legislativo, ahora se permite “la compra, venta y/o canje de instrumentos financieros” y otras operaciones habituales de mercado, así como la “cesión y/o disposición de créditos contra particulares provenientes de créditos devengados o facilidades de pago de deudas fiscales”.

En términos prácticos, esto significa que el Gobierno podrá reperfilar vencimientos o canjear deuda aun cuando no haya una mejora directa en tasas, plazos o capital, algo que hasta ahora estaba legalmente vedado.

Un debate legislativo de bajo perfil y un impacto de alto alcance

A diferencia de otros capítulos del Presupuesto, los cambios vinculados a la deuda no ocuparon un lugar central en la discusión parlamentaria. En la Cámara de Diputados, el debate estuvo dominado por la polémica en torno a la derogación de leyes de Discapacidad y Universidades, finalmente eliminadas del texto. En el Senado, la atención se concentró en el artículo 30, que suprimió los pisos de financiamiento para educación y ciencia y que sí quedó incorporado en la ley.

El nuevo régimen de deuda solo recibió cuestionamientos puntuales del jefe del bloque peronista del Senado, José Mayans, y de la senadora kirchnerista Juliano Di Tullio, sin generar un debate amplio sobre sus implicancias de mediano plazo.

Un 2026 con vencimientos exigentes y mayor margen de negociación

Con esta reforma, el Gobierno —y en particular el Ministerio de Economía, conducido por Luis Caputo— contará con mayor flexibilidad para encarar la gestión de la deuda en un año fiscal exigente, marcado por importantes pagos que deberá afrontar la Argentina.

Desde el punto de vista económico, la modificación apunta a evitar restricciones legales que puedan obstaculizar negociaciones financieras en escenarios de estrés. Desde el plano institucional, en cambio, abre un debate sobre el menor nivel de exigencias legales para la administración del endeudamiento público.

En un contexto de ajuste fiscal, búsqueda de estabilidad macroeconómica y necesidad de sostener el acceso a los mercados, la reforma del Presupuesto redefine las reglas de juego para la política de deuda en 2026 y le otorga al Ejecutivo una herramienta clave para administrar pasivos con mayor discrecionalidad.

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Presupuesto 2026: La Libertad Avanza suma apoyo peronista y se encamina a su aprobación en el Senado

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El oficialismo logró un respaldo clave del peronismo y quedó a un paso de aprobar en el Senado el Presupuesto 2026, un hito institucional para el gobierno de Javier Milei, que desde su asunción en diciembre de 2023 administró el Estado nacional con la prórroga del presupuesto sancionado en 2022. Con el acompañamiento de cuatro senadores del bloque Convicción Federal, La Libertad Avanza tendría los votos necesarios para la aprobación en general del proyecto el viernes 26 de diciembre, aunque persiste una fuerte disputa política por el artículo 30, vinculado al financiamiento educativo, científico y técnico.

La definición del Presupuesto no solo ordena el esquema de gastos y recursos del próximo año, sino que también expone una reconfiguración de alianzas en la Cámara alta, con un primer quiebre visible dentro del peronismo entre los gobernadores provinciales y el sector que responde a la conducción parlamentaria de José Mayans.

Apoyo peronista y números para la votación en general

Según confirmaron fuentes parlamentarias, cuatro de los cinco senadores del bloque Convicción Federal votarán a favor del Presupuesto 2026 en general. Se trata de Fernando Salino (San Luis), Carolina Moisés (Jujuy), Guillermo Andrada (Catamarca) y Sandra Mendoza (Tucumán). En tanto, Fernando Rejal (La Rioja) aún no definió su posición, debido al rechazo del gobernador Ricardo Quintela a la iniciativa.

Andrada y Mendoza responden políticamente a los gobernadores Raúl Jalil y Osvaldo Jaldo, respectivamente, ambos alineados con el oficialismo nacional en esta instancia presupuestaria. El respaldo de este sector peronista permitiría al Gobierno alcanzar hasta 48 votos en la votación en general, despejando el principal interrogante que enfrentaba el proyecto en el Senado.

La Libertad Avanza cuenta con 21 senadores propios, incluyendo a Luis Juez, y suma además el apoyo de una decena de legisladores radicales, tres del PRO, dos del Frente de la Concordia de Misiones, uno de Independencia (Tucumán), uno por Salta, uno de La Neuquinidad, otro de Chubut y cinco de Provincias Unidas.

Este armado parlamentario permitiría sancionar la ley de Presupuesto, siempre y cuando se logre también el respaldo artículo por artículo, una condición indispensable para su conversión definitiva en ley.

El artículo 30, el punto crítico del debate

La principal incertidumbre para el oficialismo se concentra en el artículo 30, que propone la derogación de los artículos que fijan pisos mínimos de inversión en áreas estratégicas del Estado. En concreto, el texto elimina:

  • La obligación de destinar el 6% del PBI al sistema educativo.
  • El 1% del PBI al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología.
  • El 0,2% de los gastos del Sector Público a las escuelas técnicas.

En este punto, Convicción Federal anticipó que no acompañará la iniciativa, a diferencia de la votación en general. Para este artículo, el oficialismo solo cuenta con el respaldo del PRO, la mayoría del radicalismo y algunos bloques provinciales, por lo que la aprobación dependerá en gran medida de la presencia efectiva de los senadores opositores en el recinto al momento de la votación.

Voceros parlamentarios admitieron que la definición del artículo 30 es hoy el único aspecto que genera preocupación en el oficialismo, ya que su rechazo podría obligar a reabrir negociaciones o introducir modificaciones al texto.

Tensiones internas en el peronismo y negociaciones abiertas

El respaldo parcial de Convicción Federal marca uno de los primeros quiebres relevantes dentro del peronismo en el Senado, diferenciando a los legisladores que responden a gobernadores del Partido Justicialista de la bancada conducida por José Mayans, alineada con la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.

A esta fragmentación se suma la incógnita sobre la posición del Frente Cívico de Santiago del Estero, integrado por el ex gobernador Gerardo Zamora y Elia del Carmen Moreno. En la Cámara de Diputados, de los siete legisladores vinculados a Zamora, cinco votaron en contra del Presupuesto y dos se ausentaron, lo que mantiene abierta la expectativa sobre su comportamiento en el Senado.

Las negociaciones continuarán hasta el mismo viernes, incluso durante la sesión, con el objetivo de asegurar los votos necesarios para cada uno de los artículos. El oficialismo ya definió que no incluirá el Capítulo 11, rechazado previamente en Diputados, que contemplaba la derogación de las leyes de Emergencia en Discapacidad y Financiamiento Universitario.

Un presupuesto clave para el Gobierno

La eventual aprobación del Presupuesto 2026 representará un hito político e institucional para el Gobierno de Javier Milei, al tratarse del primer presupuesto propio sancionado por el Congreso desde el inicio de su gestión. Al mismo tiempo, el debate expone las tensiones estructurales en torno al rol del Estado, el financiamiento de áreas estratégicas y la relación entre Nación y provincias, en un escenario de fuerte ajuste fiscal y reconfiguración del sistema político.

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Hacienda ordena el cierre fiscal 2025 y fija reglas estrictas para la Cuenta de Inversión

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El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Hacienda, aprobó la Resolución 147/2025, que establece el procedimiento integral de cierre de las operaciones presupuestarias, contables y financieras del ejercicio 2025. La norma define plazos estrictos, responsabilidades jerárquicas y reglas técnicas que impactan en toda la Administración Pública Nacional, organismos descentralizados, universidades y entes del sector público, y es clave para la elaboración de la Cuenta de Inversión que el Poder Ejecutivo deberá remitir al Congreso.

La resolución, firmada por el secretario de Hacienda Carlos Jorge Guberman y publicada el 18 de diciembre de 2025, se apoya en el marco de la Ley 24.156 de Administración Financiera, la Ley 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto y la prórroga del Presupuesto 2023 para el ejercicio 2025, dispuesta por el decreto 1131/2024. En los hechos, ordena el cierre del año fiscal en un contexto de fuerte centralidad del resultado financiero y de control sobre la ejecución del gasto público.

Cierre del ejercicio 2025 y elaboración de la Cuenta de Inversión

La Resolución 147/2025 establece que la Contaduría General de la Nación (CGN) será la encargada de efectuar el cierre de las cuentas del ejercicio 2025 con base en la información del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF), y de confeccionar la Cuenta de Inversión que deberá ser enviada al Honorable Congreso de la Nación, conforme al artículo 95 de la Ley 24.156.

Entre los puntos centrales, la norma dispone que: Los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de 2025 constituirán deuda exigible de ese ejercicio y se registrarán como pasivo corriente, con posibilidad de cancelación en el ejercicio siguiente. Los compromisos no devengados al cierre deberán imputarse al ejercicio 2026, afectando los créditos y cuotas del primer trimestre. Se fijan plazos perentorios para la carga y validación de comprobantes en el e-SIDIF, con fechas clave entre el 31 de diciembre de 2025 y el 6 de enero de 2026, según el tipo de operación.

El esquema refuerza el principio de cierre contable anual y limita cualquier posibilidad de arrastre discrecional de compromisos, un aspecto sensible en años sin presupuesto aprobado oportunamente.

Control del gasto, responsabilidades y sanciones

La resolución pone un fuerte acento en la responsabilidad administrativa de los funcionarios. La carga, consistencia y respaldo documental de la información recaerá, en cada jurisdicción, sobre los secretarios o subsecretarios administrativos, los jefes de los Servicios Administrativo Financieros (SAF) y los responsables de registro contable. Para el resto de los entes, la responsabilidad será de la máxima autoridad.

Además, se establece que: No se aceptará información parcial: los cuadros, anexos y estados deberán presentarse de manera completa y en tiempo y forma. El incumplimiento habilitará a la CGN, la Tesorería General de la Nación y la Oficina Nacional de Presupuesto a bloquear órdenes de pago, comunicar irregularidades a la Sindicatura General de la Nación y aplicar sanciones. Las órdenes de pago caducas deberán ser desafectadas, impactando en el ejercicio 2025, y los remanentes no utilizados deberán ingresar al Tesoro Nacional, salvo excepciones con rango legal.

Este esquema apunta a fortalecer la trazabilidad del gasto y evitar distorsiones en el cálculo del resultado fiscal y del remanente del ejercicio.

Impacto institucional y alcance sobre todo el sector público

El alcance de la Resolución 147/2025 es amplio. Incluye a la Administración Central, organismos descentralizados, instituciones de la seguridad social, empresas públicas, entes residuales y Universidades Nacionales, que deberán presentar sus estados contables y financieros hasta el 27 de febrero de 2026 a través del sistema SIFEP.

También se detallan obligaciones específicas para: Fondos rotatorios, cajas chicas y anticipos de fondos, que deberán quedar totalmente regularizados al cierre. Unidades Ejecutoras de Préstamos Externos (UEPEX), que deberán informar operaciones y cerrar cuentas con saldo cero. Organismos involucrados en procesos de fusión, disolución o transformación, que deberán cerrar sus operaciones conforme a la Resolución 92/2025.

En términos políticos e institucionales, la norma refuerza el rol de la Contaduría General de la Nación como órgano rector del sistema contable, y consolida un esquema de control centralizado en un contexto de fuerte ajuste fiscal y de énfasis en la rendición de cuentas ante el Congreso.

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