La plataforma Mercado Pago fue denunciada por el presunto cobro de intereses abusivos, que superan el 1300% anual, y un eventual fallo favorable podría beneficiar a unas 7 millones de personas en la Argentina.
El expediente, impulsado por el abogado Diego Espasandín, fundador de la Asociación de Consumidores Financieros de la República Argentina (ACFRA), tramita en el Juzgado N° 24 de la Ciudad de Buenos Aires.
De acuerdo con las mediciones efectuadas por la entidad, las tasas cobradas por la empresa sobrepasan el 1300% anual, lo que representa niveles considerados desproporcionados por la organización.
La pretensión del colectivo es que los tribunales analicen los montos aplicados en los últimos tres años y dispongan la devolución de aquellas sumas que hubieran sido percibidas de forma indebida.
Al respecto, Espasandín señaló en el streaming Contra Ataque que muchos clientes solicitaron financiamiento para resolver contingencias económicas concretas y terminaron asumiendo costos financieros excesivos.
A pesar de haberse originado por dos presentaciones individuales, la estrategia de ACFRA apunta a que una eventual resolución favorable beneficie de manera colectiva a todos los usuarios en idéntica posición, lo que podría alcanzar a unos siete millones de personas en el país.
La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa actualizó el régimen que regula la publicidad de los juegos y apuestas online con un objetivo concreto: reducir la superposición de advertencias obligatorias y mejorar la comprensión de los mensajes preventivos por parte de los consumidores.
A través de la Resolución 271/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional modificó la reglamentación vigente desde fines de 2025 sobre la difusión comercial de plataformas de apuestas en línea. La decisión responde a una realidad que se había consolidado durante los últimos meses: muchas provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comenzaron a exigir sus propias leyendas obligatorias en los anuncios, generando una acumulación de mensajes prácticamente idénticos.
Según explica la resolución, esa multiplicidad de advertencias terminó saturando el espacio visual de las piezas publicitarias y, paradójicamente, reduciendo la eficacia de la información preventiva destinada al público.
Con el nuevo esquema, cuando una publicidad ya cumpla con las advertencias exigidas por la normativa provincial o de la Ciudad de Buenos Aires, se considerará satisfecha también la obligación establecida a nivel nacional, siempre que esas leyendas respeten los estándares técnicos de visibilidad fijados por la autoridad nacional.
La modificación no implica una flexibilización de los controles sobre la actividad. Por el contrario, la estrategia oficial busca armonizar los requisitos regulatorios para que las advertencias sean más visibles y efectivas, evitando duplicaciones que dificulten la lectura.
La resolución también incorpora precisiones técnicas para los formatos digitales. En adelante, las leyendas deberán ubicarse dentro de las denominadas “zonas seguras” de la pantalla y permanecer visibles durante el tiempo suficiente, adaptándose a las características de las plataformas digitales y de las redes sociales, donde buena parte de la publicidad del sector concentra hoy su audiencia.
Un cambio que apunta a la prevención
La actualización normativa tiene un fuerte componente de protección al consumidor. La publicidad de apuestas online se convirtió en uno de los principales focos de preocupación de organismos públicos y especialistas debido al crecimiento del juego digital, especialmente entre adolescentes y jóvenes adultos.
En ese contexto, el Gobierno sostiene que una advertencia clara resulta más efectiva que varias leyendas repetidas con contenidos similares. El criterio de simplificación normativa busca preservar el objetivo preventivo sin generar contaminación visual en las piezas publicitarias.
La resolución también abre la posibilidad para que los organismos reguladores de los juegos de azar de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhieran formalmente al nuevo esquema nacional, favoreciendo una mayor coordinación entre jurisdicciones.
Más claridad para empresas y consumidores
Desde la perspectiva regulatoria, el cambio también reduce costos administrativos para las empresas que operan en distintas provincias, al evitar la necesidad de incorporar múltiples advertencias con textos similares en una misma campaña.
Para los consumidores, el beneficio esperado es una comunicación más sencilla, uniforme y comprensible, en línea con los principios de la Ley de Defensa del Consumidor, que exige que la información comercial sea clara, suficiente y no induzca a confusión.
La resolución entró en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y actualiza el anexo técnico de la Resolución 446/2025, que había establecido el primer marco nacional específico para la publicidad de plataformas de apuestas online.
La Municipalidad de Ciudad del Este, a través de la Dirección de Defensa del Consumidor y del Usuario, procedió a la suspensión inmediata de actividades y clausura preventiva por tres días del local comercial de la firma JMC EMPRENDIMIENTOS S.A. (que opera comercialmente como “J.M. Electrónicos”).
La medida de urgencia se ejecutó en cumplimiento del Oficio N° 114 dictado por la Segunda Sala del Juzgado de Faltas Municipales, tras acumularse graves denuncias por supuestos fraudes comerciales en el establecimiento ubicado sobre la calle Pa’i Pérez casi Carlos Antonio López.
El cierre temporal fue solicitado por la administración municipal debido a un esquema de supuestas estafas que afectó el patrimonio de visitantes extranjeros.
El primer caso derivó en la intervención de la Unidad Penal N° 6 de la Fiscalía Regional, la cual emitió el Acta de Imputación N° 69 contra el vendedor del local, German Caballero Núñez, por el supuesto hecho punible de estafa. En esta causa, dos turistas brasileños denunciaron haber pagado 97.487 reales vía transferencia electrónica “Pix” por mercaderías de las cuales solo recibieron el 30% de forma presencial, mientras que el 70% restante nunca fue enviado a su ciudad natal de Sergipe, Brasil, como se había pactado.
A esta causa penal se sumó una nueva denuncia administrativa ingresada el pasado 06 de junio ante la Dirección de Defensa del Consumidor. En esta ocasión, otro turista de nacionalidad brasileña reportó haber sido víctima de una supuesta estafa por un valor de 22.500 reales dentro del mismo establecimiento comercial.
Ante estas reiteradas prácticas abusivas y con el objetivo de frenar las actividades ilícitas que dañan la imagen turística de la ciudad, se procedió a la clausura inmediata del comercio.
Con esta intervención, la Municipalidad de Ciudad del Este ratifica su política de tolerancia cero ante prácticas comerciales abusivas o engañosas que vulneren la Ley N° 1334/98 de Defensa del Consumidor y la Ley N° 3966/10 Orgánica Municipal.
La inflación dejó de ser la única fuente de preocupación para los consumidores argentinos. Aunque los precios continúan ocupando el centro de la escena económica, emerge un fenómeno menos visible pero cada vez más extendido: el costo que generan los trámites engorrosos, las promociones poco transparentes, la atención automatizada y las dificultades para resolver problemas cotidianos.
A ese fenómeno, los economistas Chad Maisel y Neale Mahoney lo bautizaron como “economía del fastidio”. Ahora, un estudio de Focus Market puso cifras locales a un problema que millones de argentinos experimentan a diario: el tiempo perdido, la frustración y los costos ocultos asociados al consumo representan una carga equivalente a $23.912 mensuales por hogar.
Según el relevamiento realizado por la consultora entre 2.640 consumidores argentinos, la economía del fastidio se convirtió en una dimensión relevante del costo de vida. Ya no se trata únicamente de cuánto cuestan los bienes y servicios, sino de cuánto esfuerzo demanda acceder a ellos o resolver inconvenientes posteriores.
“En un contexto donde la inflación dejó de ser el único problema visible, empieza a pesar también el desgaste cotidiano de operar en una economía friccionada”, explicó Damián Di Pace, director de Focus Market.
La letra chica lidera el ranking de los fastidios
El estudio identificó cuáles son las situaciones que generan mayor irritación durante el proceso de compra.
El principal problema señalado por los consumidores son las condiciones ocultas y la letra chica, con el 46% de las menciones. Se trata de promociones sujetas a requisitos poco visibles, cantidades mínimas no informadas o beneficios que terminan siendo diferentes a los anunciados.
En segundo lugar aparecen las promociones confusas, con el 28%. Los descuentos condicionados, las ofertas limitadas por medios de pago específicos o las promociones con múltiples excepciones son percibidos cada vez más como mecanismos engañosos.
El tercer puesto corresponde a los costos de envío inesperados, con el 13%. Son aquellos cargos que aparecen recién al final de una compra online, cuando el consumidor ya invirtió tiempo en seleccionar productos y avanzar en el proceso de pago.
Entre los tres factores concentran el 87% del fastidio experimentado durante la compra.
Para Focus Market, existe un denominador común: ocultar el costo real hasta que el consumidor ya avanzó demasiado en la decisión como para retroceder fácilmente.
Bots, reclamos y suscripciones: el problema continúa después de comprar
La frustración no termina una vez concretada la operación.
El informe revela que el 64% de los encuestados considera que la atención automatizada mediante bots y sistemas sin acceso efectivo a operadores humanos es el principal problema de la postventa.
Muy por detrás aparecen los reclamos y garantías con múltiples requisitos, que concentran el 14% de las respuestas. Facturas, formularios, fotografías, llamados telefónicos y requisitos adicionales terminan transformándose en una barrera para ejercer derechos básicos del consumidor.
Las suscripciones con precios engañosos ocupan el tercer lugar, con el 12%. Son servicios que comienzan con valores promocionales y luego incrementan sus costos sin una comunicación clara.
Según explica el informe, muchas de estas prácticas no responden necesariamente a errores operativos, sino que funcionan como mecanismos de retención o generación adicional de ingresos.
“Si el fastidio en la compra opera ocultando el costo real, el fastidio en la postventa opera sobre otro mecanismo: el agotamiento”, sostiene el estudio.
Un costo invisible de más de US$3.200 millones
La novedad más relevante del trabajo es la estimación económica del fenómeno.
Tomando como referencia un estudio realizado en Estados Unidos, donde la economía del fastidio representa el 0,54% del Producto Bruto Interno, Focus Market aplicó esa proporción al Producto Bruto Interno argentino de 2025, estimado en US$601.150 millones.
El resultado arroja un costo anual superior a los US$3.242 millones para la Argentina, equivalente a unos $4,57 billones al tipo de cambio oficial.
Distribuido entre los 15,9 millones de hogares del país, el impacto alcanza los US$204 anuales por familia o aproximadamente $23.912 mensuales.
La cifra equivale al costo de una suscripción de entretenimiento, una compra de supermercado o un pedido de comida a domicilio. La diferencia es que nadie elige conscientemente afrontar ese gasto.
Un problema que afecta también a la productividad
Más allá del impacto individual, la economía del fastidio tiene consecuencias macroeconómicas.
Cada minuto perdido en trámites, reclamos o procesos innecesariamente complejos representa tiempo que no se destina a actividades productivas. Al mismo tiempo, la incertidumbre desalienta decisiones de consumo y deteriora la percepción general sobre la calidad de los servicios.
“Cuando el fastidio se vuelve estructural, también se transforma en un costo económico”, advirtió Di Pace.
La consultora considera incluso que la estimación local podría ser conservadora. Entre las razones menciona la menor digitalización de numerosos servicios, las dificultades para la defensa efectiva del consumidor y la elevada concentración existente en sectores como telecomunicaciones, salud y servicios financieros.
En ese contexto, la economía del fastidio deja de ser una simple molestia cotidiana para convertirse en un factor que erosiona ingresos, tiempo y productividad. Un impuesto invisible que no figura en ninguna factura, pero que los hogares argentinos pagan todos los meses.
El Gobierno nacional modificó el régimen sancionatorio de la Ley de Defensa del Consumidor y estableció que las empresas que acepten una multa y la paguen dentro de los 10 días hábiles podrán acceder a una reducción del 50% del monto sancionado. La medida, oficializada mediante el Decreto 377/2026, apunta a reducir litigios administrativos y acelerar la cobranza estatal, pero también redefine el costo económico de incumplimientos para comercios, prestadores de servicios y cadenas de consumo masivo.
Para Misiones, donde el comercio opera bajo presión permanente por las asimetrías fronterizas con Paraguay y Brasil, el cambio tiene una lectura distinta a la de los grandes centros urbanos. El impacto no pasa solamente por el alivio financiero para empresas sancionadas, sino por cómo se reorganiza el equilibrio entre fiscalización, costos regulatorios y competitividad en una provincia donde cada punto de margen comercial define si una venta queda en Posadas o cruza a Encarnación.
Menos litigio, más pago rápido: qué cambia en concreto
La modificación incorpora un esquema similar al que ya existe en otros regímenes administrativos: si una empresa acepta la sanción y no apela, podrá cancelar la multa pagando la mitad del monto fijado por la autoridad de aplicación.
La lógica económica detrás de la medida es doble: Reducir costos judiciales y administrativos para el Estado. Acelerar la percepción efectiva de multas sin atravesar procesos largos de apelación.
En términos prácticos, el Gobierno reconoce que gran parte de las sanciones terminaban judicializadas o demoradas, afectando la recaudación efectiva y elevando costos legales tanto para empresas como para la administración pública.
Para el sector privado, especialmente PyMEs comerciales, hoteleras y de servicios del NEA, la novedad introduce previsibilidad financiera en un contexto donde las sanciones por incumplimientos formales pueden convertirse en contingencias relevantes de caja.
El costo oculto: el riesgo de “normalizar” multas
El nuevo esquema también abre una discusión regulatoria relevante: si el costo de una infracción se reduce automáticamente a la mitad mediante pago voluntario, algunas compañías podrían comenzar a incorporar la sanción como un costo operativo más.
Ahí aparece el principal desafío para las autoridades provinciales y municipales de control: mantener capacidad disuasiva sin aumentar burocracia.
La reglamentación establece un límite importante: la reducción nunca podrá dejar la multa por debajo del mínimo legal previsto en la Ley 24.240. Aun así, el cambio modifica la ecuación económica de cumplimiento normativo.
Para grandes operadores nacionales, la medida puede convertirse en un mecanismo de cierre rápido de expedientes. Para PyMEs regionales, puede representar alivio financiero frente a procesos administrativos largos y costosos.
Aunque la norma no modifica precios de manera directa, sí puede tener efectos indirectos sobre costos empresariales.
En economías regionales como Misiones, donde el consumo sigue condicionado por salarios retrasados y competencia fronteriza, cualquier reducción de costos regulatorios puede impactar en: capacidad de sostener promociones. Menor traslado de contingencias legales a precios. Menores costos financieros derivados de litigios. Mayor previsibilidad para pequeñas empresas.
No se trata de una reforma estructural del sistema de consumo, pero sí de un cambio microeconómico que busca descomprimir costos administrativos en plena desaceleración inflacionaria.
Un cambio alineado con la estrategia de desregulación
El decreto encaja dentro de una lógica más amplia del Gobierno nacional: reducir tiempos administrativos, bajar conflictividad y acelerar mecanismos de resolución sin expandir estructuras estatales.
La administración Milei viene impulsando medidas similares en distintos organismos regulatorios, buscando transformar sanciones extensas y litigiosas en sistemas de resolución rápida.
Para Misiones, el punto clave será observar si esta flexibilización viene acompañada de controles más eficientes o si termina debilitando la capacidad sancionatoria frente a abusos comerciales.
Porque en una provincia donde el consumo ya enfrenta fuga permanente hacia Paraguay y Brasil, la confianza del consumidor local también se volvió un activo económico.
El dato central no es únicamente el descuento del 50%. El verdadero cambio pasa por cómo se redefine la relación entre Estado, empresas y consumidores en un contexto de menor intervención y mayor autorregulación.
Para el empresariado misionero, especialmente PyMEs comerciales y turísticas, la medida puede representar alivio operativo. Pero el equilibrio será delicado: menos litigiosidad no necesariamente implica mejores prácticas comerciales.
El mercado fronterizo del NEA funciona con márgenes mínimos y competencia permanente. En ese escenario, la calidad del control estatal sigue siendo tan importante como el costo regulatorio.