Deuda Pública

Economía lanzó un canje dólar linked para enfrentar vencimientos récord

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En el inicio del nuevo régimen cambiario, el Banco Central compró US$ 21 millones y el Ministerio de Economía activó un canje de letras dólar linked para enfrentar vencimientos por más de $6 billones. Las medidas buscan aliviar tensiones de liquidez y sostener la estabilidad cambiaria en un contexto de fuertes compromisos financieros y escasa previsibilidad en la acumulación de reservas.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) concretó este lunes 5 de enero la compra de US$ 21 millones en el mercado de cambios, en lo que representa la primera adquisición de divisas en nueve meses y el primer movimiento operativo bajo el nuevo régimen cambiario que comenzó a regir a inicios de 2026. En paralelo, el Ministerio de Economía lanzó un canje de letras del Tesoro dólar linked para administrar vencimientos concentrados a mediados de enero y aliviar presiones de liquidez en el mercado financiero.

Ambas decisiones se inscriben en una estrategia oficial orientada a recomponer reservas internacionales, ordenar el frente financiero y atravesar un período crítico marcado por pagos de deuda superiores a US$ 4.100 millones esta semana, con cerca de US$ 3.700 millones en manos de inversores privados, y un elevado volumen de instrumentos atados al dólar con vencimientos inmediatos.

Primeras señales del nuevo esquema cambiario y regreso del BCRA al mercado

La compra de divisas por parte del BCRA se produjo en la segunda jornada financiera del nuevo programa cambiario, anunciado en diciembre y vigente desde el 2 de enero de 2026. Se trata de la primera intervención compradora desde el 3 de abril de 2025, cuando la autoridad monetaria dejó de adquirir dólares tras el acuerdo del Gobierno de Javier Milei con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la implementación de un sistema de bandas de flotación cambiaria.

El nuevo esquema introduce un cambio relevante: las bandas del tipo de cambio oficial se ajustan mensualmente en función de la inflación oficial con un rezago de dos meses, dejando atrás el mecanismo de actualización diaria. Además, el BCRA anticipó que buscará acumular reservas internacionales mediante compras de dólares siempre que las condiciones de liquidez y demanda de dinero lo permitan, con una meta indicativa que podría alcanzar hasta US$ 10.000 millones en 2026, supeditada al comportamiento monetario del mercado local.

No obstante, operadores del mercado advirtieron que durante la jornada el Tesoro habría intervenido para sostener la estabilidad del dólar, en un contexto de elevada sensibilidad cambiaria. Si bien se trata de cuentas independientes, fuentes financieras señalaron que, ante necesidades de divisas, el Tesoro podría recurrir al BCRA, lo que reabre interrogantes sobre la consistencia del esquema y la coordinación entre política fiscal y monetaria.

Canje dólar linked: Economía busca descomprimir un cuello de botella financiero

En simultáneo, el Ministerio de Economía lanzó una operación de conversión de deuda dólar linked para enfrentar un vencimiento clave previsto para el 16 de enero de 2026. La convocatoria, abierta hasta el miércoles 7 de enero, invita a los tenedores de la LELINK D16E6, que vence el 16/01, a canjearla por la LELINK D30E6, con vencimiento el 30 de enero de 2026, apenas dos semanas más tarde.

El objetivo oficial es asegurar un rollover ordenado, reducir la incertidumbre financiera y evitar tensiones adicionales en el mercado en un mes cargado de compromisos. Según datos de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), al 16 de enero vencen aproximadamente $6 billones en letras dólar linked, a los que se suman otros $651.000 millones hacia fin de mes, lo que dimensiona la magnitud del desafío para la gestión económica.

La licitación se realizará con un único pliego competitivo. Los participantes deberán indicar el valor nominal en dólares estadounidenses y el precio en dólares por cada VNO USD 1.000, con dos decimales. La adjudicación está prevista para el 12 de enero de 2026 (T+3) y no se pagarán comisiones. El monto máximo a colocar estará limitado por la normativa vigente.

La operación se encuadra en el artículo 2° del Decreto 846/24, que habilita la suscripción en especie. En caso de incumplimiento en la entrega de la LELINK D16E6, la normativa prevé la liquidación mediante débito en pesos en la cuenta CRYL del BCRA, aplicando una penalidad del 20% sobre el valor efectivo y utilizando el tipo de cambio de referencia publicado por el BCRA según la Comunicación “A” 3500.

Impacto y señales al mercado

El regreso del BCRA al mercado cambiario y el lanzamiento del canje dólar linked buscan contener riesgos inmediatos, pero también exponen las tensiones estructurales del programa económico. La elevada concentración de vencimientos, la dependencia de instrumentos indexados al dólar y la limitada previsibilidad en la compra de divisas condicionan la estabilidad financiera de corto plazo.

Para el mercado, el resultado del canje será una señal clave sobre la confianza de los inversores en la capacidad del Tesoro de administrar la deuda en pesos y en dólares bajo el nuevo régimen. Al mismo tiempo, la capacidad del BCRA de sostener compras netas de divisas será determinante para fortalecer reservas y reducir la vulnerabilidad externa.

En un escenario de compromisos crecientes y márgenes estrechos, las decisiones de enero funcionan como una prueba de consistencia del nuevo esquema cambiario y de la coordinación entre política monetaria, fiscal y financiera.

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Con el FMI en pausa, Economía negocia un REPO por u$s2.000 millones para cubrir vencimientos de enero

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Mientras el Fondo Monetario Internacional (FMI) demora la revisión de fin de año y mantiene en suspenso el desembolso de u$s1.050 millones, el Ministerio de Economía y el Banco Central aceleraron un plan financiero alternativo: negocian un préstamo REPO por u$s2.000 millones con un consorcio de bancos internacionales. La operación, que ingresaría íntegramente como reservas brutas, apunta a blindar el balance del BCRA, atravesar el cuello de botella de enero y reducir la dependencia de un eventual waiver del organismo multilateral.

Fuentes de máxima jerarquía en Balcarce 50 y Reconquista confirmaron que la negociación ingresó en etapa definitiva en las últimas 48 horas, con una estructura similar a los repos ampliados utilizados en enero y junio de este año. El crédito se pactaría a uno o dos años, con bonos soberanos como colateral, y podría ampliarse hasta u$s300 millones adicionales, aún no confirmados.

Un REPO como herramienta preventiva en un contexto de reservas exigidas

El mecanismo REPO —acuerdo de recompra con obligación de recompra y tasa variable atada a un benchmark (SOFR) más spread— es habitual en operaciones de emergencia de bancos centrales emergentes, aunque menos difundido en el mercado local. En este caso, el consorcio estaría integrado por entidades que ya participaron en colocaciones previas, con perfil bajo para evitar ruido político.

El timing de la operación es clave. Con reservas netas en terreno negativo y un riesgo país en torno a los 600 puntos básicos, pese a la mejora reciente en la calificación de S&P, el equipo económico busca oxígeno financiero antes de los vencimientos de deuda de enero y de la presión cambiaria de fin de año. El ingreso de u$s2.000 millones permitiría desactivar, al menos temporalmente, el riesgo de una corrección brusca del tipo de cambio y ganar margen de maniobra.

Desde el Palacio de Hacienda insisten en que el REPO no es un salvavidas, sino una herramienta preventiva, y destacan que la tasa sería inferior a la de cualquier colocación en el mercado voluntario. Sin embargo, en el mercado circulan versiones de que el spread podría ubicarse entre 500 y 700 puntos básicos, lo que elevaría el costo efectivo por encima del 9% anual.

Colaterales definidos y señales políticas para el mercado

Según las fuentes, los bonos de garantía ya estarían cerrados: se utilizarían los bonares 2035 y 2038 (AL35 y AE38) como colateral. La definición del respaldo refuerza la probabilidad de cierre en el corto plazo y suma previsibilidad a la estructura del crédito.

En paralelo, el frente político busca anclar expectativas. En una entrevista radial del 23 de diciembre, el presidente Javier Milei afirmó: “Estamos más que cubiertos, tenemos la plata para pagar enero, febrero y todo el primer trimestre sin ningún problema”. En la misma línea, el ministro Luis Caputo sostuvo: “Estamos cómodos, tenemos los fondos necesarios para pagar toda la deuda de enero, febrero y marzo sin ningún tipo de problema”.

En el oficialismo interpretan que operaciones como este REPO responden a la decisión de fortalecer reservas, mejorar el perfil financiero y seguir reduciendo el riesgo país, más que a una urgencia de caja. La lectura institucional es que, aun con la revisión del FMI demorada y el desembolso de u$s1.050 millones en duda, el Ejecutivo amplía su set de herramientas para sostener la estabilidad macro y cumplir con el calendario de pagos.

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El Tesoro reordena vencimientos con una conversión de deuda clave junto al Banco Central

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El Ministerio de Economía, a través de una resolución conjunta de las Secretarías de Finanzas y de Hacienda, autorizó una operación de conversión de deuda con el Banco Central de la República Argentina (BCRA) que implica la ampliación de emisiones de bonos en dólares y letras en pesos por montos significativos. La medida, formalizada mediante la Resolución Conjunta 64/2025, busca reordenar el perfil de vencimientos y la composición de la deuda pública, en el marco de las facultades otorgadas por el Presupuesto vigente y la normativa de crédito público.

La norma, dictada el 26 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 30 de diciembre, habilita la ampliación de los Bonos de la República Argentina en dólares estadounidenses Step Up 2035 (AL35) por hasta USD 6.000 millones y de los Bonos Step Up 2038 (AE38) por hasta USD 3.000 millones, junto con la expansión de letras capitalizables en pesos por hasta $ 8 billones, exclusivamente para ejecutar una conversión de títulos en poder del BCRA.

Marco legal y fundamentos de la operación

La resolución se apoya en el Sistema de Crédito Público regulado por la Ley 24.156 de Administración Financiera, que establece que toda operación de endeudamiento debe estar prevista en la ley de Presupuesto. En ese sentido, el artículo 37 de la Ley 27.701, que rige para el ejercicio 2025, autoriza al órgano coordinador de la administración financiera a realizar operaciones de crédito público dentro de los límites fijados en su planilla anexa, con sucesivas modificaciones introducidas por decretos de necesidad y urgencia entre 2023 y 2024.

Además, el texto remite al artículo 11 del Decreto 331/2022, incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto, que habilita las conversiones de instrumentos de deuda pública, independientemente de su moneda de pago, fijando los precios según valores de mercado y excluyendo estas operaciones de las restricciones del artículo 65 de la Ley 24.156.

En este marco, la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda, que ejercen en forma conjunta la coordinación de los sistemas de administración financiera, consideraron conveniente ofrecer al BCRA la conversión de sus tenencias en títulos en pesos ajustados por CER y letras capitalizables por nuevos instrumentos, tanto en dólares como en pesos, con plazos más largos.

Detalle de los instrumentos y montos involucrados

La Resolución Conjunta 64/2025 dispone, en primer lugar, la ampliación de los montos emitidos de los siguientes instrumentos:

  • AL35 (Bonos Step Up 2035): hasta el monto necesario para la conversión, con un tope de USD 6.000 millones de valor nominal original.
  • AE38 (Bonos Step Up 2038): hasta el monto necesario para la conversión, con un tope de USD 3.000 millones de valor nominal original.
  • LECAP S30A6, con vencimiento el 30 de abril de 2026: ampliación por hasta $ 4 billones.
  • LECAP S29Y6, con vencimiento el 29 de mayo de 2026: ampliación por hasta $ 4 billones.

Estas ampliaciones se destinan exclusivamente a ejecutar las operaciones de conversión con el BCRA, aprobadas en el artículo 5° de la norma.

En concreto, el Banco Central suscribirá:

  • AL35 a cambio de sus tenencias del BONCER TZX28, con vencimiento el 30 de junio de 2028.
  • AE38 a cambio de sus tenencias del BONCER TZXD7, con vencimiento el 15 de diciembre de 2027.
  • Una canasta compuesta en un 50% por LECAP S30A6 y 50% por LECAP S29Y6, a cambio de sus tenencias de la LECAP S16E6, con vencimiento el 16 de enero de 2026.

La operación se realizó el 26 de diciembre de 2025, con liquidación el 29 de diciembre, y los precios de todos los instrumentos se determinaron según los valores de mercado en BYMA, inmediatamente antes de las 13:30 horas, con liquidación a 24 horas.

Impacto financiero e implicancias institucionales

Desde el punto de vista financiero, la operación apunta a ordenar el perfil de vencimientos del sector público, extendiendo plazos y modificando la composición de la deuda en manos del BCRA. La conversión de títulos en pesos ajustados por inflación y letras de corto plazo por bonos en dólares de largo vencimiento y nuevas letras capitalizables permite al Tesoro administrar de manera más previsible sus compromisos futuros.

En términos institucionales, la resolución refuerza el uso de las herramientas previstas en el marco presupuestario y de crédito público, subrayando el rol conjunto de las Secretarías de Finanzas y de Hacienda en la gestión activa de la deuda. Asimismo, la autorización a múltiples áreas técnicas del Ministerio de Economía para suscribir la documentación necesaria muestra la magnitud operativa de la medida.

La norma establece que entra en vigencia a partir del día de su dictado, consolidando una de las últimas decisiones de política financiera del año 2025.

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El Presupuesto habilita al Gobierno a renegociar deuda sin las exigencias de la ley de Administración Financiera

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Por Silvia Rajcher / NA – El Presupuesto aprobado el viernes pasado introduce una reforma clave en la ley de Administración Financiera que amplía de manera sustancial el margen de maniobra del Poder Ejecutivo para canjear y administrar la deuda pública en 2026. A partir de los cambios incluidos en los artículos 55 y 56, el Gobierno podrá encarar operaciones de renegociación y administración de pasivos sin la obligación legal de obtener mejoras en los plazos, las tasas de interés o el capital, una condición que regía hasta ahora para cualquier reestructuración de deuda.

La modificación, que será promulgada en los próximos días, pasa relativamente desapercibida en el debate parlamentario, pero tiene un impacto económico e institucional significativo, en un contexto en el que la Argentina deberá afrontar fuertes vencimientos de deuda durante el próximo año y buscará mayor flexibilidad para gestionar sus compromisos financieros.

Cambios en la ley de Administración Financiera: más flexibilidad para Economía

El núcleo de la reforma se encuentra en el artículo 56 del Presupuesto, que modifica el artículo 55 de la ley complementaria de Presupuesto, ampliando las facultades del Ministerio de Economía para realizar operaciones de administración de pasivos.

Según el nuevo texto, la cartera económica queda habilitada a ejecutar “operaciones de administración de pasivos, cualquiera sea el instrumento que las exprese”, lo que incluye: compra, venta y canje de instrumentos financieros, como bonos o acciones; pases de monedas, tasas de interés o títulos; compra y venta de opciones sobre instrumentos financieros; y “cualquier otra transacción financiera habitual en los mercados de productos derivados”.

Además, el articulado autoriza que estas operaciones se realicen a través de entidades creadas ad hoc, ampliando aún más el abanico de herramientas disponibles para la gestión de la deuda.

La Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) subrayó en un informe que la diferencia central con el régimen anterior es que ya no se incluye expresamente la reestructuración de la deuda pública bajo los términos del artículo 65 de la Ley 24.156, que imponía condiciones estrictas para cualquier renegociación.

Qué se elimina: el requisito de “mejoramiento” de la deuda

Hasta ahora, el artículo 65 de la Ley de Administración Financiera establecía que el Gobierno solo podía reestructurar deuda pública “en la medida que ello implique un mejoramiento de los montos, plazos y/o intereses de las operaciones originales”. Es decir, cualquier canje o renegociación debía traducirse necesariamente en un alivio financiero explícito.

Ese requisito desaparece con la reforma aprobada. Según detalló la OPC, el nuevo esquema autoriza operaciones financieras, pero sin exigir que impliquen una mejora en las condiciones originales de la deuda. En palabras del informe legislativo, ahora se permite “la compra, venta y/o canje de instrumentos financieros” y otras operaciones habituales de mercado, así como la “cesión y/o disposición de créditos contra particulares provenientes de créditos devengados o facilidades de pago de deudas fiscales”.

En términos prácticos, esto significa que el Gobierno podrá reperfilar vencimientos o canjear deuda aun cuando no haya una mejora directa en tasas, plazos o capital, algo que hasta ahora estaba legalmente vedado.

Un debate legislativo de bajo perfil y un impacto de alto alcance

A diferencia de otros capítulos del Presupuesto, los cambios vinculados a la deuda no ocuparon un lugar central en la discusión parlamentaria. En la Cámara de Diputados, el debate estuvo dominado por la polémica en torno a la derogación de leyes de Discapacidad y Universidades, finalmente eliminadas del texto. En el Senado, la atención se concentró en el artículo 30, que suprimió los pisos de financiamiento para educación y ciencia y que sí quedó incorporado en la ley.

El nuevo régimen de deuda solo recibió cuestionamientos puntuales del jefe del bloque peronista del Senado, José Mayans, y de la senadora kirchnerista Juliano Di Tullio, sin generar un debate amplio sobre sus implicancias de mediano plazo.

Un 2026 con vencimientos exigentes y mayor margen de negociación

Con esta reforma, el Gobierno —y en particular el Ministerio de Economía, conducido por Luis Caputo— contará con mayor flexibilidad para encarar la gestión de la deuda en un año fiscal exigente, marcado por importantes pagos que deberá afrontar la Argentina.

Desde el punto de vista económico, la modificación apunta a evitar restricciones legales que puedan obstaculizar negociaciones financieras en escenarios de estrés. Desde el plano institucional, en cambio, abre un debate sobre el menor nivel de exigencias legales para la administración del endeudamiento público.

En un contexto de ajuste fiscal, búsqueda de estabilidad macroeconómica y necesidad de sostener el acceso a los mercados, la reforma del Presupuesto redefine las reglas de juego para la política de deuda en 2026 y le otorga al Ejecutivo una herramienta clave para administrar pasivos con mayor discrecionalidad.

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Entre Ríos recibirá $220.000 millones de la Nación para cubrir urgencias financieras

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El Gobierno nacional dispuso otorgar a la provincia de Entre Ríos un anticipo financiero por hasta $220.000 millones, con el objetivo de atender compromisos urgentes derivados de la ejecución presupuestaria y la amortización de deudas hacia el cierre del año. La medida fue formalizada mediante el Decreto 922/2025, firmado el 26 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 29 de diciembre, y establece que los fondos deberán ser devueltos con intereses durante el ejercicio fiscal 2026, a través de retenciones automáticas sobre la coparticipación federal.

Se trata de una asistencia financiera de carácter transitorio, que se instrumenta a cuenta de los recursos que la provincia recibirá el próximo año y que se inscribe en un esquema previsto por la normativa vigente para afrontar desequilibrios temporales de caja. Es la segunda vez en 2025 que una provincia accede a este tipo de adelantos de urgencia con fondos de la coparticipación: en marzo, la Provincia de Chaco había recibido asistencia para cumplir con obligaciones de deuda.

Fundamentos legales y encuadre fiscal del anticipo

El decreto se apoya en el artículo 124 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), que faculta al Ministerio de Economía a acordar con las provincias anticipos a cuenta de las participaciones en impuestos nacionales sujetos a distribución, en el marco del Régimen de Coparticipación Federal establecido por la Ley N° 23.548 y sus modificatorias.

En los considerandos, el Poder Ejecutivo señala que el Gobierno de Entre Ríos “se ve impedido, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de su presupuesto de gastos y amortización de deudas”, lo que torna necesario “procurar soluciones inmediatas a las dificultades financieras transitorias” que atraviesa la provincia.

Si bien la ley establece que estos anticipos deben ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, también habilita al Poder Ejecutivo Nacional a ampliar el plazo de devolución, sin exceder el ejercicio fiscal en que se conceden. En este caso, se dispuso que la cancelación opere durante el Ejercicio Fiscal 2026, con devengamiento de intereses desde la fecha de desembolso hasta su efectiva devolución.

Condiciones de devolución e impacto sobre la coparticipación

El artículo 2° del decreto faculta a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a disponer la cancelación del anticipo, con más los intereses calculados sobre la base de la Tasa Mayorista de Argentina (TAMAR). La devolución se realizará mediante la afectación de la participación de Entre Ríos en el régimen de coparticipación de la Ley N° 23.548, o el régimen que lo sustituya, así como de otros recursos coparticipables sin afectación específica.

Para instrumentar el mecanismo, la provincia deberá autorizar expresamente a la Secretaría de Hacienda a retener de manera automática los fondos coparticipables necesarios para cancelar el monto anticipado y los intereses correspondientes. Además, la Contaduría General de la Nación registrará la erogación como un anticipo de fondos de la Tesorería General de la Nación, imputando el importe a la cuenta de la provincia.

Desde el punto de vista fiscal, el esquema implica un adelanto de liquidez inmediata para Entre Ríos, pero también un compromiso financiero para 2026, dado que las retenciones futuras impactarán sobre los recursos de libre disponibilidad de la provincia durante el próximo ejercicio.

Repercusiones políticas y económicas

La decisión del Poder Ejecutivo de habilitar un anticipo de esta magnitud refuerza el rol del Gobierno nacional como financiador de última instancia frente a tensiones de caja provinciales, especialmente en momentos críticos como el cierre del año, cuando se concentran obligaciones salariales y financieras, como el pago de aguinaldos y vencimientos de deuda.

Al mismo tiempo, el mecanismo pone en evidencia las limitaciones estructurales de las finanzas provinciales y la dependencia de los recursos coparticipables. Para Entre Ríos, el anticipo permite evitar un escenario de incumplimientos inmediatos, aunque traslada parte del ajuste al ejercicio siguiente, cuando deberá absorber las retenciones automáticas y el costo financiero asociado a la tasa TAMAR.

En el plano institucional, el decreto se inscribe dentro de las facultades del Poder Ejecutivo Nacional previstas por la Constitución Nacional y la legislación presupuestaria, y vuelve a poner en agenda el debate sobre la sostenibilidad fiscal de las provincias y el uso de adelantos de coparticipación como herramienta de administración de crisis transitorias.

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