economía argentina

El mercado de motos cerró 2025 con un salto del 33,8% y más de 650 mil unidades patentadas

Compartí esta noticia !

El mercado argentino de motovehículos cerró 2025 con un fuerte repunte en los patentamientos y consolidó uno de los mejores desempeños de los últimos años. Impulsado por un sólido cierre en diciembre, el sector alcanzó un total de 650.325 motos 0km registradas, lo que representa un crecimiento interanual del 33,8% respecto de 2024, según informó la División Motovehículos de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA). El dato confirma la recuperación del segmento en un contexto económico aún desafiante y refuerza el rol de la moto como alternativa de movilidad y herramienta de trabajo.

En diciembre de 2025 se patentaron 60.078 motovehículos, un 20% más que en el mismo mes de 2024, cuando se habían registrado 50.060 unidades. En la comparación mensual, el incremento fue del 15% frente a noviembre, que había cerrado con 52.257 patentamientos.

Un cierre de año en alza y un mercado que consolida la recuperación

El desempeño de diciembre fue clave para consolidar el balance anual. Con las 60.078 unidades del último mes, el mercado superó ampliamente las 486.061 motos patentadas en todo 2024, cerrando el año con 650.325 unidades, de acuerdo con los datos oficiales de ACARA.

La evolución positiva se explica tanto por la mejora en la demanda como por una mayor disponibilidad de modelos y marcas en los concesionarios. En términos intermensuales, el salto del 15% refleja un cierre de año dinámico, habitual en el sector, pero que en esta oportunidad se dio sobre una base ya elevada de patentamientos.

Cambios en el ranking de marcas y fuerte competencia entre los modelos líderes

En cuanto a la participación por marcas, Honda mantuvo el liderazgo del mercado en diciembre con 11.608 unidades patentadas. En el segundo lugar se ubicó Motomel, que retomó esa posición con 7.864 unidades, desplazando a Gilera, que quedó tercera con 7.517.

El cuarto puesto fue para Corven, con 5.820 unidades, un avance significativo frente al mes anterior, mientras que Zanella cerró el top cinco con 5.443 patentamientos. Keller, con 5.264 unidades, quedó fuera de los primeros cinco lugares.

También se registraron novedades relevantes en el ranking de modelos. Tras haber quedado segunda en noviembre, la Honda Wave 110 volvió a liderar en diciembre con 5.801 unidades, seguida por la Gilera Smash, que registró 5.241 patentamientos. El tercer lugar fue para la Keller KN 110-8, con 4.420 unidades, seguida por la Motomel B110 (4.320) y la Corven Energy 110, que cerró el mes con 4.000 unidades.

Sin embargo, en el acumulado anual el liderazgo fue para Gilera Smash, que finalizó 2025 como la moto más patentada del país, con 58.402 unidades, superando a la Honda Wave 110, que alcanzó 56.283 patentamientos en todo el año. El dato refleja una competencia cada vez más ajustada en el segmento de motos de baja cilindrada, el más demandado del mercado.

Impacto sectorial y señales para 2026

El crecimiento del mercado de motos durante 2025 tiene implicancias directas para la industria, la red de concesionarios y las economías regionales vinculadas a la comercialización y el servicio posventa. El fuerte peso de los modelos de entrada de gama confirma el rol de la moto como bien de movilidad accesible y como herramienta clave para actividades laborales, especialmente en contextos de restricción del crédito y elevados costos del transporte.

Desde ACARA destacaron que el informe completo de diciembre y del acumulado anual incluye el desglose por marca, modelo y región geográfica, lo que permite observar un desempeño heterogéneo entre provincias, pero con una tendencia generalizada al alza.

Con un crecimiento cercano al 34% interanual, el cierre de 2025 deja una base alta para el próximo año y plantea el desafío de sostener el ritmo de patentamientos en un escenario económico que seguirá condicionado por variables macroeconómicas, costos y niveles de consumo.

Compartí esta noticia !

Expectativas en alza, pero con cautela, qué condiciona la inversión en Argentina

Compartí esta noticia !

Un informe privado detectó una mejora incipiente en las expectativas de inversión en Argentina, aunque advirtió que el interés de los inversores permanece fuertemente condicionado a la implementación de reformas estructurales, la evolución del escenario político y la capacidad del país de transformar el ajuste fiscal en crecimiento sostenido. El relevamiento señala que, si bien el clima inversor muestra señales de recomposición, la estabilidad institucional y la agenda de reformas siguen siendo determinantes para consolidar ese proceso en el mediano y largo plazo.

El diagnóstico surge del Índice y Análisis de Riesgo País de América Latina 2025, elaborado por la Fundación Libertad y la Universidad Internacional de Florida, que mide percepciones de expertos regionales a través de una escala de 1 a 5. El documento describe a la Argentina como “un país en transición”, atravesado por costos económicos y sociales visibles, definiciones políticas pendientes y un escenario de inversión que empieza a recomponerse, pero aún lejos de una consolidación plena.

Inversión de largo plazo, con cautela y condiciones

Según el informe, el 63,3% de los especialistas recomienda invertir en Argentina bajo una perspectiva de largo plazo, una señal relevante en términos de expectativas, mientras que un 10% desaconseja directamente la inversión, al considerar que persisten riesgos estructurales que exceden el signo político del gobierno de turno.

El estudio remarca que el optimismo relativo se apoya en la corrección de desequilibrios macroeconómicos, pero advierte que la sustentabilidad de ese proceso depende de su traducción en crecimiento económico estable. En ese sentido, el documento subraya que la recuperación de expectativas no es automática ni garantizada, y que los inversores mantienen una postura de cautela ante la falta de definiciones de fondo en áreas clave.

La consolidación de un clima de negocios más favorable, según los expertos consultados, está atada a la capacidad del país de ofrecer reglas claras, previsibilidad normativa y estabilidad institucional, factores que siguen siendo evaluados con atención por los mercados.

Riesgo político, elecciones y gobernabilidad

En el plano político-institucional, el informe identifica a la polarización extrema y la desconfianza hacia la dirigencia como los principales ejes del riesgo país. En este marco, las elecciones legislativas aparecen como un punto crítico para el rumbo económico y regulatorio.

El análisis estima que el oficialismo necesitaría obtener entre el 40% y el 45% de los votos para facilitar la aprobación de leyes en el Congreso, reducir los bloqueos legislativos y disminuir el riesgo país, un indicador clave para el financiamiento y la inversión.

La lectura de los expertos es que la gobernabilidad legislativa será determinante para avanzar con reformas estructurales y sostener un programa económico consistente en el tiempo. Sin ese respaldo político, advierte el informe, el margen para consolidar expectativas positivas se reduce sensiblemente.

Economía real, empleo y reformas pendientes

En el frente económico, el relevamiento marca un cambio significativo en las preocupaciones dominantes: el desempleo desplazó a la inflación como el principal problema identificado por los especialistas. Si bien se reconoce una desaceleración en el ritmo de aumento de precios, el informe advierte que ese logro tuvo como contrapartida un estancamiento de la actividad económica y una mayor fragilidad laboral.

Los consultados coincidieron en que la sostenibilidad de las expectativas depende de la implementación de reformas estructurales clave, en particular en los planos laboral, previsional y tributario. Estas transformaciones son vistas como necesarias para mejorar la competitividad, reducir costos sistémicos y generar condiciones más favorables para la inversión productiva.

En el plano social, el estudio señala la existencia de una conflictividad latente, a la vez que advierte sobre el impacto del crimen organizado como un factor de riesgo adicional para la estabilidad y el clima de negocios.

Factores internacionales y agenda externa

A nivel internacional, el informe subraya la importancia estratégica de la relación de Argentina con Estados Unidos y el Fondo Monetario Internacional (FMI), actores centrales para el financiamiento, la credibilidad externa y el acceso a los mercados. Al mismo tiempo, identifica riesgos asociados a la competencia geopolítica entre Estados Unidos y China, un factor que también incide en las decisiones de inversión en América Latina.

En conjunto, el documento concluye que Argentina exhibe una ventana de oportunidad, pero que su aprovechamiento dependerá de decisiones políticas y económicas aún pendientes. El desafío central, según el análisis, será convertir el ajuste fiscal en crecimiento sostenido, empleo y estabilidad institucional, condiciones indispensables para que las expectativas de inversión se transformen en flujos reales de capital.

Compartí esta noticia !

El Gobierno extendió el beneficio en contribuciones patronales para colegios privados

Compartí esta noticia !

El Poder Ejecutivo Nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 el régimen especial de contribuciones patronales aplicable a los establecimientos educativos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial, con el objetivo de evitar un fuerte aumento de costos laborales que impactaría sobre las provincias y las familias. La medida fue oficializada mediante el Decreto 939/2025, firmado el 31 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026, con vigencia a partir del 1° de enero de 2026.

La decisión extiende lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 27.541, que excluye a estos empleadores del esquema general de contribuciones patronales, y se adopta tras informes técnicos favorables del Ministerio de Economía y del Ministerio de Capital Humano.

El marco normativo y los antecedentes de la prórroga

El decreto repasa un extenso entramado normativo que se inicia con el Decreto N° 814/2001, que había eliminado exenciones y reducciones en las contribuciones patronales y fijado nuevos niveles aplicables a los empleadores del sector privado, incluyendo a las instituciones educativas privadas comprendidas en las Leyes Nros. 13.047 y 24.049.

A lo largo de más de dos décadas, una sucesión de decretos suspendió transitoriamente la aplicación plena de ese régimen para los colegios privados, con el objetivo de evitar incrementos abruptos en las cargas laborales. Si bien el Decreto N° 814/01 fue derogado por el artículo 26 de la Ley N° 27.541, el Capítulo 3 del Título IV de esa ley mantuvo, en términos generales, los niveles de contribuciones vigentes en 2019.

Sin embargo, el artículo 24 de la Ley N° 27.541 excluyó expresamente de ese esquema a los establecimientos educativos privados incorporados a la enseñanza oficial hasta el 31 de diciembre de 2020, facultando al Poder Ejecutivo a prorrogar el beneficio “cuando así lo aconseje la situación económica del sector”. En uso de esa delegación legislativa, el Gobierno extendió el plazo en varias oportunidades, la última de ellas mediante el Decreto N° 68/2025, que lo había fijado hasta el 31 de diciembre de 2025.

Con el Decreto 939/2025, el Ejecutivo vuelve a ejercer esa facultad y extiende el régimen diferencial por un año más, hasta fines de 2026.

Impacto económico: costos laborales, provincias y aranceles

El texto oficial subraya que el principal costo operativo y financiero de los establecimientos educativos privados es el salarial, incluyendo las contribuciones patronales. En ese contexto, advierte que la aplicación plena del régimen general previsto en la Ley N° 27.541 durante 2026 hubiera generado un “incremento desmesurado” de las cargas patronales, con efectos más severos en las jurisdicciones alejadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires, debido a las diferencias regionales en los beneficios vigentes.

El decreto también pone el foco en el impacto fiscal indirecto sobre las provincias. La mayoría de los establecimientos educativos privados recibe aporte estatal, financiado exclusivamente por las jurisdicciones provinciales tras la transferencia de los servicios educativos dispuesta por la Ley N° 24.049. Un aumento de las contribuciones patronales, señala la norma, implicaría una mayor presión sobre los presupuestos provinciales, ya que esos aportes cubren no solo los salarios docentes sino también las cargas sociales asociadas.

En los casos en que los colegios no reciben aporte estatal, o lo hacen de manera parcial, el Gobierno advierte que el aumento de las contribuciones se trasladaría a los aranceles que pagan las familias, afectando su economía y la sustentabilidad de los establecimientos.

Servicio educativo y alcance institucional de la medida

Desde una perspectiva institucional, el Poder Ejecutivo sostiene que la aplicación del régimen general de contribuciones a las instituciones educativas privadas afectaría la prestación del servicio educativo, con un impacto negativo mayor en las regiones más necesitadas y en los establecimientos de menores recursos que atienden a sectores socialmente vulnerables.

Por ese motivo, y con base en los informes técnicos de las áreas competentes, el decreto concluye que resulta “indispensable” prorrogar el beneficio hasta el 31 de diciembre de 2026, preservando la continuidad del esquema diferencial.

En cumplimiento de la Ley N° 26.122, la medida será remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación, encargada de expedirse sobre la validez de los decretos dictados en ejercicio de delegaciones legislativas.

Compartí esta noticia !

Ley de Inocencia Fiscal: el Gobierno eleva hasta $100 millones el piso para delitos tributarios

Compartí esta noticia !

A través de un decreto publicado en el primer Boletín Oficial del año, el Gobierno nacional promulgó la Ley de Inocencia Fiscal (Ley 27.799), una reforma integral del Régimen Penal Tributario y del procedimiento fiscal que apunta a incentivar la exteriorización y el uso de los denominados “dólares del colchón”. La norma eleva de manera sustancial los montos mínimos para la configuración de delitos tributarios, redefine los criterios de denuncia penal, acota los plazos de prescripción y crea un régimen de declaración jurada simplificada con efecto liberatorio, modificando de forma estructural la relación entre contribuyentes y el Estado.

La ley fue sancionada por el Congreso el 26 de diciembre de 2025 y entró en vigencia con su publicación oficial el 2 de enero de 2026. El texto introduce cambios profundos tanto en el Régimen Penal Tributario, establecido por la ley 27.430, como en la ley de procedimiento fiscal 11.683, el Código Civil y Comercial de la Nación y normas vinculadas a la seguridad social.

Reforma del Régimen Penal Tributario: suben los pisos y se redefine la acción penal

El núcleo de la Ley 27.799 está en la actualización de los montos a partir de los cuales se configuran delitos tributarios. En el artículo 1°, la norma sustituye el piso de punibilidad por evasión simple, que pasa de $1,5 millones a $100 millones. En el caso de evasión agravada, el umbral se eleva de $15 millones a $1.000 millones, mientras que otros supuestos relevantes aumentan de $2 millones a $200 millones y de $1,5 millones a $100 millones, según el tipo penal involucrado.

También se incrementan de forma significativa los montos mínimos vinculados a retenciones y percepciones indebidas, con nuevos valores que oscilan entre $7 millones y $35 millones, y se ajustan los importes aplicables a infracciones formales y sanciones accesorias.

Uno de los cambios más relevantes es la sustitución del artículo 16 del Régimen Penal Tributario. A partir de ahora, la administración tributaria no formulará denuncia penal cuando el contribuyente cancele de manera incondicional y total las obligaciones evadidas, junto con sus intereses, antes de la denuncia, beneficio que podrá otorgarse por única vez por persona humana o jurídica. Además, si la acción penal ya estuviera iniciada, esta se extinguirá si el contribuyente regulariza la deuda más un importe adicional del 50%, dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación de la imputación penal.

La ley también aclara que esta modalidad específica de extinción penal no se rige por el artículo 59, inciso 6, del Código Penal, y establece que la acción penal tributaria no proseguirá cuando se encuentren prescriptas las facultades del organismo recaudador para determinar los tributos.

Procedimiento fiscal, prescripción y seguridad jurídica para los contribuyentes

En paralelo, la norma introduce una reforma de amplio alcance en la ley 11.683, con una actualización masiva de multas formales, que pasan de valores simbólicos a montos que van desde $220.000 hasta $10.000 millones, según el tipo de infracción.

Uno de los ejes centrales es la redefinición de los plazos de prescripción. En general, las acciones del Fisco para determinar y exigir impuestos prescriben a los cinco años, pero se reducen a tres años cuando el contribuyente inscripto presentó la declaración jurada en término y regularizó el saldo, siempre que no exista una discrepancia significativa. Esta se define con precisión: diferencias superiores al 15%, montos que superen el nuevo umbral penal o el uso de documentación apócrifa.

La ley unifica criterios y extiende este esquema a tributos provinciales, municipales y a los aportes y contribuciones a la seguridad social, introduciendo modificaciones en las leyes 23.660, 23.661 y 14.236, y en el Código Civil y Comercial, que fija un plazo general de prescripción de cinco años, salvo excepciones expresas.

Declaración jurada simplificada y efecto liberatorio: incentivo a la formalización

Otro pilar de la Ley de Inocencia Fiscal es la creación de un Régimen de Declaración Jurada Simplificada del impuesto a las ganancias. Podrán adherir personas humanas y sucesiones indivisas con ingresos de hasta $1.000 millones anuales y un patrimonio total de hasta $10.000 millones, siempre que no sean considerados grandes contribuyentes.

Una vez aceptada la declaración propuesta por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero y efectuado el pago correspondiente, el contribuyente obtiene efecto liberatorio total, tanto formal como material, respecto del impuesto a las ganancias del período fiscal. Además, se establece una presunción de exactitud, sin admitir prueba en contrario, para ganancias e IVA de los períodos no prescriptos, salvo que el organismo detecte discrepancias significativas.

La norma dispone que, mientras rija esta presunción, los contribuyentes quedan liberados de toda acción civil y penal tributaria, aduanera e infraccional, reforzando el objetivo de previsibilidad y reducción del riesgo penal.

Uso de dólares no declarados y nuevo vínculo fiscal

Desde el punto de vista económico, la Ley 27.799 busca reducir el incentivo a la informalidad y facilitar el ingreso al circuito formal de capitales no declarados, al elevar los riesgos penales solo para casos de magnitud significativa y ofrecer mecanismos claros de regularización. El fuerte aumento de los umbrales penales y la posibilidad de extinguir la acción penal mediante el pago refuerzan la señal de inocencia fiscal para contribuyentes de menor y mediana escala.

En el plano institucional, la norma redefine el rol del Estado en materia de persecución penal tributaria, priorizando la recaudación efectiva por sobre la judicialización, y establece reglas más claras sobre prescripción, fiscalización y sanciones. Además, invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar regímenes simplificados similares, alineando criterios en todo el sistema tributario.

La ley prevé que todos los montos serán actualizados anualmente por la variación de la UVA a partir del 1° de enero de 2027, mecanismo que busca evitar la licuación inflacionaria de los umbrales y sanciones.

Ley de Inocencia Fiscal by CristianMilciades

Compartí esta noticia !

El Gobierno oficializó el Presupuesto 2026 con eje en el superávit fiscal y una inflación proyectada del 10,1%

Compartí esta noticia !

El Gobierno nacional promulgó la Ley de Presupuesto 2026 (Ley 27.798), que fija gastos totales por $148 billones, un superávit primario del 1,5% del PBI y un resultado financiero positivo del 0,2%. La norma, sancionada por el Congreso el 26 de diciembre y publicada en el primer Boletín Oficial del año, establece además una inflación anual proyectada del 10,1%, un dólar a $1.423 para diciembre de 2026 y un crecimiento económico del 5%. El texto redefine prioridades de gasto, consolida el sendero fiscal y anticipa impactos clave sobre educación, jubilaciones, salud y el frente externo.

La oficialización del Presupuesto 2026 se concretó mediante decreto del Poder Ejecutivo, luego de la aprobación legislativa en el Senado con 46 votos a favor, 25 en contra y una abstención. La ley se presenta como la hoja de ruta económica y financiera del Estado nacional para el próximo ejercicio y busca dotar de previsibilidad a la política fiscal, monetaria y cambiaria.

Marco macroeconómico y metas fiscales: superávit, crecimiento y tipo de cambio

El Presupuesto 2026 proyecta un crecimiento del Producto Bruto Interno (PBI) del 5%, acompañado por una inflación anual del 10,1%, en línea con un escenario de desaceleración inflacionaria. En materia cambiaria, el texto fija un tipo de cambio de $1.423 por dólar para diciembre de 2026, variable clave para el comercio exterior y la planificación de inversiones.

En el plano fiscal, la norma establece gastos totales por $148 billones, con un superávit primario del 1,5% del PBI y un superávit financiero del 0,2%, consolidando el objetivo de equilibrio de las cuentas públicas. Según la ley, este resultado se apoya en una administración más estricta del gasto y en una expansión moderada de los recursos.

Las exportaciones aparecen como uno de los motores del crecimiento proyectado: el Presupuesto prevé un incremento del 10,6% interanual hacia finales de 2026, en un contexto de recuperación de la actividad y mejora del frente externo.

Asignación del gasto: universidades, jubilaciones, salud y educación

Entre los principales destinos del gasto, el Presupuesto 2026 asigna $4,8 billones a las universidades nacionales, garantizando su financiamiento operativo y de programas especiales. El texto también contempla un aumento del 5% en el gasto previsional, en un escenario de contención del déficit y revisión de compromisos del sistema jubilatorio.

En el área social, se destacan incrementos reales en partidas sensibles: el gasto en Salud crecerá un 17%, mientras que Educación recibirá un aumento del 8%, con impacto directo sobre programas, transferencias y funcionamiento del sistema educativo.

Estos lineamientos reflejan una priorización selectiva del gasto, orientada a sostener áreas consideradas estratégicas, en paralelo con el compromiso de mantener el resultado fiscal positivo.

PRESUPUESTO 2026 Ley 27798 by CristianMilciades

Previsibilidad y señales al mercado

Desde una perspectiva institucional, la sanción y promulgación del Presupuesto 2026 refuerza el rol del Congreso en la definición de la política económica anual y aporta previsibilidad al sector público y privado. La fijación de metas explícitas de inflación, tipo de cambio y resultado fiscal funciona como señal para inversores, provincias y agentes económicos.

En términos políticos, la aprobación con mayoría en el Senado, aunque con votos negativos, evidencia un escenario de debate intenso en torno al ajuste del gasto, la sostenibilidad del superávit y la distribución de recursos. Los sectores más directamente impactados por la norma serán el sistema universitario, los beneficiarios del sistema previsional, el sector salud, el educativo y las actividades exportadoras, que operarán bajo los supuestos macroeconómicos fijados por la ley.

Hacia adelante, la ejecución del Presupuesto será clave para evaluar la consistencia entre las proyecciones oficiales y la dinámica real de la economía, en un año en el que el equilibrio fiscal y la desaceleración inflacionaria se consolidan como ejes centrales de la política económica.

anexo PRESUPUESTO 2026 Ley 27798 by CristianMilciades

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin