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ARCA reglamentó el uso de BOPREAL para pagar impuestos y tributos aduaneros

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Con un tope de USD 1.000 millones, la normativa fija plazos, mecanismos y condiciones para aplicar los bonos emitidos por el BCRA como medio de pago ante ARCA.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), dependiente de la AFIP, reglamentó el uso de los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL) como instrumento de dación en pago de obligaciones impositivas y aduaneras. Las Resoluciones Generales 5713 y 5714, publicadas este martes en el Boletín Oficial, definen tanto los aspectos operativos como los límites de aplicación de los BOPREAL, particularmente de la Serie 4A, para el cumplimiento de deudas tributarias.

Qué establece la Resolución 5713: límite, plazos y procedimiento

La Resolución General 5713/2025 reglamenta lo dispuesto en el Decreto 384/2025 y habilita el uso de los BOPREAL Serie 4A, emitidos por el BCRA bajo la Comunicación “A” 8233. Estos bonos podrán aplicarse a la cancelación de impuestos nacionales y tributos aduaneros hasta un monto total de USD 1.000 millones, en el período comprendido entre el 30 de abril y el 31 de octubre de 2028.

La transferencia de los bonos deberá realizarse a través de un Participante de Caja de Valores S.A., con destino a la cuenta comitente N° 338958191 de titularidad de ARCA en el Banco Nación (Sucursal 0085), bajo el número de depositante 1128. Las transferencias serán irrevocables y no se permitirán en fechas de pago de intereses o amortizaciones por parte del BCRA.

Resolución 5714: ajustes al régimen general de dación en pago

Por su parte, la Resolución General 5714/2025 modifica la RG 5675, que había establecido el marco operativo para el uso de BOPREAL conforme al Decreto 72/2023. Esta nueva disposición unifica criterios operativos y reafirma la obligatoriedad de transferir los bonos a la misma cuenta comitente en el Banco Nación, según las condiciones estipuladas por la Resolución 5469.

Cómo se calcula el valor en pesos de los BOPREAL

Uno de los puntos clave de la RG 5713 es el mecanismo para determinar el valor técnico en pesos de los bonos, que se calculará combinando dos referencias:

  1. Tipo de cambio implícito promedio de los últimos 5 días hábiles, calculado a partir de las tres especies de títulos públicos más negociadas en BYMA con liquidación inmediata (PPT).
  2. Tipo de cambio y valor técnico oficial informados por el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500.

La Caja de Valores S.A. será la encargada de informar a ARCA la nómina de bonos transferidos, mediante el formulario de declaración jurada N° 1.400, cuyos datos serán utilizados para su registración como Bonos Electrónicos a favor del contribuyente.

Los contribuyentes deberán ingresar al servicio web “Administración de Incentivos y Créditos Fiscales” mediante Clave Fiscal nivel 3 o superior para consultar e imputar los bonos. Estos serán intransferibles y no negociables, y solo podrán aplicarse al pago de deudas propias, sin generar créditos de libre disponibilidad ni devoluciones.

La imputación será posible desde el día hábil siguiente a la transferencia y hasta el 31 de diciembre de 2033, incluyendo su uso para operaciones aduaneras vía el sistema SIM Malvina, mediante la creación automática de un identificador como Medio de Pago IV.

Excedentes y anticipos: qué pasa si sobra crédito

Si los BOPREAL se imputan a anticipos y estos resultan mayores que el impuesto determinado, el excedente podrá trasladarse a futuras obligaciones, siempre dentro del plazo de vigencia. Para ello, el beneficiario deberá presentar una nota digital a través del servicio de Presentaciones Digitales, detallando la declaración jurada original y el destino del crédito residual.

La reglamentación del uso de BOPREAL fortalece la estrategia de saneamiento fiscal del Gobierno Nacional, al tiempo que otorga a empresas y grandes contribuyentes una vía alternativa para cumplir sus compromisos con el fisco, utilizando bonos dolarizados. Este esquema también podría generar mayor volumen en el mercado de títulos públicos y un nuevo canal de demanda institucional para emisiones del BCRA.

En términos de política económica, se consolida así un mecanismo de absorción de pesos y canalización de divisas, con impacto potencial sobre la recaudación, la liquidez y el tipo de cambio implícito en el mercado financiero local.

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Armas: Milei flexibiliza el acceso a semiautomáticas y delega controles

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El Gobierno nacional modificó por decreto la reglamentación sobre tenencia y portación de armas de fuego, con el objetivo de modernizar, simplificar y redefinir los criterios de control según el tipo de usuario. También flexibilizó el régimen de acceso a armas semiautomáticas de uso militar para legítimos usuarios bajo autorización especial de la ANMAC.

Mediante los decretos 409/2025 y 397/2025, se reformulan los criterios de autorización y control sobre armas de fuego. Se simplifican los trámites para fuerzas en actividad y se habilita la adquisición de armas semiautomáticas bajo autorización especial.

Cambios clave en la reglamentación de la Ley Nacional de Armas

A través del Decreto 409/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Ejecutivo introdujo modificaciones sustanciales a la reglamentación de la Ley 20.429, que regula la tenencia, portación y uso de armas de fuego en el país. La normativa apunta a modernizar el sistema vigente, adaptándolo a los desafíos actuales de seguridad y eficiencia administrativa.

El texto establece:

  • La diferenciación entre usuarios civiles y fuerzas en actividad respecto de la vigencia de las credenciales.
  • Que los jefes de cada fuerza autoricen la portación de armas particulares de sus efectivos, sin trámite adicional ante la ANMAC.
  • Un control más estricto para civiles, asociaciones de tiro y aeronaves civiles, con trazabilidad e inventarios obligatorios.

Fuerzas armadas y de seguridad: menos burocracia, más control interno

Uno de los cambios más relevantes es la delegación del otorgamiento de autorizaciones de portación a las autoridades institucionales de las Fuerzas Armadas, fuerzas policiales, penitenciarias y de seguridad federales y provinciales.

Esto significa que ya no será necesario el trámite anual ante la ANMAC para quienes estén en actividad. En su lugar, se implementará un régimen de portación prolongada sujeto a control interno, con la obligación de reportar las altas y bajas al organismo nacional.

Además, las credenciales no vencerán automáticamente cada cinco años para este grupo, como ocurría antes, sino que solo podrán ser revocadas por solicitud fundada de la fuerza a la que pertenece el efectivo.

En contraste, los usuarios civiles comunes y miembros de asociaciones de tiro continuarán bajo control directo de la ANMAC. Se enfatiza un criterio restrictivo para la portación de armas de guerra, que solo podrá concederse con justificación fundada, documentación probatoria de riesgo y evaluación técnica.

Las asociaciones de tiro deberán mantener inventarios actualizados de armamento y municiones, y reportar a la agencia nacional cualquier cambio en la nómina de socios.

Acceso a armas semiautomáticas: régimen especial bajo control de ANMAC

Mediante el Decreto 397/2025, el Gobierno derogó la prohibición general sobre la adquisición de armas semiautomáticas tipo fusil o carabina de uso militar por parte de civiles. En su reemplazo, se estableció un régimen de autorización especial a cargo de la ANMAC, que analizará cada caso en función de usos deportivos acreditados y condiciones objetivas.

Estas armas, que habían sido restringidas desde el Decreto 64/1995, ahora podrán ser incorporadas por legítimos usuarios que cumplan los nuevos requisitos, aunque bajo un régimen de control riguroso y discrecional por parte de la autoridad de aplicación.

Simplificación administrativa y poder de policía estatal

Ambos decretos forman parte de una estrategia de reforma administrativa más amplia, que busca desburocratizar procedimientos y ajustar los controles a los perfiles de riesgo de cada tipo de usuario. El Ejecutivo argumenta que la nueva estructura fortalece la eficiencia sin debilitar la capacidad del Estado para ejercer el poder de policía sobre materiales controlados.

En provincias con fuerte presencia de personal de fuerzas federales y provinciales, como Misiones, estas modificaciones podrían agilizar los procesos de renovación de credenciales y reducir la carga operativa para los efectivos activos. También implican mayores responsabilidades para las jefaturas locales en términos de evaluación, seguimiento y reporte ante la ANMAC.

Por otro lado, los clubes de tiro y usuarios civiles deberán adaptarse a los nuevos requerimientos documentales y de trazabilidad, con eventuales inspecciones y sanciones ante incumplimientos.

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“La elección ya pasó debemos seguir trabajando para adelante”, dijo “Chun” Barreto

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Afirmó el intendente de Montecarlo Julio César “Chun” Barreto al reconocer que la Renovación ganó no con el resultado esperado.

Barreto fue uno de los intendentes que se impuso en forma contundente en su municipio donde se eligieron concejales. En este sentido su sublema logró el 48,62 % de los votos.

“Sentí un fuerte apoyo”. El intendente de Montecarlo Julio César “Chun” Barreto sostuvo que las elecciones en la provincia se realizaron “en un contexto difícil donde hubo varias ofertas electorales.  La Renovación volvió a imponerse, probablemente no de manera importante como se pensaba, pero es una victoria al fin”.

“Seguramente se harán los análisis correspondientes para fortalecer lo que hay que fortalecer, corregir lo que hay que corregir y seguir trabajando para gobernar con la mayor sabiduría a todos los misioneros”.

Barreto dijo que “la elección terminó, ahora hay que trabajar para adelante”. “Con respecto a lo local, obviamente que estamos contentos, fue una gran elección donde sentí el importante respaldo de la comunidad”. “Aquí fue un resultado importante para para nosotros, no solamente por haber renovado la banca, haber conseguido una diferencia importante que nos da mucha responsabilidad y con mucha humildad vamos a trabajar como para seguir mejorando la calidad de vida de los montecarlenses

Barreto está convencido que el Frente Renovador se recompondrá a través de una seguramente una revisión interna de los aciertos y de los errores”. “Cuando se trabaja de manera colectiva, a veces que hay cosas que salen muy bien, otras no están bien y hay eh circunstancias que hacen de que uno pueda mejorar lo que tenga que mejorar y sin dudas creo que en este sentido la Renovación cada vez que ha tenido una situación similar a esta como la del 2013, ha revisado cuestiones para dentro y automáticamente en la próxima elección que fue para elegir gobernador e intendentes tuvo una gran elección. Creo que será así, tengo mucha fe en este equipo, hay enormes recursos humanos, además de que la gestión de la Renovación en estos 20 años ha sido muy significativa para los misioneros y creo que eso en su gran mayoría se va a valorar”.

“Además tenemos un gran gobernador, es un Hugo Passalacqua cuya imagen está muy alta. Es un hombre que siempre está abierto al diálogo, a escuchar y eso es muy importante. Ese tipo de gobernante es el que necesitan los misioneros y gracias a Dios lo tenemos. Escuchar, dialogar, sembrar paz en las comunidades que tanto se necesita, estoy seguro de que en definitiva la Renovación va a recuperarse más allá de que en esta elección hemos ganado”.
El Intendente de Montecarlo sostuvo que en la Renovación hay diálogo abierto. “Siempre se habla con los intendentes, se aceptan sugerencia las construcciones se hacen en conjunto”.
Barreto confirmó una reunión de intendentes del norte para este miércoles en Motejarlo. “Es la reunión mensual que tenemos los intendentes donde trabajamos en conjunto para mejorar las gestiones, ayudarnos mutuamente, hacer críticas constructivas hacia dentro de manera institucional que nos permitan trabajar en conjunto para mejorar las actividades que tenemos en el norte de la provincia”.

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Milei disuelve el Fideicomiso PPP y el fondo de subsidio al gas envasado

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El Gobierno nacional oficializó la disolución de dos fondos fiduciarios clave: el Fideicomiso PPP para la Red de Autopistas y Rutas Seguras y el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de GLP. Mediante el Decreto 415/2025, se busca avanzar en la reorganización del Estado, en línea con la Ley Bases y los objetivos de eficiencia fiscal.

A través del Decreto 415/2025, el Ejecutivo liquida el Fideicomiso PPP y el fondo de subsidios al consumo de gas envasado. El Programa Hogar continuará operativo bajo nueva estructura y se garantizan los pagos de deuda con BICE como agente.

Avanza la reorganización de fondos fiduciarios

El presidente Javier Milei firmó este martes el Decreto 415/2025, por el cual se dispone la disolución de dos instrumentos financieros estatales:

  • El FIDEICOMISO INDIVIDUAL PPP RED DE AUTOPISTAS Y RUTAS SEGURAS (PPP RARS)
  • El FONDO FIDUCIARIO PARA SUBSIDIOS DE CONSUMOS RESIDENCIALES DE GLP

Ambas estructuras serán liquidadas por el Ministerio de Economía conforme a los procedimientos definidos por el Decreto 695/2024 y la Resolución 796/2024. La medida se inscribe en las facultades delegadas al Ejecutivo por el artículo 5 de la Ley 27.742 (Ley Bases), que autoriza la disolución o transformación de fondos fiduciarios públicos.

El Fideicomiso PPP, sin contratos y con $85.000 millones en obligaciones

El fideicomiso PPP RARS fue creado en 2018 para canalizar inversiones en corredores viales mediante participación público-privada. Sin embargo, tras la extinción de todos los contratos PPP en 2020, el único objetivo del fondo quedó limitado al pago de los Títulos de Pago por Inversión (TPI) emitidos a contratistas adjudicados.

Dichos títulos, emitidos en dólares y con vencimientos semestrales, implican una deuda remanente de $84.954 millones. La SIGEN advirtió sobre deficiencias de trazabilidad en los beneficiarios de los TPI y la ausencia de mecanismos adecuados de control.

El decreto establece que el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) será designado agente de pago, y se autoriza al Ministerio de Economía a ofrecer el rescate anticipado de los títulos.

El Programa Hogar sigue, pero sin fondo fiduciario

Por otro lado, se disuelve también el Fondo Fiduciario creado por la Ley 26.020 para subsidiar el consumo de gas licuado de petróleo (GLP) en hogares vulnerables. No obstante, el Programa Hogar, que subsidia la compra de garrafas, continuará vigente bajo administración directa del Estado.

La Secretaría de Energía será responsable de definir los criterios de inclusión y coordinar con ANSES la identificación de beneficiarios, en base a cruces de datos y registros domiciliarios. La liquidación y el pago de los subsidios estarán a cargo de ANSES, que operará con fondos transferidos por el Ministerio de Economía.

Ambos procesos de disolución deberán respetar las responsabilidades pendientes de los fiduciarios. La normativa asegura la continuidad de los pagos y la producción de información durante la transición. La Jefatura de Gabinete deberá realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.

La SIGEN ya había cuestionado la falta de manuales operativos, indicadores y trazabilidad en ambos fondos, lo que refuerza el argumento oficial sobre la necesidad de simplificar estructuras administrativas y mejorar la eficiencia del gasto público.

Implicancias para provincias como Misiones

En provincias con alta dispersión poblacional y baja cobertura de redes de gas, como Misiones, la continuidad del Programa Hogar sin el andamiaje fiduciario será clave para garantizar el acceso a garrafas subsidiadas. La redefinición de criterios y el nuevo esquema operativo exigirán coordinación efectiva entre Nación y beneficiarios locales.

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El Gobierno reglamenta la digitalización de las privatizaciones con CONTRAT.AR y SUBAST.AR

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El Gobierno nacional oficializó la implementación de un nuevo sistema digital para gestionar electrónicamente las licitaciones y concursos públicos vinculados a procesos de privatización. A través del Decreto 416/2025, se instruyó a la Oficina Nacional de Contrataciones a adaptar el sistema CONTRAT.AR y establecer SUBAST.AR como plataforma obligatoria para remates públicos, en el marco de la Ley Bases y la Ley de Reforma del Estado.

El Decreto 416/2025 reglamenta el uso obligatorio de plataformas digitales como CONTRAT.AR y SUBAST.AR para las ventas de activos de empresas estatales. Buscan garantizar transparencia, agilidad y máxima concurrencia en los procesos.

En línea con los artículos 8 y 9 de la Ley 27.742 —conocida como Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos— y con el régimen histórico de la Ley 23.696 de Reforma del Estado, el Poder Ejecutivo avanza en la digitalización de los mecanismos de privatización.

El Decreto 416/2025, firmado por el presidente Javier Milei, establece que todos los procedimientos para la venta de activos, acciones, establecimientos productivos o concesiones estatales deberán realizarse en forma electrónica mediante dos plataformas oficiales: el sistema CONTRAT.AR (para licitaciones y concursos) y el sistema SUBAST.AR (para remates públicos).

Qué se privatiza, cómo y bajo qué marco legal

El marco normativo vigente habilita al Ejecutivo a avanzar con la privatización total o parcial de empresas donde el Estado tenga participación mayoritaria. Entre las modalidades habilitadas por ley se contemplan:

  • Venta de activos como unidad o por partes.
  • Colocación de acciones en el mercado local o internacional.
  • Administración con o sin opción de compra.
  • Concesiones, licencias y permisos.

La Ley 27.742 exige que estos procesos se desarrollen con principios de transparencia, máxima concurrencia, competencia leal y publicidad adecuada, promoviendo el gobierno abierto y el uso eficiente de los recursos públicos.

Sistemas digitales obligatorios: CONTRAT.AR y SUBAST.AR

El decreto encomienda a la Oficina Nacional de Contrataciones —dependiente de la Jefatura de Gabinete— la implementación de un nuevo módulo dentro del sistema CONTRAT.AR, adaptado específicamente para las privatizaciones. Este módulo permitirá realizar electrónicamente todos los procedimientos de:

  • Licitación pública
  • Concurso público
  • Venta de acciones o unidades productivas

Para los remates públicos, se utilizará obligatoriamente la plataforma SUBAST.AR, integrada al sistema COMPR.AR, que ya opera en el ámbito estatal para compras públicas.

A partir de la entrada en vigencia del decreto, toda persona o empresa interesada en participar en estos procesos deberá registrarse y validarse como usuario externo en el sistema CONTRAT.AR o como oferente en SUBAST.AR, según corresponda. No será necesario estar inscripto en registros de contratistas estatales, lo que busca facilitar la participación y ampliar la base de oferentes.

El Ejecutivo deberá informar todos los procesos a la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y Seguimiento de las Privatizaciones del Congreso Nacional. Esta instancia legislativa tiene competencia para supervisar los mecanismos y garantizar el cumplimiento de los principios rectores establecidos por las leyes de reforma y desregulación.

La medida apunta a acelerar los tiempos de ejecución de privatizaciones, reducir la burocracia y facilitar la participación de actores nacionales e internacionales. La digitalización de los procesos es vista como un paso clave para reforzar la transparencia y evitar maniobras discrecionales.

En provincias con fuerte presencia de empresas estatales o infraestructura pública relevante, como Misiones, se espera una mayor apertura de información sobre los activos disponibles para privatización y condiciones de participación a través de estas plataformas.

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