FALLO

Perpetua para los 10 represores imputados en la causa Guerrieri III en Rosario

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Son los militares retirados Oscar Guerrieri, Juan Daniel Amelong, Alberto Pelliza, Jorge Fariña y Marino Héctor González, y los ex agentes civiles de inteligencia Eduardo Costanzo, Walter Pagano, Ariel López, Juan Andrés Cabrera y Rodolfo Daniel Isach.

El Tribunal Oral Federal 1 de Rosario condenó hoy a la pena de prisión perpetua a los diez represores acusados de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en el marco de la causa denominada Guerrieri III.

Los delitos juzgados fueron perpetrados en perjuicio de 47 víctimas del terrorismo de Estado, de las cuales 24 siguen desaparecidas.
Los 10 condenados, entre ellos militares retirados y ex agentes civiles de inteligencia (PCI), operaron en el circuito represivo que comprendía los centros clandestinos de detención, torturas y exterminio conocidos como Quinta de Funes, escuela Magnasco, La Calamita y La Intermedia, en la órbita del Destacamento de Inteligencia 121 del Ejército en Rosario.
Los militares retirados Oscar Guerrieri, Juan Daniel Amelong, Alberto Pelliza, Jorge Fariña y Marino Héctor González, que integraron el Destacamento de Inteligencia 121, fueron condenados a prisión perpetua por los delitos de privación ilegal de la libertad, tormentos y homicidio.
La misma condena recibieron los ex agentes civiles de inteligencia (PCI) de ese destacamento Eduardo Costanzo, Walter Pagano, Ariel López, Juan Andrés Cabrera y Rodolfo Daniel Isach.
Querellantes, sobrevivientes y familiares de las víctimas que aguardaron el fallo junto a otros militantes de derechos humanos celebraron las condenas.
“Este fallo es una construcción de todos los que estamos acá. Sin la calle y las movilizaciones no tendríamos a estos genocidas condenados”, dijo Juane Basso, de HIJOS Rosario.
Por su parte, Norma Vermeulen, de Madres de Plaza 25 de Mayo de Rosario, destacó que los condenados “no son viejitos buenos”.
“Son más jóvenes que yo y son personas malvadas que tienen que pudrirse en la cárcel común. Que lo paguen, eso es importantísimo”, añadió emocionada.
La abogada Nadie Schujman, de la querella de HIJOS, dijo ante el centenar de personas que aguardaron el fallo bajo una persistente lluvia que “estas condenas resultado de la lucha colectiva de cientos, de muchos que no están, de familiares que ponen el cuerpo y de los sobrevivientes que hacen esto posible”.
“La sentencia fue la mejor manera de terminar esta semana en que ganamos todas las batallas: llenamos todas las calles del país para frenar el fallo de la Corte y logramos las diez cadenas perpetuas que pedimos en este juicio”.
Sabrina Gullino Valenzuela Negro, militante de HIJOS Rosario y querellante en la causa, opinó que esta fue “una sentencia ejemplar por toda la lucha que se viene dando en estos cuarenta años, donde hubo subidas y bajadas, pero el amor de las Madres, de las Abuelas, la tenacidad de mis hermanos, de mis compañeros de HIJOS, y de todos los sobrevivientes que con tanto valor, en momentos en que eran muchos más difíciles que ahora declarar, pudieron ir reconstruyendo lo que hoy son los juicios”.
“Nuestro pueblo es el que va a poder doblar el destino para poder encontrar a todos los hermanos que nos faltan y saber qué pasó con nuestros padres, que hoy son nuestros compañeros porque luchamos por su memoria”, declaró tras la lectura de la sentencia.
El espía civil Rodolfo Isach fue el único de los diez hoy condenados sin una condena anterior –en los juicios “Guerrieri I y II”-, ya que estuvo prófugo entre septiembre de 2009 y febrero de 2012, cuando fue capturado en una vivienda de la localidad balnearia de Ostende.
En su legajo, incorporado a la causa, figura una evaluación realizada en aquellos años por su superior, Guerrieri, quien destacó que Isach era “versátil, criterioso y subordinado”, lo que lo convertía en “un verdadero agente especial”.
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La Corte volverá a evaluar los casos del 2×1 tras la sanción de la ley

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La Corte Suprema de Justicia anunció este viernes (12/05) que los casos que aún tiene en trámite por la aplicación del 2×1 en el cómputo de las condenas por delitos de lesa humanidad serán evaluados ahora a partir de la nueva ley sancionada por el Congreso de la Nación.

En un breve comunicado, el máximo tribunal informó que instruyó a la Secretaría del Tribunal a que “reúna los expedientes” en trámite y que en la semana próxima “se procederá a correr vista a las partes, por el plazo de diez días, para que se expresen sobre la aplicación de la ley 27.362″.

La Corte se pronunció de esta forma luego de que el presidente Mauricio Macri promulgara hoy la ley aprobada por el Congreso en tiempo récord esta semana, que excluye a represores del beneficio del 2×1, mediante el decreto 329/2017 publicado en el Boletín Oficial.

La ley 27.362 estab lece que el cálculo del 2×1 “no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional”.

La norma determina también que el cómputo de penas de 2×1 “será aplicable solamente a aquellos casos en los que el condenado hubiere estado privado de su libertad en forma preventiva durante el período comprendido entre la entrada en vigencia y la derogación de aquella ley“, es decir entre 1994 y 2001.

El Congreso también determinó que esa limitación en la aplicación del 2×1 “será aplicable aún a las causas en trámite”.

“La idea es aplicar el nuevo marco jurídico que dio el Congreso para ordenar los criterios en los juicios y condenas a represores en toda la Justicia”, explicaron fuentes judiciales a Clarín.

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Concejales de Cambiemos en Puerto Rico se negaron a repudiar el fallo del 2×1 a favor de genocidas

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El concejal renovador Javier César Olivera presentó en la sesión de anoche en el Concejo Deliberante de Puerto Rico un proyecto de declaración en repudio al fallo de la Corte Suprema que benefició con el 2×1 a represores. Sin embargo, la iniciativa no prosperó por el rechazo de los ediles de la alianza Cambiemos, quienes se negaron a acompañar por “diferencias ideologías”

“Este fallo representa un nefasto precedente hacia el sistema democrático y con ello los derechos humanos, y la pretendida seguridad jurídica que intentamos todos los que actualmente ocupamos un función Pública, sirviendo esta declaración como faro esclarecedor para el poder judicial en todos sus ámbitos, de lo que se pretende como justo y debido. Como ha dicho Rudolf Von Ihering “un derecho ganado sin esfuerzo está en línea con los hijos que trae la cigüeña; lo que ha traído la cigüeña lo puede llevar el zorro o el buitre. Pero la madre que ha dado a luz el hijo, no se le deja robar, y tampoco se deja arrebatar un pueblo los derechos  e instituciones que ha tenido que lograr en sangriento trabajo”, por ello este Concejo Deliberante, se ve comprometido a expedirse en defensa de la historia y derecho de la comunidad”, instó el concejal ante el silencio de los ediles de la UCR, Osvaldo Gillij  y del PRO, Hugo Wolfart.

Olivera sostuvo que el fallo de la Corte “está en clara consonancia con el discurso y los actos de un poder político que el mismo 24 de marzo posó con mensajes miserables: “Nunca más a los negocios con los derechos humanos”, “Nunca más a la interrupción del orden democrático”. “Cuánto eufemismo, cuánto miedo a las palabras para no condenar el terrorismo de Estado ni el genocidio, para no llamarlos por su nombre. Sin duda el triunfo de Macri envalentonó a los negacionistas de los crímenes de la dictadura. Volvieron a discutir cifras de desaparecidos, a decir que hubo una “guerra sucia” y a promover la “teoría de los dos demonios”. En este momento los juicios están frenados, los avances son mínimos y hay temor de que muchos queden paralizados por completo. No es extraño con un presidente que no sabe ni le importa el número de desaparecidos durante la dictadura. También dijo que había sido una “guerra sucia”, pese a que la justicia determinó que aquí hubo un genocidio, que los represores ejercieron terrorismo de Estado y que sus crímenes son de lesa humanidad, o sea que no prescriben”, apuntó.

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Se promulgó la ley que excluye a represores del beneficio del 2×1

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El presidente Mauricio Macri promulgó la ley aprobada por el Congreso para que excluye a represores del beneficio del 2×1.

El jefe de Estado promulgó la norma mediante el decreto 329/2017 publicado hoy en el Boletín Oficial, que también lleva las firmas del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Justicia, Germán Garavano.

La ley 27.362, que fue sancionada por el Senado el pasado miércoles también fue publicada en el Boletín Oficial.

La norma fue respaldada por el oficialismo y la oposición y ratifica la validez de la ley 27.156, aprobada en 2015, que prohíbe todo tipo de indulto o conmutación de pena a represores.

Además, la ley afirma que el cálculo del 2×1 “no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional”.

La norma determina también que el cómputo de penas de 2×1 “será aplicable solamente a aquellos casos en los que el condenado hubiere estado privado de su libertad en forma preventiva durante el período comprendido entre la entrada en vigencia y la derogación de aquella ley”, es decir entre 1994 y 2001.

El Congreso también determinó que esa limitación en la aplicación del 2×1 “será aplicable aún a las causas en trámite”.

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El Superior Tribunal de Justicia ordenó investigar a tres jueces por desconocer un fallo

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El Superior Tribunal de Justicia instó al Procurador Miguel Ángel Piñero a que inicie una investigación contra tres jueces inferiores por desconocer una sentencia ratificada por el máximo organismo judicial de Misiones. El conflicto, calificado de gravedad institucional, envuelve a los jueces César Jiménez, César Yaya y Marcelo Cardozo, quienes hace algunas semanas decidieron la excarcelación de Fabio Durán y Lucía Olmo, los transportistas acusados de abuso y que habían sido condenados en primera instancia por otro tribunal.

Los magistrados entendieron que había “mora judicial” y que después de ocho años no había una sentencia firme contra los acusados.

El STJ comenzó a analizar el caso el 24 de abril y por decisión de la mayoría, entendió que los magistrados habían desconocido un fallo de la propia Corte misionera, que, como máximo organismo judicial, había ratificado la condena de primera instancia. Es decir, que “había dos sentencias previas” que los jueces no podían desconocer.

El caso fue elevado en apelación a la Corte Suprema y ya habría por lo menos un voto –el de Elena Highton de Nolasco, la misma ministra que votó a favor del 2×1 para los genocidas-, por lo que en el STJ descartan que haya una “mora judicial”.

En cambio, los jueces se defienden y acusan a la Corte de “intromisión”. Alegan que ni siquiera el abogado defensor de las familias denunciantes se opuso a la excarcelación. “Acá hay un abuso sin derecho. Están revisando una cuestión jurisdiccional. Nuestro fallo ni siquiera fue apelado”, opinó uno de los jueces que ahora serán investigados, aunque prefirió reservar su nombre hasta ser notificado formalmente. Entre líneas, desliza que también puede tratarse de “un pase de facturas” por el escándalo del supuesto “espionaje”, denunciado por Yaya y Cardozo, entre otros, y que fue desestimado por Jiménez en octubre de 2015. Esa denuncia apuntó contra el entonces ministro, César Santiago –luego eyectado envuelto en denuncias por cobrar doble sueldo-, pero terminó salpicando a todo el STJ que puso en marcha el Sistema de Gestión de Expedientes Digitales del Poder Judicial.

Tras la decisión del STJ de revisar la actuación de los jueces, Piñero instruyó a la fiscal Patricia Clerici para que avance en la investigación –todavía no se conoce qué determinación tomará la funcionaria-.

En la Corte misionera entienden que los magistrados emitieron su fallo en base a información desactualizada de la causa, ya que la primera apelación fue de 2013 y posteriormente, hubo dos condenas.

“Los jueces no pueden alegar desconocimiento de un fallo del STJ. Es una extrema gravedad institucional lo que sucedió”, contaron en la Corte.

El escándalo puede derivar en un pedido de jurado de enjuiciamiento para los tres magistrados. Mal día para semejante noticia. Yaya está rindiendo hoy en el Consejo de la Magistratura para un ascenso que podría quedar trunco.

El conflicto de intereses ya había tenido un primer episodio, a raíz de un pedido de informes del Alto cuerpo a los jueces, que terminó en una queja ante la Corte Suprema por supuesta “intromisión”.

El fallo de la polémica se conoció el 5 de abril. Ese día, Jiménez, Yaya y Cardozo, en el Tribunal Penal 2, decidieron la excarcelación de Durán y Olmo.

Madre e hijo fueron condenados en noviembre de 2011 a 20 años de prisión por el abuso de dos niños de 4 y 5 años, clientes del transporte escolar que manejaban. La fiscal del caso fue Liliana Picazo, flamante nominada a integrar el Superior Tribunal de Justicia. Ella pidió 20 años para los transportistas, condena que finalmente recibieron los acusados. El fallo fue ratificado por el STJ en mayo de 2014. La Corte misionera actuó como cámara de casación, función encomendada por la Constitución provincial, para que los fallos penales tengan la necesaria revisión.

 

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