Fitosanitarios

SENASA: cambios normativos sobre envases, vida útil y clases toxicológicas de agroquímicos

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El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) aprobó la Resolución 614/2025, publicada en el Boletín Oficial el 22 de agosto, que introduce cambios sustanciales en el marco regulatorio de los envases y la comercialización de productos fitosanitarios en Argentina. La medida apunta a modernizar los procedimientos de control, simplificar trámites y garantizar estándares de seguridad y trazabilidad, en línea con las políticas de desregulación y eficiencia impulsadas por el Gobierno nacional.

La resolución se apoya en la Ley 27.233, que declara de interés nacional la sanidad animal y vegetal, y en el proceso de desburocratización que el Estado viene implementando desde el DNU 70/2023. Este marco exige reducir cargas innecesarias y actualizar regulaciones que impactan sobre el sector productivo.

En 2021, el SENASA había dictado la Resolución 245/21, que estableció el Protocolo de envases para fitosanitarios. Sin embargo, la dinámica del mercado y la necesidad de ajustes técnicos motivaron su revisión. La presidenta del organismo, María Beatriz Giraudo Gaviglio, firmó la nueva normativa que modifica artículos clave sobre declaraciones juradas, vida útil de envases y clases toxicológicas permitidas, además de derogar disposiciones que habían quedado obsoletas.

El objetivo declarado es mantener altos estándares sanitarios al tiempo que se facilitan los procesos de registro y control, reduciendo tiempos y costos para las empresas.

Cambios técnicos centrales en la Resolución 614/2025

La normativa introduce tres modificaciones centrales:

  1. Declaración jurada obligatoria de envases y embalajes
    • Al registrar sustancias activas y fitosanitarios, las empresas deberán adjuntar una declaración jurada detallando tipo, material y capacidad de los envases que planean comercializar o transportar.
  2. Vida útil y gestión de envases vacíos
    • Se redefine la responsabilidad empresarial: el titular del producto deberá establecer la vida útil de cada envase.
    • Una vez cumplida, la firma será responsable de ejecutar opciones de Gestión Integral de Envases Vacíos de Fitosanitarios, conforme a la Ley 27.279, aplicando Mejores Prácticas de Gestión Disponibles (MPGD).
  3. Clases toxicológicas autorizadas para envases reutilizables y venta a granel
    • Se restringe la comercialización a granel y en envases retornables de hasta 1.000 litros a productos de Clases Toxicológicas II, III y IV (OMS 2009) o Categorías 3, 4, 5 y menor toxicidad según el Sistema Globalmente Armonizado de la ONU (GHS).

Además, la resolución deroga los artículos 4 y 18 de la Resolución 245/21, considerados innecesarios en el nuevo esquema.

Repercusiones e impacto en el sector agroindustrial

El cambio normativo tiene un impacto directo en la industria de fitosanitarios y en toda la cadena agrícola. Al exigir mayor trazabilidad en envases y embalajes, se refuerza la seguridad en el transporte y almacenamiento de químicos, reduciendo riesgos ambientales y sanitarios.

Para las empresas, implica un ajuste en procesos internos, dado que deberán presentar nuevas declaraciones juradas y asumir mayor responsabilidad en la gestión de envases vacíos. En paralelo, la simplificación en trámites busca agilizar registros y reducir costos burocráticos.

A nivel político, la resolución se inscribe en la estrategia del Gobierno de Javier Milei de compatibilizar la desregulación económica con estándares internacionales de seguridad sanitaria, clave para sostener la competitividad exportadora de la agroindustria argentina.

Especialistas del sector anticipan que la medida tendrá repercusión en exportaciones de granos y agroquímicos, ya que fortalece la credibilidad de Argentina en materia de control sanitario, un aspecto central en mercados como la Unión Europea y China

La Resolución 614/2025 confirma la tendencia a un marco regulatorio dual: más exigente en estándares de calidad y trazabilidad, pero al mismo tiempo más flexible y simple en lo administrativo.

En adelante, el desafío será garantizar la correcta implementación por parte de las empresas y fortalecer los mecanismos de fiscalización de SENASA, en un contexto en el que la gestión de envases vacíos y los riesgos toxicológicos están bajo creciente escrutinio internacional.

La medida, que ya entró en vigencia con su publicación, abre un nuevo capítulo en la gobernanza sanitaria agroindustrial argentina, donde la combinación de eficiencia y control será clave para sostener mercados y atraer inversiones.

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SENASA endurece controles para fitosanitarios: exige trazabilidad, registro digital y monitoreo ambiental

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SENASA endurece controles para productores e importadores de fitosanitarios: requisitos, registros y trazabilidad reforzada

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) estableció mediante la Resolución 458/2025 un nuevo régimen regulatorio integral para el control, autorización y monitoreo de personas físicas, jurídicas y predios experimentales vinculados al desarrollo, producción, comercialización e importación de productos fitosanitarios. La medida, que busca reforzar la trazabilidad, seguridad ambiental y transparencia del sector, entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.

La resolución impone la obligatoriedad de solicitar una autorización con carácter de declaración jurada a través del sistema TAD (Trámites a Distancia) para todas las personas humanas o jurídicas que comercialicen o importen productos fitosanitarios, o que elaboren productos mediante síntesis o formulación.

Esta autorización deberá incluir datos precisos del responsable legal, técnico y del establecimiento elaborador, junto con la georreferenciación del predio, conforme detalla el Anexo I de la normativa.

Además, cualquier modificación de las condiciones de autorización o baja deberá ser informada formalmente al organismo, quien podrá revocarla si se detectan incumplimientos graves.

Controles estrictos sobre predios experimentales

El Anexo II establece un protocolo estricto para la autorización de predios de experimentación de fitosanitarios en etapas tempranas de desarrollo, tanto en campo como en invernadero. La autorización —que también se tramita por SIG-Trámites— abarca todo el ciclo del producto, desde el ingreso al país hasta la disposición final del material vegetal y remanentes.

Se exigen:

  • Manuales de procedimiento con flujo detallado de actividades.
  • Registros documentales obligatorios sobre uso, almacenamiento, destrucción y capacitación.
  • Un plan de control y monitoreo ambiental para suelo, agua y aire.
  • Planes de contingencia para manejo de accidentes químicos.
  • Declaración jurada de la composición toxicológica de las sustancias a utilizar.

El SENASA se compromete a otorgar las autorizaciones en un plazo no mayor a 30 días, siempre que se cumpla con toda la documentación técnica y sanitaria requerida.

La medida apunta a reforzar los estándares de bioseguridad y trazabilidad frente al uso de productos químicos en la agricultura, en línea con las nuevas demandas internacionales en materia de inocuidad alimentaria y resguardo ambiental. También se inscribe dentro del marco de simplificación y digitalización del Estado promovido por el Poder Ejecutivo.

Cierre con proyección: La resolución busca equilibrar la necesidad de innovación tecnológica en el agro con mayores controles públicos. Queda por verse cómo impactará en la competitividad de las pymes formuladoras y en la velocidad del desarrollo de nuevos fitosanitarios adaptados a las realidades productivas regionales.

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Se inauguró la primera planta de reciclado de envases vacíos de fitosanitarios en Entre Ríos

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El secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Juan José Bahillo, participó en la inauguración de la primera planta de reciclado de envases vacíos de fitosanitarios de la provincia de Entre Ríos en la ciudad de Victoria. La inversión fue realizada por Daser Agro, una empresa con más de dos décadas de experiencia en la comercialización de productos para la actividad agropecuaria en la región mesopotámica y el centro sur de Santa Fe.

Esta instalación, con la capacidad de recuperar 1.300.000 kg de plástico de envases fitosanitarios en la provincia, se ha realizado en colaboración con autoridades municipales, provinciales y nacionales que han respaldado y promovido esta inversión.

Bahillo destacó la importancia de estas inversiones para que la agroindustria argentina sea competitiva y reconocida: “El ministro de Economía, Sergio Massa, tiene como uno de los pilares de gestión el impulso a la validación de nuestros sistemas productivos para ser más competitivos”.

Como parte del compromiso del Estado Nacional por trazabilizar la producción Argentina, el Secretario Bahillo celebró la iniciativa de Daser Agro que “ayuda a levantar las barreras para arancelarias que se imponen desde los países centrales por cuestiones ambientales”. “Esta es una forma de certificar la producción argentina como sustentable, de calidad”, destacó Bahillo.

Desde su fundación en el año 2001, Daser Agro se ha dedicado a servir a más de 2.500 productores de pequeña, mediana y gran escala en la provincia de Entre Ríos. La empresa manifiesta su compromiso de continuar trabajando de la mano de estas autoridades para incrementar la cantidad de plástico recuperado y fomentar prácticas sostenibles en la agricultura.

Del evento de inauguración participaron también la vicegobernadora de Entre Ríos, Laura Stratta; el secretario de Agricultura y Ganadería de Entre Ríos, Lucio Amavet; la secretaria de Ambiente de Entre Ríos, María Daniela García; el presidente de Daser Agro, Javier Maini Cuneo; y el presidente de Corteva Cono Sur, Juan Lariguet.

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A partir del 3 de agosto, se prohíbe el uso de productos formulados con el insecticida Fipronil

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El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) prohibirá a partir del próximo 3 de agosto, el uso de productos formulados con Fipronil, debido a que este insecticida utilizado en el sector agrícola irrumpe en el sistema nervioso central de los insectos, con lo que se busca proteger la sanidad apícola.

La medida anunciada hoy por el organismo proviene de estudios ecotoxicológicos del principio activo Fipronil en Apis mellifera, realizados con la Dirección de Agroquímicos y Biológicos, que evidencian un riesgo para las abejas silvestres y melíferas, “aún cuando se aplicasen las medidas adecuadas de mitigación”, precisó el comunicado oficial.

De esta manera, el Senasa dará de baja automáticamente de su Registro Nacional de Terapéutica Vegetal a 31 productos, por consiguiente, caducará la autorización para comercializar y utilizar estos productos como Suspensión Concentrada (SC) y Gránulos Dispersables (WG).

En este sentido, el plazo dispuesto mediante la Resolución Senasa 425 establece un tiempo de 485 días hábiles para permitir su utilización a fin de “finalizar con los stocks disponibles” y que no se generen “partidas de este producto sin utilizar”, detalló.

Por lo tanto, las firmas titulares de los productos que al 3 de agosto cuenten con un remanente de las existencias oportunamente declaradas, deberán informarlo a la Dirección de Estrategia y Análisis de Riesgo perteneciente al Senasa, dentro de los 15 días corridos desde la prohibición para determinar su destino.

Por último, el Senasa advirtió que en caso de incumplimientos o transgresiones a lo establecido en la Resolución 425, se sancionara al infractor de acuerdo a la Ley Nº 27.233 y su Decreto Reglamentario N° 776 del 19 de noviembre de 2019, además de adoptar las acciones previstas en el Manual de Procedimientos de Infracciones del Senasa.

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Desde el COIFORM plantean “una transición gradual” del uso de agroquímicos a los bioinsumos

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Un informe elaborado por el Consejo Directivo del Colegio de Ingenieros Forestales de Misiones (COIFORM), fijando posición institucional, en virtud del Dictamen de la Comisión de Recursos Naturales, Conservación del Medio Ambiente y Cuidado Animal de la Cámara de Representante de la Provincia sobre el “Proyecto de Ley sobre promoción de la producción de Bioinsumos”

El documento fue puesto en conocimiento de las autoridades provinciales. A continuación reproducimos el documento completo:

“UN AMBIENTE SALUDABLE PARA LA PROSPERIDAD DE TODOS, ES NUESTRA RESPONSABILIDAD Y NUESTRA OPORTUNIDAD”

El COLEGIO de INGENIEROS FORESTALES de MISIONES (CoIForM) manteniendo equidistancia de intereses económicos sectoriales, tiene la obligación institucional de aportar razonabilidad y profesionalismo a los debates que se susciten con respecto al uso de determinados agroquímicos y/o productos fitosanitarios en las actividades productivas en nuestra provincia y/o región, fijando una posición institucional, pues tenemos el compromiso social y la responsabilidad ético-profesional de hacer todo lo técnicamente posible para garantizar un ambiente saludable y que las actividades productivo e industriales, de nuestra competencia, sean sostenibles desde lo ambiental, social y económico; haciendo efectivo el concepto SOSTENIBILIDAD en su más amplia acepción, es decir, producir conservando los recursos naturales para garantizar un ambiente saludable a las generaciones venideras y, al mismo tiempo, satisfacer la demanda de recursos forestales de la sociedad, que hacen a la calidad de vida de todos los seres humanos, y en caso, de todo/as lo/as Misionero/as.

Cabe acotar que el principio de sostenibilidad lo/as Ingeniero/as Forestales lo traemos incorporado desde la génesis de nuestra formación profesional.

Lo/as PROFESIONALES de la INGENIERIA FORESTAL y afines tenemos un rol estratégico, a través de la Gestión Forestal, en la consolidación del DESARROLLO FORESTAL SOSTENIBLE de nuestra región, con implicancias a nivel: social, productivo, económico, eco-territorial, jurídico-legal y políticoinstitucional.

La GESTIÓN FORESTAL es un proceso de planificación y ejecución de prácticas para la administración y uso de los recursos forestales (bosques nativos y plantados y otros terrenos arbolados); es la garantía de conservación, perpetuidad, uso múltiple, producción sostenible y servicios ecosistémicos de los bosques (en el sentido más amplio de la definición de bosques), con el fin de cumplir con objetivos ambientales, económicos, sociales y culturales específicos.

Procura mantener y mejorar valores económicos, sociales y ambientales de todo tipo de bosques cuya finalidad es la sostenibilidad, teniendo como ejes temáticos de referencia: 1) la dimensión de los recursos forestales, 2) la diversidad forestal (biodiversidad), 3) la salud y vitalidad de los bosques, 4) las funciones productivas y protectoras de los recursos forestales, 5) las funciones socioeconómicas de los bosques, 6) las buenas prácticas en manejos prediales, con la visión del manejo integral de cuencas hidrográficas y 7) el marco jurídico, normativo e institucional.

Somos conscientes que, en materia ambiental, se deben tomar medidas audaces para pasar de la crisis a la curación, y en ese contexto consideramos que las soluciones basada en la naturaleza es un buen camino a seguir, como lo proponen organismos internacionales como Naciones Unidas, instando a la BIOECONOMÍA, como un nuevo paradigma para superar la dicotomía de la era Industrial, entre ecología y economía; sociedad y naturaleza; mundo rural y urbano; con el objetivo de generar prosperidad y bienestar dentro de los limites renovables del planeta.

En el contexto global adherimos a las recientes recomendaciones de Estocolmo+50, que en los primeros días del mes de junio pasado, bajo el lema “un planeta sano para la prosperidad de todos — nuestra responsabilidad, nuestra oportunidad”, puso mucho énfasis en el bienestar humano en un planeta saludable y con prosperidad para todos, reconociendo e implementando el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible, salvaguardando la salud planetaria, en donde se adopten cambios en todo el sistema en la forma en que funciona nuestro sistema económico actual, acelerando las transformaciones en los sectores de alto impacto y la aplicación de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

En el contexto Provincial nos parece auspiciosa la decisión política expresada por el Gobernador de la Provincia Dr. Oscar Herrera Ahuad, en su discurso del 1 de mayo de 2022 cuando sostiene que: “… Los ejes para el sector agropecuario misionero son claros. Nuestro modelo avanza en un sentido distinto al del complejo agrotecnológico internacional, que tiene serias consecuencias negativas en materia ambiental, sanitaria y social.

Diseñamos un plan que pone a la sostenibilidad en primer lugar: cuidando los recursos y el entorno, la salud de nuestros pobladores rurales, y el rol de los pequeños productores y las PyMES. Para ello, trabajamos en la industrialización y agregado de valor en origen de la producción, la innovación en los sistemas productivos y el arraigo rural. Las claves son el financiamiento, la infraestructura y la comercialización. …En este nuevo modelo productivo que estamos haciendo realidad, declaramos a la provincia de Misiones libre de glifosato. Fertilizantes y herbicidas orgánicos únicos en el país, creados en nuestra provincia, se implementan en pruebas piloto para su posterior aplicación generalizada. …Cuatro sectores constituyen las columnas del sistema por su capacidad productiva y competitividad internacional: forestal, yerbatero, tealero y tabacalero. A partir de su consolidación como generadores de empleo, divisas e inversiones, avanzamos en la diversificación hacia otros sectores complementarios, con potencial de crecimiento y gran impacto social. …”

En virtud de ello entendemos y compartimos, en términos generales, el Dictamen N° 46/2022-23 (23/junio/2022) de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Representantes (involucra a tres (3) Proyectos de Ley): “PROYECTO de LEY de PROMOCION de la PRODUCCIÓN de BIOINSUMOS”, el que tiene por objeto establecer un marco regulatorio para la investigación, desarrollo, producción, procesamiento, registro, comercialización y utilización de productos biológicos naturales, conocidos como BIOINSUMOS, que aportan a las políticas de sostenibilidad y sustentabilidad aplicadas a la agroindustria en la Provincia.

Con respecto al artículo 7 del Dictamen referenciado, donde taxativamente se expresa la prohibición de la utilización del glifosato, sus componentes y afines en toda la Provincia, estableciendo la entrada en vigencia de la misma en un plazo de dos (2) años, desde su publicación oficial, a los efectos de una transición progresiva del cambio cultural de los sistemas productivos actuales implementado a partir de la Ley XVI N° 124 hacia métodos más amigables con el ambiente. Consideramos, en este aspecto, que se debe hacer una transición progresiva, por cuanto observamos que es necesario FLEXIBILIZAR LOS TIEMPOS, proponiendo UNA TRANSICIÓN GRADUAL, porque técnicamente no están dadas las condiciones para su efectivo cumplimiento en el plazo preestablecido.

Entendemos, en este punto también, que la promoción de reemplazos por bioinsumos no debe circunscribirse solamente a la prohibición del glifosato, sus componentes y afines, sino a todos otros productos fitosanitarios con potencial impacto negativo en el ambiente evaluando y ponderando, en todos los casos, los costos de oportunidad y su probada efectividad y eficacia. Cabe acotar que los productos fitosanitarios son insumos necesarios para el desempeño de las actividades agropecuarias y/o forestales (en el caso forestal con una incidencia menor), que requieren del adecuado asesoramiento y seguimiento técnico (profesionales matriculados) en sus usos, manejos y aplicaciones, pues sin ello pueden terminar afectando en diferentes grados al ecosistema; es imprescindible el asesoramiento técnico-profesional responsable y evitar los impactos negativos que puedan suscitarse (por el uso inadecuado).

Entendemos también que, priorizando el cumplimiento de las buenas prácticas de manejo en las actividades productivas (las que recomendamos profesionalmente) sumamos gran parte a la solución del problema ambiental y social regional.

Teniendo en cuenta el principio de progresividad, debemos ir transitando gradual y sostenidamente un camino hacia un ambiente saludable; la sostenibilidad no solo tiene que ver con lo ambiental, sino también con lo social y económico, pues todo está muy interrelacionado con el entorno donde nos desenvolvemos.

Consideramos que los instrumentos normativos, por sí solos, no van resolver los problemas que hoy se tienen, sino no viene acompañado de una adecuada y comprometida GESTIÓN TERRITORIAL SOSTENIBLE público-privada, con todo lo que ello implica, en donde los profesionales, productores, industriales, empresas, organizaciones e instituciones, etc., ligadas con las actividades agropecuarias y forestales asumamos el compromiso conjunto de involúcranos decididamente con ello, consolidando una GOBERNANZA AMBIENTAL.

Cómo INSTITUCIÓN PROFESIONAL COLEGIADA bregamos por un mayor PROFESIONALISMO en las actividades productivas e industriales, buscando las alternativas más apropiadas y adecuadas, en este sentido, y a su vez, solicitamos a las instituciones académicas y de investigación las respuestas necesarias que técnicamente nos posibiliten garantizar un ambiente regional en equilibro, dentro de un modelo desarrollo territorial sostenible; estamos comprometidos en acompañar estos procesos en pos del bienestar y progreso de nuestra ruralidad provincial.

“Un ambiente saludable para la prosperidad de todos, es nuestra responsabilidad y nuestra oportunidad”.
Consejo Directivo Colegio de Ingenieros Forestales de Misiones, 16 de julio de 2022.

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