Ganancias

Ganancias: estos son los puntos principales del proyecto que el Senado convirtió en Ley

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La ley que modifica el impuesto a las Ganancias para los trabajadores crea un nuevo impuesto sobre los ingresos a partir del equivalente a 15 Salarios Mínimos, Vital y Móvil (SMVM), con una alícuota progresiva sobre el excedente que va de 27% a 35% y se actualiza con el valor del SMVM dos veces por año.

Los siguientes son los puntos principales del proyecto:

-Crea el nuevo “impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros”.

-Quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos, es decir 15 SMVN al mes.

-A partir de 12 SMVN mensuales, se deberá pagar un 27% sobre el excedente.

-Entre más de 12 y 36 salarios mínimos, se pagará el equivalente a 3,2 SMVM más un 29% sobre el excedente.

-Entre más de 36 y 60 salarios mínimos, se pagará 10,20 SMVM más un 31% sobre el excedente.

-Entre más de 60 y 84 salarios mínimos, se pagará 17,64 SMVM más un 33% sobre el excedente.

-Para más de 84 salarios mínimos, se pagará 25,56 SMVM más un 35% sobre el excedente.

-Se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero de ese año, el cual se actualizará el 1 de julio de cada año fiscal.

-Las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.

-Cuando se trate de empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados y pensionados que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones en la de Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.

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“Mi presidencia estará marcada por recuperación del salario”, dijo Massa tras sanción de Ganancias

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El ministro de Economía y candidato a presidente por Unión por la Patria, Sergio Massa, celebró esta noche la aprobación en el Senado de la modificación del Impuesto a las Ganancias y aseguró que su presidencia “estará marcada por la recuperación del salario y el ingreso”.

“Ningún trabajador volverá a pagar ganancias”, enunció esta noche el ministro en la red social X (ex Twitter) tras las aprobación en el Senado de esta modificación en materia tributaria y destacó que “desde hace más de 10 años vengo sosteniendo que #ElSalarioNoEsGanancia, sino que es el pago por el trabajo que hacen cada día”.

El ministro remarcó: “Quitamos por ley la 4ta categoría del impuesto y desde octubre, solo lo pagarán quienes cobren más de 15 salarios mínimos vitales y móviles, hoy 1.770.000 pesos”.

Massa aseguró que “sin dudas, mi presidencia estará marcada por la recuperación del salario y el ingreso”.

El candidato presidencial e impulsor del proyecto de ley para modificar Ganancias remarcó: “Desde ahora, la eliminación del Impuesto a las Ganancias para las y los trabajadores es una realidad”.

El Senado sancionó la ley que modifica el Impuesto a las Ganancias, elevando el piso del Mínimo No Imponible a casi dos millones de pesos, lo que equivale a quince salarios mínimos, vital y móvil y que regirá a partir de 2024.

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Oficialismo busca convertir en ley la derogación de la cuarta categoría de Ganancias

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El oficialismo buscará esta tarde en el Senado convertir en ley la derogación de la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias, en el marco de una sesión convocada para las 14.

El proyecto en cuestión recibió media sanción en la Cámara de Diputados hace dos martes y el jueves pasado obtuvo dictamen de mayoría en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara alta.

La convocatoria formal a la sesión fue oficializada a través de un decreto parlamentario que lleva la firma de la vicepresidenta y titular del Senado, Cristina Fernández de Kirchner.

La decisión de debatir el proyecto fue anticipada la semana pasada por el titular de la bancada del Frente de Todos, el formoseño José Mayans.

El legislador formoseño dijo en esa oportunidad que buscarán “ratificar la media sanción de Ganancias que viene de Diputados para que inmediatamente sea promulgada por el Poder Ejecutivo y se pueda ver en el salario de octubre”.

El proyecto de ley que modifica el alcance del impuesto a las Ganancias fue aprobado el martes último por Diputados con el aporte de los votos del Frente de Todos, el socialismo, la izquierda, el peronismo disidente y La Libertad Avanza.

Por el contrario, la iniciativa fue rechazada por el interbloque de Juntos por el Cambio, que ya anunció que tomará una postura similar en el recinto de sesiones de la Cámara alta.

Algunos de los legisladores de la oposición cuestionaron que el costo fiscal de la medida afecte las arcas provinciales y reclamaron la presencia de los gobernadores en el Senado para conocer qué opinan.

Más allá del pedido formulado desde Juntos por el Cambio, el proyecto recibido de Diputados recibió dictamen rápidamente el jueves pasado y, de ese modo, quedó en condiciones para ser llevado al recinto mañana.

La iniciativa enviada por el ministro de Economía, Sergio Massa, reforma el impuesto a las Ganancias al crear un nuevo gravamen sobre los ingresos a partir de un monto equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), con una alícuota progresiva sobre el excedente que va del 27% al 35%, que se actualizará de manera semestral en base a la evolución del SMVM.

Los puntos principales del proyecto contemplan además la creación de un nuevo “impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros”.

De esta forma, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos.

En el caso de los mayores haberes a 15 salarios mínimos vitales y móviles, las alícuotas irán desde el 27% hasta el 35%.

El proyecto también determina que se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero y que la actualización será el 1 de julio de cada año fiscal.

Además, prevé que las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.

Por último, la iniciativa estipula que en el caso de los trabajadores en relación de dependencia y para jubilados y pensionados comprendidos en el impuesto que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones, en Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.

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La AFIP modifica régimen de retención de Ganancias para profesionales autónomos

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó el régimen de retención del impuesto a las Ganancias y actualizó los importes de la escala y alícuotas aplicables para el cálculo de la retención cuando se trate de pagos por el ejercicio de profesiones liberales u oficios, a través de la resolución general 5423/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma creó el código de régimen 119 aplicable exclusivamente a profesiones liberales y oficios fijando un piso no sujeto a retención de $ 160.000 y una nueva escala.

Esta nueva escala determina que una vez superado ese piso, se practicarán las siguientes retenciones:

Para los Importes hasta $ 71.000 la retención será de 5%.

Entre $ 71.000 y $ 142.000 se retendrán $ 3.550 más el 9% sobre el excedente de $ 71.000.

Entre $ 142.000 y $ 213.000 serán $ 9.940 más 12% sobre el excedente de $ 142.000.

Entre $ 213.000 y $ 284.000 serán $ 18.460 más 15% sobre el excedente de $ 213.000.

Entre $ 284.000 y $ 426.000 serán $ 29.110 más 19% sobre el excedente de $ 284.000.

Entre $ 426.000 y $ 568.000 serán $ 56.090 más 23% sobre el excedente de $ 426.000.

Entre $ 568.000 y $ 852.000 serán $ 88.750 más 27% sobre el excedente de $ 568.000.

De $ 852.000 en adelante serán $ 165.430 más 31% sobre el excedente de $ 852.000.

Estos nuevos valores resultarán de aplicación para los pagos realizados a partir del 1 de octubre, indicó la RG.

“Si queremos un país con cuentas en orden, tenemos que discutirlo y poner blanco sobre negro para que el esfuerzo esté acorde con los ingresos”, señaló el ministro de Economía, Sergio Massa, durante la presentación de las medidas de alivio fiscal en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, que incluía esta modificación para profesionales autónomos.

El candidato a presidente de Unión por la Patria subrayó que es preciso “corregir situaciones y encontrar mecanismos que los alienten a seguir trabajando, seguir produciendo, y hacer esfuerzos desde el Estado para facilitarles un poco la vida”.

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Los consumidores comienzan a recibir los primeros reintegros del IVA

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Los consumidores comenzaron a recibir en las últimas horas las primeras devoluciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en el marco del programa Compre sin IVA, que el Gobierno nacional puso en marcha esta semana.

“Empezamos a verificar las primeras devoluciones, tal vez un poquito más lento que lo que inicialmente habían dicho, 48 horas, pero lo importante es que las devoluciones se están haciendo y la gente queda satisfecha”, dijo a Télam Claudio Boada, presidente de la Unión de Usuarios y Consumidores.

Señaló que “la gente está empezando a revisar su home banking, está empezando a revisar sus cuentas y ve la devolución y se da cuenta de la efectividad de la medida”.

Por su parte, el titular de Banco Provincia, Juan Cuattromo, dijo a Radio Con Vos que “ayer recibimos al mediodía el primer corte de información que nos mandó AFIP, y se acreditó a 335.000 clientes más de 600 millones de pesos correspondientes a los consumos del lunes y del martes”.

Desde la AFIP precisaron que para que puedan acreditarse las liquidaciones por devoluciones, reintegros, reembolsos y demás pagos, es necesario tener declarada una CBU ante el organismo, lo que se puede verificar ingresando al portal con clave fiscal.

En caso de tener que declarar la CBU, se debe ingresar a http://afip.gob.ar luego colocar CUIL/CUIT/CDI y clave fiscal y clickear en “Declaración de CBU” en el menú de servicios habilitados, donde se podrá hacer el registro.

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