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Cuánto dejarán de pagar las empresas de Misiones por la reducción de Ingresos Brutos

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En el marco del compromiso asumido por las provincias en el consenso fiscal suscripto con la Nación el pasado 16 de noviembre, en Misiones, por vigencia de la Resolución General de la Dirección General de Rentas nro 38/2017 Publicada el viernes 29 de Diciembre de 2017 establece el primer paso para la reducción gradual del impuesto sobre los ingresos brutos para el año 2018.
El proceso de reducción gradual será por 5 años, finalizando el proceso en el año 2022.
                En este primer año de aplicación, el sector más favorecido es el industrial. Todas las industrias: yerbateras, tealeras, madereras, aserraderos, carpinterías, metalúrgicas, etc verán reducida su alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos de 3.5% a  2%. Para dimensionar la magnitud de la reducción, un informe oficial señala que si una industria tributaba en Diciembre de 2017 $200.000 de ingresos brutos, pasará en enero de 2018 a pagar $ 114.200, es decir una reducción de impuestos del 43%.
                También los exportadores tendrán una reducción total, es decir del 100% dado que desde enero de 2018 las exportaciones no tributarán el impuesto a los ingresos brutos.
                El transporte es la otra actividad económica favorecida, con alícuotas anteriores entre 3,5% y 4,5% que se reducen a 3%.
También, para comprender la dimensión de la reducción impositiva: una empresa transportista que pagaba $100.000 de ingresos brutos en diciembre, tributará $66.600 en Enero de 2018. La reducción impositiva oscila entre el 15% y el 33% dependiendo el tamaño de la empresa.
Con la construcción ocurre algo similar: con alícuotas que oscilaban entre 3,5% y 4,5% en diciembre de 2017, se verán reducidas a una alícuota unificada de 3%. Una empresa constructora que debió ingresar en Diciembre de 2017 $400.000 de impuestos, deberá ingresar solo $267.000 en enero de 2018.
                Este primer proceso de reducción de impuestos, según lo sostenido por sus defensores e impulsores, busca reducir el “efecto cascada”, es decir el cobro del impuesto sobre impuesto en cada etapa productiva (ejemplo: secadero de yerba que traslada el impuesto al molino, que lo traslada al mayorista, que lo traslada al comercio minorista). En teoría, la reducción de impuestos a la industria y el transporte debería redundar en bajas de precios en estos sectores y cadenas de la producción.
                En el mismo sentido, reducir el impuesto en sectores que registran numerosas transacciones con cadenas de valor, debe ir acompañado con subas en las ventas en las últimas etapas de la cadena de comercialización. Es por eso, que el consenso fiscal admite elevar las alícuotas de los comercios y los diferentes servicios (financieros, hoteleros, inmobiliarios, etc) al 5%, lo cual en Misiones no ha ocurrido en la mayoría de los casos: el comercio al por menor sigue tributando la alícuota de 4,5% y únicamente se ha incrementado la alícuota del comercio al por mayor de 3,5% a 4,5% que  -siguiendo con la lógica de los impulsores de estos cambios tributarios- se verán beneficiados con reducciones de precios que se producirán en las etapas previas de la producción por la rebaja de impuestos a la industria y al transporte.
                El efecto final es, a todas luces, una reducción importante de la presión impositiva provincial para el año 2018, que significará una merma de recursos para las provincias y los municipios, y una mejora en la rentabilidad de la economía privada en su conjunto.

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Una buena: AFIP aumentó límite de compra en Free Shops

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que la franquicia libre de impuestos para compras en free shops se elevará para aquellos viajeros que ingresen al país.

Este miércoles hubo varios anuncios de aumentos que revolucionó a la Ciudad de Buenos Aires, sin embargo, al final del día 03/01, la Ad Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un aumento, pero esta vez en el límite de compra para quienes adquieran productos en la free shop, una buena noticia para los viajeros.
La AFIP estableció que la franquicia libre de impuestos para compras en free shops se eleva de 300 a 500 dólares (o su equivalente en otra moneda) para aquellos viajeros que ingresen al país. Para los menores de 16 años, la cifra se reduce a la mitad, es decir, 250 dólares.
Este jueves 04/01  se publicará en el Boletín Oficial la Resolución 4181, que “apunta a equiparar la franquicia con los valores vigentes en el Mercosur”, segú n informó el organismo.
Entre otros anuncios de la AFIP, se conoció que las compras por el régimen puerta a puerta realizadas por el Correo Oficial, cuyo valor no superen los 25 dólares, se enviarán a domicilio sin necesidad de completar la declaración jurada de envíos postales como sí lo requieren las demás compras. “Esta facilitación no alcanza a los envíos realizados por Courier y no implica que la Aduana deje de controlar este tipo de envíos”, advierten.
Amado por muchos y odiado por otros, que lo consideran algo así como un “templo de la perdición y el consumismo”, los Duty Free Shop suelen ser el lugar ideal para matar el tiempo de ocio y ansiedad antes de embarcar al avión.
Impuestos
Ir a comprar en el Free Shop suele ser más barato porque estas tiendas venden sus productos con la reducción o exención de derechos de importación. Debido a que están situados en las zonas de embarque y desembarque de los aeropuertos, los que que viajan o regresan del exterior pueden aprovechar los precios de los Free Shop y deducir impuestos.
¿Dónde hay Duty Free Shop en Argentina?
Además del ubicado en Puerto Iguazú en el país se encuentran en los aeropuertos que tienen arribos y salidas de vuelos internacionales. Estos son: el Aeroparque Jorge Newbery (Ciudad de Buenos Aires), el Aeropuerto Internacional de Ezeiza Ministro Pistarini (Buenos Aires), el Aeropuerto Internacional Ambrosio Taravella de Córdoba, el Aeropuerto Internacional El Plumerillo de Mendoza, y el Aeropuerto Internacional San Carlos de Bariloche, únicamente durante temporada alta.
Productos más buscados
Los perfumes, cosméticos, bebidas alcohólicas, chocolates, artículos de indumentaria y electrónicos son los productos más buscados en el Duty Free.
¿Que se necesita al momento de la compra en un Free Shop?
En las cajas será necesario presentar la tarjeta de embarque del vuelo internacional que se abordará o del que se desembarcó, y el pasaporte o documento de identidad, en el caso de los viajes regionales.
¿Cuál es la mejor manera de pagar?
Las tiendas de Free Shop suelen aceptar diferentes métodos de pago, que van desde las tarjetas de crédito y débito, hasta el efectivo. Conviene estar atento a los cambio de cotización del dólar, y de la moneda local, para saber elegir cuál es la mejor manera de pagar por tus compras en el Free Shop. Generalmente, la mejor opción es la tarjeta de débito.
• Puerta a puerta
Por otra parte, la AFIP señala que las compras por el régimen puerta a puerta realizadas por el Correo Oficial, cuyo valor no superen los 25 dólares se enviarán a domicilio sin necesidad de completar la declaración jurada de envíos postales como sí lo requieren las demás compras.
En tanto, esta facilitación no alcanza a los envíos realizados por Courier y no implica que la Aduana deje de controlar este tipo de envíos.
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La CEM rechazó suba de Ingresos Brutos al sector mayorista

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La Confederación Económica de Misiones emitió un documento en el que rechazan el aumento de la alícuota de Ingresos Brutos al sector mayorista, publicado hoy por la Dirección General de Rentas, ya que, advierten, generará un efecto dañino en el sector que más genera empleo.

“Rechazamos la unificación  de la alícuota del 4.5 por ciento para el Comercio y los Servicios, sin discriminar  operaciones mayoristas y minoristas.
Nos alerta  el  impacto que tendrá  este nuevo embate de la presión fiscal en el principal eslabón de la estructura de costos de la provincia y su consecuente repercusión en los costos del consumo interno. Esta arremetida, sería imposible de afrontar en esta coyuntura asfixiante y  terminaría por  agotar  los  márgenes de resistencia  de un  sector que  padece profundas y permanentes caídas en ventas  en  los últimos 24 meses y sigue sin avizorar perspectivas que frenen la sangría de divisas  que se fugan al Paraguay y al  Brasil”, señalan.

“Con el convencimiento de que nuestra solicitud habrá de ser escuchada y tenida en  cuenta, proponemos que la sinergia público – privada encuentre  un equilibrio y atienda las demandas del Comercio y  los Servicios, que pese  a las limitaciones consecuentes de las dificultades  que soportan, siguen sosteniendo el  mayor  porcentaje de generación de  empleo de la Provincia. Nos rehusamos a que las medidas  de percepción  sigan recayendo  en las actividades  formalmente constituidas y que estas compensaciones   no consideren obtener  sus requerimientos recurriendo a  una  base de contribuyentes más equitativa”, concluyen.

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Rentas publicó las nuevas alícuotas de Ingresos Brutos en 2018 y hay malestar empresario por subas inesperadas

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En el Boletín Oficial de este viernes, la Dirección General de Rentas publicó la reglamentación de las nuevas alícuotas de Ingresos Brutos que regirán durante 2018, con las rebajas ya anunciadas para el sector industrial y del transporte, pero un inesperado incremento para el sector comercial mayorista, que generó malestar dentro de las cámaras empresarias: el comercio mayorista pasará de pagar 3,5 por ciento a 4,5, lo que, según los empresarios profundizará la crisis del sector y acentuará las asimetrías con Paraguay.

La suba abarca a las ventas por mayor que pasaron en su mayoría al 4,5 por ciento. Los comerciantes son los más disgustados con el incremento, ya que pretendían un alivio y que, en cualquier caso, sean otros sectores, como el mercado inmobiliario, el que tenga una actualización. El comercio minorista se mantiene con la misma alícuota del 4,5 por ciento, pero en el sector empresario entienden que los mayoristas, que son los que fijan precios, trasladarán los costos hacia abajo, impactando en los precios. 

En el Gobierno aseguran que en realidad, debe haber un efecto contrario. “Pudimos haber aumentado todo al 5% (venta al por mayor y menor) sólo aumentamos la venta al por mayor del 3.5 al 4.5 y no usamos el tope que nos faculta el consenso. Además con la baja de industria “en teoría” deberían bajar los precios en la etapa previa por el efecto cascada que tanto menciona la teoría económica”, señalaron fuentes oficiales. 

 

Sin embargo, la Confederación Económica de Misiones emitió un documento en el que rechaza la unificación  de la alícuota del 4.5 por ciento para  el Comercio y los Servicios, sin discriminar  operaciones mayoristas y minoristas.
“Nos alerta  el  impacto que tendrá  este nuevo embate de la presión fiscal en el principal eslabón de la estructura de costos de la provincia y su consecuente repercusión en los costos del consumo interno. Esta arremetida, sería imposible de afrontar en esta coyuntura asfixiante y  terminaría por  agotar  los  márgenes de resistencia  de un  sector que  padece profundas y permanentes caídas en ventas  en  los últimos 24 meses y sigue sin avizorar perspectivas que frenen la sangría de divisas  que se fugan al Paraguay y al  Brasil”, señalaron.

“Con el convencimiento de que nuestra solicitud habrá de ser escuchada y tenida en  cuenta, proponemos que la sinergia público – privada encuentre  un equilibrio y atienda las demandas del Comercio y  los Servicios, que pese  a las limitaciones consecuentes de las dificultades  que soportan, siguen sosteniendo el  mayor  porcentaje de generación de  empleo de la Provincia. Nos rehusamos a que las medidas  de percepción  sigan recayendo  en las actividades  formalmente constituidas y que estas compensaciones   no consideren obtener  sus requerimientos recurriendo a  una  base de contribuyentes más equitativa”, concluye el texto de la cámara empresaria.

La suba definida por Rentas se basa en los lineamientos del Pacto Fiscal impuesto por la Nación, que fija en hasta cinco por ciento el impuesto a los Ingresos Brutos al sector comercial, por lo que incluso queda cierto margen para subirlo.  

En cambio, las ventas minoristas se mantuvieron en 4,5 por ciento, lo mismo que la producción primaria, que sigue exenta.

Los servicios de “apoyo” agrícolas, como cosecha, secado o refrigerado, tendrán una alícuota del 5 por ciento.

En general, el sector industrial ve reducida la alícuota de IBB a dos por ciento, salvo la elaboración de alimentos y bebidas, que tiene una de cinco por ciento, lo mismo que la elaboración de productos del tabaco.

La fabricación de pasta de madera, papel, cartón, ondulado, artículos de papel y cartón de uso doméstico e higiénico, mantienen una alícuota del 7 por ciento, mientras que los servicios industriales para la fabricación de sustancias y productos químicos, tiene una alícuota de 5 por ciento.

La construcción, en general, tendrá una alícuota del 3 por ciento.

Las subas se registran en la venta por mayor y menor, que pasan en promedio a 4,5 por ciento –estaban en 3,5-. Se incluye la venta en hipermercados, supermercados y minimercados.

En cambio, baja a 3 por ciento la alícuota del transporte de pasajeros y de carga, en tren u otro medio.

Hacer el amor es oneroso. Los servicios de hoteles alojamiento por hora tienen una alícuota del 11 por ciento –la más alta que cobra Rentas-, mientras que los hoteles tienen una carga del cinco por ciento, misma tasa que los restaurantes y servicios de comida. Las telefónicas tienen 7 por ciento de Ingresos Brutos.

Todos los servicios financieros, tienen una carga del 7,8 por ciento, excepto los fondos de inversión, que tributan 6,5 y las sociedades de ahorro y préstamo, que pagan 5,85.

Los servicios inmobiliarios tendrán que tributar en promedio, seis por ciento, excepto los realizados a cambio de una retribución, que se elevan a 8 por ciento.

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Ganancias: la Afip publicó los valores para las deducciones 2018

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Son el nuevo Mínimo No Imponible (MNI), cuarta categoría y deducciones por cónyuge e hijos. Rigen para los salarios que se cobren desde el 1 de enero.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los nuevos valores de las deducciones personales (mínimo no imponible, deducción especial y las cargas de familia) y los tramos de ingresos de las alícuotas que se utilizan para calcular la retención del Impuesto a las Ganancias.

Según informó la oficina recaudadora, los valores son los siguientes:

Por las ganancias no imponibles hasta $ 66.917,91 anuales.

Por el cónyuge $ 62.385,20 anuales.

Por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo $ 31.461,09 anuales.

Por la deducción especial de 4ta categoría, hasta la suma de $ 66.917,91.

Según la AFIP, “con estos nuevos valores, los empleados pagarán menos impuesto a las Ganancias sobre los salarios que cobren desde el primer día de enero”.

Las actualizaciones están contempladas en la ley de Impuesto a las Ganancias, en sus artículos 23 y 90, que establecen un parámetro específico a través del coeficiente de variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

Para las actualizaciones de los valores fue utilizado el índice RIPTE a octubre del 2017, especificó la AFIP.

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