industria química

A media máquina: la industria sigue con 40% de capacidad ociosa

Compartí esta noticia !

La industria argentina mostró en abril una señal de recuperación, aunque todavía lejos de una dinámica expansiva sólida. Según el INDEC, la utilización de la capacidad instalada en la industria manufacturera alcanzó el 59,9%, apenas por encima del 58,6% registrado en abril de 2025. La mejora existe. Pero también revela el dato más incómodo: el aparato fabril sigue funcionando con alrededor del 40% de su capacidad ociosa.

El número permite una doble lectura. Por un lado, abril fue el mejor registro de 2026 y consolidó una mejora frente al piso de enero, cuando el indicador había caído al 53,6%. Luego subió a 54,6% en febrero, trepó a 59,8% en marzo y llegó a 59,9% en abril. La industria, en ese recorrido, dejó atrás el arranque más flojo del año.

Por otro lado, el nivel actual todavía se ubica por debajo de los momentos de mayor uso fabril observados en 2025, cuando septiembre y octubre habían marcado 61,1% y 61,0%, respectivamente. Es decir: hay rebote, pero no despegue.

La mejora interanual estuvo concentrada en pocos sectores de alto peso. Refinación del petróleo volvió a liderar el ranking, con 86,8% de utilización. Le siguieron industrias metálicas básicas, con 73,4%; sustancias y productos químicos, con 69,9%; papel y cartón, con 67,3%; y alimentos y bebidas, con 60,4%. Son los únicos bloques que se ubicaron por encima del promedio general.

El caso de químicos fue el principal motor positivo. El bloque pasó de 59,0% en abril de 2025 a 69,9% en abril de 2026. El salto tiene una explicación específica: un año atrás, el polo petroquímico de Bahía Blanca había sido afectado por las inundaciones de marzo de 2025, que interrumpieron el suministro de gas natural a plantas clave. La comparación, por lo tanto, combina recuperación operativa con una baja base estadística.

También hubo una mejora relevante en las industrias metálicas básicas. El uso de capacidad subió de 63,9% a 73,4% interanual. Según el informe, la producción de acero crudo aumentó 18,4%, un dato que ayuda a explicar el mayor aprovechamiento fabril.

En contraste, la foto de la industria liviana y de bienes durables sigue siendo débil. La metalmecánica excluida la industria automotriz cayó de 49,3% a 42,7% y fue la principal incidencia negativa. El deterioro se explica por menores niveles de producción de maquinaria agropecuaria y aparatos de uso doméstico. En el primer caso, la baja interanual fue de 29,7%; en el segundo, de 26,9%.

La industria automotriz también retrocedió con fuerza: pasó de 56,8% en abril de 2025 a 46,5% en abril de 2026. El dato confirma que el sector, sensible al crédito, al consumo y a las condiciones de exportación, todavía no logró recomponer un nivel alto de actividad.

Debajo del promedio general también quedaron edición e impresión, con 58,5%; minerales no metálicos, con 54,8%; tabaco, con 49,2%; caucho y plástico, con 42,4%; y textiles, también con 42,4%. Estos últimos dos bloques muestran una industria de consumo masivo con fuerte capacidad sin utilizar.

La señal de abril, entonces, no es lineal. Hay ramas que traccionan, sobre todo energía, química, acero y papel. Pero hay otras que siguen en zona de contracción o estancamiento. La mejora del promedio industrial se explica más por sectores intensivos, concentrados y con dinámica propia que por una recuperación extendida del entramado manufacturero.

El dato central es ese: la industria dejó de caer, pero no volvió a crecer con potencia. Abril mostró una fábrica algo más encendida, aunque todavía con demasiadas luces apagadas.

Compartí esta noticia !

El Gobierno amplía el control sobre 56 precursores químicos y endurece la regulación del mercado industrial

Compartí esta noticia !

El mapa regulatorio de los precursores químicos en Argentina acaba de ampliarse de manera significativa. El Poder Ejecutivo modificó el régimen vigente e incorporó 56 nuevas sustancias a las listas de control del Registro Nacional de Precursores Químicos, con impacto directo en importadores, exportadores, distribuidores e industrias químicas. La decisión quedó formalizada en el Decreto 128/2026, publicado el 4 de marzo de 2026 en el Boletín Oficial, y rige desde el mismo día.

El dato central no es menor: 31 sustancias pasan a la Lista I, el nivel más alto de fiscalización, y 25 se incorporan a la Lista III, ampliando el universo de compuestos sujetos a control. Para el sector químico e industrial, la consecuencia es inmediata: más obligaciones registrales, mayores exigencias en comercio exterior y trazabilidad reforzada.

La medida se inscribe en la actualización del régimen establecido por el Decreto 593/2019, que reglamenta la Ley 26.045 sobre el Registro Nacional de Precursores Químicos.

Qué cambia en la práctica: más sustancias bajo control y más trazabilidad

El nuevo decreto sustituye el Anexo II del Decreto 593/2019 y redefine las Listas I y III de sustancias fiscalizadas.

En la Lista I se incorporan 31 compuestos, entre ellos análogos estructurales vinculados a la 1-fenil-2-propanona (P-2-P), sustancias asociadas a la síntesis de anfetaminas, MDMA y opioides sintéticos como el fentanilo, además de precursores indirectos y “pre-precursores”. Muchas de estas sustancias —al menos 17 según el propio texto oficial— no registran usos legítimos reconocidos o se limitan a aplicaciones estrictamente controladas.

Estar en Lista I implica que cualquier operación de comercio exterior requiere declaración previa como importador o exportador ante el Registro Nacional de Precursores Químicos y la autorización previa para cada operación. Es decir, el circuito administrativo se vuelve más exigente.

En la Lista III se suman 25 sustancias de uso dual —como solventes y compuestos industriales habituales— que, si bien tienen aplicaciones legítimas en la producción de pinturas, pigmentos, farmacéuticos o procesos químicos, también pueden ser utilizadas en laboratorios clandestinos. En estos casos, la lógica es preventiva: reforzar el monitoreo antes de que se consoliden nuevas rutas ilícitas.

Además, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero gestionó la apertura arancelaria específica de estas sustancias en el Sistema Informático MALVINA (SIM), lo que permite individualizarlas en las posiciones aduaneras y aplicar el grado de control correspondiente.

El contexto: drogas sintéticas, presión internacional y adaptación normativa

La actualización responde a una dinámica global. En los últimos años, la Comisión de Estupefacientes de Naciones Unidas amplió el Cuadro I de la Convención de 1988 para incluir nuevas series de precursores de diseño. A su vez, organismos como la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) y la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) impulsaron sistemas de alerta temprana ante la proliferación de sustancias químicamente modificadas para eludir controles.

El decreto recoge ese escenario y adopta un criterio más amplio: no solo incorpora sustancias puntuales, sino también análogos, derivados, sales y ésteres, anticipando estrategias de sustitución utilizadas por redes de narcotráfico.

En paralelo, el Gobierno ya había creado en 2024 una mesa interinstitucional para prevenir el tráfico ilícito de fentanilo, lo que muestra una línea de continuidad en la política de control de opioides sintéticos.

La actualización, en ese marco, busca cerrar brechas regulatorias frente a sustancias que, aunque no siempre estén listadas internacionalmente, presentan alto potencial de desvío.

Más controles para la industria química y el comercio exterior

Desde el punto de vista económico, la medida no altera precios ni impuestos, pero sí modifica costos regulatorios y tiempos operativos para empresas del sector químico, farmacéutico, petroquímico y de solventes industriales.

Las firmas que importen, exporten, produzcan o comercialicen las nuevas sustancias incorporadas a Lista I deberán reforzar su cumplimiento normativo: inscripción activa, autorizaciones específicas y documentación respaldatoria más exhaustiva. Esto puede implicar mayores tiempos administrativos y ajustes internos en compliance.

Para las sustancias de Lista III —varias de ellas ampliamente utilizadas en la industria— el impacto será principalmente en materia de trazabilidad y control aduanero. El desafío será equilibrar la fiscalización con la fluidez del comercio, especialmente en productos que se mueven en volúmenes considerables.

No obstante, el texto oficial subraya que muchas de estas sustancias tienen usos legítimos. Por lo tanto, el efecto no apunta a restringir su comercialización sino a evitar su desvío.

En términos de competitividad, la clave estará en la implementación: si el sistema de autorizaciones se mantiene ágil y digitalizado, el impacto será acotado. Si se generan demoras, podría afectar operaciones sensibles al tiempo, particularmente en comercio exterior.

Endurecimiento técnico, no simbólico

La decisión muestra un enfoque de fortalecimiento regulatorio más que de flexibilización. Amplía el universo de control, incorpora categorías químicas más amplias y articula el régimen local con estándares internacionales.

No se trata de una reforma ideológica sino técnica: responde a evidencia forense, reportes internacionales y análisis especializados, según consta en el propio decreto. También refuerza la coordinación entre el Ministerio de Seguridad, organismos técnicos y la autoridad aduanera.

Hacia el mercado, el mensaje es claro: el control sobre precursores químicos —en especial aquellos vinculados a opioides sintéticos y drogas de diseño— se vuelve más estricto y anticipatorio.

anexo Decreto 128/2026 by CristianMilciades

Lo que habrá que observar

El impacto real dependerá de la implementación práctica: tiempos de autorización, capacidad de fiscalización y adaptación del sector privado. También será relevante monitorear si la ampliación de listas logra reducir desvíos sin generar cuellos de botella en industrias con usos legítimos.

En un mercado químico cada vez más sofisticado y globalizado, la regulación juega en la frontera entre seguridad y actividad productiva. El equilibrio, como siempre, se medirá en la ejecución.

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin