ARCA confirmó un cambio clave para la percepción del IVA en supermercados: a quiénes alcanza

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En una medida que apunta a reducir la carga administrativa de los comercios, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció un cambio fundamental en el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

A partir del 1 de julio, todas las compras en supermercados, hipermercados, minimercados y autoservicios por menos de $10 millones quedarán excluidas de la percepción del impuesto cuando se trate de consumidores finales.

Según la Resolución General 5710/2025 publicada en el Boletín Oficial, aquellos que realicen compras menores a $10 millones ya no pagarán percepción de IVA, clarificando que no hace falta que el comprador acredite condición de responsable frente a ARCA para acceder al beneficio.

La medida responde a “razones de buena administración tributaria” y está enmarcada en “las acciones de simplificación” que viene llevando adelante el organismo.

La nueva normativa fija que no se aplicará el régimen de percepción del IVA cuando los compradores manifiesten su condición de consumidores finales al momento de aceptar el comprobante correspondiente.

Antes, los comercios y supermercados estaban obligados a analizar si el comprador actuaba o no como consumidor final. Con la nueva normativa, toda operación que no supere los $ 10 millones será asumida como una venta a consumidor final, siempre que la operación se realice en determinados rubros.

Este nuevo umbral pasa a ser el único parámetro que determinará si corresponde o no aplicar la percepción, reemplazando la evaluación subjetiva que antes debía hacer cada comercio.

Cuáles son las actividades comerciales contempladas en la medida

  • Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos
  • Venta al por menor en hipermercados
  • Venta al por menor en supermercados
  • Venta al por menor en minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta).

Así, los comercios tendrán una simplificación al reducir la cantidad de operaciones en las que deberán aplicar el régimen de percepción del IVA a aquellos clientes que superen el nuevo monto establecido, y que no hayan acreditado su condición tributaria.

La modificación se da en línea con el cambio en el régimen de emisión de comprobantes, que elevó también a $10 millones el monto base para que comercios identifiquen a los consumidores finales.

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ARCA: recaudación de mayo cayó un 18% real al totalizar $15,8 billones

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Recaudación tributaria de mayo: el crecimiento nominal no compensa el freno real en los ingresos del Estado. La recaudación alcanzó los $15,8 billones, pero factores extraordinarios limitaron el crecimiento real

La recaudación tributaria de mayo ascendió a $15.862.862 millones, lo que implica una suba interanual nominal del 18,6%. Sin embargo, este crecimiento estuvo por debajo de la inflación interanual, lo que indica una contracción en términos reales. El acumulado entre enero y mayo totalizó $70.830.481 millones, con un incremento nominal del 58,4%.

Ganancias e IVA: entre efectos estadísticos y reformas impositivas

Uno de los factores más relevantes en la merma del crecimiento fue la comparación con un mayo 2024 inusualmente elevado, producto del pago del impuesto a las Ganancias por parte del sector financiero, que había registrado ingresos extraordinarios en 2023. Este año, el impuesto mostró una caída interanual del 13,3%, totalizando $4.779.706 millones.

En cuanto al IVA, la recaudación neta alcanzó los $4.388.330 millones, con una suba interanual del 41,7%. El componente impositivo creció 49,6% mientras que el IVA aduanero lo hizo en un 23,4%. Incidieron positivamente la menor devolución a exportadores y un tipo de cambio más alto, pero la reactivación de certificados de exclusión desde marzo afectó la base impositiva de las percepciones aduaneras.

Cambios normativos y su impacto en la recaudación

Varios factores regulatorios explican la menor dinámica de ingresos:

  • Eliminación del Impuesto PAIS, que había aportado $563.100 millones en mayo de 2024.
  • Reducción de retenciones a las exportaciones: en soja, del 33% al 26% para porotos; y del 31% al 24,5% para aceite y pellets. Trigo y maíz pasaron del 12% al 9,5%, y se estableció una alícuota del 0% para economías regionales.
  • Rebajas arancelarias a productos tecnológicos: celulares y consolas de videojuegos vieron reducciones de hasta 50% en aranceles a partir del 20 de mayo.

Otros tributos: fuerte repunte en combustibles y seguridad social

Entre los tributos que mostraron mejoras significativas se destacan:

  • Impuesto a los combustibles, con un alza del 99,1%, recaudando $376.026 millones.
  • Ingresos por seguridad social, que subieron 64,1% impulsados por la mejora en las remuneraciones brutas.
  • Créditos y débitos, con una suba del 76,3%, totalizando $1.126.694 millones.

En contraste, los derechos de exportación cayeron 7,5%, alcanzando $694.550 millones, debido a la baja de alícuotas y a la eliminación del programa de Incremento Exportador que habilitaba un tipo de cambio diferencial.

Recaudación bajo presión: desafíos para la política fiscal

El informe de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirma que, si bien la recaudación continúa creciendo en valores nominales, el contexto macroeconómico y las recientes reformas impositivas limitan su desempeño real. La caída de ingresos vinculada a la eliminación de impuestos y a la devolución de beneficios fiscales plantea un desafío para la sostenibilidad del superávit financiero que persigue el Gobierno.

Con un menor margen para sostener el nivel de ingresos y en medio de una recesión prolongada, la administración nacional deberá decidir entre avanzar con una mayor racionalización del gasto o explorar nuevas vías de recaudación sin frenar la incipiente recuperación de la actividad.

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IVA Simple: Arca agiliza la presentación de declaraciones juradas

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) presenta “IVA Simple”, el nuevo mecanismo que permite agilizar la presentación de declaraciones juradas del impuesto al valor agregado. Por medio de la Resolución General 5705/2025 publicada en el Boletín Oficial, el organismo agiliza la determinación del tributo a partir de un único procedimiento electrónico integral y asistido que reemplaza los sistemas vigentes. 

El nuevo “IVA Simple” se basa en una declaración jurada (Formulario F. 2051) que será precargada por el organismo con la información disponible. El contribuyente podrá confirmar, agregar o modificar. 

El nuevo esquema elimina la multiplicidad de formularios, ya que uno solo agrupa a los actuales (F. 731, 810 y 2002 y 2082) e integra en el mismo formulario el Libro de IVA Digital. De esta forma, se consolida la información en una única declaración. 

Una vez registradas las operaciones, se determina el impuesto, los pagos a cuenta, los saldos a favor y el saldo resultante. En este paso, el sistema permitirá seleccionar el perfil del ciudadano, así como visualizar las retenciones y percepciones informadas a través del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) y Sistema de Control de Retenciones (SICORE). 

De tal modo, ARCA busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de contribuyentes y responsables mediante aplicaciones optimizadas.

Cronograma de implementación

  • Junio 2025: Disponibilidad del sistema
  • Junio-Octubre 2025: Período de transición opcional
  • Noviembre 2025: Implementación obligatoria para todos los responsables inscriptos

Los contribuyentes exentos continuarán utilizando únicamente el Libro IVA digital.

¿Cómo funciona IVA Simple?

IVA Simple opera en dos etapas automatizadas:

  1. Registro electrónico: Carga automática de operaciones de compras y ventas, con datos provistos por ARCA o importados desde sistemas propios.
  2. Determinación del impuesto y del saldo resultante: donde se informarán las condiciones para la determinación del impuesto y se visualizarán las retenciones y percepciones informadas, al igual que otros datos registrados en las bases de ARCA, como pagos a cuenta, saldos a favor, entre otros.

Beneficios para los contribuyentes

  • Reducción del 75% en formularios requeridos
  • Eliminación de carga manual de datos
  • Proceso completamente digital
  • Menor posibilidad de errores
  • Ahorro significativo de tiempo administrativo
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“Súper IVA”: de qué se trata la reforma tributaria que propone Milei con respaldo del FMI

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El Gobierno nacional avanza en una reforma tributaria de enorme alcance que, de concretarse, podría redefinir para siempre la arquitectura fiscal de la Argentina. Se trata del denominado “Súper IVA”, un nuevo tributo que unificaría el Impuesto al Valor Agregado (IVA), los Ingresos Brutos provinciales (IIBB) y tasas municipales en un solo esquema de recaudación nacional. Impulsado por el presidente Javier Milei, con respaldo técnico de su ministro de Economía, Luis Caputo, y validación del Fondo Monetario Internacional (FMI), el proyecto apunta a ejecutarse antes de 2026, aunque su avance depende de los equilibrios legislativos que surjan tras las elecciones de octubre.

La propuesta se basa en un principio de simplificación fiscal extremo. En lugar de que los contribuyentes enfrenten múltiples gravámenes superpuestos —con cargas que se acumulan a lo largo de la cadena productiva—, el “Súper IVA” establecería un único punto de tributación sobre el consumo final, recaudado por el organismo nacional ARCA y redistribuido a las provincias en proporción a sus alícuotas. La idea es que, a la alícuota base del IVA del 21%, se sume el porcentaje que hoy representan los IIBB, que varía entre 1,5% y 5% según la jurisdicción. El resultado: un impuesto integrado de entre 22,5% y 26%, pero simplificado, no acumulativo y, en teoría, más competitivo.

Desde el Ministerio de Economía aseguran que el diseño técnico está prácticamente cerrado, a la espera de la revisión final de expertos tributarios cercanos al oficialismo. Se trata de una pieza clave dentro de la hoja de ruta que el Ejecutivo pactó con el FMI, que exige una reforma impositiva integral para antes de 2026. El organismo internacional, además, ve con buenos ojos la propuesta, por su potencial para mejorar la eficiencia recaudatoria y reducir la evasión.

En el corazón del debate está Ingresos Brutos, un tributo provincial considerado el más distorsivo, regresivo y rechazado del sistema argentino. En un país donde existen más de 125 tipos de impuestos y se crea uno nuevo cada dos años en promedio, el IIBB ocupa el primer lugar en las listas negras de los tributaristas, sin importar su escuela doctrinaria.

Se lo acusa de distorsionar los precios relativos, encarecer los costos finales al consumidor, fomentar la informalidad y erosionar la competitividad de la producción nacional frente a sus pares regionales. De hecho, mientras en buena parte de América Latina el IIBB es historia antigua, en la Argentina se mantiene como una fuente vital de recursos para las provincias. Los cálculos más conservadores estiman que la evasión y elusión impositiva supera el 35%, y el IIBB aparece como un protagonista silencioso de esa fuga estructural.

El dilema de los gobernadores

La intención de reemplazar los Ingresos Brutos por un tributo administrado centralmente generó una reacción inmediata de los gobernadores. Muchos comenzaron a intercambiar mensajes por WhatsApp para unificar una postura de rechazo. El motivo es claro: el IIBB representa la segunda fuente de ingresos para las provincias —sólo detrás de la coparticipación federal— y permite cierto grado de autonomía financiera que se vería amenazada bajo el nuevo régimen.

Pero también son conscientes de las asimetrías de poder que impone el contexto. Milei gobierna sin presupuesto aprobado, con la llave de las transferencias discrecionales en manos de Caputo y con la figura del primo de este —asesor de peso desde el edificio de enfrente al Palacio de Hacienda— como actor clave en la negociación fina con los mandatarios provinciales. En tiempos de ajuste y restricción, la dependencia de Nación es más asfixiante que nunca.

Desde el sector privado, la propuesta genera expectativas. La unificación de tributos podría reducir los costos administrativos, eliminar superposiciones normativas y facilitar el cumplimiento fiscal, especialmente para pymes y empresas exportadoras. A la vez, promete reducir el llamado “costo argentino”, mejorando márgenes de competitividad.

Sin embargo, su implementación exige una reforma de la Ley de Coparticipación Federal y la generación de acuerdos entre niveles de gobierno con visiones fiscales divergentes. El riesgo político de avanzar sin consenso puede implicar un fuerte desgaste institucional.

El “Súper IVA” no es solo una propuesta técnica. Es, en esencia, un proyecto de rediseño del federalismo fiscal argentino. Con el respaldo del FMI, la determinación de Javier Milei y el trabajo técnico de su círculo económico, el Gobierno apuesta a resolver de un golpe tres problemas históricos: la complejidad tributaria, la evasión estructural y la ineficiencia recaudatoria.

Pero el obstáculo no es solo la técnica: es la política. El futuro del “Súper IVA” se jugará en el Congreso y en la relación de fuerza entre Nación y provincias. Será allí donde se defina si esta idea revolucionaria es el germen de un nuevo sistema o una utopía más en la larga lista de reformas fiscales frustradas.

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Facturas apócrifas: riesgos, consecuencias y medidas de protección para las empresas

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La emisión y uso de facturas apócrifas se ha convertido en uno de los principales desafíos para ARCA (ex AFIP) en su lucha contra la evasión fiscal. Estas facturas, que documentan operaciones comerciales inexistentes o infladas, permiten a algunos contribuyentes generar créditos fiscales ficticios, afectando gravemente la recaudación tributaria. 

Existen contribuyentes que “compran” facturas con el claro propósito de reducir la carga fiscal en el Impuesto a las Ganancias y en el Impuesto al Valor Agregado, ya sea encubriendo un gasto o una salida relacionada con el circuito marginal; disminuyendo la base imponible o generando crédito fiscal a su favor.

En este contexto, el organismo fiscal ha implementado una serie de medidas para detectar y sancionar estas prácticas, mientras que las empresas enfrentan el reto de fortalecer sus controles internos para evitar ser víctimas o partícipes involuntarios de estos esquemas fraudulentos.

Nos encontramos ante dos situaciones, las sociedades que son creadas exclusivamente para generar y comercializar este tipo de instrumentos, llamadas “usinas generadoras de crédito fiscal ficticio”, y los contribuyentes que comercializan de manera lícita, pero simulan algunas operaciones que no se efectúan en la realidad o emiten comprobantes por encima del valor correspondiente.

Ante esta problemática, ARCA ha implementado una serie de mecanismos de control destinados a detectar y neutralizar estas prácticas. Entre ellos, destaca la Factura M, que obliga a los Responsables Inscriptos que la reciben a actuar como agentes de retención. 

Asimismo, se ha creado una base de contribuyentes no confiables (Base APOC), accesible al público, que permite verificar la fiabilidad de los proveedores. 

El Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF) proporciona una evaluación de la capacidad económica de cada contribuyente para realizar transacciones. Las fiscalizaciones presenciales o electrónicas se utilizan para llevar a cabo controles preventivos y posteriores a las operaciones. La Matriz Perfil de Riesgo APOC es una herramienta clave para identificar casos complejos, como las “usinas” mixtas y los nuevos inscriptos en el IVA.

Adicionalmente, la Herramienta POTAPOC (Potenciales Usinas de Facturas Apócrifas) facilita la identificación temprana de posibles “usinas” mediante el análisis de grandes volúmenes de datos. 

La utilización de facturas apócrifas puede acarrear graves consecuencias para las empresas, incluyendo la impugnación del gasto en el Impuesto a las Ganancias, la impugnación del crédito fiscal en el IVA, multas según la ley 11.683 y la aplicación del Régimen Penal Tributario.

Para evitar incurrir en estas prácticas y protegerse de posibles sanciones, los contribuyentes deben verificar la validez de los comprobantes y asegurarse de que estén debidamente autorizados por ARCA. Además, es fundamental utilizar medios de pago específicos para garantizar la validez de las deducciones y créditos fiscales, tales como depósitos en cuentas bancarias, transferencias bancarias, cheques (comunes, de pago diferido, cancelatorios), tarjetas de crédito, compra o débito, y facturas de crédito. En caso de no utilizar estos medios, los contribuyentes deben acreditar la veracidad de las operaciones.

Las empresas deben implementar acciones de control interno bajo el principio de “Conozca a su Proveedor“. Esto implica recabar y verificar información relevante de los proveedores, como el estatuto social, el acta de designación de autoridades, los estados contables, los datos bancarios, las referencias comerciales, el detalle de los principales clientes, los informes de Veraz o Nosis, los domicilios físicos, la constancia de CUIT, los registros tributarios, entre otros.  Esto implica detectar y evaluar señales de alerta que pudieran presentarse.

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