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ARCA denunció a la AFA por facturas apócrifas y un presunto perjuicio fiscal de más de $375 millones

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) presentó una nueva denuncia penal contra la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) ante la Justicia federal, por la presunta utilización de facturas apócrifas y la existencia de salidas no documentadas de fondos, en una operatoria que habría generado un perjuicio fiscal preliminar superior a los 375 millones de pesos.
La acusación surge tras una fiscalización integral sobre las operaciones de la AFA realizadas entre marzo de 2023 y junio de 2025, y se suma a una denuncia previa por posible evasión tributaria y previsional que, según ARCA, superaría los 19.000 millones de pesos.

La presentación fue realizada por el organismo recaudador que conduce Andrés Vázquez, mientras que la AFA es presidida por Claudio “Chiqui” Tapia. El expediente se encuentra actualmente en etapa de instrucción, sin imputaciones penales formales ni resolución judicial de fondo.

El origen de la investigación y las irregularidades detectadas

La investigación se inició a partir de alertas generadas por sistemas internos de análisis de riesgo de ARCA, que detectaron inconsistencias en la facturación recibida por la AFA. Esos controles derivaron en la identificación de pagos a proveedores incluidos en la base de contribuyentes no confiables, un registro oficial que agrupa a firmas consideradas apócrifas o sin sustento económico real.

Según consta en el expediente, la fiscalización no se limitó a una revisión formal de comprobantes, sino que incluyó inspecciones presenciales, verificaciones domiciliarias, análisis bancarios, pedidos de información a entidades financieras y cruces con otras bases de datos fiscales.
Los investigadores detectaron un patrón reiterado: empresas que emitían facturas por montos millonarios sin contar con empleados, infraestructura, activos ni antecedentes comerciales compatibles con los servicios declarados.

En varios de los domicilios declarados, los inspectores no lograron localizar actividad comercial, encontrando viviendas particulares o direcciones inexistentes. Además, se registraron movimientos bancarios atípicos, como retiros inmediatos de fondos, endosos de cheques y circuitos cerrados de dinero, así como la presencia de socios o directivos que integran múltiples sociedades, varias de ellas también incluidas en la base de contribuyentes no confiables.

Ajustes fiscales, montos en discusión y encuadre legal

Tras la fiscalización inicial, ARCA dictó dos resoluciones administrativas que determinaron ajustes fiscales en concepto de Impuesto a las Ganancias – Salidas no Documentadas e IVA. Las resoluciones fueron notificadas electrónicamente a comienzos de 2026, otorgando a la AFA los plazos legales para presentar su descargo.

Según el detalle incorporado al expediente, la cuantificación provisoria de los ajustes es la siguiente:

Impuesto a las Ganancias – Salidas no Documentadas

  • Período fiscal 2025
    • Ajustes por resoluciones administrativas: $4.647.841,21
    • Ajustes por investigaciones sistémicas: $165.414.140,05
    • Total estimado 2025: $170.061.981,26
  • Período fiscal 2024
    • Ajustes por resoluciones administrativas: $52.148.310,91
    • Ajustes por cruces sistémicos: $129.742.595,73
    • Total estimado 2024: $181.890.906,64
  • Período fiscal 2023
    • Ajustes por resoluciones administrativas: $22.934.217,46

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

  • Período fiscal 2023
    • Ajuste determinado: $1.160.350,80

En conjunto, el monto determinado supera los 375 millones de pesos, sin considerar intereses resarcitorios ni eventuales multas, y permanece sujeto a modificaciones conforme avance el procedimiento.

La imputación principal se encuadra en la figura de “salidas no documentadas”, prevista en la Ley del Impuesto a las Ganancias, que se aplica cuando los pagos realizados carecen de respaldo en operaciones reales, aun cuando existan comprobantes formales.

La respuesta de la AFA y el avance judicial

De acuerdo con las actuaciones, la AFA rechazó los ajustes determinados y manifestó su disconformidad con las liquidaciones practicadas. Frente a esa negativa, ARCA avanzó con un procedimiento determinativo de oficio, que habilita una revisión más profunda de la situación fiscal del contribuyente.

En paralelo, nuevos cruces sistémicos permitieron detectar otras facturas observadas, emitidas por proveedores distintos a los inicialmente fiscalizados, lo que amplió tanto el período bajo análisis como la cantidad de operaciones investigadas.

Los informes técnicos sostienen que la emisión de una factura no resulta suficiente para justificar la deducción de un gasto si no se acredita la prestación efectiva del servicio, la razonabilidad económica de la operación y la capacidad real del proveedor. Bajo este criterio, ARCA concluyó que los pagos efectuados por la AFA no pueden ser aceptados como gastos deducibles.

El expediente pone especial foco en el elemento subjetivo, es decir, en el grado de conocimiento o intención del contribuyente. Para ARCA, el volumen de las operaciones, la reiteración de proveedores y las inconsistencias detectadas impiden sostener que la AFA desconociera la falta de sustento económico de las contrataciones.

Impacto institucional

Ante la magnitud de las irregularidades, ARCA informó formalmente al juez interviniente, aportando resoluciones administrativas, informes técnicos y la cuantificación preliminar del perjuicio fiscal, además de solicitar la continuidad de las medidas de prueba y la autorización para nuevos requerimientos de información.

La causa permanece abierta y podría ampliarse si surgen nuevos proveedores, períodos o circuitos financieros bajo sospecha. Desde el ámbito judicial advierten que las responsabilidades finales y los montos definitivos dependerán del avance de las actuaciones administrativas y de las decisiones que adopte la Justicia.

Por su volumen económico, la complejidad técnica del esquema analizado y el alto perfil público de la entidad involucrada, el expediente se perfila como una de las investigaciones fiscales más relevantes de los últimos años, con impacto en los planos judicial, político, económico y deportivo, mientras la AFA continúa ejerciendo su derecho de defensa.

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Industria fueguina: Economía suspendió el aporte al FAMP por pérdida de competitividad

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El Ministerio de Economía resolvió reducir al 0% el aporte obligatorio que las empresas industriales radicadas en Tierra del Fuego debían realizar al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP), en el marco del régimen de promoción de la Ley 19.640. La medida, formalizada mediante la Resolución 20/2026 de la Secretaría de Industria y Comercio, busca recomponer la ecuación económico-financiera del sector ante cambios tributarios y arancelarios que afectaron la competitividad, y tiene impacto directo sobre la inversión, el empleo y la continuidad productiva en la provincia.

La resolución fue firmada el 20 de enero de 2026 en la Ciudad de Buenos Aires por el Secretario de Coordinación de Producción, en ejercicio de las competencias de la Secretaría de Industria y Comercio, y publicada en el Boletín Oficial el 21 de enero de 2026.

El régimen fueguino, la prórroga hasta 2038 y el rol del FAMP

La decisión se inscribe en el entramado normativo del Régimen de Promoción Industrial de Tierra del Fuego, establecido por la Ley N° 19.640, cuyo objetivo original fue reafirmar la soberanía nacional mediante un esquema fiscal y aduanero especial que impulsara el desarrollo económico en la entonces jurisdicción nacional.

Ese régimen permitió la radicación de empresas industriales generadoras de empleo directo e indirecto y, con el Decreto N° 727 del 22 de octubre de 2021, el Poder Ejecutivo extendió hasta el 31 de diciembre de 2038 la vigencia de los derechos y obligaciones de las firmas con proyectos vigentes, otorgando previsibilidad a largo plazo. Como contrapartida, ese mismo decreto estableció que las empresas debían realizar aportes mensuales obligatorios equivalentes al 15% del beneficio obtenido en concepto de IVA, destinados al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP – Fueguina), creado por el Decreto N° 725/21.

El FAMP fue concebido como un fideicomiso de administración orientado a financiar proyectos productivos que ampliaran la matriz económica provincial y mejoraran la competitividad. Sin embargo, el artículo 5° del Decreto N° 727/21 ya preveía que, ante modificaciones en las condiciones tributarias o arancelarias que alteraran la competitividad, la Autoridad de Aplicación pudiera reducir el porcentaje del aporte, hasta tanto se restablecieran las condiciones originales.

Pérdida de competitividad y pedido del sector industrial

Según los considerandos de la Resolución 20/2026, las empresas que integran la Unión Industrial Fueguina (UIF) y la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (AFARTE) presentaron formalmente su reclamo en el expediente administrativo, advirtiendo que la plena vigencia del Decreto N° 333 del 19 de mayo de 2025 y el conjunto de medidas de desregulación económica en curso generaron una pérdida crítica de competitividad para el sector.

El planteo sostuvo que el impacto no se limitó a un segmento específico, sino que alcanzó a toda la actividad productiva de la provincia, comprometiendo la continuidad operativa y el sostenimiento del empleo. En ese marco, y conforme al procedimiento previsto en el artículo 5° de la Resolución N° 228/2022, se realizó la consulta al Comité Ejecutivo del FAMP – Fueguina, que dictaminó favorablemente sobre la afectación de los proyectos vigentes y recomendó hacer lugar a la reducción solicitada.

Los informes técnicos incorporados al expediente concluyeron que se verificaron modificaciones en las condiciones tributarias y arancelarias vigentes al momento del dictado del Decreto N° 727/21, configurándose el supuesto legal que habilita la reducción del aporte. En función de ello, se dispuso llevar el aporte obligatorio a CERO POR CIENTO (0%), con aplicación extensiva a todas las empresas adheridas a las prórrogas establecidas por los Decretos N° 727/21 y N° 594/23.

Alcances, límites y efectos sobre el empleo y la inversión

La resolución aclara que la reducción del aporte no libera a las empresas del cumplimiento de los proyectos productivos que hubieran sido aprobados por el Comité Ejecutivo del FAMP en los términos del artículo 6° bis del Decreto N° 727/21. En caso de incumplimiento, las firmas deberán integrar al fondo los aportes retenidos, más los intereses correspondientes.

Asimismo, se establece que el Comité Ejecutivo del FAMP – Fueguina será el encargado de fijar las pautas para operativizar esta previsión, y que la medida rige desde el día de su suscripción y se mantendrá vigente mientras subsistan las condiciones que motivaron su dictado.

Desde el punto de vista económico e institucional, la decisión representa una señal de alivio fiscal para el entramado industrial fueguino en un contexto de cambios regulatorios y de presión sobre costos. Al mismo tiempo, reabre el debate sobre el equilibrio entre la necesidad de financiar políticas de diversificación productiva y la urgencia de preservar la competitividad, la inversión y el empleo en una provincia altamente dependiente del régimen promocional.

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La Justicia aceptó a ARCA como querellante en la causa contra la AFA por presunta evasión agravada

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) fue aceptada como querellante en la causa judicial que investiga a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por la presunta apropiación indebida de más de $19.000 millones que debían ser girados al Estado. La decisión, adoptada por el juez en lo Penal Económico Diego Amarante, fortalece el rol procesal del organismo recaudador y profundiza una investigación con impacto económico, institucional y fiscal sobre el principal ente del fútbol argentino.

Con esta resolución, ARCA podrá acceder de manera plena al expediente, solicitar medidas de prueba y apelar resoluciones judiciales en el marco de un proceso que apunta a determinar responsabilidades por supuesta “evasión agravada”, vinculada a retenciones impositivas y previsionales no ingresadas en tiempo y forma.

El origen de la causa y el rol de ARCA

La causa se originó a partir de una denuncia presentada por la propia ARCA el 12 de diciembre, en la que el organismo alertó a la Justicia que la AFA habría retenido fondos correspondientes a los clubes afiliados sin girarlos posteriormente al Estado. A partir de esa presentación, el fiscal en lo Penal Económico Claudio Navas Rial avanzó con la apertura de la investigación e imputó a la cúpula de la AFA por el delito de evasión agravada.

Según consta en el expediente, el perjuicio fiscal denunciado asciende a $19.353.546.843,85. La cifra fue detallada por los abogados de ARCA, Vanina Mariel Vidal y Matías Alejo Gentile Brezigar, quienes sostienen que las irregularidades detectadas comprometen impuestos nacionales y aportes al sistema de la seguridad social.

En concreto, el organismo recaudador identificó inconsistencias en el ingreso del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del Impuesto a las Ganancias y de las Contribuciones a la Seguridad Social correspondientes al período comprendido entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.

Impacto económico e institucional del expediente

La aceptación de ARCA como querellante representa un giro relevante en términos procesales. Al convertirse en parte activa, el organismo no solo impulsa la investigación sino que también refuerza la dimensión institucional del caso, al tratarse de presuntos incumplimientos tributarios de magnitud por parte de una entidad de fuerte peso económico y social.

Desde el punto de vista fiscal, el monto bajo investigación supera los $19.000 millones, una cifra significativa en términos de recursos públicos, especialmente en un contexto de fuerte énfasis oficial en la recaudación, el control del gasto y el cumplimiento de las obligaciones tributarias. La causa también pone el foco en los mecanismos de retención y transferencia de impuestos vinculados a la actividad deportiva profesional, un sector que maneja flujos financieros relevantes.

En el plano institucional, el expediente abre interrogantes sobre los sistemas de control y supervisión aplicados a las entidades que actúan como agentes de retención, así como sobre la relación entre los clubes, la AFA y el Estado. La investigación podría derivar en mayores exigencias de transparencia y en eventuales revisiones de los esquemas de recaudación y fiscalización.

Proyección y posibles repercusiones

Con ARCA ya incorporada formalmente como querellante, se espera una intensificación de las medidas probatorias y un avance más dinámico del proceso judicial. El acceso pleno al expediente permitirá al organismo impulsar pericias, requerir documentación y profundizar el análisis de los flujos financieros bajo sospecha.

En términos de repercusiones, el caso podría generar impacto tanto en el ámbito del fútbol profesional como en el debate más amplio sobre el cumplimiento fiscal de las entidades deportivas. También podría sentar precedentes relevantes para otros sectores donde existen esquemas de retención de impuestos y contribuciones, reforzando el mensaje de control y sanción ante eventuales incumplimientos.

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ARCA extiende alivio impositivo a alimentos, medicamentos e insumos pymes importados

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Con el objetivo de reforzar la estrategia antiinflacionaria, el Gobierno nacional decidió prorrogar hasta el 30 de junio de 2026 los beneficios fiscales aplicados a la importación de bienes de cuatro rubros considerados estratégicos. La medida, dispuesta por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y publicada en el Boletín Oficial, apunta a sostener precios en sectores sensibles del consumo y la producción, en un contexto de apertura comercial y mayor competencia externa.

La resolución excluye del pago del Impuesto a las Ganancias y del IVA a las importaciones de alimentos que integran la canasta básica, bienes de primera necesidad, medicamentos e insumos destinados a pequeñas y medianas empresas, siempre que los importadores cuenten con Certificado MiPyme vigente al momento de la operación.

Alivio fiscal selectivo para bienes sensibles

La prórroga ratifica un esquema de beneficios fiscales focalizados, orientado a reducir costos de ingreso de productos esenciales y a moderar presiones inflacionarias. Desde el Gobierno sostienen que la mayor competencia vía importaciones contribuye a disciplinar precios, especialmente en rubros con fuerte impacto en el índice de inflación.

La medida se enmarca en una coyuntura de dinamismo del comercio exterior: en los primeros once meses del año, las exportaciones argentinas alcanzaron los US$ 70.235 millones, superando ampliamente los US$ 60.775 millones registrados en 2024, un dato que refuerza la estrategia oficial de mayor integración comercial.

No obstante, la prórroga no está exenta de críticas. Sectores de la industria local advierten que incentivar compras externas puede afectar la producción nacional, especialmente en segmentos donde la competencia internacional opera con ventajas de escala y costos.

Contexto: apertura comercial y simplificación aduanera

La extensión de los beneficios fiscales se suma a otras decisiones recientes orientadas a facilitar las importaciones. ARCA ya implementó un nuevo esquema administrativo que simplifica trámites, ordena procedimientos y avanza en la digitalización del sistema aduanero, como el reemplazo de formularios impresos por versiones online.

Estas normas benefician a personas humanas que importan bienes nuevos o usados para consumo personal, sin fines comerciales ni industriales, y buscan modificar la forma en que se gestiona la documentación ante la Aduana, reduciendo tiempos y costos operativos.

En paralelo, especialistas señalan que el Gobierno complementa estas medidas con la liberalización paulatina del mercado cambiario y la eliminación de la mayoría de las trabas al comercio exterior, configurando un esquema más abierto y competitivo.

Impacto económico y posibles repercusiones

Desde la óptica oficial, la prórroga hasta el 30 de junio refuerza el anclaje de precios en productos sensibles, especialmente alimentos, medicamentos y bienes esenciales, con impacto directo en el costo de vida. Para las pymes, el alivio fiscal en insumos importados busca mejorar la competitividad y reducir costos de producción.

Sin embargo, el debate permanece abierto. Mientras el Gobierno apuesta a que la competencia externa ayude a bajar la inflación, sectores industriales anticipan tensiones sectoriales y reclaman medidas complementarias para proteger la producción local.

En ese equilibrio entre precios, consumo e industria se juega una parte central de la política económica de 2026.

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La presión tributaria cayó 1,1 puntos del PBI en 2025 y fue la más baja en diez años

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La recaudación tributaria nacional cerró 2025 con una baja real del 1% interanual y una caída de 1,1 puntos porcentuales del PBI en la presión tributaria efectiva, según un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF). El dato confirma un giro relevante en la política fiscal, con impacto directo sobre las cuentas públicas, el esquema tributario y la relación Nación–provincias.

El año 2025 habría finalizado con una reducción significativa de la presión tributaria efectiva nacional, que se ubicó en el nivel más bajo de los últimos diez años. De acuerdo con el informe de recaudación nacional de diciembre de 2025 elaborado por el IARAF, la relación entre los ingresos tributarios y el tamaño de la economía descendió 1,1 puntos porcentuales del Producto Bruto Interno (PBI) respecto de 2024, en un contexto marcado por la eliminación del impuesto PAIS y la reducción de la carga sobre varios tributos clave.

En términos reales, la recaudación tributaria nacional acumulada del año habría registrado un descenso del 1% interanual, sin lograr compensar la baja de impuestos aplicada durante el ejercicio. El informe, fechado el 2 de enero de 2026, se apoya en datos difundidos por ARCA y utiliza como supuesto una inflación mensual del 2,5% para diciembre.

Cinco meses consecutivos de caída y fuerte impacto en derechos de exportación

El informe señala que en diciembre de 2025 se registró la quinta caída real interanual consecutiva de la recaudación tributaria nacional total, con una baja del 3% real respecto del mismo mes de 2024. Al excluir los tributos vinculados al comercio exterior, la variación real interanual habría sido nula, lo que refleja el peso de estos impuestos en el desempeño global de los ingresos fiscales.

Al analizar el comportamiento por tributo, la mayor caída real interanual correspondió a los derechos de exportación, con un desplome del 58%, incluso sin considerar la eliminación del impuesto PAIS. Según el IARAF, este retroceso estuvo directamente vinculado a la eliminación de carga tributaria al sector agropecuario.

Le siguieron los impuestos internos, con una baja real interanual del 25%, y Bienes Personales, con una contracción del 19%, explicada por la comparación con una base elevada de diciembre de 2024 y por la reducción de alícuotas.

Entre los tributos de mayor peso, el IVA, principal impuesto del sistema, registró una caída real del 6,8%, mientras que los aportes y contribuciones a la seguridad social, segundo rubro en importancia, descendieron un 1,2% real interanual.

En contraposición, los tributos con mayor incremento real en diciembre fueron los derechos de importación (+12,6%), el impuesto a las ganancias (+9,7%) y el impuesto a los combustibles (+5%), mostrando una recomposición parcial de ingresos por la vía del comercio exterior y el consumo específico.

Un año completo en retroceso y presión tributaria en mínimos históricos

Considerando el total de 2025, la recaudación tributaria nacional habría caído un 1% real respecto de 2024. Sin embargo, el informe aclara que, si se excluyen los tributos vinculados al comercio exterior, la recaudación total habría aumentado un 4,5% real interanual, lo que pone en evidencia el efecto contractivo de la política tributaria sobre ese segmento.

En el acumulado anual, los tributos con mayor caída real fueron Bienes Personales (-34,6%), derechos de exportación (-16%) e internos coparticipados (-11,7%). En sentido inverso, los mayores incrementos se observaron en el impuesto a los combustibles (+42,9%), derechos de importación (+22,3%) y seguridad social (+13,8%).

El relevamiento histórico del IARAF muestra que la recaudación tributaria nacional de 2025 se ubicó en el noveno lugar de los últimos diez años, bajo un orden de mayor a menor, y fue 6,6% inferior en términos reales a la de 2023.

Más contundente aún es el dato sobre presión tributaria efectiva: en el período 2016–2025, el año 2025 ocupa el último lugar, consolidando una tendencia descendente que redefine el esquema de ingresos del Estado nacional y abre interrogantes sobre su sostenibilidad fiscal y el financiamiento de políticas públicas.

Implicancias fiscales y desafíos hacia adelante

El informe del IARAF refleja un cambio estructural en la relación entre el Estado y la economía, con menor presión tributaria pero también con menores recursos reales disponibles. Este escenario impacta de lleno en la capacidad fiscal de la Nación, en el esquema de coparticipación y en la planificación presupuestaria, especialmente en un contexto donde la recaudación muestra señales persistentes de debilidad.

La evolución de los ingresos tributarios en 2026 dependerá, en gran medida, del desempeño de la actividad económica, de la dinámica del comercio exterior y de eventuales ajustes en la política impositiva. Por ahora, los datos confirman que 2025 marcó un punto de inflexión en la presión tributaria argentina.

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