Jubilaciones

Gobernadores piden mayor presupuesto para cubrir déficit de las cajas jubilatorias

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La ley prevé $ 17.000 millones para cubrir el rojo de los 13 distritos que no trasladaron la caja. El Gobierno impuso hasta al 30 de junio para que homologuen los datos
Con la venia del presidente Mauricio Macri, el ministro del Interior Rogelio Frigerio puso en marcha a su equipo para avanzar en la armonización de las 13 cajas jubilatorias provinciales que no están transferidas a la Nación.
Para ello, el secretario de Provincias, Alejandro Caldarelli, y el subsecretario de Relaciones con las Provincias, Paulino Caballero, junto al secretario de Hacienda, Rodrigo Pena, y el subdirector Ejecutivo de Administración de la ANSeS, Federico Braun, se reunieron ayer con los titulares y representantes de las carteras de Economía, Hacienda y Finanzas de Córdoba, Buenos Aires, Chaco, Chubut, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego y le volvieron a poner fecha límite para la entrega de datos.
“A la provincia que para el 30 de junio no haya entregado los datos necesarios para hacer la simulación del déficit, se le congelarán los anticipos automáticos”, explicó Caballero a El Cronista. La decisión de poner ese plazo responde a la “necesidad” de contar con un dato que certifique el envío de dinero.
El sistema recrea un déficit de cómo quedaría la caja si, en vez de estar con pautas provinciales, estuviera con las de Nación. En función de eso simulan cuál sería el déficit de cada uno de los distritos por afuera de las transferencias automática.

El presupuesto 2018 es de $ 17.000 millones, de los cuales $ 12.000 millones son trasferencias automáticas y el resto queda para cubrir los déficit.
El problema parece estar en que, teniendo en cuenta la inflación y que sólo Córdoba ya piensa en un rojo de más de $ 6000 millones para este año, los números no cierran, por lo menos para los ministros de Hacienda provinciales.
“La sensación que tenemos es que no van a alcanzar los fondos y vamos a entrar en una carrera en donde cobrará el que primero llegue”, explicó uno de los ministros provinciales que participó del encuentro. “Esta bastante claro para todos nosotros las provincias que van a tener que hacer una ampliación presupuestaria porque sino no van a poder cubrir la deuda”, agregaron otros ministros.
Desde el Gobierno se defienden y aseguran que “sin los números, es imposible saber si nos alcanza o no. Puede ser que alcance o no, pero para eso necesitamos hacer las simulaciones”.
En principio la mayoría de los distritos ya comenzaron a entregar los datos salvo Tierra del Fuego, Misiones, Santa Cruz y, lo que llamó la atención de los presentes, Buenos Aires. En el equipo que conduce Frigerio entienden que la falta de datos tiene que ver con problemas de carga y que algunos sistemas “no aguantan” los datos, por lo que entienden que pronto se solucionará.
Mientras tanto, este viernes comenzarán reuniones entre Interior y cada una de estas provincias para trabajar cada caso por separado con la mirada puesta en el 30 de junio.
Por otro lado, las provincias se llevaron la promesa de revisar en abril la deuda entre lo que se transfirió automáticamente y el déficit a cubrir desde enero de este año, y de ahí revisarlo trimestralmente. Los últimos dos años esto se hizo en diciembre, por lo que las provincias recién ahí recuperaban la diferencia del pago de las jubilaciones.
La negativa llegó al pedido de modificación del porcentaje de aporte. Este grupo de 13 provincias que no armonizaron tienen las alícuotas de aportes patronales en el 16% promedio, y las que ya están en manos de ANSeS, en el 10,17%. Las primeras quieren un recorte de alícuotas para “equiparar”, pero Nación respondió que la ley la establece en 16% y que son las otras las que deberán armonizar ese número.
Por último, Caballero les adelantó que en los próximos días saldrá un Decreto aclaratorio de la Ley 27.260 para suprimir las penalidades y con la metodología de cálculo para establecer el déficit real.

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Solo 20 mil de los cien mil jubilados de Anses en Misiones cobrarán el 82 por ciento móvil

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La actualización de las jubilaciones al 82 por ciento alcanzará a poco más de 20 mil de los cien mil jubilados que tiene la Anses en Misiones.  El aumento implica un desembolso de 10.113.395,09 pesos mensuales para quienes cumplieron los 30 años de aportes. La provincia con mayor cantidad de beneficiarios es Buenos Aires, con 530.454 jubilados y 275.392.857,76 pesos mensuales, seguida por Capital Federal, con 178.732 beneficiarios y 92.223.362,61 pesos. 
Los haberes actualizados serán abonados a aquellos que les corresponda según el calendario de pagos que se inicia el próximo miércoles 10. En el país, este aumento en las jubilaciones alcanzará a más de 1.300.000 personas. El Salario, Mínimo, Vital y Móvil es de $9500 desde el 1º de enero.
A partir de la sanción de la Ley 27.426 de Reforma Previsional, la ANSES informa que, desde el miércoles 10 de enero y junto al pago de los haberes mensuales, abonará la diferencia que permitirá llegar al 82% del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) a las personas que se hayan jubilado con 30 años de aportes. 
De esta manera, 1.328.707 personas recibirán un incremento promedio de $528, lo que representa una erogación para la ANSES de $697.386.039,20. 
Por otro lado, cada vez que se incremente el SMVM, si el haber mínimo resulta inferior al 82%, se ajustarán los montos para que las jubilaciones de quienes cumplen los requisitos alcancen este porcentaje.
En este sentido, el Director Ejecutivo de la ANSES, Emilio Basavilbaso, destacó que “estamos cumpliendo una de las primeras promesas que anunció el presidente Mauricio Macri durante su campaña: pagar el 82 por ciento móvil a los jubilados y pensionados que hayan aportado durante 30 años. Es una medida que les permite recomponer sus haberes”. 
Esta medida incluye a quienes se hayan jubilado con leyes anteriores a la 24.241; a través de leyes especiales derogadas que se ven alcanzadas por la movilidad general; quienes hayan accedido a un beneficio por invalidez o por una pensión de aportantes regulares o provengan de cajas provinciales transferidas a la Nación en la década del 90.
Quedan excluidos de esta medida los que se jubilaron mediante moratoria y a los que no les correspondió el beneficio de la Prestación Básica Universal (PBU). 
Cabe aclarar, además, que la cantidad de años aportados puede ser menor en el caso de quienes realizaron tareas insalubres (por ejemplo, personal embarcado que se jubilan con 25 años de aportes) o a quienes se les permitía reconocer servicios por declaración jurada (hasta 2006).
 

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Aunque el empalme es complejo, la fórmula para actualizar haberes jubilatorios debe contemplar la sustentabilidad del sistema

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Por Marcelo Capello, Gerardo García Oro y Luis Laguinge. Los “acuerdos básicos de gobernabilidad” para los próximos años aparecen como una buena oportunidad para discutir la implementación de reformas estructurales que requieren distintos institutos públicos, entre los cuales se encuentra el sistema de seguridad social. En este caso, el principal desafío consiste en otorgar al régimen mayor previsibilidad en cuanto a su financiamiento y sustentabilidad, además de otorgar prestaciones justas y cuya fórmula de otorgamiento, cálculo inicial y movilidad no resulten objeto de mayor litigiosidad y defectos que nuevamente deban ser reparados en un futuro.

En este sentido, un primer aspecto que vale la pena considerar es que las reformas tributarias planteadas han provocado modificaciones en las fuentes de financiamiento de la ANSES, con las que luego hace frente al pago de las prestaciones contributivas y no contributivas concedidas, además de financiar programas como Asignación Universal por Hijo y Embarazo (desde 2009) y Progresar (2014), entre otros. Este aspecto debe ser considerado con especial cuidado en el análisis de la sustentabilidad del régimen.

El crecimiento en la cantidad de prestaciones otorgadas ha llevado a que el gasto previsional alcance una representatividad cercana al 10% del PBI, 3 puntos porcentuales del Producto por arriba del nivel inmediato a la estatización del sistema en 2008. En la tendencia ascendente en el gasto de ANSES observada en los últimos años, influyeron aspectos como la estatización de las AFJP (llevando este indicador a un 6,7% del PBI en 2009), las expansiones reales en el valor del haber (exceptuando los años 2014 y 2016), moratorias previsionales (se incorporaron al sistema 2,8 millones de personas sin aportes completos) y el efecto expansivo sobre el gasto que se proyecta para fines de 2017, en base a la implementación del Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados.

De esta manera, entre países de la región, el sistema de seguridad social en Argentina se ha posicionado como uno de los que se llevan mayor porción del PIB, lo que representa un importante desafío en materia de sustentabilidad y financiamiento a mediano y largo plazo, sobre todo a consideración de las prestaciones que fueron incluidas a lo largo de los últimos años en el régimen y los altos niveles de informalidad y exclusión laboral que se exhiben en la actualidad.

Este hecho materializa la relevancia de la discusión de los problemas coyunturales y estructurales que influyen sobre la sustentabilidad del mismo, recordando que los sistemas de seguridad social constituyen herramientas de cobertura social a mediano y largo plazo, de manera que es éste el plazo de consideración relevante para la evaluación de reformas y definiciones de coberturas.

Lo mismo puede observarse en la consideración de la relación entre la cantidad de activos aportantes al régimen (trabajadores registrados) por cada pasivo, incluyendo no sólo las prestaciones previsionales sino también a perceptores de programas incluidos en la seguridad social, tales como el programa de Asignación Universal por Hijo y Embarazo y PROGRESAR, entre otros. En este aspecto, su participación como pasivos se calibra en función del valor de los beneficios concedidos en comparación al haber previsional mínimo.

Al respecto, el crecimiento en el volumen de prestaciones del régimen y la alta incidencia de la informalidad laboral (situación en la que se encuentran unos 8 millones de trabajadores, al considerar metodología OIT para los cuentapropistas) redundaron en que esta relación sea en 2017 de 1,4 activos por cada pasivo, cuando en el año 2005 este indicador era igual a 2,1. Asimismo, si se incluyera en la cuenta a todos aquellos beneficiarios de los programas mencionados, la relación desciende hasta 1,24 activos por cada pasivo/beneficiario.

Frente a este desafío, desde finales de 2008 – momento en que el Congreso Nacional aprobó la estatización de los fondos de pensión, que hasta entonces administraban las AFJP – el seguimiento del resultado fiscal del régimen se volvió en un aspecto primordial para la consideración de su viabilidad y sustentabilidad de largo plazo.

Así, mientras que en el lapso 2010-2012, el organismo alcanzó un superávit promedio de 0,6% anual en términos del PIB, esta variable descendió a 0,4% en el bienio 2013- 2014 y, finalmente, se arribó a un déficit de 0,2% en 2015. Sin embargo, es crucial destacar que, más allá de los aportes y contribuciones y las rentas de la propiedad del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS), la ANSES es financiada en gran parte por la recaudación de impuestos nacionales, que en su mayoría resultaron detracciones al sistema de coparticipación federal de impuestos, desde comienzos de la década del noventa en adelante.

Algunas de las fuentes más importantes están dadas por el 20% de la masa neta de Impuesto a las Ganancias (además de un monto fijo anual de $120 millones), la mayor parte del 11% de la recaudación de IVA destinada al Régimen Nacional de Previsión Social (93,7%), una porción considerable de los Impuestos a los Combustibles (21% del gravamen sobre la nafta y el gas natural y 100% del correspondiente al gasoil, GNC y otros) y el 70% del Monotributo Impositivo. Además, a partir de este año, comenzó a asignarse de manera específica el 70% de la recaudación de Impuesto al Cheque que corresponde al Tesoro Nacional.

De esta manera, si se excluyen estos recursos tributarios del conjunto de ingresos propios, el deterioro fiscal resulta mucho más marcado. El déficit primario promedio resulta de 1,6% del PIB en el período 2010-2012, 1,8% en 2013-2014, 2,6% en 2015 y 3,3% en 2016 (aunque este último resultado se encuentra muy influido por los recursos del blanqueo de capitales que se asignaron específicamente a la cobertura del Programa de Reparación Histórica y representaron un 1,3% del PIB en 2016).

En otras palabras, el sistema previsional es muy dependiente de lo que acontezca con los recursos tributarios de carácter nacional. Esto no debería representar necesariamente una desventaja.

De hecho, algunos países destinan una gran proporción de sus rentas generales (y, específicamente, la proveniente de impuestos a los ingresos) a financiar los regímenes de seguridad social de reparto. Los inconvenientes aparecen ante la necesidad de reducir la presión tributaria del Sector Público que, en Argentina, resulta muy elevada.

Además, los ingresos de la ANSES ya se están viendo afectados actualmente por la devolución progresiva del 15% de la masa coparticipable bruta a las provincias. De hecho, en el año 2016 ya se resignaron los primeros 3 puntos porcentuales, lo que significó una pérdida de recursos equivalente a 0,1% del PIB. A fines de 2017, este monto llegaría a representar medio punto del PIB.

Si se proyectara la recaudación tributaria nacional considerando un crecimiento de 3,5% anual para el lapso 2018-2020 y una inflación promedio de 16%, 10% y 6% para cada uno de estos años, la citada devolución iría creciendo en términos del PIB, hasta alcanzar 0,9% en 2020.

Por último, cabe destacar que esta profundización en el deterioro fiscal de la ANSES no se explica por una caída en los recursos propios (de hecho, los aportes y contribuciones pasaron de 5% del PIB en 2010 a 5,7% en 2016) ni en los ingresos provenientes de la masa coparticipable (que se mantuvieron en niveles superiores al 2% del PIB en todo el período, aún sin considerar el blanqueo).

En consecuencia, resulta claro que la gran expansión en las erogaciones constituye el principal factor explicativo del creciente déficit primario del organismo. De hecho, si se observa la ejecución presupuestaria de la ANSES en este período, se advierte que las jubilaciones y pensiones aumentaron de 4,9% del PIB en 2010 a 7,1% en 2016.

Estas consideraciones resultan fundamentales en lo que respecta a los criterios con que fue planteado el proyecto de reforma previsional en discusión, particularmente por el hecho de que éste se anuncia como una modificación “transitoria” en el marco del Consenso Fiscal alcanzado con las jurisdicciones sub-nacionales. Sin embargo, por tratarse el sistema de seguridad social de una institución de largo plazo, las reglas deben ser permanentes como garantía institucional de funcionamiento y sustentabilidad del régimen.

Una mención aparte, merecen los cambios acordados en el Consenso Fiscal firmado entre los representantes del Poder Ejecutivo Nacional y los gobernadores, con relación a la distribución de los recursos tributarios federales. Por un lado, la derogación del artículo 104 de la Ley de Impuesto a las Ganancias implicaría que la ANSES perdería la asignación específica del 20% de la recaudación de este tributo. Esto representa una merma de alrededor de $128 mil millones para el año que viene (1% del PIB proyectado para 2018). Sin embargo, los ingresos del organismo se verían parcialmente compensados por la afectación de la totalidad del Impuesto al Cheque y del Monotributo Impositivo que, en conjunto, sumarían unos $64 mil millones que equivaldrían a medio punto del Producto del año entrante. En términos netos, la ANSES sufriría una pérdida en sus recursos de 0,5% del PIB que se añaden a la ya mencionada devolución del 15% a las provincias.

La discusión acerca de la movilidad en los haberes

Entre los aspectos principales de la reforma previsional planteada, podría decirse que el corazón de la propuesta del Poder Ejecutivo se encuentra en la modificación de la fórmula de movilidad de los haberes establecida en la Ley 26.417 y que se encuentra estrechamente ligada a la evolución de los recursos tributarios recibidos por la ANSES y a la dinámica salarial.

El comportamiento marcadamente procíclico de estas variables a partir del año 2009 condujo a que los haberes aumentaran en términos reales durante los períodos de expansión del PIB pero disminuyeran notablemente en los años recesivos acompañados por fuertes procesos inflacionarios (2014 y 2016).

Esta característica resulta sumamente indeseable, precisamente, las etapas de caída generalizada de la actividad económica requieren ser contrarrestadas por una protección del poder adquisitivo de los ingresos de los jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones familiares para evitar un agravamiento de la situación social.

En este sentido, la puesta en marcha de la indexación por variación de los precios aparece como un instrumento potente.

Siguiendo lo expuesto originalmente en el proyecto de Ley, la nueva regla implicaría actualizaciones de carácter trimestral y en base a la variación del Índice de Precios al Consumidor Nacional elaborado por el INDEC. Vale aclarar que el ajuste se implementaría con un semestre de rezago (por caso, el próximo aumento de marzo de 2018 estaría vinculado a la inflación del tercer trimestre de 2017) y que en junio de cada año se añadiría un plus del 5% de la tasa de crecimiento del PIB del año anterior.

Sin embargo, esta alternativa fue rápidamente rechazada por el bloque mayoritario de la oposición en el Senado, desde donde se planteó una opción intermedia que combine la variación de los precios con la del índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), en una proporción 70-30, respectivamente. Este indicador es elaborado por el Ministerio de Trabajo de la Nación y refleja la situación de los salarios entre los trabajadores afiliados al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP). Por otro lado, se propuso eliminar el adicional vinculado al PIB.

Aparentemente, esta última modificación habría alcanzado cierto consenso y podría convertirse en una alternativa prevaleciente. Sólo cabe preguntarse cómo se organizarán institucionalmente dos circunstancias fundamentales, que deben ser analizadas y explicitadas a la ciudadanía: En primer lugar, que en caso de aplicarse un mecanismo de actualización trimestral, dado que el último incremento en el valor de los haberes fue otorgado en septiembre de 2017, el incremento efectivizado en marzo de 2018 (potencialmente bajo esta nueva iniciativa) debería incluir – por única vez – una actualización por seis meses, correspondientes a los meses de octubre de 2017 a marzo de 2018.

En segundo lugar, vale la pena preguntarse cómo se resolvería una situación en la que los salarios en base al índice RIPTE crezcan menos que la inflación, haciendo que la corrección de los haberes previsionales resulte por debajo de la evolución del nivel general de precios y entrando esta dinámica en contradicción con lo comprometido en el acuerdo firmado por el Gobierno Nacional con las provincias, en donde se planteaba que los haberes tengan una dinámica superior al ritmo inflacionario.

Para dicho caso, podría agregarse la cláusula que, en tal circunstancia, el ajuste se realiza sólo por el índice de inflación. Más allá de estas consideraciones, resulta de interés realizar algunos ejercicios de simulación con relación a los efectos que esta nueva fórmula de movilidad traería aparejados sobre el poder adquisitivo de los sectores afectados (no sólo los jubilados y pensionados del Régimen Nacional sino también los beneficiarios de asignaciones familiares y AUH) y en el resultado fiscal del Sector Público Nacional en 2018.

Así, la comparación que se presenta a continuación descansa sobre los siguientes supuestos: el IPC Nacional de 2018 varía de acuerdo a lo estimado por los encuestados en el último Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) elaborado por el Banco Central (que considera una inflación interanual de 16% en diciembre de 2018) , el RIPTE y el Índice de Salarios aumentan ligeramente por encima de la inflación (logrando incrementos de 2,6% y 2,7% en términos reales, respectivamente) y los recursos tributarios asignados a la ANSES son proyectados considerando un crecimiento del PIB de 3,5% y sin tener en cuenta los cambios recientes en la coparticipación que afectan a este organismo, a fin de hacer homogénea la comparación con 2017.

Analizando estos resultados, puede observarse que, si se mantuviera la fórmula actual de movilidad, los ajustes semestrales de marzo y septiembre serían de 12,2 y 8,5%, respectivamente. Esto se corresponde con un aumento del haber promedio anual de 25,3% respecto a 2017.

En contraste, de implementarse la regla propuesta por el oficialismo en su proyecto original, los aumentos trimestrales serían de 5,1% en marzo, 4,7% en junio, 4,3% en septiembre y 4,1% en diciembre.

De esta manera, el incremento interanual global alcanzaría un 20,6%. Por último, si se considera la fórmula del bloque opositor, la discrepancia con la regla anterior sería especialmente marcada en marzo (5,7% en vez de 5,1%) aunque luego se verificarían porcentajes similares debido al supuesto de que los salarios varían apenas por encima de la inflación. En este caso, el aumento global llegaría a 21,2%. Teniendo en cuenta que la inflación promedio de 2018 anotaría un 18,9%, la continuidad de la fórmula actual podría implicar un incremento del 5,4% en términos reales para los beneficiarios de las prestaciones.

Por supuesto, la implementación de las reglas de indexación por precios trae como consecuencia un aumento mucho menor y explicado por el rezago de los ajustes trimestrales (1,4% en el caso de la propuesta oficialista y 1,9% en la de la oposición). Antes se demostró que cuando la economía crece, la movilidad actualmente vigente aumenta los haberes previsionales por encima de la inflación, a la inversa en períodos recesivos.

La contracara de este perjuicio para los beneficiarios del sistema previsional está dada por el ahorro fiscal para el Sector Público Nacional. La fórmula presentada por el Poder Ejecutivo implicaría una disminución de $47 mil millones en las erogaciones de 2018 (41 mil por prestaciones a la seguridad social y 6 mil por asignaciones familiares y por hijo) que se corresponde con un 0,4% del Producto.

Concretamente, el gasto previsional pasaría de representar un 9,7% del PIB en 2017 a un 9,4% en 2018, lo que facilitaría el cumplimiento de la meta de déficit primario de 3,2% del PIB.

Las consecuencias fiscales de la propuesta opositora no resultan demasiado distintas. El ahorro sería de $40 mil millones ($35 mil por prestaciones previsionales y $5 mil por asignaciones familiares y por hijo), alcanzando un 0,3% del PIB.

La cuestión particular del ajuste de marzo de 2018

Desde el punto de vista técnico, una de las críticas más relevantes dirigidas contra la nueva regla de movilidad (tanto en su versión oficialista como opositora) apunta contra el rezago de seis meses en la actualización trimestral de los haberes mencionado anteriormente.

Esta cuestión resulta particularmente delicada al considerar el ajuste correspondiente al mes de marzo de 2018 que, de acuerdo a la Ley de Movilidad Actual, debería tomar como período de referencia la totalidad del segundo semestre de 2017. Este desfase podría evitarse si se aplicara la nueva fórmula de manera semestral en marzo (considerando la variación de los precios y el RIPTE en el lapso julio-diciembre de 2017) y comenzar a aplicar los ajustes trimestrales en junio de 2018 en base al período inmediatamente anterior.

El incremento en términos reales de los haberes sería muy superior (5% con la regla del proyecto original y 5,7% con la modificación propuesta por la oposición), aunque el ahorro fiscal para el Sector Público Nacional se reduciría a niveles prácticamente insignificantes, respecto a la formulación anterior. De hecho, la propuesta corregida por la oposición implicaría un mayor costo fiscal que si se continuara aplicando la regla de movilidad actual.

Es fundamental aclarar que el efecto de las fórmulas que ajustan trimestralmente no resulta estrictamente comparable a la regla de movilidad actual debido a las diferencias que existen entre los períodos de referencia tomados como base para implementar las actualizaciones.

Efectivamente, el ajuste de septiembre de la movilidad actual considera el primer semestre del año 2018 mientras que el correspondiente a diciembre en las propuestas de reforma alcanzaría a cubrir también el tercer trimestre. Una alternativa podría consistir en comenzar a aplicar los ajustes trimestrales desde el mes de diciembre y en base al período inmediatamente anterior. Si bien esto implicaría un costo fiscal adicional en el año 2017, se garantizaría un ahorro importante en 2018.

Otros aspectos sensibles en la discusión

Como se planteó más arriba, los criterios analizados son aquellos de mayor consideración en la discusión de la reforma. No obstante, existen otros aspectos que influyen sobre las oportunidades de sustentabilidad del régimen previsional y, también, sobre la composición del mercado de trabajo. Entre estos, la iniciativa del proyecto oficial que prevé que las empresas sólo puedan intimar a sus empleados a tramitar la jubilación y retirarse cuando éstos tengan 70 años, promueve en forma generalizada un retiro tardío (10 años adicionales para las mujeres y 5 para los varones).

Si bien este hecho puede generar un efecto positivo sobre la sustentabilidad fiscal del régimen, el efecto a nivel micro (hacia adentro de las empresas), podría resultar ambiguo. Es conocido que ante una elevación en la expectativa de vida y las condiciones de salud de la población, la vida laboral se extiende y en ciertas ocupaciones la experiencia puede resultar en un valioso capital para la empresa.

Sin embargo, este efecto se contrapone con las aceleradas exigencias de preparación que el avance tecnológico le impone a los trabajadores, y en el caso de aquellos que acumulan mayor antigüedad (y mejores retribuciones a consecuencia) puede que su productividad en este contexto se sitúe por debajo de dicha retribución, de manera que extender la posibilidad de retiro puede generar un efecto adverso en términos de los costos laborales de las empresas, siendo que ese es un aspecto al cual también se quiere abordar actualmente, a través de la reforma laboral.

Debieran preverse mecanismos que contemplen esta situación, que permitan bajar los costos laborales para las empresas con relación a los trabajadores que decidan no acceder a la jubilación a la edad actualmente vigente.

Por su parte, resulta primordial trazar mayores definiciones de justicia contributiva en lo que respecta a la situación previsional futura de aquellas personas que se desempeñan como autónomos y monotributistas. En la actualidad, la mayor parte de los autónomos sólo accede al haber jubilatorio mínimo (al igual que los monotributistas), a pesar de que los aportes derivados al régimen por los primeros, resulta superior al de los segundos. Finalmente, en función de la necesidad de establecer reglas permanentes para el funcionamiento de la previsión social, probablemente resulte razonable imponer metas anuales para mejorar progresivamente la relación de activos / pasivos ligados al régimen.

Este hecho puede contribuir a un trabajo articulado e institucionalizado en contrarrestar la informalidad y exclusión laboral; además de que este aspecto puede estar contemplado entre los criterios de movilidad en los haberes previsionales, dado que consiste esencialmente en una valoración de las posibilidades de financiamiento vigentes (y también futuras) de la seguridad social.

En igual sentido, es necesario que las nuevas reglas previsionales distingan y premien los beneficios contributivos frente a los no contributivos, por ejemplo, a través de algún beneficio ordinario o extraordinario (por ejemplo, un bono de fin de año), que sólo se otorgue a los pasivos que cobran el haber mínimo y aportaron la cantidad de años que la ley exige para acceder al beneficio previsional.

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Basavilbaso: “Nuestras jubilaciones son las más altas en el mundo”

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Emilio Basavilbaso defendió la nueva fórmula acordada entre Cambiemos y el peronismo ayer en el Senado para calcular los haberes de los trabajadores retirados. Actualmente, la jubilación mínima en el país es de 7.246 pesos.

La fórmula consensuada -que aún debe ser aprobada por ambas cámaras- arroja un índice que se compone en un 70% por el aumento de los precios y en un 30% por la Remuneración Promedio Imponible de los Trabajadores Estables (RIPTE).

En medio del debate en Congreso sobre la reforma previsional, el titular de la ANSES Emilio Basavilbaso celebró el sistema que tiene la Argentina, logrando incluso que “nuestras jubilaciones sean más altas que la del resto del mundo”

“Algunos países tienen exactamente la misma fórmula; Finlandia, por ejemplo, tiene 80% de inflación y 20% de salarios”, comenzó el titular de la ANSES, al aire de radio La Red. Actualmente, la jubilación mínima en el país es de 7.246 pesos. En la nación nórdica cobran un 123% más

Consultado por Luis Novaresio, entonces, cuánto gana un jubilado finlandés, respondió: “En general nuestras jubilaciones son más altas que las del resto del mundo y las del resto de la región”

Las declaraciones de Basavilbaso se dan en el marco de un intenso debate en comisión sobre lo que será la reforma previsional enviada por el Ejecutivo Nacional al Congreso de la Nación.

El proyecto de reforma obtuvo dictamen ayer (24/11) en el Senado luego que desde el Ejecutivo aceptaran modificaciones en la fórmula de movilidad de las jubilaciones propuestas del bloque del PJ, liderado por Miguel Pichetto.

La nueva fórmula será un mix entre la inflación y el índice RIPTE, que mide la variación de los salarios de los trabajadores activos, en una proporción de 70/30, respectivamente. La actualización se realizará, tal como lo establece el proyecto del Gobierno, de manera trimestral a partir del mes de marzo.

Así las cosas, la fórmula nueva -si finalmente se aprueba- pasaría a un aumento del 5,6%. Si bien es algo más que el 5,2% que proponía el Ejecutivo, sigue muy lejos del 12% previsto por la fórmula actual para marzo de 2018.

Finlandia cuenta con dos regímenes de pensiones: uno vinculado a los ingresos de los trabajadores y otro general que concede prestaciones mínimas a todos los residentes. Juntas, estas dos remuneraciones forman la pensión legal total.

La jubilación por ingresos (también se la denomina “complementaria”) es contributiva y depende de los aportes realizados durante la vida laboral a un fondo privado (similar a las antiguas AFJP de la Argentina).

En cambio, todos los habitantes del país que hayan cumplido 65 años y posean una residencia mínima de tres años tienen derecho a la pensión de vejez del régimen general, cuya remuneración mínima garantizada es en la actualidad de 753,58 euros, que equivalen a 16.164 pesos. Regla de tres simple: la mínima finesa es un 123% más alta que la Argentina. Además, esa cifra puede incrementarse por otros subsidios y complementarse con el ahorro privado, con lo que la diferencia podría ser aún mayor.

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La reforma de más impacto: los cambios en jubilaciones implican un ahorro de $100.000 millones al año

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En estos momentos en que se están planteando una serie de reformas impositivas, laborales y de otros aspectos, un análisis rápido indica que ninguna tiene tanto impacto como las modificaciones que plantea el Gobierno a las jubilaciones.

La Casa Rosada impulsa modificar el actual esquema de ajustes automáticos (dos por año) por otro que esté atado a la inflación y sea trimestral. Según las estimaciones que circularon estos días, el ahorro para el Estado Nacional sería de 100.000 millones al año.

Es decir, mucho más importante que la reforma impositiva gradual, que tendrá un impacto de 162.000 millones (a valores de hoy) de acá a cinco años. En impuestos que empresas y personas dejarán de pagar.

Obviamente, hay una gran polémica en torno a esto y se está discutiendo, como el resto de las iniciativas lanzadas en las últimas horas por el Gobierno Nacional.

La propuesta, además, es polémica porque figura en las recomendaciones del FMI y de otros organismos financieros, implica para 2018 una reducción en torno de los $ 100.000 millones en la partida de Seguridad Social con relación al proyecto de Presupuesto del año próximo, publicó el diario Clarin.

La actual ley de movilidad no ajusta los haberes y las prestaciones de la Seguridad Social según la suba de los precios sino en base a otros índices, como salarios, recaudación impositiva y demás ingresos del sistema. Y no según proyecciones, sino por el cambio real de esos índices por semestres.

Así, estos índices propios de la ley de movilidad llevan a que, en los períodos de recesión, de baja de los salarios reales o de la recaudación tributaria, los aumentos de los haberes corran muy por detrás de la inflación. Y que vayan recuperando hacia delante esa pérdida en los períodos de crecimiento y menor inflación por la mejora de los ingresos tributarios y/o de los salarios.

Es lo que pasó en 2016 cuando con una caída del 2,3% del PBI, del salario y de la propia recaudación, la movilidad sumó un 31,68%(15,35% en marzo y 14,16% en septiembre) frente a una inflación del 41%, indicó el reporte del diario.

Esa pérdida de ingresos en parte se fue revirtiendo durante este año por el repunte de la actividad y de una inflación, si bien aún alta, es inferior a la del año pasado. Punta a punta la movilidad resulta este año del 28% sumando los aumentos de marzo -12,96%- y septiembre – 13,32%- frente a una inflación prevista en torno del 24%.

Aún así, las prestaciones siguen unos 6 puntos por debajo del nivel de 2015, Por eso, si se mantuviese esa fórmula, deberían mejorar también en 2018 por el crecimiento previsto y la menor inflación. Y en gran parte por esa razón en el proyecto de Presupuesto 2018, se prevé una aumento del 22,1% en las prestaciones de la Seguridad Social.

Ese proceso se interrumpiría si el cambio en la formula de movilidad arranca desde inicios de 2018. Por ejemplo, la consultora Economía & Regiones justamente señala que la actual movilidad “hace que las jubilaciones y la AUH aumenten por arriba del crecimiento y de la inflación, yendo de la mano del incremento de la presión tributaria; y así se imposibilita cualquier posibilidad de licuación” del gasto previsional.

 

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