Justicia De Misiones

Una abuela, dos nietos y una revinculación bajo control judicial: la Justicia de Misiones ratificó un régimen gradual de contacto

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La Justicia de Misiones confirmó un régimen gradual y supervisado de contacto entre una abuela materna y sus dos nietos menores de edad, en una causa atravesada por una historia familiar marcada por la pérdida, los desacuerdos sobre la crianza y el debate sobre los alcances del derecho de comunicación entre familiares.

La decisión fue adoptada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia de la Segunda Circunscripción Judicial de Misiones, con asiento en Oberá, que rechazó todos los recursos presentados por la mujer y dejó firme la sentencia dictada en primera instancia.

El caso tiene como protagonista a la madre de una mujer que falleció en abril de 2020, apenas un día después de dar a luz a su segunda hija. Desde entonces, la abuela sostuvo que el vínculo con sus nietos se fue debilitando progresivamente y recurrió a la Justicia para ampliar los contactos y garantizar una relación más estrecha con los menores.

Según planteó en la demanda, las videollamadas y encuentros esporádicos resultaban insuficientes para construir una relación significativa. Argumentó además que preservar el vínculo con la familia materna era esencial para que los niños conocieran sus orígenes, tradiciones y la historia de su madre fallecida.

La mujer, abogada y docente universitaria radicada en Buenos Aires, aseguró que nunca buscó reemplazar al padre de los menores, sino ocupar el lugar que le corresponde dentro de la estructura familiar. Incluso propuso asumir costos de traslado, organizar encuentros durante vacaciones y colaborar económicamente para facilitar el contacto.

El planteo del padre

Del otro lado, el padre de los niños negó haber impedido el contacto con la abuela. Sostuvo que las diferencias surgieron porque la mujer pretendía intervenir en decisiones vinculadas a la crianza cotidiana, un ámbito que corresponde exclusivamente a la responsabilidad parental.

La discusión fue mucho más allá de la frecuencia de las visitas, describe el sitio especializado Diario Judicial . Durante el proceso aparecieron cuestionamientos relacionados con la educación, la atención médica, los cambios de residencia y distintos aspectos de la vida cotidiana de los menores. La abuela manifestó preocupación por esos temas y denunció un progresivo aislamiento respecto de la rama materna de la familia.

Sin embargo, tanto el juez de primera instancia como la Cámara consideraron que esos planteos excedían el objeto específico de una acción de comunicación y contacto.

El criterio de la Cámara

Al analizar la apelación, los camaristas Jorge Erasmo Villalba y Amado Julio Dante Carvallo concluyeron que los agravios presentados no demostraban defectos procesales capaces de invalidar la sentencia.

Para los magistrados, muchos de los cuestionamientos expresaban simplemente una discrepancia con la decisión adoptada y no la existencia de irregularidades jurídicas relevantes.

La Cámara destacó que el fallo de primera instancia había ponderado adecuadamente las circunstancias del caso y los intereses en juego.

En uno de los pasajes centrales de la resolución, los jueces señalaron que se habían valorado correctamente “los intereses en juego y la preservación de los vínculos familiares”, remarcando que la solución adoptada prioriza “el interés superior de los menores”.

El tribunal también respaldó la decisión de avanzar mediante un esquema progresivo de revinculación, con supervisión e intervención terapéutica. Según la sentencia, esa modalidad encuentra sustento en las conclusiones de la pericia psicológica y en otros elementos reunidos durante el expediente.

Los límites entre comunicación y responsabilidad parental

Uno de los aspectos más relevantes del fallo es la delimitación de competencias entre el derecho de comunicación de los familiares y la responsabilidad parental.

La Cámara sostuvo que en el expediente surgía una “verdadera confusión de roles” por parte de la abuela, al pretender intervenir en decisiones educativas, sanitarias y cotidianas que corresponden exclusivamente al progenitor.

Ese razonamiento fue determinante para justificar la continuidad de un régimen gradual y supervisado.

Con esta decisión, la Justicia misionera dejó firme un esquema que busca equilibrar dos principios: el derecho de la abuela a mantener contacto con sus nietos y la necesidad de proteger el bienestar emocional y el desarrollo de los menores dentro de un proceso de revinculación ordenado y controlado judicialmente.

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Kiczka pidió prisión domiciliaria: la respuesta oficial y el límite jurídico de una condena aún no firme

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La condena contra Germán Kiczka todavía no está firme, pero el expediente volvió a ocupar el centro de la escena pública. El ex diputado provincial, condenado a 14 años de prisión por tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil, solicitó ahora el otorgamiento de la prisión domiciliaria. La presentación fue confirmada por el juez César Yaya, uno de los magistrados que integró el tribunal que dictó sentencia, durante una entrevista en El Periodista, el programa que se emite por Canal 12.

Yaya evitó pronunciarse sobre la procedencia concreta del planteo. No por evasiva, sino por obligación funcional: el pedido debe ser resuelto judicialmente y cualquier opinión anticipada podría derivar en un apartamiento del magistrado. “Ellos han peticionado formalmente un pedido de prisión domiciliaria”, confirmó. El argumento, según explicó, se apoya en el estado de salud de la esposa del condenado, quien padecería una enfermedad y un deterioro que, de acuerdo con la defensa, justificarían la presencia de Kiczka en el domicilio para asistirla.

El juez recordó que la prisión domiciliaria no constituye una regla general ni un beneficio automático. Está prevista para supuestos específicos: personas mayores de 70 años, enfermedades graves o incurables, patologías incompatibles con la permanencia en una unidad penitenciaria, dificultades severas de movilidad o tratamientos médicos que no puedan ser atendidos adecuadamente dentro del sistema carcelario. El planteo de Kiczka, por lo tanto, deberá ser analizado bajo esos parámetros y con intervención de las partes.

El dato procesal clave es otro: la sentencia se encuentra apelada. El caso está bajo revisión del Superior Tribunal de Justicia de Misiones, en cumplimiento del principio del doble conforme, que exige que una condena sea revisada por un órgano superior. Yaya fue cuidadoso en ese punto: que el Superior Tribunal revise la sentencia no significa que haya detectado irregularidades ni que vaya a revocarla. Significa, simplemente, que el sistema judicial debe examinar de manera integral la prueba, los agravios de la defensa y el monto de la pena.

El magistrado también rechazó la lectura de Kiczka, quien en un audio difundido recientemente se presentó como un perseguido político y afirmó que Casación habría confirmado supuestas irregularidades del tribunal. Para Yaya, esa interpretación es “inexacta” o “sesgada”. Según explicó, la Procuración ya dictaminó en sentido contrario: recomendó rechazar el recurso y confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Penal Uno de Posadas.

La entrevista dejó además una dimensión poco habitual en el lenguaje judicial: el impacto humano de juzgar este tipo de delitos. Yaya describió la dificultad de revisar imágenes y videos de extrema gravedad, vinculados a abusos contra niños, bebés y también material con animales. “Eso no es político”, sostuvo. Y remarcó que el material estaba en los dispositivos analizados por peritos, fiscales, defensores y jueces.

El caso Kiczka abrió, además, una discusión más amplia sobre la magnitud del abuso sexual infantil en Misiones. Yaya señaló que la provincia se ubica sexta a nivel federal en cantidad de casos de abuso y advirtió que más de la mitad de los condenados alojados en establecimientos carcelarios provinciales cumple pena por delitos sexuales. La frase desplaza el eje del expediente individual hacia un problema estructural: la persecución penal llega tarde, cuando el daño ya fue cometido.

Desde esa perspectiva, el juez planteó una fórmula austera pero contundente: sancionar y educar. El derecho penal, dijo, sirve para castigar, no para prevenir por sí solo. La prevención exige educación temprana, herramientas para que los niños identifiquen riesgos, formación de adultos responsables y una política pública sostenida contra la violencia sexual.

La solicitud de prisión domiciliaria de Germán Kiczka será resuelta en el expediente. No borra la condena, no la confirma ni la modifica. Pero obliga a mirar con precisión jurídica un caso atravesado por la sensibilidad social, la gravedad de los hechos y la necesidad de preservar garantías incluso frente a delitos que generan repulsión colectiva. Esa es, precisamente, la tensión más difícil del Estado de derecho: juzgar sin venganza, sancionar sin arbitrariedad y proteger a las víctimas sin abandonar las reglas que hacen legítima una condena.

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El Sanatorio Posadas entra en concurso preventivo de crisis

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El sistema de salud privada en Misiones suma un nuevo capítulo de tensión financiera. La Justicia provincial decretó la apertura del concurso preventivo de acreedores del Sanatorio Posadas SA, una de las principales clínicas privadas de la capital misionera, que arrastra una compleja situación económica marcada por deudas con prestadores médicos, proveedores, organismos públicos y atrasos salariales con sus trabajadores.

La medida judicial expone con crudeza la fragilidad estructural que atraviesan muchas instituciones sanitarias privadas, golpeadas por el desfasaje entre costos e ingresos, el atraso en los valores de las prestaciones y una creciente presión operativa en un contexto recesivo.

La resolución fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8 de Posadas, a cargo de la jueza Adriana Beatriz Fiori, en el marco del Expediente 203624/2025. La apertura formal del proceso se dispuso en abril y desde ahora avanzará bajo estricta supervisión judicial con la intervención de una sindicatura designada para controlar y verificar los créditos.

La administración del concurso quedó bajo responsabilidad del estudio Bortoluzzi, Villamayor, Villamayor Nercolini, que actuará como órgano de control del proceso. Los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación hasta el próximo 15 de junio en el domicilio fijado por la sindicatura.

En paralelo, la Justicia ordenó medidas cautelares sobre los bienes de la empresa, incluyendo inhibiciones generales y notificaciones a distintos registros públicos, con el objetivo de preservar el patrimonio del sanatorio mientras se desarrolla el procedimiento concursal.

La crisis financiera del establecimiento no es reciente. Según los antecedentes contables, el deterioro operativo se arrastra desde hace varios años, con una caída sostenida en la utilización de los servicios y una capacidad instalada muy por debajo de los niveles necesarios para alcanzar equilibrio económico.

Durante 2025, la situación se agravó con atrasos salariales de hasta dos meses para cerca de 150 trabajadores, generando fuerte malestar interno y creciente incertidumbre laboral. A ello se sumó un déficit operativo semestral superior a los 600 millones de pesos, reflejando la magnitud del desequilibrio financiero.

Además, la institución mantiene pasivos relevantes con la ANSeS y otros organismos públicos, junto con obligaciones impagas con profesionales médicos y empresas proveedoras que se remontan incluso a 2021. Entre los acreedores aparecen servicios esenciales para el funcionamiento diario, como seguridad, limpieza, mantenimiento y distintas firmas vinculadas al sector sanitario.

Desde la conducción del sanatorio atribuyen la crisis a una combinación de factores estructurales: el atraso de los aranceles frente a la inflación, el incremento sostenido de los costos salariales, la presión tributaria y la fuerte suba de insumos médicos y medicamentos, en un escenario nacional de contracción económica y caída del consumo de servicios privados de salud.

En el frente laboral, los trabajadores continúan prestando servicios con normalidad, aunque persiste una fuerte preocupación por la continuidad de la actividad, el pago de los haberes adeudados y el futuro de la institución.

La apertura del concurso preventivo marca ahora una etapa decisiva. El objetivo será reordenar el pasivo, negociar con acreedores y sostener el funcionamiento de una clínica clave dentro del sistema sanitario privado de Posadas.

El desenlace será determinante no sólo para la empresa, sino también para unas 150 familias que dependen directamente de su funcionamiento y para una red de prestadores que observa con preocupación cómo la crisis de financiamiento en la salud privada se profundiza en toda la provincia.

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Conmoción en Misiones: femicidio en Andresito, un policía asesinó a su expareja y luego se suicidó

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La oficial ayudante Daiana Raquel Da Rosa fue asesinada por su expareja, el también oficial Natanael Comes. El hecho ocurrió en el barrio 80 Viviendas de Comandante Andresito. La Justicia investiga las circunstancias del crimen.

La provincia de Misiones volvió a ser escenario de un trágico episodio de violencia de género. En la noche del domingo, en Comandante Andresito, la oficial ayudante Daiana Raquel Da Rosa, quien se desempeñaba en la Comisaría de la Mujer, fue asesinada a tiros por su expareja, el oficial ayudante Natanael Comes, integrante de la Comisaría jurisdiccional de Andresito, quien posteriormente se quitó la vida.

El hecho se registró alrededor de las 21:45 en una vivienda del barrio 80 Viviendas, luego de que vecinos alertaran al Centro Integral de Operaciones (CIO 911) por gritos y detonaciones de arma de fuego. Según el parte policial, al llegar al lugar, una comisión fue recibida con disparos efectuados por el agresor, quien se atrincheró brevemente antes de efectuar un disparo mortal contra sí mismo.

La víctima, de 27 años, fue encontrada sin vida dentro del domicilio. Comes, también de 27 años, fue trasladado de urgencia al hospital local, donde falleció minutos después.

Intervención judicial y procedimiento oficial

Por orden de la Jefatura de Policía, el caso quedó a cargo de la UR V, con intervención del Juzgado de Instrucción en turno. También participa la División Policía Científica, encargada de las pericias correspondientes.

Las primeras actuaciones confirman que no existían denuncias previas ni medidas judiciales de restricción vinculadas a la relación. Sin embargo, fuentes oficiales indicaron que la pareja había finalizado su convivencia meses atrás.

La Secretaría de Seguridad de la Provincia y el Ministerio de Gobierno expresaron su acompañamiento institucional ante el hecho y manifestaron su compromiso de reforzar los protocolos internos de prevención de violencia de género dentro de la fuerza.

Un crimen que sacude a la fuerza policial

El femicidio de la oficial Da Rosa ocurre en un contexto en el que Misiones ha fortalecido los dispositivos de atención y protección de mujeres. La Comisaría de la Mujer, donde prestaba servicios la víctima, forma parte de esa red provincial.

El crimen conmocionó a toda la comunidad de Andresito y al ámbito policial. La Justicia continúa con la investigación para establecer la cronología precisa de los hechos. También busca determinar si existían antecedentes o advertencias previas dentro del entorno laboral o personal de los involucrados.

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