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La deuda pública cayó US$11.835 millones en octubre y acumuló seis meses de baja

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La deuda pública cayó en octubre y acumula seis meses consecutivos de descenso en medio de la incertidumbre política

El stock de deuda bruta de la Argentina se redujo en octubre a US$442.196 millones, tras una baja mensual de US$11.835 millones. Se trata del sexto mes consecutivo de descenso, impulsado por pagos por US$10.959 millones y una menor exposición en moneda extranjera. La dinámica se produce en un contexto marcado por la volatilidad electoral y la transición legislativa del 26 de octubre.

Seis meses de bajas: composición, monedas y peso de cada instrumento

El informe oficial difundido por la Secretaría de Finanzas detalla que el stock de deuda en situación de “pago normal” se ubicó en US$439.688 millones, lo que representó una reducción mensual de US$11.187 millones (-2,62% respecto de septiembre).

Del total de la deuda bruta:

  • 76,3% corresponde a Títulos y Letras del Tesoro Nacional.
  • 22,3% se compone de obligaciones con Acreedores Externos Oficiales, incluidos organismos financieros internacionales.
  • 0,6% son Adelantos Transitorios otorgados por el Banco Central al Tesoro.
  • 0,8% representa otros instrumentos.

El recorte de octubre se dio en un contexto político especialmente sensible, tras las elecciones legislativas del 26 de octubre, que generaron presión sobre el mercado financiero y expectativas respecto del rumbo económico del nuevo Congreso. En ese marco, la reducción del stock se interpretó como una señal de disciplina fiscal y gestión activa del pasivo público.

En cuanto a la composición por moneda, el informe precisa que:

  • El 57% del total corresponde a deuda en moneda extranjera por US$250.845 millones.
    • De ese monto, 75% corresponde a instrumentos emitidos en dólares (US$187.668 millones).
    • 23% son Derechos Especiales de Giro (DEG) equivalentes a US$56.763 millones.
    • El 2% restante corresponde a euros, por US$6.024 millones.
  • El 43% de la deuda está nominada en pesos, con un total de US$188.843 millones.
    • De ese porcentaje, US$101.050 millones se encuentran en tasa ajustable (54%).
    • Y US$87.793 millones en tasa no ajustable (46%).

La reducción simultánea del stock en moneda extranjera y en pesos confirma una estrategia de administración orientada a disminuir vulnerabilidades cambiarias y reforzar el perfil de vencimientos.

Pagos por US$10.959 millones y efecto fiscal: cómo impacta en las cuentas públicas

La Secretaría de Finanzas precisó que durante octubre la administración central realizó pagos por US$10.959 millones, de los cuales: 96% se efectuó en moneda nacional y 4% correspondió a pagos en moneda extranjera.

La mayor parte de los desembolsos se destinó a cancelación de capital, por un total de US$10.715 millones, lo que redujo la necesidad de refinanciamiento y comprimió el stock general.

Este comportamiento se suma a otros elementos de la estrategia oficial: la búsqueda de superávits fiscales primarios, la expansión de instrumentos en pesos y la moderación del financiamiento monetario. Con seis meses consecutivos de caída, la deuda muestra una tendencia compatible con el enfoque de consolidación fiscal que el Gobierno sostiene como eje de su programa económico.

Implicancias para el mercado y perspectivas

La reducción mensual del stock en octubre —uno de los mayores del año— envía una señal de previsibilidad al mercado financiero en un mes particularmente volátil. La caída de US$11.835 millones se combina con pagos en moneda local que reducen la presión sobre el tipo de cambio y los vencimientos en divisas.

En paralelo, la menor exposición en dólares y DEG atenúa los riesgos externos, aunque la estructura de pasivos continúa siendo sensible a variaciones del tipo de cambio, tasas internacionales y negociaciones con organismos multilaterales.

De cara al cierre del año, los analistas seguirán de cerca la evolución del endeudamiento en pesos ajustables, la dinámica de Letras y Títulos del Tesoro y la capacidad del Gobierno para sostener la trayectoria descendente del stock en un contexto de fragilidad política y demanda creciente de financiamiento por parte de provincias y sectores productivos.

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Superávit financiero: el Gobierno cerró octubre con $517.672 millones y acumula 0,5% del PIB

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El Sector Público Nacional cerró octubre con un superávit financiero de $517.672 millones, tras un resultado primario de $823.925 millones y pagos de intereses por $306.253 millones. Con este desempeño, el Gobierno acumula un superávit equivalente al 0,5% del PIB y ratifica la estrategia fiscal que sostiene su programa económico.

Ingresos en alza y efecto de tributos clave en la recaudación

Según los datos oficiales, los ingresos totales del Sector Público Nacional (SPN) alcanzaron en octubre $11.987.193 millones, lo que representó un crecimiento interanual del 28,1%. Los recursos tributarios exhibieron un incremento del 24,4% i.a., impulsado por variaciones significativas en impuestos ligados al comercio exterior y al movimiento económico.

Entre los tributos con mayor crecimiento se destacaron:

  • Derechos de Importación: +65,7% i.a.
  • Impuesto a las Ganancias: +41,8% i.a.
  • Débitos y Créditos Bancarios: +41,2% i.a.
  • Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social: +35,9% i.a.
  • IVA neto de reintegros: +31,5% i.a.

El informe advierte que la comparación interanual se encuentra influida por la vigencia del Impuesto PAIS, la exteriorización de activos y los ingresos generados por el Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP), factores que ampliaron la base recaudatoria en 2025.

Este desempeño consolidó la capacidad del Tesoro para sostener el superávit primario, que acumula aproximadamente 1,4% del PIB al décimo mes del año.

Gasto primario: prestaciones sociales y subsidios económicos marcan el ritmo

En paralelo, los gastos primarios ascendieron en octubre a $11.163.268 millones, con un incremento interanual del 29,6%, ritmo levemente por encima del crecimiento de los ingresos.

El componente más relevante volvió a ser el de prestaciones sociales, que sumaron $6.891.369 millones (+31,5% i.a.), impulsadas por la actualización de haberes y programas de asistencia asociados a la cobertura social.

Las remuneraciones del sector público alcanzaron $1.416.199 millones (+21,9% i.a.), variación atribuida a los incrementos salariales acordados y a “las sucesivas reducciones en la planta de empleados públicos”, según detalla el informe.

Las transferencias corrientes totalizaron $4.131.125 millones (+15,1% i.a.):

  • Al sector privado: +16,7% i.a. (+$453.927,6 millones).
  • Al sector público: +13,4% i.a. (por $957.908,3 millones en el mes).

Los subsidios económicos ascendieron a $1.041.225 millones, con un incremento del 27,1% i.a.. Dentro del rubro, se observaron variaciones similares en:

  • Energía: +28,2% i.a.
  • Transporte: +27,3% i.a.

En conjunto, estos componentes determinaron un gasto primario todavía elevado, pero compatible con el objetivo fiscal planteado por el Gobierno para 2025.

Implicancias económicas y políticas: una señal al mercado en un contexto de ajuste

El resultado de octubre refuerza la estrategia del oficialismo de sostener un ancla fiscal firme como pilar del programa económico. La continuidad del superávit financiero acumulado —equivalente al 0,5% del PIB— constituye un mensaje dirigido tanto a los mercados como a los organismos multilaterales, en un contexto de tensiones políticas y discusiones sobre el alcance futuro del gasto público.

El crecimiento de la recaudación por comercio exterior, el mayor aporte de impuestos transaccionales y el efecto de los regímenes especiales dieron margen adicional al Tesoro. Sin embargo, la evolución de subsidios, prestaciones sociales y remuneraciones seguirá siendo determinante para evaluar la sostenibilidad del superávit en los meses finales del año.

Hacia adelante, la política económica deberá conciliar la continuidad del equilibrio fiscal con las demandas de sectores productivos, provincias y actores sociales afectados por la reducción del gasto público y la recomposición de tarifas.

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El Gobierno analiza eliminar el Monotributo y redefinir Ganancias en una reforma profunda

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El Gobierno evalúa eliminar el Monotributo y reducir el piso de Ganancias en una reforma integral tributaria y laboral

En reuniones con empresarios, el equipo económico planteó una reforma estructural que contempla la eliminación del Monotributo, la redefinición del régimen de autónomos, un nuevo mínimo no imponible para Ganancias y un esquema de empleo con rebajas de cargas patronales. Se busca formalizar la economía y ampliar la base contributiva, en un paquete que podría enviarse al Congreso en sesiones extraordinarias.

Un cambio de régimen: el fin del Monotributo y la transición a autónomos

El Gobierno nacional avanza en el diseño de una reforma tributaria y laboral que reconfiguraría por completo la estructura impositiva de trabajadores independientes y empresas. En los encuentros mantenidos por el ministro de Economía, Luis Caputo, con cámaras empresarias, se detallaron los principales ejes del plan, reunidos en el documento técnico “Una reforma para formalizar la economía, impulsar el mercado de capitales y resolver la sustentabilidad previsional”.

El punto más disruptivo es la propuesta de eliminar el Monotributo, régimen que actualmente alcanza a una parte de los 3 millones de monotributistas y autónomos. La iniciativa contempla migrar a estos contribuyentes al régimen de autónomos, un planteo que el Fondo Monetario Internacional viene sugiriendo desde hace varios años.

La intención oficial es “blanquear” la actividad económica de pequeños contribuyentes, reducir regímenes especiales y simplificar la estructura tributaria.

El nuevo esquema de autónomos prevé: una escala que iría de $100.000 a $500.000 (hoy entre $50.000 y $700.000). Incorporación de deducciones de gastos personales con comprobantes. Un umbral mínimo de aplicación del IVA equivalente a la actual Categoría F del Monotributo, es decir, $3 millones mensuales.

Fuentes del Gobierno confirmaron a empresarios que la medida está “altamente avanzada” y forma parte del plan de formalización masiva.

Ganancias: nuevo mínimo no imponible y cambios en deducciones

Según los lineamientos que Economía compartió con el sector privado, la reforma también introduce un nuevo esquema para el Impuesto a las Ganancias, actualmente abonado por 737.584 personas entre trabajadores registrados y jubilados.

El proyecto establece: Un mínimo no imponible único equivalente a un salario promedio de $1,7 millones en 2025. Para un trabajador soltero sin hijos, el tributo comenzaría a pagarse con un salario bruto aproximado de $2.843.180 (neto de $2.360.180). Se mantiene la escala progresiva de 5% a 35%. Se fija un tope de $5 millones en deducciones, incluyendo alimentación, vivienda, educación, seguros, salud y movilidad. Aportes obligatorios a PAMI, obra social y ANSES sin límite de deducción.

El objetivo oficial es ampliar la base de contribuyentes, generar previsibilidad y recomponer ingresos fiscales sin aumentar alícuotas.

Un nuevo régimen de empleo para incentivar la formalización

Otro capítulo central es el nuevo régimen de empleo que Economía y el Ministerio de Capital Humano trabajan en conjunto. La propuesta incluye rebajas de cargas patronales para empresas que incorporen nuevos trabajadores, a fin de reducir la informalidad y estimular la contratación.

Según la iniciativa:

Para empleadores: Las contribuciones patronales bajan del 25,5% al 17%.

Para empleados: Los aportes personales se reducen del 17% al 13%.

El beneficio aplicaría tanto a nuevas relaciones laborales como a trabajadores que demuestren haber estado seis meses desempleados o provengan del régimen del Monotributo.

Capital Humano también desarrolla una reforma laboral más amplia que abordará: nuevas modalidades de contratación. Salario dinámico. Reglas de jornada laboral. Y mecanismos de transición desde la informalidad.

Fuentes oficiales confirmaron que se descartó incluir un tope a las indemnizaciones por despido, un punto que había generado tensiones internas.

El equipo que diseñó las medidas trabaja bajo el concepto de “blanqueo a costo cero” para empleadores, herramienta destinada a promover la formalización inmediata sin costos retroactivos.

Antecedentes y contexto: por qué el Gobierno busca una reforma total

La eliminación del Monotributo, la revisión del régimen de autónomos y el rediseño de Ganancias forman parte del compromiso del Ejecutivo de simplificar el sistema tributario y reducir distorsiones.

El diagnóstico compartido por Economía en sus reuniones con cámaras empresarias es que: la estructura tributaria argentina es “fragmentada e ineficiente”. El Monotributo funciona como un “régimen de ocultamiento parcial” de actividad económica. La informalidad supera el 45% en amplios sectores productivos. El mercado laboral no crea empleo formal desde hace más de una década. La transición a un sistema más uniforme facilitaría la inversión y el financiamiento privado.

La reforma prevé ser enviada al Congreso durante las sesiones extraordinarias, en un paquete que podría incluir también modificaciones a la Ley de Procedimiento Tributario y a la Ley de Seguridad Social.

Repercusiones: expectativas empresarias y debate interno

La propuesta generó expectativa en el sector privado, especialmente en rubros intensivos en mano de obra. Las cámaras industriales valoran la rebaja de cargas patronales, aunque algunas advierten que el impacto real dependerá de la estabilidad macroeconómica y del cronograma de transición.

Economistas consultados consideran que: eliminar el Monotributo puede mejorar la recaudación, pero requiere un esquema de transición muy gradual. Bajar Ganancias amplía la base impositiva, pero podría generar tensiones políticas. La reforma laboral será clave para que el mercado formal vuelva a crear empleo neto.

En paralelo, abogados laboralistas alertan por posibles conflictos de implementación si la reforma avanza sin consensos amplios con provincias, sindicatos y empleadores.

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El Gobierno reglamentó la Ley de Defensa de la Competencia y activó la Autoridad Nacional Antimonopolio

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El Gobierno reglamentó la Ley de Defensa de la Competencia, se activa la Autoridad Nacional y el Tribunal Antimonopolio

Con el Decreto 803/2025, el Poder Ejecutivo dispuso la entrada en funciones inmediata de la Autoridad Nacional de la Competencia y del Tribunal de Defensa de la Competencia, organismos clave para la regulación de mercados y control de prácticas monopólicas. La medida actualiza la reglamentación de la Ley 27.442 y busca garantizar la continuidad administrativa y la transparencia en su implementación.

La nueva reglamentación acelera la puesta en marcha del sistema antimonopolio

El Poder Ejecutivo Nacional oficializó este 12 de noviembre de 2025 el Decreto 803/2025, mediante el cual se modifica la reglamentación de la Ley de Defensa de la Competencia N° 27.442, aprobada originalmente por el Decreto 480/2018.

El nuevo texto redefine los artículos 18 y 28 del reglamento, eliminando el período de transición previo a la operatividad del organismo y disponiendo que la Autoridad Nacional de la Competencia (ANC) —junto con el Tribunal de Defensa de la Competencia— comience a ejercer sus funciones de manera inmediata una vez constituida.

Esta decisión marca un cambio sustancial respecto del régimen anterior, que establecía un lapso de sesenta días antes del inicio de sus funciones. Según el decreto, la medida busca “evitar dilaciones en la puesta en marcha y operatividad de la Autoridad Nacional de la Competencia” y “garantizar la continuidad administrativa necesaria para proteger la libre competencia y el interés económico general”.

El decreto también establece que la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y la Auditoría General de la Nación (AGN) supervisarán el accionar del organismo, con obligación de publicidad y transparencia en todos sus actos vinculados a recursos, gastos, contrataciones y nombramientos de personal.

Un paso clave en la institucionalización del control de mercados

La Ley 27.442, sancionada en 2018, introdujo un esquema integral de prevención y sanción de conductas anticompetitivas, como acuerdos colusorios, abusos de posición dominante o concentraciones económicas que afecten el interés general. Su implementación plena, sin embargo, permanecía demorada por la falta de constitución formal de la Autoridad Nacional de la Competencia, prevista como un ente autárquico y descentralizado del Poder Ejecutivo.

Con el Decreto 803/2025, el Gobierno busca destrabar ese proceso institucional y consolidar la aplicación de una ley considerada estructural para el funcionamiento transparente de los mercados.

En su artículo 1°, el decreto sustituye completamente el texto del artículo 18 de la reglamentación anterior, disponiendo que la Autoridad se considerará legalmente constituida “con el nombramiento de su presidente, dos primeros vocales del Tribunal y los secretarios instructores de Conductas Anticompetitivas y de Concentraciones Económicas”, quienes iniciarán sus funciones inmediatamente.

Además, hasta tanto se reglamente el régimen laboral previsto por el artículo 18 de la Ley 27.442, el personal mantendrá las condiciones laborales vigentes. Esto garantiza continuidad operativa y estabilidad para los empleados en transición desde la órbita de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía.

El artículo 2° del decreto también actualiza la reglamentación del artículo 28, reafirmando que el Tribunal de Defensa de la Competencia “comenzará a ejercer las funciones establecidas en la ley inmediatamente después de constituida la Autoridad Nacional”, y que deberá dictar su reglamento interno y las normas necesarias para su funcionamiento.

Proyección del cambio

La entrada en vigencia del Decreto 803/2025 implica un reordenamiento institucional relevante en la política de defensa de la competencia. Desde 2018, las funciones de control antimonopolio eran ejercidas en forma transitoria por la Secretaría de Comercio Interior, lo que limitaba la independencia del proceso y generaba críticas por la falta de autonomía técnica.

Con la constitución formal de la Autoridad Nacional de la Competencia, el Gobierno busca descentralizar la regulación del mercado, otorgando al nuevo ente capacidad sancionatoria y regulatoria propia, un elemento crucial en un contexto de reconfiguración estructural de la economía argentina.

El decreto señala explícitamente que esta medida “coadyuvará a la observancia de la libre competencia y la protección del interés económico general”, en línea con los objetivos de la Ley 27.442. En términos institucionales, representa un paso hacia la consolidación de un sistema moderno de control de mercado, comparable con los organismos antimonopolio de la Unión Europea o la Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos (FTC).

Si bien el texto no define plazos concretos para los nombramientos, la designación de autoridades será determinante para la efectividad del cambio. La creación de una estructura autónoma permitirá monitorear operaciones de concentración económica, fusiones y adquisiciones, así como sancionar prácticas abusivas o colusorias entre empresas de distintos sectores estratégicos: energía, alimentos, telecomunicaciones y transporte, entre otros.

En términos económicos, la puesta en marcha del nuevo ente podría fortalecer la transparencia en la formación de precios, mejorar el clima de inversiones y otorgar previsibilidad a los mercados. A su vez, introduce un marco más estable para el control de fusiones empresarias y posiciones dominantes, temas sensibles en sectores con alta concentración.

Transparencia y rapidez institucional

La decisión del Poder Ejecutivo de acelerar la entrada en funciones de la Autoridad Nacional de la Competencia responde a un objetivo institucional de eficiencia y transparencia en la aplicación de la política de competencia.
El Decreto 803/2025 no crea nuevas estructuras, pero habilita su operatividad efectiva, cerrando una vacancia normativa de más de siete años desde la sanción de la Ley 27.442.

En un contexto de reformas estructurales, el fortalecimiento del marco antimonopolio constituye una señal de compromiso con las reglas de mercado, la protección del consumidor y la transparencia económica.

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AySA: Milei oficializó el nuevo marco legal que habilita su privatización

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El Gobierno aprobó el nuevo marco regulatorio del agua y saneamiento, paso clave en la privatización de AySA. Con la entrada en vigencia del nuevo Marco Regulatorio, el Ejecutivo avanza un paso más en la reconfiguración del sistema de agua y saneamiento del Área Metropolitana de Buenos Aires.

El Decreto 805/2025, publicado este miércoles 12 de noviembre en el Boletín Oficial, aprueba el texto ordenado del Marco Regulatorio de la Ley 26.221. La medida da sustento jurídico al proceso de privatización de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA), y redefine los parámetros técnicos, económicos y ambientales del servicio público de agua potable y cloacas en el AMBA.

El DNU 805/2025 no sólo ordena un entramado normativo disperso, sino que sienta las bases legales para la transición de AySA hacia un esquema de gestión privada, bajo principios de eficiencia, transparencia y rentabilidad, en un sector clave para la infraestructura y la salud pública.

Un nuevo marco legal para la prestación del servicio

El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 805/2025, aprobó el texto ordenado del “Marco Regulatorio” de la Ley 26.221, que regula la concesión y el control del servicio público de agua potable y desagües cloacales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 26 partidos del conurbano bonaerense.

La decisión se enmarca en el proceso de privatización de AySA, declarado por la Ley 27.742 —Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos—, que habilitó al Poder Ejecutivo a transferir al sector privado empresas estatales, bajo los principios de transparencia, competencia y eficiencia.

Según el decreto, el nuevo texto “brinda certeza jurídica al contexto normativo que rige la prestación del servicio público a cargo de esa sociedad”, un paso considerado indispensable para avanzar con la licitación prevista en un plazo de ocho meses desde el inicio formal del proceso (agosto de 2025, según la Resolución 1198/25 del Ministerio de Economía).

Redefinición institucional y corrección técnica del régimen tarifario

El Anexo I del decreto —de más de 120 artículos y cinco anexos complementarios— actualiza la estructura normativa que define el funcionamiento del sistema, los derechos y obligaciones de la concesionaria, y el rol de los organismos de control.

El texto reafirma que el acceso al agua es un “derecho humano esencial”, aunque subraya que la prestación deberá garantizarse bajo criterios de eficiencia, equidad y sostenibilidad económica. Establece además un régimen tarifario basado en el equilibrio económico-financiero de la concesión, con revisiones periódicas, incentivos a la inversión y un sistema de subsidios focalizados para sectores vulnerables.

Una de las modificaciones técnicas más relevantes recae sobre el Artículo 20 del Anexo E (Cargo por Construcción), donde se corrige un error material del Decreto 493/25 que había invertido los criterios de cálculo para usuarios con medidor y sin medidor. La nueva redacción restituye la fórmula anterior, que establece que el monto a facturar será “equivalente al valor del cargo fijo más el cargo variable en régimen no medido, y sólo al cargo fijo en régimen medido, calculado en ambos casos para 180 días”.

El objetivo, según la Secretaría de Obras Públicas, es “restablecer la coherencia técnica del esquema tarifario previo” y evitar “criterios contrarios al espíritu de la norma que distorsionen los costos reales del servicio”.

Hacia un nuevo modelo de concesión

El nuevo marco consolida el rol de tres entidades clave:

  • El Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS): encargado del control tarifario, la calidad del servicio y la atención de reclamos de usuarios.
  • La Agencia de Planificación (APLA): responsable de los planes de expansión, inversiones y planificación estratégica.
  • El Ministerio de Economía: autoridad concedente y órgano rector del proceso de privatización.

En su preámbulo, el texto establece que “la eficiencia deberá entenderse de forma complementaria con la equidad”, y que las tarifas “deben ser justas y razonables, permitiendo a la concesionaria cubrir costos operativos e inversiones con una rentabilidad comparable a otras actividades de riesgo similar”.

La reglamentación también delimita con precisión el ámbito territorial de la concesión —Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 26 partidos del conurbano—, aunque habilita futuras ampliaciones mediante convenios con municipios que adhieran al régimen.

En términos ambientales, el decreto reafirma las obligaciones de la concesionaria en materia de tratamiento de efluentes, control de vertidos industriales y protección de las fuentes de agua cruda, con la intervención de la Subsecretaría de Recursos Hídricos y la Subsecretaría de Ambiente.

Contexto político y proyecciones del proceso de privatización

El DNU 805/2025 se dicta en un momento clave del plan de transformación de empresas públicas impulsado por el Gobierno de Javier Milei, que ya avanzó con la venta o reestructuración de más de una decena de sociedades estatales. AySA, por su magnitud —con más de 15 millones de usuarios y un presupuesto anual superior a 300 mil millones de pesos—, constituye una de las operaciones más sensibles en términos económicos, políticos y sociales.

La Unidad Ejecutora Especial “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”, dependiente del Ministerio de Economía, deberá concretar la venta de AySA antes de abril de 2026. El proceso contempla distintas modalidades, incluyendo la posibilidad de participación mixta con capital privado nacional o extranjero, bajo licitación internacional.

Desde el punto de vista institucional, la aprobación del marco regulatorio ordenado era condición previa para la valuación y el diseño del nuevo contrato de concesión.
El Gobierno sostiene que la medida “fortalece la seguridad jurídica y la previsibilidad regulatoria”, mientras que fuentes del sector sindical y técnico advierten que el traspaso al sector privado podría implicar “ajustes tarifarios significativos” y redefinición de planteles laborales.

La decisión, en última instancia, será evaluada por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que deberá pronunciarse sobre la validez del decreto conforme a la Ley 26.122, en un plazo de diez días hábiles.

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