Ministerio de Economía

El Gobierno aprueba un préstamo de USD 400 millones de la CAF para un programa de sostenibilidad del sector energético

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Mediante el Decreto 23/2026, el Poder Ejecutivo aprobó el modelo de contrato de un préstamo por hasta USD 400 millones con la Corporación Andina de Fomento (CAF) para financiar el “Programa de Enfoque Sectorial Amplio (SWAP) de Apoyo a la Sostenibilidad del Sector Energético”. La medida, firmada el 18 de enero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 19 de enero, apunta a reforzar el marco regulatorio del sector, mejorar la focalización de los subsidios energéticos y promover la eficiencia en el uso de los recursos, con impacto directo en la política fiscal, la administración de subsidios y la estructura institucional del sistema energético.

La operación se inscribe en la estrategia del Gobierno nacional de avanzar en reformas estructurales del sector energético, bajo un esquema de financiamiento multilateral que, según los organismos intervinientes, presenta condiciones financieras más favorables que las disponibles en el mercado y un impacto macroeconómico acotado.

Un financiamiento multilateral orientado a subsidios, regulación y eficiencia energética

El decreto aprobado establece que la CAF se compromete a asistir financieramente a la República Argentina por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS MILLONES (USD 400.000.000), con el objetivo de cooperar en la ejecución del programa SWAP de apoyo a la sostenibilidad del sector energético.

De acuerdo con los considerandos, el objetivo general del programa es “fortalecer la sostenibilidad del sector energético a través de mejoras en la focalización de los subsidios para la protección de los hogares vulnerables y la promoción de la eficiencia energética”. El diseño del programa se estructura en cuatro componentes claramente definidos:

  1. Fortalecimiento del marco regulatorio e institucional del sector energía.
  2. Mejoras en la focalización de los subsidios energéticos.
  3. Promoción del uso y consumo eficientes de los recursos energéticos.
  4. Otros gastos vinculados a la implementación del programa.

La arquitectura del financiamiento refleja un enfoque sectorial amplio, orientado tanto a aspectos normativos e institucionales como a la gestión de subsidios y al comportamiento de la demanda energética, un eje central en la política económica y fiscal del Estado nacional.

Ejecución, gestión fiduciaria y aval macroeconómico

El Ministerio de Economía fue designado como Organismo Ejecutor del programa, a través de dos áreas específicas. Por un lado, la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético de la Secretaría de Energía, que tendrá la responsabilidad sustantiva en la materia. Por otro, la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales, dependiente de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa, que estará a cargo de la gestión fiduciaria del programa.

En términos macroeconómicos, el decreto destaca la intervención del Banco Central de la República Argentina (BCRA), que analizó el impacto de esta y otras operaciones de financiamiento con organismos regionales de crédito. Según consta en los considerandos, el BCRA concluyó que la dimensión de la operación “implica un impacto limitado en términos macroeconómicos sobre los flujos de la balanza de pagos internacionales” y que dicho impacto “será acotado y consistente con la dinámica prevista para las operaciones externas”.

A su vez, la Oficina Nacional de Crédito Público del Ministerio de Economía informó que no formuló objeciones al financiamiento requerido, al considerar que “el costo financiero del préstamo de referencia, basado en la información disponible y los supuestos realizados, es inferior al que la República podría obtener en el mercado”. Este aval refuerza el perfil del préstamo como una herramienta de financiamiento considerada conveniente desde el punto de vista fiscal y financiero.

Alcance normativo, facultades delegadas y repercusiones esperadas

El Decreto 23/2026 aprueba un Modelo de Contrato de Préstamo que incluye 24 cláusulas en las Condiciones Particulares, 43 cláusulas en las Condiciones Generales, un Anexo Técnico y un Anexo de Formularios para Operaciones de Manejo de Deuda, lo que da cuenta de la complejidad técnica y administrativa de la operatoria.

La norma faculta al Ministro de Economía, o a los funcionarios que este designe, y al Secretario de Finanzas, a suscribir indistintamente el contrato y la documentación adicional en representación de la República Argentina. Asimismo, autoriza al Ministerio de Economía a acordar modificaciones al contrato, siempre que no impliquen cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, incrementos en el monto total ni alteraciones en el procedimiento arbitral pactado.

Desde el punto de vista institucional, la medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional, el artículo 53 de la Ley N° 11.672 y el artículo 60 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera, lo que encuadra la operación dentro del marco legal vigente para el endeudamiento público.

En términos de repercusiones, el financiamiento aprobado tiene impacto directo sobre el sector energético, la política de subsidios, la administración fiscal y la gestión regulatoria, con potencial incidencia sobre hogares vulnerables, estructuras tarifarias y la eficiencia en el consumo de energía. Al tratarse de un programa de enfoque sectorial amplio, su implementación será observada de cerca tanto por actores institucionales como por los sectores vinculados a la regulación y al financiamiento del sistema energético.

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Caputo confirmó superávit fiscal del 1,4% del PBI en 2025 y destacó un hito histórico

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El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció que el año 2025 finalizó con un superávit fiscal primario de $11,7 billones, equivalente al 1,4% del Producto Bruto Interno (PBI), y un superávit financiero de $1,45 billones, equivalente al 0,2%. El dato marca un hito fiscal: es la primera vez desde 2008 que la Argentina logra dos años consecutivos de superávit financiero base caja, cumpliendo además con la totalidad de los servicios de la deuda pública.

El anuncio fue realizado este viernes a través de la red social X por el titular del Palacio de Hacienda, quien subrayó la relevancia institucional del resultado en el marco del programa económico vigente y de las metas acordadas con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Resultado fiscal 2025: cifras, estacionalidad y un hito histórico

El año 2025 culminó con un superávit primario de $11.76 billones y un superávit financiero de $1.45 billones, equivalentes aproximadamente a 1,4% y 0,2% del PIB, respectivamente”, destacó Caputo en su publicación. En el mismo mensaje, remarcó que se trata de “la primera vez que se alcanzan dos años consecutivos de superávit financiero base caja desde 2008”.

El ministro aclaró que el cierre positivo del año se dio a pesar de la estacionalidad negativa del último mes. En diciembre de 2025, el Sector Público Nacional (SPN) registró un déficit primario de $2,87 billones y un déficit financiero de $3,29 billones, un comportamiento habitual por el patrón de ejecución del gasto hacia fin de año.

No obstante, Caputo puso énfasis en el carácter estructural del resultado anual: “Es la primera vez de la serie histórica que comienza en 1993 que se obtiene este resultado cumpliendo con la totalidad de los servicios de la deuda pública del Sector Público Nacional”.

Metas con el FMI y lectura del resultado fiscal

El desempeño fiscal de 2025 también se analiza en función del acuerdo con el FMI. Según el staff report del organismo correspondiente a julio, tras la primera revisión del programa, la meta nominal fijada para la Argentina era de $10,4 billones de superávit primario, objetivo que fue superado por $1,3 billones.

En términos del PBI, la meta indicativa había sido establecida en 1,6%, por lo que el resultado de 1,4% quedó 0,2 puntos porcentuales por debajo. Sin embargo, fuentes del mercado consideran previsible que el organismo dé la meta por cumplida, dado que el criterio central es el objetivo nominal.

De hecho, Caputo recordó que los funcionarios del área de Finanzas manejaban internamente una meta equivalente al 1,3% del PBI, consistente con los $10,4 billones exigidos por el Fondo en relación con el PBI efectivo. La diferencia se explica, en parte, por la inflación del 31,5%, que elevó el PBI nominal por encima de lo previsto a mediados de año.

Ajuste del gasto, suba del gasto social y baja de impuestos

El ministro de Economía defendió la estrategia fiscal señalando que el gasto primario en 2025 fue 27% inferior en términos reales al de 2023. Según explicó, la consolidación fiscal se logró “protegiendo el gasto en programas sociales sin intermediarios destinados a los sectores más vulnerables”.

En ese sentido, detalló que el gasto social en AUH y Tarjeta Alimentar aumentó 43% en términos reales, al comparar diciembre de 2025 con diciembre de 2023. Ese refuerzo llevó a que dichas transferencias representaran el 92% de la canasta básica alimentaria, frente al 55% registrado en diciembre de 2023.

Caputo también vinculó el superávit fiscal con una política activa de reducción de la presión tributaria. Según indicó, desde 2024 la baja de impuestos acumulada ya supera el 2,5% del PBI, e incluye la eliminación del Impuesto PAÍS, la reducción o eliminación de derechos de exportación e importación en numerosas posiciones arancelarias, la baja de impuestos internos y la eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles.

En esa línea, recordó que en diciembre de 2025 se concretó una nueva reducción de derechos de exportación: dos puntos porcentuales para los complejos soja, trigo y cebada, y un punto para los complejos maíz, sorgo y girasol.

El ancla fiscal y la mirada de los analistas privados

Caputo ratificó que el ancla fiscal continúa siendo “un pilar fundamental del programa económico desde el primer mes de gestión” y afirmó que este principio quedó cristalizado en el Presupuesto 2026. Según el ministro, el orden en las cuentas públicas y el crecimiento económico permitirán profundizar la devolución de recursos al sector privado mediante nuevas reducciones de impuestos.

Desde el sector privado, el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) aportó una lectura técnica del resultado. El organismo señaló que, en comparación con 2024, el superávit primario cayó 0,43 puntos porcentuales del PBI y el superávit financiero se redujo en 0,13 puntos, desde niveles de 1,8% y 0,3% del PBI, respectivamente.

El informe precisó además que los intereses pagados registrados sobre la línea, sin considerar los intereses capitalizados, equivalieron al 1,2% del PBI. Según el IARAF, “la dinámica de ingresos influenciada por la baja de impuestos y la suba real del gasto en jubilaciones y prestaciones determinó un empeoramiento relativo” frente al año previo.

Un dato clave para la política económica

El cierre fiscal de 2025 con superávit consolida uno de los ejes centrales del programa económico del Gobierno y se proyecta como un elemento clave en la relación con el FMI, el mercado financiero y los actores económicos locales. Más allá de las diferencias en la lectura técnica, el dato refuerza el rol del equilibrio fiscal como ancla macroeconómica y como señal política en un contexto de reformas estructurales y redefinición del rol del Estado.

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Misiones será zona “muy cálida” y tendrá hasta 550 kWh subsidiados en verano

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El Gobierno nacional redefinió los bloques de consumo eléctrico subsidiado para las provincias del NOA y NEA durante los meses de altas temperaturas. A partir de la clasificación climática oficial, Misiones queda comprendida como zona “muy cálida”, lo que eleva el tope mensual con subsidio y reconoce el mayor uso de electricidad en un contexto de calor extremo y baja cobertura de gas por redes.

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía formalizó una adecuación clave dentro del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) al establecer nuevos topes de consumo eléctrico con subsidio para los meses de verano en el norte argentino. La decisión impacta de manera directa en provincias del Noroeste (NOA) y Noreste (NEA), entre ellas Misiones, que pasa a integrar el registro como zona “muy cálida”, con un umbral de consumo subsidiado sensiblemente superior al vigente hasta ahora.

La medida rige para los meses de diciembre, enero y febrero, período de mayor exigencia térmica, y se apoya en criterios técnicos definidos por la norma IRAM 11603, que clasifica las regiones del país según su comportamiento climático.

Nuevos topes de consumo subsidiado según clasificación climática

Con la actualización dispuesta por el Gobierno, el esquema de subsidios eléctricos de verano queda segmentado en tres niveles, en función de la temperatura y las condiciones estructurales de cada región:

  • Zonas “muy cálidas” del NOA y NEA: el bloque de consumo subsidiado se eleva de 300 kWh a 550 kWh mensuales.
  • Zonas “cálidas”: el tope subsidiado se fija en 370 kWh mensuales.
  • Resto del país: se mantiene el bloque de verano en 300 kWh mensuales.

La incorporación de Misiones dentro del grupo de zonas “muy cálidas” implica un reconocimiento explícito de su realidad climática y del patrón de consumo energético asociado a temperaturas elevadas y persistentes.

Equidad territorial y foco en los hogares vulnerables

Desde el Gobierno explicaron que el objetivo central de la medida es adecuar el esquema de subsidios a las condiciones reales de consumo, especialmente en las provincias del norte, donde el uso intensivo de ventiladores y aires acondicionados resulta indispensable para atravesar el verano.

A diferencia de otras regiones del país, en gran parte del NOA y NEA existe menor acceso al gas por redes, lo que convierte a la electricidad en el principal insumo energético para la refrigeración de los hogares. En ese contexto, mantener un tope uniforme de consumo subsidiado generaba distorsiones y un impacto regresivo sobre los hogares de menores ingresos.

El SEF conserva su lógica de topes y estacionalidad, pero incorpora un criterio de equidad territorial, de modo que los hogares vulnerables de las zonas más calurosas cuenten con un bloque de consumo subsidiado acorde a su nivel de exigencia térmica. La medida busca, así, evitar que el mayor consumo derivado del clima derive automáticamente en la pérdida del beneficio o en un salto abrupto en la factura eléctrica.

Antecedentes y respaldo institucional

La redefinición de los bloques de consumo recoge los planteos formulados por provincias, entes reguladores y defensorías del pueblo durante la Consulta Pública del nuevo esquema de subsidios energéticos. En ese ámbito, se había señalado la necesidad de contemplar variables climáticas y estructurales para lograr un sistema más justo y previsible.

Con esta decisión, el Gobierno refuerza el objetivo declarado del SEF: focalizar la ayuda del Estado en quienes realmente la necesitan, bajo reglas claras, transparentes y homogéneas en todo el país, pero con capacidad de adaptarse a las diferencias regionales.

Para provincias como Misiones, la incorporación al registro como zona “muy cálida” representa un cambio relevante en términos económicos y sociales, ya que amplía el margen de consumo subsidiado en el período de mayor demanda eléctrica y reduce el riesgo de incrementos tarifarios asociados exclusivamente al factor climático.

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El Gobierno adopta la definición de bioinsumos del Mercosur y refuerza la integración agropecuaria

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El Ministerio de Economía formalizó la incorporación de la definición de bioinsumos de uso agropecuario aprobada por el Mercosur, en línea con el proceso de integración regional. La medida busca unificar criterios técnicos, facilitar el comercio intrazona y dar previsibilidad regulatoria a un segmento clave para la producción agropecuaria y la innovación biotecnológica.

El Gobierno nacional incorporó al ordenamiento jurídico argentino la Resolución N° 4/25 del Grupo Mercado Común (GMC) del Mercosur, que establece una definición común de bioinsumos de uso agropecuario para los Estados Parte. La decisión quedó formalizada a través de la Resolución 26/2026 del Ministerio de Economía, firmada el 14 de enero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 16 de enero.

La norma se inscribe en el marco del Tratado de Asunción, aprobado por la Ley 23.981, y del Protocolo de Ouro Preto, aprobado por la Ley 24.560, que regulan la estructura institucional y el carácter obligatorio de las normas del Mercosur. Con esta medida, la Argentina avanza en la armonización normativa regional en un sector estratégico para la producción, el comercio y la sustentabilidad del agro.

Qué establece la resolución y por qué es clave para el sector agropecuario

La Resolución 26/2026 incorpora formalmente la Resolución GMC N° 4 del 24 de abril de 2025, que define como bioinsumo agropecuario a “todo insumo de origen biológico, que haya sido producido, derive o consista en microorganismos o macroorganismos, destinado a ser utilizado en actividades agropecuarias”.

El texto aclara que el concepto de macroorganismos incluye hongos macroscópicos, animales y vegetales, y establece que esta definición no contradice las definiciones nacionales vigentes, permitiendo interpretaciones más amplias por parte de cada Estado Parte. Además, la norma será aplicable al comercio intrazona y a las importaciones extrazona, ampliando su impacto regulatorio.

Desde el punto de vista institucional, la resolución se apoya en los artículos 2°, 9°, 15, 20, 38 y 42 del Protocolo de Ouro Preto, que establecen la obligatoriedad de las normas del Mercosur y su incorporación al derecho interno. Asimismo, se sustenta en la Decisión CMC N° 20/02, que habilita la incorporación administrativa de aquellas normas que no requieren tratamiento legislativo.

Integración regional, comercio y previsibilidad normativa

La incorporación de esta definición común responde a un objetivo estratégico: facilitar el comercio regional de bioinsumos, promover su desarrollo y fomentar el intercambio de conocimientos entre los países del Mercosur. En términos prácticos, unificar criterios reduce asimetrías regulatorias, brinda mayor previsibilidad a productores y empresas, y sienta bases comunes para futuras regulaciones técnicas y sanitarias.

La normativa entrará en vigor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto, y los Estados Parte deberán indicar, en el ámbito del Subgrupo de Trabajo N° 8 “Agricultura”, los organismos nacionales competentes para su implementación. Según la resolución del GMC, la incorporación debía concretarse antes del 19 de abril de 2026, plazo que la Argentina cumplió con esta medida.

Para el sector agropecuario, la decisión tiene impacto directo en actividades vinculadas a la producción sustentable, la biotecnología aplicada al agro y el comercio regional, en un contexto donde los bioinsumos ganan peso como alternativa a insumos tradicionales y como herramienta para mejorar la competitividad y el perfil ambiental de la producción.

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Energía redefine subsidios y cambia los consumos base de luz y gas según región

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La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía dio un paso decisivo en la implementación del nuevo esquema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) al dictar la Resolución 13/2026, que redefine los consumos base de electricidad según zonas bioambientales, formaliza la gestión operativa del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) y delega amplias facultades técnicas y operativas para la administración del régimen. La medida, publicada el 16 de enero de 2026, tiene impacto directo en las facturas de electricidad, gas natural, gas propano por redes y GLP en garrafas, y busca corregir inequidades territoriales, mejorar la focalización del gasto público y reforzar los mecanismos de control y transparencia.

Un nuevo esquema de subsidios con foco territorial y control patrimonial

La resolución se inscribe en el proceso de reestructuración de los subsidios energéticos iniciado por el Decreto 465/2024, que estableció una transición hacia un esquema que refleje los costos reales de la energía, promueva la eficiencia energética y garantice el acceso al consumo indispensable de los hogares vulnerables. Ese período transitorio, iniciado el 1 de junio de 2024, fue prorrogado hasta el 9 de julio de 2026 y concluyó formalmente con la creación del régimen unificado de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) mediante el Decreto 943/2025.

Con la Resolución 13/2026, la Secretaría de Energía instruyó a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético a asumir la gestión integral del ReSEF, que se conforma a partir de la información del Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) y permite la actualización de datos mediante declaraciones juradas, tanto por medios digitales como de manera presencial a través de ANSES. El objetivo es administrar el padrón de beneficiarios, instrumentar criterios de inclusión y exclusión, aplicar indicadores de exteriorización patrimonial y operar los mecanismos de revisión y control, incluyendo las plataformas Mi Argentina y Trámites a Distancia (TAD).

En ese marco, la resolución delega en la Subsecretaría facultades para definir y aplicar indicadores de capacidad económica, realizar cruces de información con bases de ANSES, ARCA y SINTyS, y coordinar acciones con entes reguladores nacionales y autoridades provinciales, todo ello bajo los parámetros de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.

Consumos base diferenciales: el NEA y NOA logran un reconocimiento bioclimático

Uno de los ejes centrales de la norma es la introducción de consumos base diferenciales de electricidad según zonas bioambientales, en línea con el artículo 4° del Decreto 943/2025 y a partir de los aportes recibidos en la consulta pública convocada por la Resolución 484/2025. Provincias del NEA y NOA habían advertido que los parámetros promedio nacionales no reflejaban la realidad de regiones con temperaturas extremas, donde el consumo eléctrico asociado a climatización, agua y conservación de alimentos constituye una demanda inelástica.

Con base en análisis técnicos de CAMMESA y en la norma IRAM 11603:2012, la resolución fijó nuevos umbrales para los meses de verano (enero, febrero y diciembre):

  • Zonas “Muy cálido” (Ia y Ib): 550 kWh/mes
  • Zonas “Cálido” (IIa y IIb): 370 kWh/mes
  • Resto del país: 300 kWh/mes

En los meses de mayo a agosto, el consumo base se mantiene en 300 kWh/mes para todas las zonas, mientras que en marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre se fija en 150 kWh/mes. Según la Secretaría, este esquema responde al principio de equidad horizontal, al reconocer diferencias objetivas y verificables entre regiones sin eliminar los topes ni desnaturalizar la focalización del subsidio.

Gas, garrafas y el fin de la Tarifa Social Federal

En materia de gas, la resolución mantiene los bloques de consumo base de gas natural establecidos en las Resoluciones 686/2022 y 91/2024, que ya contemplan criterios geográficos y estacionales, y extiende esos parámetros al gas propano indiluido por redes. Para ello, se definió la correspondencia entre categorías: los usuarios R1 de gas propano se asimilan a los volúmenes de la categoría R23 de gas natural, y los R2 a los de la categoría R34, conforme al anexo técnico aprobado.

Asimismo, se instruyó la migración del Programa Hogar al régimen SEF en un plazo máximo de seis meses, incluyendo la determinación del consumo base indispensable de GLP en garrafas de 10 kilos, la forma de percepción del beneficio y la instrumentación de pagos mediante entidades financieras o billeteras digitales interoperables. En paralelo, se dispuso que, al momento de aplicarse el SEF a gas natural y gas propano por redes, cesará la Tarifa Social Federal de Gas, vigente desde 2016.

Impacto en facturas y escenarios posibles

La resolución establece que el nuevo régimen SEF impactará en las facturas de electricidad, gas natural y gas propano por redes a partir de la publicación de la norma y de los precios mayoristas (PEST, Precio Anualizado Uniforme y precio de gas propano redes) que resulten aplicables. En términos prácticos, esto implica una reconfiguración del esquema de subsidios con efectos distributivos diferenciados según región, consumo y situación patrimonial del hogar.

Para los usuarios del NEA y NOA, la incorporación de consumos base más altos en verano representa un alivio relativo frente a escenarios de calor extremo. Para el Estado nacional, el desafío pasa por sostener la focalización, evitar filtraciones hacia hogares con capacidad de pago y contener el impacto fiscal. En ese equilibrio se juega la aceptación social del nuevo esquema y su viabilidad en un contexto de revisión integral del gasto en energía.

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