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AFIP habilitó una nueva forma para pagar el monotributo

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AFIP ha comunicado una nueva disposición que brinda a los usuarios del Monotributo una alternativa adicional para efectuar sus pagos.

El Monotributo en Argentina presenta un sistema simplificado de tributación dirigido a pequeños contribuyentes, quienes pueden abonar una cantidad fija mensual que incluye varios impuestos. Esta modalidad simplifica la gestión administrativa para muchos emprendedores. Recientemente, se ha implementado en AFIP una nueva alternativa de pago.

Cuál es el nuevo canal habilitado por AFIP para pagar el monotributo

La AFIP ha comunicado que los pagos del Monotributo pueden realizarse a través de diferentes canales.

  • Se puede acceder mediante clave fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos” o “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos“, o mediante el Portal Monotributo. En el servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”, se debe seleccionar “Nuevo VEP” y completar los datos requeridos, utilizando la relación Impuesto-Concepto-Subconcepto 20-019-078.
  • Los contribuyentes asociados a cooperativas de trabajo pueden pagar a través de entidades bancarias y de pago autorizadas, utilizando el formulario F. 155 y consignando la misma relación Impuesto-Concepto-Subconcepto.
  • Además, se ha establecido un beneficio excepcional para el año 2024 según lo dispuesto en el Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y sus modificaciones. Según lo establecido, se considerará que han cumplido con los requisitos cuando hayan abonado el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales de al menos 10 períodos mensuales, utilizando alguna de las modalidades de pago dispuestas en la Resolución General N° 4.309, sus modificaciones y complementarias.

Este beneficio se destinará a contribuyentes pertenecientes a las categorías A, B, C y D, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos durante los últimos doce meses, desde marzo de 2023 hasta marzo del presente año.

Desde la AFIP informaron que los monotributistas que hayan cumplido puntualmente con el pago mensual durante los 12 meses del año 2023 hasta la fecha, a través de débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjeta de crédito, recibirán un reintegro equivalente al impuesto integrado.En el caso de aquellos que inicien su actividad o tengan un período calendario irregular, el reintegro será del 50%, siempre y cuando hayan pagado en tiempo y forma durante entre 6 y 11 meses.

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Monotributo: las cuotas subirán más del cien por ciento si se aprueba la nueva ley Ómnibus de Milei

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El Gobierno propuso en la segunda versión de la Ley Ómnibus una actualización en las escalas del Monotributo que resulta significativamente inferior a las cifras manejadas en el intento original por tratar la norma. Esta revisión establece un tope de facturación anual de 3 millones de pesos para la categoría más baja, disminuyendo desde los 5 millones propuestos inicialmente. La medida incluye ajustes en las categorías restantes, con topes que varían desde los 4 millones hasta los 20,5 millones de pesos anuales, dependiendo de la categoría.

La propuesta legislativa establece una actualización trimestral de estos montos, basada en la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), aunque este primer cambio quede bien por debajo de lo que ya se disparó el nivel general de precios. Este ajuste representa una reducción significativa en comparación con la primera versión de la ley, donde los montos de facturación anual permitidos eran considerablemente más altos.

Además, el proyecto de ley contempla una modificación en el monto del impuesto integrado que deben abonar mensualmente los inscritos al monotributo, ajustando también estos valores a la baja en comparación con las cifras previamente sugeridas. Por ejemplo, la categoría A pasaría a pagar más de $26.000 pesos mensuales en total (monotributistas puros).

La Ley Ómnibus también incluye cambios en otros impuestos, como Ganancias y Bienes Personales, buscando una reforma fiscal integral que permita al Estado ajustar los ingresos sin descuidar la capacidad contributiva de los ciudadanos.

Esta propuesta legislativa, que aún debe ser debatida y aprobada en el Congreso, representa un intento del Gobierno por actualizar el esquema tributario del país, en un contexto de desafíos económicos y necesidades fiscales crecientes, por debajo de la marcha de la inflación.

El proyecto oficial de actualización del Monotributo propone cambios significativos en las cuotas mensuales a pagar por los contribuyentes inscritos en este régimen. A continuación, se detalla cuánto pagaría de impuesto mensual cada categoría con la nueva propuesta y cuánto pagaban hasta el momento.

Con base en cálculos de Gabriela Russo, titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, aquí se detalla cuánto pagaría de impuesto mensual cada categoría —sumando impuesto integrado, obra social y aportes a la seguridad social— con el nuevo proyecto de ley del Monotributo y cuánto pagaban hasta ahora:

Para Prestadores de Servicios:

  • Categoría A: Antes $12.128,39, ahora $26.100.
  • Categoría B: Antes $13.561,75, ahora $28.580.
  • Categoría C: Antes $15.503,51, ahora $32.358.
  • Categoría D: Antes $19.497,94, ahora $40.443,80.
  • Categoría E: Antes $29.945,97, ahora $50.348,18.
  • Categoría F: Antes $33.137,61, ahora $62.783.
  • Categoría G: Antes $38.694,95, ahora $84.361,3.
  • Categoría H: Antes $66.111,51, ahora $133.097,43.

Para Venta de Cosas Muebles:

  • Categoría A: Antes $12.128,39, ahora $26.100.
  • Categoría B: Antes $13.561,75, ahora $28.580.
  • Categoría C: Antes $15.241,42, ahora $31.688.
  • Categoría D: Antes $19.066,46, ahora $39.343,80.
  • Categoría E: Antes $24.526,43, ahora $46.648,18.
  • Categoría F: Antes $29.223,11, ahora $60.283.
  • Categoría G: Antes $33.439,61, ahora $80.161,30.
  • Categoría H: Antes $56.402,68, ahora $124.597,43.
  • Categoría I: Antes $81.121,96, ahora $159.007,17.
  • Categoría J: Antes $93.619,47, ahora $196.107,89.
  • Categoría K: Antes $106.964,65, ahora $246.918,68.

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AFIP: Monotributistas deberán pagar tres cuotas por mes ¿De qué se trata?

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Los monotributistas deberán abonar en conjunto durante marzo, abril y mayo según la resolución tomada en 2023.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que un grupo de monotributistas deberá realizar el pago de tres cuotas en conjunto durante el trimestre que abarca los meses de marzo, abril y mayo. Se trata de una resolución tomada el año pasado por el gobierno nacional para los contribuyentes adheridos a este régimen.

La modificación en el pago del tributo responde a una resolución emitida por la AFIP en septiembre de 2023, bajo la dirección del entonces ministro de Economía, Sergio Massa. En ese momento, la intención del ex candidato presidencial era favorecer a los monotributistas de las categorías A, B, C y D permitiéndoles diferir el pago de las cargas y unificarlo con la mensualidad de marzo, abril y mayo.

La Resolución General 5411/2023 efectivamente estableció la prórroga del vencimiento del pago del impuesto integrado, componente impositivo de la obligación mensual correspondiente a los períodos de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, así como enero y febrero de 2024.

Esto aplicó a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que estuvieran encuadrados en las categorías A, B, C y D. En este sentido, el comunicado oficial destacaba que a través del “Portal Monotributo” se podrá visualizar el importe de la cotización previsional que deberá abonarse.

Por lo tanto, en marzo d eberán cancelarse las cuotas correspondientes a septiembre y octubre; en abril, las de noviembre y diciembre; y en mayo, las de enero y febrero. Se espera que, en consecuencia, los segmentos más bajos del monotributo enfrenten mayores gastos en los próximos tres meses.Monotributistas: cómo cambiar la clave fiscal de AFIP

Los pasos para cambiar la clave fiscal son:

  • Ingresar desde la página web de AFIP (www.afip.gob.ar) y en el recuadro “Ingresar con Clave Fiscal“, presionar “Iniciar sesión“.
  • Después de consignar el número de CUIT y clave fiscal, presionar “Ingresar“.
  • Una vez dentro del portal, dirigirse al ícono que se encuentra en el margen superior derecho con las iniciales “MS”.
  • Luego, el sistema pedirá ingresar la clave fiscal anterior, una nueva que cumpla con los requisitos y repetir nuevamente la última.

Recuperar la clave fiscal es muy sencillo y se puede realizar mediante la app Mi AFIP. Las instrucciones a seguir son:

  • Ingresar a la app y presionar el botón “Solicitar o recuperar Clave Fiscal“.
  • Una vez dentro, presionar “Comenzar” y seguir los pasos indicados por el sistema. Antes del escaneo del DNI, se mostrará un mensaje en el que se deberá autorizar a la AFIP a almacenar la foto de perfil registrada, quedando sujeta al tratamiento de protección de datos personales.
  • Al comenzar aparecerá una serie de letras y números, referidos al Captcha. Escribir el texto que se ve y presionar “Ingresar“.
  • Realizar la prueba de vida. Presionar “Comenzar ” y seguir las indicaciones atentamente.
  • Colocar una clave que cumpla con todos los requisitos desarrollados.
  • ¡Listo! La clave fiscal ya fue generada con éxito.
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La Afip extendió hasta el 5 de febrero la recategorización del monotributo

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 5 de febrero el plazo para la recategorización del monotributo, correspondiente al semestre julio-diciembre de 2023. La RG 5480 será publicada el lunes 22 de enero en el Boletín Oficial.

La prórroga del vencimiento responde a razones de administración tributaria, las necesidades de los contribuyentes y las peticiones efectuadas por las entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas.

Tendrán que recategorizarse los contribuyentes cuyos ingresos hayan sido  superiores o inferiores a los de la categoría vigente. Para ello, deberán ingresar a monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal.

Los monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

A su vez, si transcurrieron menos de 6 meses desde la inscripción en el monotributo, no corresponde la recategorización.

¿Cómo es el procedimiento?

  1. Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
  2. Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual y los topes de cada parámetro.
  3. Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente, que se debe confirmar en la opción “confirmar categoría”.
  4. Imprimir la nueva credencial.
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Piden equiparar a trabajadores autónomos con los de relación de dependencia para Ganancias

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El Consejo Profesional de Ciencias Económicas pidió hoy equiparar a los trabajadores autónomos con los que lo hacen en relación de dependencia en lo que hace al tributo del Impuesto a las Ganancias (IIGG).

El escrito de la entidad hace referencia así a las últimas modificaciones realizadas en el tributo y pide “terminar con la discriminación a millones de trabajadores”.

El Consejo, junto a los representantes de los contadores de todo el país, solicitó terminar con las profundas desigualdades que afectan a millones de profesionales independientes en el impuesto a las Ganancias.

De esta forma, se pidió “la modificación en forma urgente de la escala de alícuotas progresivas del impuesto en valores actualizados y razonables, de modo de devolver al tributo sus características esenciales”.

La entidad adhirió de esta forma al documento realizado durante la última reunión de Junta de Gobierno de Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE).

En el texto se hace referencia a que las últimas modificaciones introducidas al gravamen no incluyeron a los trabajadores autónomos “profundizando la desigualdad y violando el principio constitucional de igualdad ante la ley”.

“Con la normativa vigente, un trabajador en relación de dependencia sin cargas de familia queda comprendido en el impuesto a las ganancias cuando su ingreso mensual neto supera la suma de 2.198.314 de pesos”, sostuvo el escrito.

Y agrega que “a partir de 2024 el piso estimado en base al SMVM de diciembre (último publicado) sería de 2.340.000 pesos. En cambio, un autónomo en la misma situación pagaría impuesto a las ganancias a partir de un ingreso mensual promedio de 170.000 pesos”.

Al respecto, la presidenta del Consejo de CABA, Gabriela Russo, expresó que “el incremento exponencial del piso no sujeto a retención para los asalariados deja en desventaja a quienes desarrollan su actividad en forma independiente”.

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