La AFIP reintegrará $ 1.345 millones a 649.000 monotributistas y autónomos

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reintegrará $ 1.345 millones a más de 649.000 pequeños contribuyentes, que abonaron durante 2021 por débito automático o tarjeta de crédito.

La decisión del organismo dirigido por Mercedes Marcó del Pont se dio a conocer mediante un comunicado y se trata de un beneficio al cumplimiento que alcanza a más de 649.000 pequeños contribuyentes de todo el país: 557.000 monotributistas y 92.000 autónomos aproximadamente.

La medida implementada por la AFIP consiste en la devolución de una porción del componente impositivo abonado a lo largo del año y alcanza a quienes hayan pagado en tiempo y forma su cuota mensual.

En ese sentido, la cantidad de pequeños contribuyentes que recibirán el reintegro este año es un 34,09% superior a la de 2021, y el incremento responde principalmente a un mayor cumplimiento por parte de los monotributistas y autónomos.

De esta forma, el reintegro para monotributistas y autónomos “se suma a otros beneficios puestos en práctica en los últimos meses para pequeños contribuyentes como la moratoria y la condonación de deudas hasta $ 100.000 contenidos en la ley de alivio fiscal, herramientas que fueron utilizadas por más de 857.000 pequeños contribuyentes”, destacaron desde AFIP.

En tanto, las personas beneficiadas recibirán un importe equivalente al impuesto integrado mensual y el pago será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.

Por su parte, en el caso de contribuyentes que hayan iniciado la actividad el año pasado y por ello no hubieran abonado 12 meses completos, tendrán la devolución del 50%, siempre que la cantidad de cuotas pagadas en término fueran entre 6 y 11, ambas inclusive, informaron desde el organismo.

Por otra parte, el monto acreditado -o los motivos por los cuales no se realizó el reintegro- podrá consultarse en el servicio “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, al que se ingresa con clave fiscal, y los pequeños contribuyentes que deseen adherir al débito automático pueden obtener información en el sitio web de AFIP, https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiaDeTramites/VerGuia.aspx?tr=69.

Los reintegros a monotributistas y autónomos por pago en tiempo y forma es un procedimiento habitual dispuesto por la AFIP, de acuerdo con lo establecido en la resolución general 4309 del 17 de septiembre de 2018.

El artículo 43 de esa norma establece que el reintegro “se efectuará durante marzo de cada año calendario”.

Asimismo, dispuso que se otorgará únicamente a quienes hayan efectuado sus pagos mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito.

El importe se acreditará automáticamente en la cuenta adherida al servicio o en la tarjeta de crédito.

El año pasado, el reintegro había sido por un total de $ 973 millones, distribuidos entre 484.000 pequeños contribuyentes de todo el país, de los que 399.000 fueron monotributistas y los 85.000 restantes autónomos.

En consecuencia, el reintegro de este año implica un aumento del 38,23% en el monto total y del 34,09% en la cantidad de beneficiarios.

En noviembre del año pasado, la AFIP había dispuesto de manera excepcional, a través de la resolución general 5100/2021, que los monotributistas que hubieran cumplido con el pago a término de 9 meses del tributo durante ese año accedan al reintegro de un mes del componente impositivo pagado.

Desde enero, con la última actualización, la cuota mensual para un monotributista de la categoría A, sumados los tres componentes (salud, jubilación e impositivo) es de $ 3.334,24, con un tope de facturación anual de $ 466.000, es decir un promedio mensual de $ 38.833,33.

En el otro extremo, los contribuyentes de la categoría H, deben abonar mensualmente una cuota de $ 16.147,46, con un tope anual de facturación de $ 3.276.011,54 ($ 273.000,96 de promedio mensual).

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Diputados quieren modificar el monotributo: qué proponen

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Diputados libertarios presentaron un proyecto de ley para modificar el monotributo. Fundamentan que el estado “castiga” en vez de apoyar a monotributistas.

Para un grupo de Diputados de la nación el régimen actual del Monotributo lejos de apoyar a quienes son parte de este sistema “los castiga”, por lo que este lunes 07/02 presentaron un proyecto de ley en el Congreso para modificarlo.

El proyecto de ley fue presentado por diputados de Juntos por el Cambio, con el apoyo de los diputados libertarios José Luis Espert y Javier Milei.

En concreto, los legisladores nacionales presentaron un proyecto de ley con el objetivo de modificar el Monotributo que propone una categoría inicial para que nadie pague impuestos porque “el Estado debe apoyar y no castigar”. Además, busca beneficiar 3 millones de emprendedores, comerciantes, profesionales y trabajadores de oficio, ente otros.

“Acabamos de presentar un proyecto para reformar el Monotributo que aliviará la vida de tres millones de pequeños emprendedores, comerciantes, profesionales y trabajadores de oficios, simplificando y reduciendo impuestos a los que producen y arriesgan”, anunció el diputado Martín Tetaz (Evolución Radical) en su cuenta de Twitter. Tetaz es el autor de la iniciativa y desde la campaña prometió no votar a favor de ninguna ley que se abarque suba de impuestos.

Para argumentar el proyecto, los diputados de JxC explicaron que “el nuevo régimen simplificado tiene una categoría inicial, para que nadie pague impuestos durante el primer año de actividad; sea un comerciante, un emprendedor o un profesional recién recibido. El criterio es que el Estado debe apoyar y no castigar las nuevas actividades”.

“Tampoco pagará el impuesto nadie que facture menos que una canasta básica de una familia tipo, porque si el Estado les cobra impuestos a los pobres, profundiza la pobreza”, agregó Martín Tetaz y siguió:

“Se aumenta el límite máximo del sistema simplifica do para que sea similar a como fue pensado originariamente el Monotributo en 1998. El tope de facturación, además se establece en UVAs (144.000), para que siempre sea el mismo en términos reales”.

La propuesta de la oposición para cambiar el Monotributo añade además que “se simplifica y resuelve la transición al régimen general de responsable inscripto, que era el infierno, para los que superaban el tope de facturación del monotributo, que de aprobarse el proyecto solo pagarán ganancias por lo que facturen por encima de ese tope”.

Además “se incorpora la posibilidad de que el aporte a la obra social sea voluntario, habida cuenta del bajo reconocimiento que las OOSS tienen de los Monotributistas”.

Por último, agregó: “Se simplifica el aporte jubilatorio que era completamente regresivo y que ahora se establece en un porcentaje similar de la facturación de todas las categorías, habida cuenta de que solo permite acceder a la mínima”.

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AFIP habilitó la recategorización del monotributo

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Los monotributistas podrán desde hoy y hasta el 20 de enero realizar la recategorización a través del sitio web del organismo. En tanto, el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará a partir del mes que viene

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó hoy la recategorización del monotributo hasta el 20 de enero. Asimismo, indicó que el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero.

El organismo explicó que para determinar si corresponde cambiar de categoría, los contribuyentes deben controlar los ingresos brutos de los últimos 12 meses para cotejarlos con los nuevos valores de las categorías que se encuentran disponibles en www.monotributo.afip.gob.ar.

El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero, mes siguiente a la recategorización, afirmó el organismo que conduce Mercedes Marcó Del Pont.

Los valores máximos de facturación y la obligación mensual de los tres componentes del monotributo (impositivo, de salud y previsional) se incrementaron en 2022 un 26% respecto del segundo semestre de 2021.

A partir de las modificaciones y mejoras excepcionales introducidas al régimen simplificado por el Congreso a lo largo del año, los nuevos valores debieron calcularse utilizando la variación de la fórmula de movilidad jubilatoria para la segunda mitad de 2021.

El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero, mes siguiente a la recategorización
El ente recaudador destacó que la recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría.

En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite y no corresponde recategorizarse si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el régimen simplificado. Por el contrario, si el período es entre seis y menos de 12 meses, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización.

Los monotributistas que hayan abonado en tiempo y forma al menos nueve de las 12 las obligaciones mensuales de 2021 accederán al reintegro de un mes del componente impositivo. El reintegro será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago, destacó la información oficial.

Para comenzar el trámite se debe ingresar con CUIT y clave fiscal en monotributo.afip.gob.ar para luego revisar los datos de la categoría y la tabla de escalas vigente, además de completar el monto de facturación y la información del lugar, y finalmente confirmar la categoría.

Mientras que para pagar la cuota del monotributo, los contribuyentes deben utilizar exclusivamente medios electrónicos, recordó la AFIP, en un comunicado. En tanto, a través del portal Monotributo, pueden corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota y el monto a abonar.

El pago puede realizarse desde un volante electrónico de pago (VEP), homebanking, cajero automático, tarjeta de crédito, débito automático en cuenta bancaria o Mercado Pago.

Según la AFIP, las opciones de pago habilitadas por la AFIP son las siguientes:

-A través de la web de AFIP: los monotributistas deben ingresar con su clave fiscal y generar el VEP a través del servicio Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA). Allí deberán seleccionar la entidad de pago seleccionada.

-A través de homebanking: para poder utilizar la banca electrónica para el pago de sus cuotas mensuales, los contribuyentes deberán concurrir previamente con su tarjeta de débito a cajeros automáticos que sean de la misma red que dicha tarjeta, para obtener la clave de acceso.

-Débito automático: los contribuyentes pueden optar por realizar la adhesión al débito automático de la cuota mensual desde su cuenta bancaria o tarjeta de crédito. Esta gestión se puede realizar en la web de AFIP o comunicarse con el banco.

Asimismo, quienes opten por la adhesión del débito automático podrán hacerlo a través del Portal de Monotributo.

-A través de Mercado Pago: desde cualquier dispositivo electrónico que tenga la aplicación de Mercado Pago o desde la web de esa empresa.

Billetera electrónica: en este caso, se podrá utilizar solo para cancelar obligaciones propias, no de terceros. Los monotributistas deben ingresar al “Sistema de Cuentas Tributarias”, opción “Transacciones” y seleccionar “Billetera Electrónica AFIP”.

Los valores de las escalas y la obligación mensual

Con la actualización del 26%, los pequeños contribuyentes de la categoría A que hasta el año pasado abonaban una obligación mensual de $2.646,22 en concepto de los tres componentes del monotributo (salud, jubilación, impositivo) pasan a pagar $3.334,24.

En tanto, el tope de facturación anual para la categoría A asciende de $370.000 a $466.000. En términos mensuales ahora pueden facturar en promedio hasta 38.850 pesos.

Por su parte, un monotributista de la categoría B que pagaba una obligación mensual de $2.958,95 pasa en enero a abonar $3.728,29. En su caso, la escala pasa de $550.000 a $693.000. De esta forma el monto máximo mensual asciende a 57.750 pesos.

Mientras que los contribuyentes registrados en las categorías más elevadas como la H pasan a pagar $16.147,46 de obligación mensual desde enero de 2022 cuando durante la segunda mitad del 2021 abonaron $12.789,38. El tope de facturación asciende un 26% para llegar a $3.276.011,15.

Cabe recordar que con la intención de acompañar el proceso de recuperación de la economía, el Gobierno impulsó en 2021 una serie de beneficios para los monotributistas. Además de la ley de alivio fiscal que aumentó de manera excepcional los ingresos brutos de las categorías más bajas para hacer más progresivo al monotributo e introdujo una moratoria para facilitar la regularización de deudas, AFIP también instrumentó un mecanismo para facilitar la transición entre el régimen simplificado y el régimen general.

Fuente: Infobae

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Monotributo: los detalles de la nueva ley que aprobó el Senado

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El Senado convirtió en ley este jueves el proyecto del Gobierno para evitar la polémica deuda retroactiva que perjudicaba a millones de contribuyentes

La Cámara de Senadores convirtió este jueves en ley un proyecto que crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, el que permitirá que los monotributistas no deban afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

En el mismo debate, el Senado sancionó de manera definitiva un expediente que reforma los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales con el fin de fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los mencionados Impuestos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.

Ambos proyectos fueron aprobados por unanimidad y convertidos en ley.

Los cambios en el Monotributo

La reforma de la ley del Monotributo elimina el retroactivo, con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

Con este proyecto se busca dar mayor alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de los monotributistas, que suman un total de 4.080.151 contribuyentes; de los cuales 1.592.466 (39%) se encuentran en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y 2.487.685 (61%) en el resto del país.

Los contribuyentes debían pagar el monotributo con nuevos valores, pero la AFIP prorrogó el vencimiento del monotributo del 25 de junio al 5 de agosto próximo.

A lo largo del proyecto del monotributo se fijan los incrementos que tendrán escalas en las cuales las más bajas podrán duplicar los montos de facturación.

Otro punto central es que aquellos que se excedieron de la facturación prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen siempre que no superen la facturación de $5,55 millones anuales y un patrimonio de hasta $6,5 millones.

Asimismo, se contempla un plan de pagos para regularizar la deuda de los monotributistas, con un máximo de 60 cuotas, un interés de financiación no superior a 1,5% mensual, para deudas que se venían pagando en planes vigentes y caducos, y para contribuyentes que no ingresen al Alivio Fiscal Monotributo, entre otras cuestiones.

Reforma de Bienes Personales

El proyecto sobre Bienes Personales, en tanto, modifica los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los mencionados Impuestos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.

Esta iniciativa, cuando fue sancionada por Diputados, eliminó uno de los puntos polémicos, el artículo tercero, que permitía gravar por el tributo por bienes personales los plazos fijos que no se depositen por un plazo menor a 275 días.

Por qué hubo que hacer una nueva ley

La nueva ley está precedida de un escándalo. Todo comenzó cuando la AFIP no permitió la recategorización de enero, porque estaba pendiente una modificación legal, y realizó una reubicación de oficio de los monotributistas en la escala luego de 6 meses, tras la aprobación de una iniciativa del Gobierno en el Congreso.

A esto se sumó, que el organismo recaudador efectuó el reajuste siguiendo el nivel de incremento de los jubilados que cobran el haber mínimo, que fue de 35,3%.

De esta manera, quienes ya habían pagado mes a mes el Monotributo, se encontraron con que tenían una deuda correspondiente al retroactivo a enero que generaba la recategorización de oficio de la AFIP.

Por ejemplo, un monotributista que se mantenía en la categoría A, había pagado $1.955,68 todos los meses, pero luego de la recategorización, la cuota pasaba en forma retroactiva a $2.646,22, con una diferencia, de $690,54. Esta cifra, multiplicada por los 5 meses abonados daba una deuda de $3.452,70.

Si alguien pasó de la categoría B a la A, tenía una diferencia mensual que, a partir de febrero, era de $459,42. Como respecto de lo pagado en enero, la diferencia era de $772,15, lo que se le reclamaba era de $2.609,83.

Para categorías más altas, las cifras trepaban en importancia. Para un monotributista que permanecía en la categoría K, por ejemplo, la deuda que le reclamaba la AFIP era de $5196,33 por mes, o sea un total de $25.981,65.

Fuente iProfesional

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Diputados aprobó una reforma del Monotributo que beneficia a 4 millones de contribuyentes

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La Cámara de Diputados aprobó por una amplia mayoría y giró al Senado el proyecto de ley que crea un Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, que permitirá que los monotributistas no deban afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

El plenario legislativo aprobó por 233 votos que fueron aportados por el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, los interbloques Federal y Unidad Federal para el Desarrollo, Acción Federal y Movimiento Popular Neuquino, mientras que los dos legisladores de la izquierda se abstuvieron.

La reforma de la ley del Monotributo impulsada por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, elimina el retroactivo con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

Con este proyecto se busca dar mayor alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de los monotributistas que suman un total de 4.080.151 contribuyentes; de los cuales 1.592.466 (39%) se encuentran en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), y 2.487.685 (61%) en el resto del país.

Los contribuyentes debían pagar el monotributo con nuevos valores, pero la AFIP prorrogó el vencimiento del monotributo del 25 de junio al 5 de agosto próximo.

Al abrir el debate, el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, señaló que ambos proyectos tienen beneficios para la ciudadanía, y al respecto expresó: “Todo lo que hemos hecho en esta modificación de la llamada Ley de Monotributo, está basado en ese criterio”.

Hemos dispuesto el sostenimiento de los valores de las cuotas que se pagan hasta junio, a los que había hasta diciembre del 20″, agregó.

Destacó que “es un proyecto que busca aliviar la situación de 4 millones de monotributistas que tenían preocupación y angustia, para los que tenían deudas”.

Por su parte, la legisladora del Frente de Todos, Alicia Aparicio señaló que “este proyecto no solo busca asistir a los sectores golpeados, también puede inscribirse en un programa mayor que tiene como objetivo lograr el crecimiento mejorando la equidad del sistema”.

En tanto, el diputado del Frente de Todos, Marcelo Casaretto, dijo que con este proyecto “vamos aliviar a 4 millones de monotributistas” y un plan de pago porque “hay dos millones de contribuyentes que hoy tienen deudas con la AFIP”.

En tanto, el sindicalista y diputado oficialista Hugo Yasky señaló que este proyecto “va a beneficiar a cuatro millones de monotributistas, forma parte de la lógica de volver a poner el salario y el consumo interno como el movimiento que lleve a la recuperación económica”.

Desde la oposición, el radical misionero Luis Pastori dijo que esta ley viene “a corregir la absurda situación provocada por la mala administración de la AFIP. sobre el retroactivo” y señaló que “nos parece bien el aumento de los parámetros de facturación bruta anual, que estaban muy desactualizados”.

“También proponemos que se aumente otro parámetro, que es el del monto de los alquileres devengados, que hoy están en un promedio de 8.800 pesos mensual para las categorías A y B. Acompañamos también la moratoria que se otorga a los monotributistas”.

Por su parte, el diputado del Pro Luciano Laspina aseguró que ” esta ley que hoy vamos a votar no debe ser vista como un acto de reivindicación. Tiene que ser reconocida como un error administrativo injustificable del Ministerio de Hacienda, que no implica un alivio tributario para contribuyentes”.

Uno de los aspectos que mayor debate generó fue el artículo 11 que se refería a las condiciones para poder acceder a los beneficios y allí el oficialismo impuso su criterio por 132 contra 102 votos de Juntos por el Cambio.

A lo largo del proyecto del monotributo se fijan los incrementos que tendrán escalas en las cuales las más bajas podrán duplicar los montos de facturación.

Otro punto central es que aquellos que se excedieron de la facturación prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen siempre que no superen la facturación de $5,55 millones anuales y un patrimonio de hasta $6,5 millones.

Asimismo, se contempla un plan de pagos para regularizar la deuda de los monotributistas, con un máximo de 60 cuotas, un interés de financiación no superior a 1,5% mensual, para deudas que se venían pagando en planes vigentes y caducos, y para contribuyentes que no ingresen al Alivio Fiscal Monotributo, entre otras cuestiones.

Ganancias y Bienes Personales
El plenario legislativo aprobó y giró al Senado por 227 contra 3 votos un proyecto de reforma de los Impuestos a las Ganancias y de Bienes Personales con el fin de fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los mencionados Impuestos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.

Uno de los puntos aspectos de este proyecto es que se eliminó el artículo tercero que permitía gravar por el tributo por bienes personales los plazos fijos que no se depositen por un plazo menor a 275 días como había anunciado el titular del cuerpo, Sergio Massa.

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