El mercado de alquileres continúa mostrando fuertes diferencias entre las principales ciudades argentinas. Aunque el ritmo de aumento de los precios comenzó a moderarse respecto de los últimos dos años, los valores siguen ubicándose por encima de la inflación y, en algunas plazas, alquilar un departamento representa un costo cada vez más elevado.
Según el último relevamiento de Reporte Inmobiliario, Bariloche, Neuquén y Posadas conforman el podio de las ciudades más caras para alquilar un departamento de dos ambientes, desplazando a grandes mercados tradicionales como Buenos Aires y Córdoba.
Mercado inmobiliario
Dónde cuesta más alquilar un departamento de dos ambientes
Posadas ocupa el tercer lugar entre las ciudades relevadas, detrás de Bariloche y Neuquén.
Ciudad
Alquiler mensual
1Bariloche
$1.191.665
2Neuquén
$960.000
3Posadas
$871.665
4Mar del Plata
$786.000
5Mendoza
$761.665
6Salta
$760.000
7Córdoba
$705.000
8Santa Fe
$636.665
9Rosario
$624.090
10Bahía Blanca
$616.000
11San Miguel de Tucumán
$528.000
Fuente: Reporte Inmobiliario. Valores promedio mensuales correspondientes a departamentos de dos ambientes.
Posadas, tercera en el ranking nacional
El informe revela que el alquiler promedio de un departamento de dos ambientes en Posadas alcanza los $871.665 mensuales, ubicando a la capital misionera en el tercer lugar del país.
La diferencia entre la ciudad más cara y la más económica supera el 120%, reflejando la fuerte heterogeneidad del mercado inmobiliario argentino.
La capital misionera vuelve a aparecer entre las ciudades más costosas cuando se analizan departamentos de tres ambientes.
En este segmento, Neuquén lidera con un alquiler promedio de $1.580.250, seguida muy de cerca por Bariloche, con $1.575.000. El tercer puesto corresponde nuevamente a Posadas, donde el valor promedio asciende a $1.212.500 mensuales.
Detrás aparecen Mar del Plata, Salta, Mendoza, Rosario, Bahía Blanca, Córdoba y Santa Fe, mientras que San Miguel de Tucumán vuelve a registrar los valores más bajos del país.
Reporte Inmobiliario señala que el mercado atraviesa una etapa de desaceleración en la velocidad de los incrementos, aunque los precios todavía evolucionan por encima de la inflación.
Entre abril y junio:
Los departamentos de dos ambientes aumentaron 7,8%.
Los tres ambientes registraron una suba del 9,6%.
Se trata del octavo trimestre consecutivo en el que los ajustes muestran una pérdida de intensidad respecto de los fuertes incrementos registrados tras la desregulación del mercado.
La evolución de los alquileres en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires presenta una dinámica distinta a la observada en muchas ciudades del interior.
De acuerdo con un informe elaborado por Mercado Libre y la Universidad de San Andrés, el precio de publicación de los departamentos en alquiler alcanzó en junio los $18.713 por metro cuadrado, con una suba mensual del 1,1% y un incremento interanual del 32,6%.
Los analistas atribuyen esta moderación al fuerte crecimiento de la oferta de inmuebles disponible desde la derogación de la anterior Ley de Alquileres, situación que contribuyó a contener parcialmente el ritmo de los aumentos.
Mientras tanto, en gran parte del interior del país la menor disponibilidad de viviendas continúa presionando los valores al alza, fenómeno que explica por qué ciudades como Posadas se consolidan entre los mercados inmobiliarios más caros de Argentina.
A través de la Resolución 9/2026 la Comisión Plenaria del Convenio Multilateral confirmó la Resolución General Interpretativa 17/2025 y cerró una disputa tributaria que enfrentaba a provincias productoras y consumidoras de hidrocarburos. La decisión ratifica que, en determinadas operaciones de venta de petróleo y gas realizadas por los propios productores, los ingresos deberán atribuirse a la jurisdicción donde se produce la entrega del hidrocarburo. El fallo tiene impacto directo sobre la distribución de la base imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos entre las provincias y consolida una ventaja relativa para los distritos productores de energía.
La resolución rechazó las apelaciones presentadas por Buenos Aires y Córdoba, que cuestionaban la legalidad y el alcance de la interpretación adoptada por la Comisión Arbitral. El organismo sostuvo que el criterio del “lugar de entrega” se ajusta al principio de realidad económica y a la necesidad de proteger a las jurisdicciones donde se extraen recursos naturales no renovables.
Una discusión técnica con consecuencias millonarias
Aunque se trata de una resolución de carácter interpretativo, el trasfondo es económico y fiscal. El Convenio Multilateral determina cómo se distribuyen los ingresos de empresas que operan en más de una provincia, evitando superposiciones tributarias.
La controversia giraba en torno a una pregunta central: cuando una petrolera extrae hidrocarburos en una provincia y los comercializa, ¿qué jurisdicción tiene derecho a computar esos ingresos para calcular Ingresos Brutos?
Buenos Aires y Córdoba defendían el criterio del “destino final” de los bienes o del domicilio del comprador, una interpretación que históricamente favorece a las provincias donde se concentran el consumo, la refinación o las actividades comerciales.
Neuquén, principal provincia hidrocarburífera del país, sostuvo la postura opuesta: los ingresos deben vincularse prioritariamente al territorio donde se genera el recurso y donde se concreta la entrega que perfecciona la operación económica.
La Comisión Plenaria terminó validando este último enfoque.
Qué cambia para el negocio energético
La resolución aporta previsibilidad para uno de los sectores con mayores inversiones proyectadas en Argentina.
Al ratificar la interpretación vigente, la Comisión evita futuros litigios entre fiscos provinciales y empresas energéticas respecto de la atribución de ingresos.
Los principales efectos sonmayor seguridad jurídica para las compañías petroleras y gasíferas al contar con un criterio uniforme de distribución fiscal. Fortalecimiento de la posición tributaria de las provincias productoras, especialmente aquellas con actividad extractiva relevante. Reducción del riesgo de controversias interjurisdiccionales sobre la base imponible de Ingresos Brutos. Consolidación del criterio de realidad económica por encima de interpretaciones basadas exclusivamente en el destino comercial del producto.
La Comisión sostuvo que el petróleo y el gas presentan características particulares debido a que son recursos no renovables cuya explotación está asociada a un territorio específico y a una estructura productiva que no puede trasladarse geográficamente.
La decisión también muestra cómo los organismos de coordinación fiscal avanzan hacia criterios que buscan preservar capacidad recaudatoria en las jurisdicciones donde se localizan los recursos estratégicos.
La posición de las provincias
Buenos Aires y Córdoba argumentaron que la resolución alteraba el espíritu original del Convenio Multilateral y reemplazaba el criterio de destino final por uno basado en la entrega física del producto.
Además, cuestionaron que la Comisión Arbitral hubiera excedido sus facultades interpretativas al introducir una regla que, según su postura, modificaba el esquema de distribución de ingresos entre provincias.
La Comisión Plenaria rechazó esos planteos. Consideró que la interpretación no modifica el Convenio sino que aclara su aplicación para una actividad con características singulares, respaldándose además en antecedentes administrativos previos.
Neuquén, por su parte, defendió que aplicar exclusivamente el criterio de destino final podría trasladar la mayor parte de la base imponible hacia provincias consumidoras, debilitando la capacidad fiscal de aquellas donde se realiza la extracción y se produce el agotamiento de los recursos naturales.
La decisión consolida una tendencia que gana peso en el federalismo fiscal argentino: reconocer la localización de los recursos estratégicos como elemento central en la distribución tributaria.
Más allá del sector petrolero, el precedente podría ser observado con atención por otras actividades vinculadas a recursos naturales y economías regionales. La discusión de fondo continúa siendo la misma: cómo equilibrar la recaudación entre los territorios donde se produce el valor y aquellos donde se comercializa.
Para los inversores y las empresas energéticas, la principal novedad es la reducción de incertidumbre regulatoria. Para las provincias productoras, la resolución representa una ratificación institucional de su capacidad para capturar parte de la renta asociada a la explotación de recursos que se encuentran dentro de sus límites territoriales.
A menos de dos años de su puesta en marcha, el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) comienza a exhibir la magnitud de la apuesta oficial para transformar la matriz exportadora argentina. Con proyectos presentados por más de US$133.000 millones, el esquema impulsado a través de la Ley Bases se convirtió en el principal vehículo para canalizar inversiones de gran escala en sectores estratégicos, particularmente energía y minería, que concentran prácticamente la totalidad de los capitales comprometidos.
Los datos relevados por la Bolsa de Comercio de Rosario muestran que más del 22% de las inversiones ya obtuvo aprobación administrativa, mientras el resto continúa atravesando distintas etapas de evaluación. El volumen involucrado coloca al régimen en el centro de la estrategia económica del Gobierno nacional, que busca acelerar el ingreso de divisas y ampliar la capacidad exportadora del país mediante proyectos intensivos en capital.
Con foco en energía y minería, el RIGI suma más de US$ 133.000 millones en proyectos presentados (aprobados y en evaluación), con provincias protagonistas como Neuquén y San Juan. Un proyecto de “Súper RIGI” busca sumar inversiones en nuevas industrias.
El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), incorporado en el marco de la Ley Bases es instrumento para canalizar inversiones de gran escala en sectores estratégicos de la economía argentina. Desde su implementación, las inversiones presentadas al régimen ya superan los US$ 133.000 millones, reflejando el interés de empresas nacionales e internacionales por participar en iniciativas vinculadas principalmente a energía, minería, infraestructura e industria. Del total relevado, más del 22% del capital solicitante ya obtuvo aprobación oficial, mientras que una porción significativa continúa en diferentes etapas de evaluación administrativa.
La composición sectorial de las inversiones muestra un marcado enfoque en actividades asociadas a la minería y energética. En conjunto, estos dos sectores explican más del 99% del monto total presentado al RIGI, consolidándose como los sectores de mayor relevancia dentro del régimen.
En particular, la energía concentra cerca del 64% del volumen de inversiones presentadas, con iniciativas por más de US$ 85.456 millones. Actualmente, el sector registra alrededor de US$ 66.353 millones bajo análisis, mientras que US$ 19.103 millones ya fueron aprobados. Por su parte, la minería lleva US$ 9.952 millones aprobados sobre un total cercano a US$ 46.000 millones. El 22% del capital aplicado al RIGI en energía ya tiene aprobación administrativa, proporción que se ubica en el 21% en el caso de la minería.
Dentro de los proyectos mineros presentados en el marco del RIGI, las iniciativas vinculadas al cobre concentran la mayor parte de las inversiones, con montos comprometidos por aproximadamente US$ 31.500 millones. Este total surge de proyectos de gran escala como El Pachón, Vicuña, Minera Agua Rica (MARA), Los Azules y San Jorge.
No obstante, gran parte de estas inversiones continúa en etapa de evaluación. Del total asociado al cobre, US$ 3.563 millones ya fueron aprobados, mientras que el litio presenta un mayor volumen de capital autorizado, con proyectos aprobados por más de US$ 4.528 millones. Por su parte, el oro y otros proyectos mineros completan el esquema minero del régimen, con inversiones aprobadas cercanas a US$ 1.861 millones.
Dentro del sector energético, los proyectos vinculados a petróleo y gas concentran la mayor parte de las inversiones comprometidas en el marco del RIGI, con montos por aproximadamente US$ 55.300 millones. Las recientes presentaciones de los proyectos LLL Oil y El Trapial por parte de YPF y Chevron apuntalaron fuertemente las solicitudes en este sector.
Por otro lado, el GNL aparece como el segundo segmento de mayor relevancia, con inversiones aprobadas por US$ 15.156 millones. Esta inversión se concentra exclusivamente en el proyecto de licuefacción de gas natural de Southern Energy, reflejando el interés por impulsar la capacidad de licuefacción y exportación de GNL en Argentina. Asimismo, los proyectos asociados a infraestructura midstream totalizan más de US$ 11.000 millones, combinando iniciativas ya aprobadas y otras aún bajo análisis. En menor medida, también se observan inversiones vinculadas a energías renovables, petroquímicas y procesamiento de gas, completando el mapa energético de proyectos presentados al régimen.
Distribución provincial de las inversiones presentadas al RIGI
Las inversiones presentadas en el marco del RIGI tienen varios protagonistas a lo largo del país. Neuquén lidera el ranking provincial con proyectos por aproximadamente US$ 62.434 millones, equivalente a cerca del 47% del total relevado. En segundo lugar, se ubica San Juan, con US$ 25.000 millones, seguida por Rio Negro con US$ 19.588 millones, concentrando estas dos provincias el 19% y 15% de las aplicaciones al RIGI respectivamente.
En conjunto, estas tres provincias concentran alrededor de US$ 107.000 millones, superando el 80% de las inversiones presentadas relevadas bajo el régimen. La composición sectorial explica buena parte de esta concentración, dado que en dichas jurisdicciones predominan proyectos vinculados a energía y cobre, que implican elevadas necesidades de capital y con una orientación fundamental hacia la generación de exportaciones.
Por detrás aparecen Catamarca, con inversiones cercanas a US$ 9.615 millones, y Salta, con aproximadamente US$ 8.748 millones, aquí con protagonismo de proyectos de litio. El resto de las provincias reúnen en conjunto alrededor de US$ 7.700 millones, mostrando una participación significativamente menor dentro del total presentado al régimen. La distribución geográfica refleja el peso estratégico que poseen las provincias cordilleranas y patagónicas en materia de recursos naturales, infraestructura energética y proyectos exportadores de gran escala.
No debemos perder de vista que existen dos RIGIs muy relevantes para el agro argentino. Primeramente, ya se encuentra aprobada y en ejecución la Terminal Multipropósito Timbúes en Santa Fe, una nueva terminal para el Gran Rosario, el principal nodo portuario agroexportador del mundo. Asimismo, Pampa Energía espera ingresar al RIGI para construir una planta de fertilizantes en el Polo Industrial de Bahía Blanca. Con el denominado proyecto Fertil Pampa podría incrementarse la producción nacional de urea en 2,1 millones de toneladas, aproximándose a duplicar la capacidad productiva del país para este fertilizante estratégico.
En paralelo al avance de los proyectos actualmente presentados bajo el RIGI, el Gobierno nacional envió al Congreso un proyecto de ley para crear un nuevo régimen orientado a promover inversiones en actividades económicas sin desarrollo previo en el país, denominado informalmente “Súper RIGI”.
La iniciativa apunta a proyectos de gran escala, con un piso mínimo de inversión de US$ 1.000 millones, y contempla beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios superiores a los del régimen vigente. Entre las actividades que podrían quedar alcanzadas se mencionan desarrollos de hidrógeno verde, plantas de GNL onshore, infraestructura vinculada a inteligencia artificial y data centers abastecidos con gas natural, además de iniciativas asociadas al agregado de valor de minerales críticos.
El nuevo esquema también busca incentivar industrias vinculadas a la electromovilidad, biotecnología avanzada, infraestructura digital y manufacturas tecnológicas de alto valor agregado. A nivel fiscal, el Súper RIGI aplica una tasa del 15% en el impuesto a las Ganancias. En cuanto a la amortización, este esquema permite un beneficio acelerado: se deduce un 60% durante el primer año y un 20% en cada uno de los dos años posteriores.
En el ámbito del comercio exterior, el llamado Súper RIGI elimina los derechos de exportación desde el primer momento (a diferencia del RIGI, que lo hace recién a partir del tercer año). Además, libera de aranceles a todas las importaciones que sean indispensables para arrancar el proyecto, un marco más amplio que la limitación del RIGI, que solo aplica a bienes de capital e informática.
Por su parte, se elimina progresivamente la obligación de liquidar las divisas generadas por exportaciones de productos adheridos al proyecto: será obligatorio liquidar el 80% de las divisas en el 1° año y el 60% en el 2° año. Finalmente, desde el 3° año no será obligatorio liquidar divisas por estas operaciones.
Por último, para que este nuevo régimen entre en vigencia a nivel local, los gobiernos provinciales y municipales deben adherirse bajo dos condiciones clave: limitar el cobro de Ingresos Brutos a un máximo del 0,5% y garantizar que las tasas municipales no se calculen en base al nivel de facturación.
Argentina alcanzó en enero la producción de petróleo más alta desde que existen registros oficiales: 4.262.675 metros cúbicos de crudo. El dato, informado por la Secretaría de Energía de la Nación, supera el récord previo de diciembre de 2025 (4.245.403 m³) y marca un punto de inflexión tras 26 años sin perforar de forma sostenida la barrera de los cuatro millones en el primer mes del año.
La cifra adquiere dimensión política y económica por el contexto internacional. Con el recrudecimiento del conflicto entre Irán e Israel y la amenaza sobre el Estrecho de Ormuz —por donde transita cerca del 20% del suministro mundial— el barril Brent volvió a ubicarse por encima de los 80 dólares. En ese tablero energético inestable, el salto productivo local abre una pregunta estratégica: ¿puede el Gobierno convertir este récord en mayor ingreso de divisas sin trasladar la presión a los surtidores?
El rol decisivo de Vaca Muerta y la concentración territorial
El Ministerio de Economía celebró el resultado y precisó que en enero el país generó 882,2 barriles por día, un 16,5% más que en igual período del año pasado. El crecimiento interanual de la producción total fue de 15,7%.
El motor del récord fue Vaca Muerta. La formación no convencional impulsó un aumento interanual del 35,5% y explicó la mayor parte del salto. Si se desagrega el volumen total, la provincia de Neuquén produjo 2.971.259 m³ en enero, lo que representa el 69,7% del total nacional y un crecimiento del 32,37% interanual. La concentración territorial es evidente: una sola jurisdicción sostuvo casi siete de cada diez metros cúbicos extraídos en el país.
El contraste con otras provincias petroleras es marcado. Chubut produjo 587.163 m³, con una caída del 6,51% interanual y el peor enero en 25 años. Santa Cruz registró 255.014 m³, un retroceso del 21,5% y su inicio de año más bajo desde que se tiene registro. En 1999 había producido 1.243.834 m³, un 387% más que en la actualidad. Mendoza, por su parte, alcanzó 240.586 m³, con una baja del 10,63% frente a enero de 2025 y niveles que equivalen a la mitad de lo que extraía a comienzos de siglo. Río Negro mostró una suba del 6,97%, con 114.849 m³, aunque aún lejos de los más de 200 mil m³ que superaba entre 2000 y 2002.
El mapa productivo consolida una reconfiguración estructural: el eje energético se desplaza hacia el no convencional neuquino mientras las cuencas maduras continúan en declive.
Impacto económico: divisas, inversiones y riesgo inflacionario
El escenario externo ofrece una ventana de oportunidad. Un precio internacional más alto mejora la “caja” de las productoras que exportan y podría acelerar decisiones de inversión en infraestructura y desarrollo en Vaca Muerta. Hasta hace una semana, el crudo local se comercializaba en torno a los USD 70 por barril; un Brent por encima de los 80 dólares modifica proyecciones y rentabilidad.
Pero el beneficio tiene un límite interno. El petróleo representa alrededor del 40% del precio final del combustible. Si la cotización internacional continúa en alza, la presión sobre naftas y gasoil podría trasladarse al surtidor. Y cada ajuste impacta en costos logísticos y, en cadena, en bienes y servicios de la economía. Para el Gobierno, el desafío será administrar esa tensión entre ingreso de divisas y estabilidad de precios.
En términos de poder real, el récord fortalece la narrativa oficial sobre el desarrollo energético como pilar macroeconómico. También refuerza el peso político de las provincias productoras, en especial Neuquén, en la discusión sobre infraestructura, regalías y reglas de juego para el sector.
Un récord con interrogantes abiertos
El dato de enero no es un hecho aislado: en los últimos 325 meses, apenas cinco veces se superaron los cuatro millones de m³. Tras el antecedente de enero de 1999, hubo que esperar hasta agosto de 2025 para volver a cruzar ese umbral, con repeticiones en octubre, noviembre y diciembre de 2025 y ahora en enero de 2026. La diferencia es que hoy la marca comienza a consolidarse.
La incógnita es doble. Por un lado, si la producción podrá sostener este ritmo sin cuellos de botella en transporte y exportación. Por otro, si la volatilidad internacional se convertirá en una oportunidad estratégica o en una fuente adicional de presión inflacionaria.
El mercado energético global seguirá bajo tensión mientras el conflicto en Medio Oriente no encuentre un canal de desescalada. En ese contexto, Argentina exhibe números récord. La dimensión política y económica de ese logro dependerá menos del dato histórico y más de cómo se gestione la próxima curva del precio internacional.
Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 73/2026, publicado este 30 de enero, el Poder Ejecutivo Nacional declaró la Emergencia Ígnea y zona de desastre en Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa por el plazo de un año. La medida responde a la magnitud de los incendios forestales —con especial impacto en el Parque Nacional Los Alerces—, al colapso de la capacidad operativa de respuesta y a un escenario climático adverso marcado por sequía y vientos intensos, que amenaza el patrimonio natural, los bienes productivos y la vida de las poblaciones afectadas.
El decreto activa un esquema de intervención federal inmediata, centralizado en la Agencia Federal de Emergencias (AFE), dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, que asume la coordinación integral de recursos, acciones de combate del fuego, asistencia a damnificados y restauración ambiental, en articulación con provincias y municipios.
Fundamentos constitucionales y marco normativo de la emergencia
El DNU se apoya en el artículo 41 de la Constitución Nacional, que consagra el derecho a un ambiente sano y obliga al Estado a preservar el patrimonio natural y la biodiversidad. En ese marco, el Ejecutivo invoca la Ley de Manejo del Fuego N° 26.815, que establece los presupuestos mínimos de protección ambiental frente a incendios forestales y rurales, y la Ley N° 27.287, que creó el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil.
Según los considerandos, los incendios en curso generaron “consecuencias nocivas tanto para el patrimonio natural protegido como para las poblaciones cercanas”, en un contexto donde “la capacidad de respuesta de los medios empeñados en el combate del fuego ha sido superada”. Esta situación encuadra, de acuerdo con el texto oficial, en los supuestos de emergencia (artículo 2°, inciso e) y zona de desastre (artículo 2°, inciso d) previstos por la Ley 27.287.
El Gobierno justificó el uso del instrumento de necesidad y urgencia en la imposibilidad de seguir el trámite legislativo ordinario sin incurrir en demoras incompatibles con la urgencia operativa, conforme al artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional y a la Ley N° 26.122, que regula la intervención posterior del Congreso a través de la Comisión Bicameral Permanente.
El rol de la Agencia Federal de Emergencias y el alcance operativo
El Decreto 73/2026 refuerza el rol de la Agencia Federal de Emergencias (AFE), creada por el Decreto N° 225/25 como organismo desconcentrado del Ministerio de Seguridad Nacional. Además de sus competencias originales, la AFE queda formalmente encomendada a coordinar:
Acciones de prevención, presupresión y combate de incendios forestales y rurales en todos los ámbitos contemplados por la Ley 26.815, en el marco del Sistema Federal de Manejo del Fuego.
Acciones de atención, mitigación y asistencia frente a los daños provocados por los incendios sobre la vida, la integridad física, los bienes, el trabajo y los medios de vida de personas y familias afectadas.
Apoyo y asistencia a provincias y municipios, con el objetivo de garantizar recursos efectivos tanto para el combate del fuego como para la recuperación social y productiva posterior.
Aplicación integral de las medidas previstas en la Ley 27.287, articulando prevención, respuesta inmediata y etapa postcrisis.
Todas estas acciones deberán ejecutarse en coordinación con los gobiernos provinciales de Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa, y con los municipios involucrados, respetando los protocolos del Plan Nacional de Manejo del Fuego.
Impacto de la medida
La declaración de Emergencia Ígnea por doce meses habilita al Estado nacional a concentrar decisiones, recursos y capacidades operativas en una estructura federal unificada, con efectos directos sobre la gestión ambiental, la protección civil y la respuesta ante desastres. Desde el punto de vista institucional, el decreto consolida a la AFE como autoridad nacional en emergencias, integrando la lógica de manejo del fuego con la gestión integral del riesgo.
En términos prácticos, el reconocimiento simultáneo de emergencia y zona de desastre establece el marco legal para acelerar la respuesta estatal frente a un fenómeno que combina daño ambiental severo, afectación del sistema productivo y riesgo para la población, en una de las regiones más sensibles desde el punto de vista ecológico del país.
El decreto fue firmado en acuerdo general de ministros, entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que deberá expedirse sobre su validez conforme al procedimiento previsto por la Ley 26.122.