PAGO ELECTRÓNICO

Bancos proponen que la devolución del IVA alcance a toda la Argentina

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La cúpula de Adeba, que nuclea a los bancos nacionales, se reunió con el Banco Central para llevarle iniciativas por las tasas de plazos fijos, y en la oportunidad le plantearon la necesidad de desalentar el uso del efectivo por los costos que representa.

El documento, denominado “Dinero Digital en Argentina (IDDA)”, pretende incentivar el proceso de digitalización de los pagos de la mano de una interacción entre el sector privado y público -en sus tres niveles de gobierno- para así “revertir situaciones que favorecen el dinero en efectivo”.

La propuesta que realiza para reducir el uso de efectivo incluye la implementación de cambios impositivos para alentar los pagos digitales, un límite a las operaciones cash y propugna mejoras en los sistemas de pagos.

Buscan extender la devolución de IVA para todos los pagos con tarjeta de débito, por hasta $ 1.000.000 por mes. “La medida existe solo para un grupo limitado. Extender esta medida para toda la población argentina generaría un claro incentivo económico para utilizar el dinero electrónico y desalentar el uso del efectivo”, remarcaron en Adeba.

“El impacto fiscal de esta medida sería moderado, ya que se estimularía el uso de tarjeta de débito para realizar pagos, lo que probablemente aumente la formalización de la economía y con ello se compensaría parte de la devolución de dicho impuesto”, explicaron.

De acuerdo a estimaciones de las entidades de capital nacional, en marzo del 2022 se extrajeron  $1,5 billones en efectivo de los bancos ($900.000 millones de cajeros automáticos y $600.000 millones en retiros por ventanilla en sucursales). “Si fueran papeles  de $1000 solamente, los de mayor denominación, significaría el movimiento de unas 15.000 toneladas de papel. Y no es cualquier papel, su manejo tiene costos logísticos muy importantes”, remarcaron.

El informe detalla que durante 2020, sólo los gastos en materiales para emisión monetaria, ascendieron a US$118 millones. “A esto se debe adicionar los gastos de atesoramiento, transporte y destrucción del efectivo, mientras que la huella de carbono que por año causa el uso del efectivo en argentina es equivalente a tener 20.000.000 de lámparas encendidas un día o que un auto realice 1000 vueltas a la tierra”, aseguró Adeba.

Prueba piloto en Misiones

El gobernador, Oscar Herrera Ahuad, anunció hace algunos días el acuerdo para poner en marcha el programa “Ahora Canasta”, que contempla reintegros del IVA en la compra de productos básicos de la mesa familiar, con tarjeta de débito o billeteras virtuales como Mercado Pago o Yacaré. Se trata de una medida inédita que tendrá un fuerte impacto en el bolsillo de los misioneros en momentos en que la inflación no da tregua.

El IVA es uno de los impuestos que más encarece el producto, ya que aplica un 21 por ciento de carga sobre el consumidor. En el NEA, la inflación interanual en alimentos alcanza a 64,5 por ciento y es la tercera de más impacto, después de indumentaria y restaurantes y hoteles, pero la primera sí se analiza su impacto en la mesa familiar. Para tener dimensión, se estima que habrá un ahorro para las familias misioneras en torno a los 700 u 800 millones de pesos.

“Si un producto vale cien pesos, el IVA lo convierte en 121, el consumidor recibirá el 17 por ciento de reintegro que corresponde al IVA incluido en el precio del producto”, precisó Adolfo Safrán, ministro de Hacieda.

La medida ya tiene el visto bueno de Nación y se pondrá en marcha en poco tiempo.

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Los profesionales cuestionan la obligación de usar el Posnet y buscan alternativas

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Ya rige la obligatoriedad de recibir pagos por débito por parte de los comercios, profesionales y otros prestadores de servicios a consumidores finales
Desde este mes rige la obligatoriedad de recibir pagos por débito por parte de los comercios, profesionales y otros prestadores de servicios a consumidores finales. Por lo que buena parte de los profesionales independientes y trabajadores autónomos deben disponer de Posnet para realizar cobranzas con tarjetas de débito y crédito, y aceptar pagos mediante esas alternativas.
En el caso de los servicios profesionales, a través de su blog profesional, el consultor Ignacio Barrios plantea una serie de dudas respecto al alcance de esta medida.
¿De qué norma surge la obligación?
En principio, la obligación surge del decreto 1387/01, que en su artículo 47 establece que “los contribuyentes que realizan en forma habitual la venta de cosas muebles para consumo final o presten servicios de consumo masivo deberán aceptar como medio de pago transferencias bancarias instrumentadas, mediante tarjetas de débito y podrán computar como crédito fiscal del IVA el costo que les insume adoptar el mencionado sistema.”
Pero el año pasado, mediante la sanción de la ley 27253 se estableció un régimen de reintegro del IVA para jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo “por las compras de bienes muebles realizadas tanto en comercios dedicados a la venta minorista como en comercios dedicados a la venta mayorista que facturen a consumidores finales.”
Para su implementación, la misma ley, establece en el artículo 10 que “Los contribuyentes que realicen en forma habitual la venta de cosas muebles para consumo final, presten servicios de consumo masivo, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles, deberán aceptar como medio de pago transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros.”
Este artículo, luego fue reglamentado por la AFIP a través de la resolución general 3997, donde se estableció un cronograma gradual de aplicación por Responsables Inscriptos y Monotributistas, que se completó el pasado 31 de marzo.
Entonces, según de la norma antes mencionada, los sujetos obligados son quienes en forma habitual:
– Vendan en forma habitual cosas muebles para consumo final.
– Presten servicios de consumo masivo.
– Realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles.
“Ahora, lo que cabe preguntarse es si esos servicios prestados por los profesionales son de consumo masivo”, señala Barrios.
Al respecto, el año pasado el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño publicó un artículo donde explica claramente “que los servicios prestados por los profesionales en Ciencias Económicas no son de carácter masivo.”
En efecto, la Real Academia Española define al “consumo” como acción y efecto de consumir, acción que significa, a su vez, utilizar comestibles u otros bienes para satisfacer necesidades o deseos.
Por su parte, define al término “masivo”, como “perteneciente o relativo a las masas humanas, o hecho por ellas”, “se aplica a gran cantidad”. En cuanto al vocablo “masa” se define como “gran conjunto de gente que por su número puede influir en la marcha de los acontecimientos”.
De lo expuesto se desprende que “consumo masivo” se refiere a los productos o servicios de alta demanda, que son requeridos y utilizados abundantemente por la sociedad y que son ofrecidos de manera homogénea, indiferenciada e indiscriminada, en gran cantidad, perdiéndose la individualidad en función de la masa (alimentos, transporte, automóviles, música, mobiliarios, indumentaria, telefonía, energía, esparcimiento, espectáculos, higiene, comunicaciones, turísticos, entre otros).
Es por ello que los servicios de consumo masivo son estandarizados, podría decirse a la manera de un producto industrializado, es decir, son prestados de la misma forma a todos los consumidores, utilizándose los mismos pasos y procedimientos, permitiendo poca o ninguna variación en las especificaciones del servicio o de los proceso.
“Por lo expuesto, consideramos que los servicios profesionales no pueden ser calificados como de “consumo masivo” puesto que los mismos son servicios personales e individuales debiendo ser analizados con las particularidades de cada caso y, por lo tanto, en nuestra opinión, quedaría fuera de la norma”, sostiene el Consejo Porteño.
Avanzada de la AFIP
Ahora bien, con fecha 28 de abril del año pasado, la AFIP publicó la circular 1/17, donde aclara que “las ventas de cosas muebles así como las obras, locaciones y prestaciones de servicios, a que se refiere el Título I de la Resolución General 3.997-E, son aquellas efectuadas con sujetos que —respecto de dichas operaciones— revistan el carácter de consumidores finales.”
“Y así, sin mucho trámite, la AFIP incluyó a los profesionales que presten servicios a consumidores finales en la obligación de aceptar tarjetas de débito”, advierte Barrios.
¿Los contadores están obligados a usar el posnet?
Al respecto, Sergio Rufail, subdirector de Servicios al Contribuyente de la AFIP, en una charla en el Consejo porteño dijo “para nosotros a todas las actividades que vendan a consumidor final les pueden pedir ejercer su derecho a pagar con débito. Si ustedes pueden demostrar que no trabajan con consumidores finales, quedará subsanada la esa obligación. Y agregó, “de hecho como contadores lo más probable que es que trabajen con empresas.”
“Ahora, cabe preguntarse si un solo cliente o una sola factura a un consumidor final obliga a tener Posnet”, plantea Ignacio Barrios.
Tres alternativas al Posnet
Hay distintas aplicaciones y alternativas de distintos costos al uso del Posnet, como billeteras electrónicas y Pos Movil. Mientras se cumpla la posibilidad de pagar con el medio, está satisfecha la pretensión, destacaron de AFIP.
Al respecto, Rufail manifestó que el Posnet no es el único medio que pueden utilizar los comerciantes a la hora de cobrar, y explicó que aquel comprador que quiera abonar con tarjeta de débito lo puede hacer con otros medios disponibles como una transacción informática, un teléfono inteligente u otros dispositivos que permitan pagar con el celular en el momento.
Además, subrayó que “hay distintas aplicaciones y alternativas de distintos costos” como billeteras electrónicas para realizar pagos y resaltó: “Mientras se cumpla la posibilidad de pagar con el medio, está satisfecha la pretensión”.
A tal efecto, el Banco Central habilitó la Plataforma de Pagos Móviles (PPM) por medio de la cual las entidades financieras ofrecen la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) para realizar pagos con celular, con débito y crédito en línea.
Esto permite hacer transferencias inmediatas en cualquier lugar en tres modalidades: POS Móvil, Botón de Pago y Billetera electrónica:
1. POS Móvil
Esta es segur las alternativa que mejor reemplaza la terminal POS, ya que es un dispositivo que se conecta al teléfono móvil o tableta, para validar transacciones mediante la tarjeta de débito del pagador, permitiendo realizar el pago en el punto de venta, mediante transferencia inmediata.
Ambas son opciones de tipo indirecto que requieren la utilización de sitios para la transferencia de fondos. POINT (MercadoPago) y mPOS (Todo Pago) venden el dispositivo y necesitan del posterior registro en sus webs de referencia, desde donde luego se manejarán los fondos. Es necesario aclarar que estos sistemas cobran comisiones por cada operación realizada.
2. Botón de Pago
Se utiliza para la compra y venta de servicios a través de la web y permite que los compradores puedan realizar sus operaciones en los puntos de venta virtuales (e-commerce) a través de transferencias inmediatas con débito en las cuentas a la vista.
Estos medios de pago se dividen en pasarelas de conexión directa y pasarelas de conexión indirecta. En el primero de los casos se trata de una aplicación que no presenta intermediarios entre el medio de pago y la cuenta bancaria, mientras que en el segundo caso el paso intermedio está dado por la empresa que provee el servicio.
En Argentina las pasarelas de pago más populares y de mejor funcionamiento son Mercado Pago y Dinero Mail, de las indirectas, y Decidir y NPS de las directas.
Esta alternativa sirve para cumplir con la obligación en los portales web, ya que la obligación no es solo para las ventas en locales, sino para las que se realicen en la web.
3. Billetera electrónica
Permite enviar dinero entre personas a través de la web o mediante una aplicación en el celular, sin costo. Sólo es necesario bajar la app al teléfono, y luego cargar por única vez los datos correspondientes a la cuenta bancarias o las tarjetas de débito asociadas de distintos bancos.
El propietario de un celular puede cargar en su número telefónico una determinada cantidad de dinero, a través de Pago fácil o Rapipago si no posee cuenta bancaria y a través de cajeros de la red Link y Banelco o homebanking para aquellos que están bancarizados.
Al momento de pagar en un comercio, ya sea de barrio o una cadena, el comerciante, quien también debe estar suscripto, inicia desde su celular la operación de cobranza y el cliente recibirá en su móvil un mensaje para confirmar la compra.
Varios bancos brindan este servicios, uno de ellos el Banco Nación con su servicio PIM, Santander Río con Billetera Virtual de Todo Pago, entre otros.
Esta alternativa resulta más funcional para realizar transferencias entre personas. Y presenta presenta una falencia, ya que ambas partes de la transacción deben tener la aplicación en su celular y no cumple con la condición primordial exigida por AFIP de pagar con tarjeta de débito.
Fuente iProfesional

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El Banco Central se anotó una derrota en su batalla en contra del efectivo

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El Banco Central (BCRA) podrá decir que en la batalla contra la inflación está dando una buena pelea. Pero hay una batalla en la que no logra sumar demasiadas victorias: la del efectivo. Pese a los esfuerzos de la autoridad monetaria por imponer nuevos medios de pago electrónicos, en los últimos meses creció la demanda de billetes y de monedas del público. Y lo que más desconcierta a los técnicos del BCRA es que el crecimiento se da en un momento en el que, estacionalmente, todos los años cae la cantidad de billetes en circulación.

En la entidad que preside Federico Sturzenegger barajan varias hipótesis de por qué podría estar sucediendo este fenómeno. Una de las explicaciones las dio públicamente el propio presidente del BCRA en uno de sus últimos discursos. Según dijo detectaron una correlación entre la demanda de efectivo y el dinamismo de la construcción, un sector en el que históricamente siempre se registró un alto nivel de informalidad. En estos meses la construcción no sólo está creciendo fuerte, sino que además es probablemente la actividad de mayor dinamismo de toda la economía. 

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No se cobrará el ‘Impuesto al Cheque’ a las transferencias electrónicas

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Así lo decretó el Gobierno nacional este viernes (7/7) en una resolución publicada en el Boletín Oficial. Todas las transferencias por medios electrónicos quedarán eximidas del alcance del denominado ‘impuesto al cheque’. Según los considerandos de la norma, “resulta pertinente disponer la exención del tributo para los movimientos de fondos realizados en cuentas utilizadas en forma exclusiva en la administración y operatoria de transferencias que se cursen a través de dispositivos de comunicación móviles u otro soporte electrónico”. La medida tiene por objetivo incentivar la inclusión financiera y fomentar la bancarización.

Mediante el decreto 485/2017 publicado este viernes (7/7) en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional eximió del cobro del denominado ‘impuesto al cheque’ a las transferencias de fondos electrónicas con el propósito de fomentar la bancarización e incentivar la inclusión financiera.

La norma lleva las firmas de la vicepresidenta Gabriela Michetti, en ejercicio de la Presidencia; del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne.

El decreto establece que “las cuentas y subcuentas, inclusive virtuales, utilizadas en forma exclusiva en la administración y operatoria de transferencias a través de dispositivos móviles o cualquier soporte electrónico, y las empleadas por empresas dedicadas al servicio electrónico de pag os y cobranzas (…)”,quedan eximidas del impuesto a los créditos y débitos.

Entre los considerandos, el decreto destacó que “el objetivo se enmarca en las medidas de promoción de la inclusión financiera, el fomento de la bancarización, la eliminación de las barreras de acceso de la población a los servicios financieros y la reducción del uso del dinero en efectivo en pos del dinero electrónico”.

Asimismo, se argumenta que la aplicación del impuesto a los créditos y débitos “impacta en los medios de pago electrónicos, generando un desaliento para el usuario, como así también para los comercios y los prestadores de servicio de pago”.

Por su parte, se destaca que el Banco Central “tiene como objetivo prioritario el desarrollo de la tecnología y mejoras en los procesos utilizados en el marco del perfeccionamiento de nuevos medios electrónicos d e pago”.

Por lo tanto, se resuelve que “resulta pertinente disponer la exención del tributo para los movimientos de fondos realizados en cuentas y subcuentas utilizadas en forma exclusiva en la administración y operatoria de transferencias que se cursen a través de dispositivos de comunicación móviles o cualquier otro soporte electrónico“.

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La AFIP confirmó que busca eliminar el dinero efectivo de las operaciones inmobiliarias

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Alberto Abad, titular de la AFIP, anticipó que analizan otorgar beneficios a quienes utilicen medios electrónicos para abonar alquileres y compraventas de inmuebles y, en cambio, cobrar recargos por uso de billetes.

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, afirmó que en los próximos dos meses implementarán medidas para eliminar el pago en efectivo de las operaciones inmobiliarias.
“La idea es que a los que paguen por medios electrónicos se les reduzca el impuesto al cheque, mientras que a los que paguen en efectivo se les haga una retención mayor”, dijo Abad, al exponer en “Nuevo Dinero 2017”, un seminario sobre medios de pago. En la actualidad, el impuesto al cheque es del 0,6 por ciento.
Según el titular del fisco, “el 55 por ciento” de las operaciones inmobiliarias se hacen en efectivo y la bancarización alcanza al 20 por ciento. En su opinión, se trata de un “problema cultural”, ya que “la economía familiar se administra preferentemente en efectivo” y los comercios tienen “una baja aceptación a los medios de pago electrónico”.
A mediados de mayo, Abad le había anticipado la decisión de fomentar el pago electrónico en operaciones inmobiliarias en al menos dos reuniones: una con organizaciones de inquilinos y otra con contadores.
Las inmobiliarias estarán obligadas a aceptar pagos con tarjeta de débito desde diciembre, según el cronograma que dispuso la AFIP para expandir esos pagos. Según Abad, solo el 8 por ciento de todas las operaciones comerciantes se realizan con tarjeta de débito.
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