Política Económica

El Gobierno reglamentó la ejecución del Presupuesto 2026, créditos, cargos y límites al gasto

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Con la Decisión Administrativa 1/2026, publicada el 20 de enero, la Jefatura de Gabinete avanzó en la distribución detallada del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026. La norma asigna créditos, cargos y recursos a todas las jurisdicciones y organismos, define qué partidas serán indicativas, refuerza los mecanismos de control y establece límites precisos para las modificaciones presupuestarias, la obra pública y la asistencia a empresas estatales.

La medida, firmada por el Jefe de Gabinete de Ministros y el Ministro de Economía, se dicta en el marco de la Ley 27.798 de Presupuesto 2026, promulgada por el Decreto 932/2025, y constituye el instrumento central que habilita la ejecución efectiva del gasto público durante el ejercicio en curso.

Distribución de créditos, cargos y recursos: el andamiaje operativo del Presupuesto 2026

La Decisión Administrativa 1/2026 dispone la distribución de los gastos corrientes y de capital, gastos figurativos, aplicaciones financieras, recursos, contribuciones figurativas, fuentes financieras, cargos y horas de cátedra previstos en la Ley 27.798, conforme al detalle de las planillas anexas que integran la norma.

La asignación se realiza teniendo en cuenta las adecuaciones institucionales del Poder Ejecutivo Nacional introducidas por el Decreto 50/2019 y sus modificatorios, así como por los Decretos 866/2025 y 942/2025. En este último caso, se incorpora formalmente la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, transfiriendo a esa cartera los créditos, bienes, personal y obligaciones de la ex Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), con garantía de continuidad en la prestación de servicios.

Además, la decisión administrativa reglamenta aspectos operativos centrales del presupuesto:

  • La distribución de cargos y horas de cátedra en toda la Administración Pública Nacional.
  • La obligación de que las jurisdicciones y entidades informen trimestralmente la evolución de sus plantas de personal y contrataciones, cualquiera sea su modalidad o fuente de financiamiento.
  • La exigencia de certificar vacantes y su financiamiento para cubrir cargos, según lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley 27.798.

En materia de aportes al Tesoro, se fija un cronograma de contribuciones en cuatro cuotas iguales con vencimientos el 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 15 de diciembre de 2026, y se establece que los remanentes de recursos del ejercicio 2025 deberán ingresar a la Tesorería General de la Nación antes del 30 de octubre de 2026, salvo excepción legal.

Partidas indicativas, control del gasto y límites a las reestructuraciones

Uno de los ejes centrales de la norma es la definición del carácter indicativo o limitativo de las partidas presupuestarias, una herramienta clave para el manejo del gasto en un contexto de administración estricta de los recursos públicos.

La decisión establece como montos presupuestarios indicativos a la totalidad de las partidas de:

  • Bienes de consumo (Inciso 2).
  • Servicios no personales, con excepción de los gastos reservados (Inciso 3).
  • Bienes de uso (Inciso 4).
  • Transferencias (Inciso 5).
  • Incremento de activos financieros (Inciso 6).
  • Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos (Inciso 7).
  • Otros gastos (Inciso 8).

También tendrán carácter indicativo las asignaciones correspondientes a actividades específicas, programas, subprogramas, proyectos de obra y la clasificación geográfica del gasto, lo que otorga flexibilidad operativa, aunque bajo un esquema reforzado de control ex post.

En paralelo, se determinan con precisión las facultades para realizar modificaciones presupuestarias, delimitando qué tipo de reestructuraciones pueden efectuar ministros, secretarios, titulares de organismos, la Secretaría de Hacienda y la Oficina Nacional de Presupuesto. Se prohíben, entre otras cuestiones, los cambios que impliquen alterar la distribución de finalidades o incrementar gastos corrientes en detrimento de gastos de capital, en línea con el artículo 37 de la Ley 24.156 de Administración Financiera.

Las modificaciones deberán ser notificadas a la Oficina Nacional de Presupuesto dentro de los cinco días hábiles, y ese organismo contará con ocho días hábiles para expedirse sobre su razonabilidad. Vencido ese plazo sin observaciones, la modificación quedará automáticamente vigente.

Inversión pública, empresas estatales y mayor centralización financiera

La decisión administrativa refuerza los mecanismos de control sobre la obra pública y las inversiones. Las jurisdicciones y entidades no podrán contratar obras ni adquirir bienes de uso sin contar previamente con la calificación de “Formulación y evaluación satisfactoria” emitida por la Dirección Nacional de Inversión Pública, y deberán ajustarse a los montos máximos vigentes establecidos por la normativa específica.

En cuanto a las empresas públicas no financieras, se dispone que toda asistencia financiera, transferencias o aportes de capital con recursos del Tesoro Nacional se asignen exclusivamente en la Jurisdicción 91 – Obligaciones a Cargo del Tesoro, evitando la dispersión de créditos y facilitando el seguimiento de la ejecución presupuestaria. Estas transferencias quedarán condicionadas al cumplimiento estricto de lo dispuesto por la Ley 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto.

Asimismo, las jurisdicciones con partidas destinadas a Gastos de Inteligencia y Gastos Reservados deberán contar con la conformidad previa de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) antes de solicitar modificaciones presupuestarias o reprogramaciones de ejecución.

Impacto institucional y proyección

La Decisión Administrativa 1/2026 consolida un esquema de centralización financiera, mayor control del gasto y reglas más estrictas para la ejecución presupuestaria, en línea con las facultades otorgadas al Jefe de Gabinete por la Constitución Nacional y la Ley de Administración Financiera.

Decisión Administrativa 1/2026 by CristianMilciades

Para las jurisdicciones y organismos, el impacto es inmediato: mayor exigencia en la programación física de los programas, límites claros a la reasignación de créditos y una supervisión reforzada sobre personal, inversión y transferencias. Para el Tesoro Nacional, la norma apunta a mejorar la previsibilidad de ingresos, reducir remanentes ociosos y ordenar la asistencia al sector público empresarial.

anexo 1 D A 1/2026 by CristianMilciades

En términos políticos e institucionales, la decisión administrativa funciona como la pieza operativa central del Presupuesto 2026, traduciendo la ley sancionada por el Congreso en reglas concretas de ejecución que condicionarán el margen de maniobra de toda la Administración Pública durante el año.

anexo 2 D A 1/2026 by CristianMilciades

anexo 3 D A 1/2026 by CristianMilciades

anexo 4 D A 1/2026 by CristianMilciades

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Caputo celebró la baja de la inflación mayorista y afirmó que el plan económico “terminará con la inflación”

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El ministro de Economía, Luis Caputo, sostuvo que el programa económico del Gobierno nacional “es el camino para terminar de una vez por todas con la inflación”, luego de que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) difundiera los datos del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), que confirmaron una marcada desaceleración inflacionaria durante 2025. En particular, la inflación mayorista cerró el año con un alza acumulada del 26,2%, el nivel más bajo de los últimos ocho años, pese a una aceleración puntual en diciembre.

Las cifras oficiales fueron destacadas por el titular del Palacio de Hacienda como una señal de consolidación del rumbo macroeconómico, en contraste con los registros de años previos y con impacto directo en la formación de precios, los costos empresariales y las expectativas económicas.

Inflación mayorista en mínimos de ocho años

De acuerdo con los datos difundidos por el INDEC, el IPIM registró una suba del 2,4% en diciembre, lo que implicó una aceleración respecto de meses anteriores, pero permitió cerrar 2025 con un incremento anual del 26,2%. Se trata del registro más bajo desde 2017, cuando la inflación mayorista había finalizado en 18,8%.

El dato adquiere mayor relevancia al compararse con el desempeño de 2023, cuando el mismo índice había mostrado una variación acumulada del 276,4%. En ese sentido, Caputo remarcó que el resultado “contrasta con el 276,4% de variación en el IPIM en 2023”, subrayando la magnitud del cambio observado en el último año.

La inflación mayorista es seguida de cerca por analistas y empresas debido a su incidencia directa sobre los costos de producción y su capacidad de anticipar movimientos futuros en los precios al consumidor, lo que le otorga un rol clave en la evaluación del escenario macroeconómico.

Los fundamentos del programa económico

A través de sus redes sociales, el ministro explicó los factores que, a su entender, permitieron alcanzar la inflación más baja desde 2017. Según Caputo, el resultado fue posible gracias a “la combinación de superávit fiscal, control estricto de la cantidad de dinero, recapitalización del Banco Central (BCRA) y las distintas medidas de desregulación y facilitación del comercio que han permitido reducir costos innecesarios para el sector privado”.

En esa línea, el titular de Economía vinculó de manera directa la desaceleración inflacionaria con los pilares centrales del programa económico impulsado por el Gobierno, al señalar que estas políticas constituyen “el camino para terminar con la inflación”.

El énfasis en el superávit fiscal y en el control monetario se alinea con la estrategia oficial de atacar las causas estructurales de la inflación, mientras que las medidas de desregulación y apertura comercial apuntan a mejorar la eficiencia y reducir distorsiones en la formación de precios.

Impacto económico y señales al mercado

El cierre del año con una inflación mayorista del 26,2% tiene implicancias relevantes para distintos sectores de la economía. Para el sector productivo, una menor variación de precios mayoristas contribuye a estabilizar costos y facilita la planificación. Para el Gobierno, los datos refuerzan el discurso oficial sobre la efectividad del programa económico y su capacidad para anclar expectativas.

Aunque diciembre mostró una aceleración mensual, el balance anual dejó una señal clara de desaceleración inflacionaria, que el Ministerio de Economía presenta como un respaldo a la continuidad de las políticas aplicadas. En ese marco, la evolución futura del IPC y del IPIM seguirá siendo un termómetro central para evaluar la consistencia del proceso de desinflación y su impacto sobre el poder adquisitivo y la actividad económica.

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Los precios mayoristas subieron 26,2% en 2025 y marcaron un 2,4% en diciembre

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El Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) aumentó 2,4% en diciembre de 2025 respecto de noviembre y acumuló un alza de 26,2% en todo el año, según informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). El dato consolida el sendero de inflación mayorista en el cierre del año y aporta señales clave para anticipar la dinámica de costos, márgenes empresariales y precios al consumidor en los primeros meses de 2026.

El relevamiento corresponde al Sistema de Índices de Precios Mayoristas (SIPM) y fue difundido oficialmente el 19 de enero de 2026, en el marco de los informes técnicos del organismo estadístico nacional.

Diciembre: impulso de los productos nacionales y fuerte incidencia sectorial

De acuerdo al informe, el nivel general del IPIM mostró en diciembre una variación mensual positiva de 2,4%, explicada por una suba de 2,4% en los “Productos nacionales” y de 1,7% en los “Productos importados”.

Dentro del componente nacional, las divisiones con mayor incidencia positiva en el nivel general fueron: Productos refinados del petróleo, con una contribución de 0,70%. Alimentos y bebidas, con 0,38%. Petróleo crudo y gas, con 0,24%. Vehículos automotores, carrocerías y repuestos, con 0,23%. Productos agropecuarios, con 0,21%

El comportamiento sectorial confirma que los insumos energéticos, los alimentos y el complejo automotor continúan siendo vectores centrales en la formación de precios mayoristas, con impacto transversal sobre cadenas productivas y comerciales.

En paralelo, el Índice de Precios Internos Básicos al por Mayor (IPIB) —que excluye impuestos— registró un aumento mensual de 2,2%, explicado por alzas de 2,2% en productos nacionales y 1,8% en importados. Por su parte, el Índice de Precios Básicos del Productor (IPP) subió 2,4%, impulsado por incrementos de 2,8% en productos primarios y de 2,3% en productos manufacturados y energía eléctrica.

Este desagregado técnico permite distinguir entre presiones de precios asociadas a decisiones productivas, efectos impositivos y costos de importación, una diferenciación clave para el análisis macroeconómico y regulatorio.

Balance anual: 26,2% de aumento mayorista y señales para la estructura de costos

En el acumulado de 2025, el IPIM exhibió una suba de 26,2%, en línea con la variación interanual registrada en diciembre ipm_01_26E8B4A5F8B3. El IPIB acumuló 26,6% y el IPP trepó a 28,0%, lo que evidencia una presión mayor en los precios percibidos por los productores locales.

El informe aclara que, por una convención metodológica, en diciembre la variación interanual coincide con la acumulada del año, dado que “la variación porcentual de dicho mes respecto al mismo mes del año anterior es igual a la variación porcentual acumulada del año”.

A nivel interanual, se destacan incrementos relevantes en divisiones clave como: Productos refinados del petróleo: 37,5% (IPIM). Alimentos y bebidas: 28,0%. Vehículos automotores, carrocerías y repuestos: 33,4%. Productos agropecuarios: 36,8%. Tabaco: 37,9%

Estos datos consolidan un mapa de presión inflacionaria concentrada en sectores estratégicos para el abastecimiento interno y la competitividad exportadora.

Marco metodológico y relevancia institucional del SIPM

El INDEC detalla que el IPIM mide la evolución promedio de los precios de productos nacionales e importados ofrecidos en el mercado interno, incluyendo IVA, impuestos internos e impuestos a los combustibles netos de subsidios explícitos. En tanto, el IPIB replica esa cobertura pero excluye el efecto impositivo, permitiendo aislar la dinámica pura de precios, mientras que el IPP mide los precios percibidos por el productor local, excluyendo importaciones y contemplando exportaciones.

Las ponderaciones se basan en estructuras productivas históricas —con año base 1993 y referencia diciembre de 2015=100— y el cálculo se realiza mediante una fórmula de tipo Laspeyres, con precios observados en torno al día 15 de cada mes.

Desde una perspectiva institucional, el SIPM constituye una herramienta central para la evaluación de políticas económicas, dado que anticipa presiones inflacionarias, orienta negociaciones salariales, contratos de provisión y decisiones de inversión, y actúa como referencia para la regulación sectorial.

Impacto económico y proyecciones implícitas

La aceleración del 2,4% mensual en diciembre refuerza la lectura de que las tensiones de costos permanecen activas en la economía argentina, particularmente en energía, alimentos y transporte. Para el sector productivo, el cierre anual con un aumento mayorista del 26,2% implica una recomposición significativa de estructuras de costos, con potencial traslado a precios minoristas y márgenes empresariales.

Asimismo, la diferencia entre el IPIM (26,2%) y el IPP (28,0%) sugiere que los productores absorbieron parcialmente variaciones que no se trasladaron íntegramente al mercado interno, lo que abre interrogantes sobre sostenibilidad financiera, estrategias de precios y capacidad de absorción de costos en 2026.

Desde el punto de vista macroeconómico, estos datos se integran al análisis de inflación, política fiscal e impositiva, comercio exterior y competitividad, consolidando al SIPM como un indicador adelantado clave para el seguimiento del ciclo económico.

Indice precios mayoristas INDEC by CristianMilciades

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El Gobierno convoca al Congreso en febrero para tratar la reforma laboral, ley de glaciares y acuerdo Mercosur–UE

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El presidente Javier Milei convocó formalmente al Honorable Congreso de la Nación a Sesiones Extraordinarias entre el 2 y el 27 de febrero de 2026, mediante el Decreto 24/2026, publicado en el Boletín Oficial. La convocatoria delimita una agenda legislativa acotada pero de alto impacto económico, político e institucional, que incluye la modernización del régimen laboral, la adecuación de la Ley de Glaciares, el tratamiento del Acuerdo de Libre Comercio entre el Mercosur y la Unión Europea, y la designación de un embajador extraordinario.

La medida, firmada por el Presidente de la Nación y el vocero presidencial Manuel Adorni, se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 63 y 99, inciso 9 de la Constitución Nacional, y establece que los temas habilitados para su tratamiento serán exclusivamente los detallados en el Anexo IF-2026-06047221-APN-JGM, que forma parte integrante del decreto.

Una agenda extraordinaria con foco en reformas estructurales

El Artículo 1° del Decreto 24/2026 convoca al Congreso a sesionar fuera del período ordinario durante 26 días, desde el 2 hasta el 27 de febrero de 2026, mientras que el Artículo 2° define los asuntos que integran la convocatoria, restringiendo el temario a cuatro puntos centrales.

Entre ellos se destaca el Proyecto de Ley de Modernización Laboral (Mensaje 35/25, Expediente Senadores PE 159/2025), una iniciativa clave dentro del programa de reformas del Poder Ejecutivo, con impacto directo sobre el mercado de trabajo, la regulación de las relaciones laborales y los costos asociados al empleo formal.

También figura el Proyecto de Ley de adecuación del Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, que propone modificaciones a la Ley N° 26.639 (Mensaje 36/2025, Expediente Senadores PE 161/2025). Este punto reviste relevancia institucional y económica, dado que involucra estándares ambientales, regulación de actividades productivas y el marco normativo vigente en zonas de glaciares y ambientes periglaciales.

Comercio exterior y política exterior en el temario legislativo

La convocatoria incluye además el tratamiento del Proyecto de Ley para aprobar el Acuerdo de Libre Comercio entre el Mercosur y la Unión Europea, que será enviado por el Poder Ejecutivo Nacional. Se trata de uno de los acuerdos comerciales más relevantes en términos de inserción internacional, reglas de acceso a mercados y alineamiento estratégico del bloque regional.

En el plano de la política exterior, el temario contempla la consideración del acuerdo para designar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor Fernando Adolfo Iglesias, conforme a lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias.

La inclusión de este punto refuerza el carácter integral de la convocatoria, que combina reformas económicas y laborales con definiciones institucionales y diplomáticas que requieren aval del Congreso.

Posibles repercusiones

La delimitación estricta de los temas a tratar durante las sesiones extraordinarias refuerza el rol del Poder Ejecutivo en la definición de prioridades legislativas, al tiempo que coloca al Congreso frente a debates de alta sensibilidad económica, regulatoria y política.

La modernización laboral y la adecuación de la Ley de Glaciares anticipan discusiones intensas en torno al equilibrio entre competitividad, protección ambiental y marcos regulatorios vigentes, mientras que el acuerdo Mercosur–Unión Europea introduce un eje central de debate sobre comercio exterior y reglas de integración internacional.

Con esta convocatoria, el Gobierno busca avanzar en una agenda concentrada de proyectos considerados estratégicos antes del inicio del período ordinario de sesiones.

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Caputo confirmó superávit fiscal del 1,4% del PBI en 2025 y destacó un hito histórico

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El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció que el año 2025 finalizó con un superávit fiscal primario de $11,7 billones, equivalente al 1,4% del Producto Bruto Interno (PBI), y un superávit financiero de $1,45 billones, equivalente al 0,2%. El dato marca un hito fiscal: es la primera vez desde 2008 que la Argentina logra dos años consecutivos de superávit financiero base caja, cumpliendo además con la totalidad de los servicios de la deuda pública.

El anuncio fue realizado este viernes a través de la red social X por el titular del Palacio de Hacienda, quien subrayó la relevancia institucional del resultado en el marco del programa económico vigente y de las metas acordadas con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Resultado fiscal 2025: cifras, estacionalidad y un hito histórico

El año 2025 culminó con un superávit primario de $11.76 billones y un superávit financiero de $1.45 billones, equivalentes aproximadamente a 1,4% y 0,2% del PIB, respectivamente”, destacó Caputo en su publicación. En el mismo mensaje, remarcó que se trata de “la primera vez que se alcanzan dos años consecutivos de superávit financiero base caja desde 2008”.

El ministro aclaró que el cierre positivo del año se dio a pesar de la estacionalidad negativa del último mes. En diciembre de 2025, el Sector Público Nacional (SPN) registró un déficit primario de $2,87 billones y un déficit financiero de $3,29 billones, un comportamiento habitual por el patrón de ejecución del gasto hacia fin de año.

No obstante, Caputo puso énfasis en el carácter estructural del resultado anual: “Es la primera vez de la serie histórica que comienza en 1993 que se obtiene este resultado cumpliendo con la totalidad de los servicios de la deuda pública del Sector Público Nacional”.

Metas con el FMI y lectura del resultado fiscal

El desempeño fiscal de 2025 también se analiza en función del acuerdo con el FMI. Según el staff report del organismo correspondiente a julio, tras la primera revisión del programa, la meta nominal fijada para la Argentina era de $10,4 billones de superávit primario, objetivo que fue superado por $1,3 billones.

En términos del PBI, la meta indicativa había sido establecida en 1,6%, por lo que el resultado de 1,4% quedó 0,2 puntos porcentuales por debajo. Sin embargo, fuentes del mercado consideran previsible que el organismo dé la meta por cumplida, dado que el criterio central es el objetivo nominal.

De hecho, Caputo recordó que los funcionarios del área de Finanzas manejaban internamente una meta equivalente al 1,3% del PBI, consistente con los $10,4 billones exigidos por el Fondo en relación con el PBI efectivo. La diferencia se explica, en parte, por la inflación del 31,5%, que elevó el PBI nominal por encima de lo previsto a mediados de año.

Ajuste del gasto, suba del gasto social y baja de impuestos

El ministro de Economía defendió la estrategia fiscal señalando que el gasto primario en 2025 fue 27% inferior en términos reales al de 2023. Según explicó, la consolidación fiscal se logró “protegiendo el gasto en programas sociales sin intermediarios destinados a los sectores más vulnerables”.

En ese sentido, detalló que el gasto social en AUH y Tarjeta Alimentar aumentó 43% en términos reales, al comparar diciembre de 2025 con diciembre de 2023. Ese refuerzo llevó a que dichas transferencias representaran el 92% de la canasta básica alimentaria, frente al 55% registrado en diciembre de 2023.

Caputo también vinculó el superávit fiscal con una política activa de reducción de la presión tributaria. Según indicó, desde 2024 la baja de impuestos acumulada ya supera el 2,5% del PBI, e incluye la eliminación del Impuesto PAÍS, la reducción o eliminación de derechos de exportación e importación en numerosas posiciones arancelarias, la baja de impuestos internos y la eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles.

En esa línea, recordó que en diciembre de 2025 se concretó una nueva reducción de derechos de exportación: dos puntos porcentuales para los complejos soja, trigo y cebada, y un punto para los complejos maíz, sorgo y girasol.

El ancla fiscal y la mirada de los analistas privados

Caputo ratificó que el ancla fiscal continúa siendo “un pilar fundamental del programa económico desde el primer mes de gestión” y afirmó que este principio quedó cristalizado en el Presupuesto 2026. Según el ministro, el orden en las cuentas públicas y el crecimiento económico permitirán profundizar la devolución de recursos al sector privado mediante nuevas reducciones de impuestos.

Desde el sector privado, el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) aportó una lectura técnica del resultado. El organismo señaló que, en comparación con 2024, el superávit primario cayó 0,43 puntos porcentuales del PBI y el superávit financiero se redujo en 0,13 puntos, desde niveles de 1,8% y 0,3% del PBI, respectivamente.

El informe precisó además que los intereses pagados registrados sobre la línea, sin considerar los intereses capitalizados, equivalieron al 1,2% del PBI. Según el IARAF, “la dinámica de ingresos influenciada por la baja de impuestos y la suba real del gasto en jubilaciones y prestaciones determinó un empeoramiento relativo” frente al año previo.

Un dato clave para la política económica

El cierre fiscal de 2025 con superávit consolida uno de los ejes centrales del programa económico del Gobierno y se proyecta como un elemento clave en la relación con el FMI, el mercado financiero y los actores económicos locales. Más allá de las diferencias en la lectura técnica, el dato refuerza el rol del equilibrio fiscal como ancla macroeconómica y como señal política en un contexto de reformas estructurales y redefinición del rol del Estado.

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