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ANSES oficializó la actualización de jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares para octubre

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Los jubilados, pensionados y millones de familias que reciben asignaciones sociales tendrán desde octubre nuevos valores en sus prestaciones. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó un aumento del 1,66% para las jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares, en línea con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de agosto informado por el INDEC.

La actualización fue establecida mediante las Resoluciones 283/2026 y 284/2026, publicadas este miércoles en el Boletín Oficial, y alcanza tanto a los haberes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) como a las asignaciones familiares y la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Para los jubilados, el dato central es que el haber mínimo garantizado pasará a $435.748,51 desde octubre, mientras que el haber máximo llegará a $2.932.174,85. La actualización también lleva la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) a $348.598,81 y la Prestación Básica Universal (PBU) a $199.335,05.

El incremento es automático bajo el esquema de movilidad vigente desde 2024, que establece una actualización mensual de las prestaciones de acuerdo con la variación del IPC nacional. En esta oportunidad, el porcentaje aplicado corresponde a la inflación registrada durante agosto.

Para quienes cobran una jubilación mínima, el aumento implica una mejora nominal de alrededor de $7.117 respecto del haber anterior, antes de considerar otros conceptos que eventualmente puedan integrar el ingreso mensual. La magnitud del incremento, sin embargo, debe leerse en conjunto con la evolución de los precios, dado que la movilidad está diseñada para acompañar la inflación registrada con un rezago temporal.

También cambia la base para los aportes

La resolución previsional no solamente actualiza cuánto cobran los jubilados. También modifica los valores que determinan los aportes al sistema de seguridad social.

Desde el período devengado de octubre, la remuneración imponible mínima queda establecida en $146.759,98, mientras que la máxima asciende a $4.769.631,49. Estos parámetros son relevantes para trabajadores registrados porque determinan las bases sobre las cuales se calculan determinados aportes al sistema previsional.

También se actualizarán las remuneraciones utilizadas para calcular nuevas jubilaciones. La medida alcanza a quienes cesen en su actividad desde el 30 de septiembre de 2026 y a quienes continúen trabajando bajo los regímenes de compatibilidad previstos por la normativa y soliciten su prestación desde el 1° de octubre.

La AUH también aumenta y suben los límites de ingresos

El otro capítulo de la actualización tiene impacto directo sobre los hogares que reciben asignaciones familiares. La Resolución 283/2026 establece un incremento del 1,66% en los montos, límites y rangos de ingresos del régimen, con vigencia para las prestaciones correspondientes a octubre.

La AUH quedará en $156.588 por hijo, mientras que la Asignación por Embarazo para Protección Social tendrá el mismo valor. En el caso de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad, el monto general ascenderá a $509.863.

Para los beneficiarios de las zonas diferenciales de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido bonaerense de Patagones, los valores serán superiores: $203.565 para AUH y embarazo y $662.822 para hijo con discapacidad.

En el caso de los trabajadores registrados, la asignación familiar por hijo y prenatal será de $78.304 para grupos familiares con ingresos de hasta $1.212.301. Para ingresos familiares superiores a ese monto y hasta $1.777.957, el valor será de $52.821.

El siguiente tramo, para familias con ingresos de hasta $2.052.708, tendrá una asignación de $31.949. Finalmente, quienes tengan ingresos familiares superiores a ese nivel y hasta $6.419.726 percibirán $16.487 por hijo.

La actualización también modifica los valores correspondientes a hijos con discapacidad dentro del régimen de asignaciones familiares. Dependiendo del tramo de ingresos, los montos generales serán de $254.943, $180.358 o $113.829.

Nacimiento, adopción y matrimonio

Las asignaciones de pago único también fueron actualizadas. Desde octubre, la prestación por nacimiento será de $91.273, la correspondiente a adopción alcanzará $545.685 y la asignación por matrimonio se ubicará en $136.662.

Para titulares del sistema previsional y veteranos de guerra alcanzados por el régimen, la asignación por cónyuge será de $19.002 en el valor general y de $37.695 en las zonas diferenciales.

El nuevo esquema también contempla a los monotributistas. La asignación por hijo y prenatal será de $78.304 para la categoría A, $52.821 para la categoría B y $16.487 para las categorías C a G. En el caso de hijo con discapacidad, los valores serán de $254.943, $180.358 y $113.829, respectivamente, según la categoría.

Un dato clave para las familias: el ingreso también determina quién cobra

La actualización no consiste solamente en aumentar los montos. ANSES también actualizó los límites y rangos de ingresos que determinan el acceso a las asignaciones familiares.

Existe, además, un límite individual: si uno de los integrantes del grupo familiar percibe ingresos superiores a $3.209.863 mensuales, el grupo queda excluido del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando el ingreso conjunto del hogar no supere el límite máximo establecido.

Este punto resulta especialmente relevante para hogares donde los ingresos de los adultos varían mes a mes, porque el acceso a la prestación no depende únicamente del ingreso total familiar sino también de los ingresos individuales de sus integrantes.

La actualización de octubre deja así un nuevo mapa de valores para jubilados, pensionados, trabajadores registrados, monotributistas y familias que reciben AUH. Para los hogares que dependen de estas prestaciones, el dato central no es solamente el porcentaje de aumento, sino cuánto dinero efectivamente ingresará al presupuesto familiar y si los nuevos límites de ingresos permiten conservar el beneficio.

Con el esquema vigente, el próximo ajuste seguirá determinado por la evolución mensual del IPC. En otras palabras, jubilaciones y asignaciones continuarán moviéndose con la inflación registrada, mientras que los cambios en los ingresos de cada hogar podrán determinar, a su vez, el acceso o permanencia dentro de determinados beneficios.

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ANSES proyecta 104.760 jubilados menos en 2027 y crece la PUAM

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El sistema previsional argentino enfrenta un cambio de composición que expone una de sus tensiones estructurales: ANSES proyecta que el padrón de jubilados se reducirá en 104.760 personas durante 2027, mientras aumentará en 32.724 la cantidad de beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). La estimación forma parte de las proyecciones para el Presupuesto 2027 y vincula el fenómeno con la dificultad creciente de reunir los 30 años de aportes exigidos para acceder a una jubilación contributiva.

Según las cifras proyectadas, el padrón de jubilados pasaría de 5.590.521 personas en 2026 a 5.485.761 en 2027. En paralelo, los beneficiarios de la PUAM subirían de 220.308 a 253.032. También se prevé un aumento de los titulares del Seguro de Desempleo, de 118.868 a 130.324 personas.

La lectura relevante no está solamente en la cantidad de prestaciones, sino en el desplazamiento entre categorías. El sistema proyecta menos personas que acceden a una jubilación basada en aportes y más adultos mayores que deberán recurrir a una prestación no contributiva destinada a quienes no lograron completar la trayectoria laboral requerida.

El mercado laboral empieza a definir quién llega a la jubilación

La jubilación contributiva exige, como regla general, 30 años de aportes. Ese requisito convierte la historia laboral en una variable decisiva: no alcanza con llegar a la edad jubilatoria si durante las décadas anteriores predominó el trabajo no registrado, la intermitencia laboral o una inscripción previsional insuficiente.

La edad jubilatoria se mantiene en 60 años para las mujeres y 65 para los hombres. El problema aparece cuando una persona alcanza ese momento sin haber reunido los años de aportes necesarios. Las moratorias previsionales habían funcionado como mecanismo para completar períodos faltantes, pero esas herramientas dejaron de estar disponibles, de modo que el sistema vuelve a hacer más visible la distancia entre edad y trayectoria contributiva.

La proyección de ANSES puede leerse, por lo tanto, como una consecuencia diferida de la estructura del mercado de trabajo. Un empleo informal hoy no solamente implica menor cobertura durante la etapa activa: también puede convertirse, décadas después, en una dificultad concreta para acceder a una jubilación contributiva.

El crecimiento esperado de la PUAM refleja justamente ese punto de quiebre. La prestación está destinada a personas de 65 años o más que no reunieron los aportes necesarios y que cumplen requisitos de vulnerabilidad social, además de atravesar una evaluación socioeconómica y patrimonial.

En septiembre de 2026, la PUAM se ubicó en $342.906,56, según la actualización oficial de ANSES. A ese monto se sumó el bono extraordinario previsional de hasta $70.000 para los beneficiarios alcanzados por la medida.

El monotributo agrega otra grieta al problema

El debate previsional no termina en la cantidad de años aportados. También importa cuánto se aporta durante esos años. Un estudio del IERAL de la Fundación Mediterránea puso el foco sobre esa segunda dimensión al simular qué prestación podría financiarse con los aportes previsionales correspondientes a las distintas categorías del monotributo.

El ejercicio no describe cómo funciona actualmente el sistema previsional argentino, sino que construye un escenario hipotético de capitalización individual: supone que los aportes de cada trabajador se acumulan y luego se utilizan para financiar una renta vitalicia. Bajo el supuesto de que esos fondos solamente mantienen su poder adquisitivo frente a la inflación, los resultados muestran una brecha considerable respecto del haber mínimo.

En la categoría A, la más baja del monotributo, un hombre con 40 años de aportes reuniría recursos equivalentes al 9% de una jubilación mínima, mientras que para una mujer la proporción sería del 6%. En la categoría K, la más alta, los porcentajes subirían al 75% para un hombre y al 50% para una mujer.

La conclusión económica del ejercicio es que el problema previsional no puede explicarse únicamente por la cantidad de años registrados. También existe una diferencia importante entre el ingreso sobre el cual se calcula el aporte y el nivel de prestación que se pretende financiar en la etapa pasiva.

El IERAL estima que el aporte personal promedio representa alrededor del 11% del ingreso de un asalariado formal, 5% en el caso de los autónomos y apenas 1,1% entre los monotributistas. A su vez, el 55% de los monotributistas activos se concentra en la categoría A y el 78% pertenece a las categorías A, B o C, donde los aportes previsionales son menores.

Cuatro décadas de aportes tampoco garantizan el piso

La simulación adquiere otra dimensión cuando se incorpora un rendimiento real del 2% anual por encima de la inflación. En ese escenario, un monotributista de categoría K que aportara durante 40 años podría alcanzar el equivalente al 138% de una jubilación mínima en el caso de un hombre y el 99% en el de una mujer.

Pero el resultado cambia drásticamente en las categorías inferiores. Para que una persona de categoría A pudiera financiar una prestación equivalente a una jubilación mínima bajo ese supuesto, el estudio calculó que los aportes previsionales deberían aumentar 778% para una mujer y 725% para un hombre que deja pensión a su cónyuge.

La cifra muestra el tamaño de la brecha, pero también marca un límite para interpretar el problema: aumentar abruptamente los aportes de los trabajadores independientes podría mejorar la densidad contributiva futura, aunque también elevaría el costo de formalización de actividades de bajos ingresos.

El desafío pasa de pagar prestaciones a reconstruir trayectorias laborales

La combinación de las dos proyecciones plantea una discusión de mayor alcance para la política previsional. Por un lado, el sistema necesita financiar prestaciones para una población que envejece. Por otro, una parte creciente de quienes llegan a la edad jubilatoria puede no haber construido una trayectoria contributiva suficiente.

La respuesta, por lo tanto, no se agota en discutir el monto de la jubilación al momento del retiro. También involucra la calidad del empleo durante las décadas anteriores, la estabilidad de las trayectorias laborales, los incentivos a la formalización y la relación entre ingresos y aportes.

El aumento proyectado de la PUAM funciona como una señal concreta de esa transición. Si menos trabajadores reúnen los requisitos para una jubilación contributiva, el Estado debe sostener una mayor cantidad de prestaciones no contributivas. El problema se traslada así desde la historia individual de aportes hacia las cuentas públicas y la capacidad futura del sistema para garantizar ingresos durante la vejez.

El dato de 2027, entonces, no describe solamente cuántos jubilados habrá. Expone una pregunta más profunda: qué tipo de mercado laboral está construyendo la Argentina y qué nivel de protección previsional podrá ofrecer a quienes hoy trabajan, especialmente a quienes lo hacen de manera informal, independiente o con aportes reducidos.

Una reforma previsional sostenible debería abordar esa cadena completa. Mejorar la registración laboral, reducir la discontinuidad de los aportes, revisar la relación entre contribuciones y beneficios y generar mecanismos previsibles para quienes tienen trayectorias incompletas son piezas de un mismo problema. La cantidad de jubilados que aparece en el Presupuesto 2027 es, en última instancia, el resultado de decisiones laborales y previsionales acumuladas durante décadas.

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Oficializan continuidad del bono previsional de hasta $70.000 para jubilados y pensionados en septiembre

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El Gobierno nacional oficializó un nuevo Bono Previsional de hasta $70.000 para septiembre de 2026, destinado a jubilados, pensionados y beneficiarios de prestaciones no contributivas de menores ingresos. La medida fue establecida mediante el Decreto 824/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, y busca compensar parcialmente los efectos que, según los fundamentos de la norma, tuvo sobre los haberes previsionales la anterior fórmula de movilidad.

El bono será liquidado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) durante septiembre y tendrá un carácter extraordinario. El decreto establece que podrán acceder los titulares de prestaciones contributivas comprendidas en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más, además de otras pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago esté a cargo de ANSES.

La clave del esquema está en que $70.000 constituye el monto máximo y no un pago uniforme para todos los beneficiarios. Quienes perciban, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, un importe igual o inferior al haber mínimo previsional garantizado recibirán el bono completo. En cambio, para quienes superen ese umbral, el refuerzo será equivalente al monto necesario para que la suma entre el haber y el bono alcance el haber mínimo más $70.000.

De esta manera, el diseño concentra el refuerzo en los ingresos previsionales más bajos y establece un mecanismo decreciente para quienes se encuentran por encima del haber mínimo. El decreto determina, además, que para evaluar el acceso se deben considerar todas las prestaciones vigentes de un mismo titular, mientras que en los casos de pensiones con varios copartícipes se computará el beneficio como un único titular.

El bono tendrá carácter no remunerativo, no estará sujeto a descuentos y tampoco será computable para ningún otro concepto. Para cobrarlo, el beneficio deberá encontrarse vigente durante el mismo mensual en que se realice la liquidación. ANSES quedó facultada para establecer las normas complementarias necesarias para instrumentar el pago, controlar su aplicación y recuperar eventuales percepciones indebidas.

El Gobierno vuelve a utilizar un bono como herramienta de compensación

La decisión se inscribe en un cambio más amplio de la política previsional. En los considerandos del Decreto 824/2026, el Gobierno sostiene que la fórmula de movilidad establecida por la Ley 27.609, vigente desde marzo de 2021, no contemplaba adecuadamente la evolución de los precios y produjo un desfasaje entre las variables económicas y la actualización de los haberes, con un impacto particularmente significativo sobre los adultos mayores de menores ingresos.

Como respuesta a ese escenario, desde enero de 2024 se implementaron sucesivos bonos y ayudas económicas extraordinarias. En paralelo, el Decreto 274/2024 modificó el mecanismo de movilidad y estableció la actualización mensual de las jubilaciones de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) nacional elaborado por el INDEC.

El nuevo refuerzo de septiembre aparece, por lo tanto, como una herramienta de transición dentro de ese esquema: la movilidad mensual actualiza los haberes según la inflación, mientras que el bono busca recomponer parcialmente la capacidad de compra de los sectores previsionales de menores ingresos. La norma vincula expresamente el nuevo pago extraordinario con la necesidad de compensar los efectos acumulados del régimen anterior.

Qué significa para los jubilados de menores ingresos

El mecanismo adoptado tiene una consecuencia concreta: el beneficio está diseñado para que quienes cobran las prestaciones más bajas reciban el refuerzo completo, mientras que el monto se reduzca progresivamente a medida que aumenta el ingreso previsional. El objetivo explícito es evitar que el bono funcione como una transferencia idéntica para todos los beneficiarios, concentrando el esfuerzo fiscal en quienes se encuentran por debajo o apenas por encima del haber mínimo.

El decreto no establece, sin embargo, un bono permanente. Se trata de un pago extraordinario correspondiente al mensual de septiembre de 2026, por lo que su continuidad dependerá de futuras decisiones del Poder Ejecutivo. Esta característica vuelve a colocar en el centro del debate previsional la diferencia entre una recomposición estructural del ingreso y los refuerzos transitorios utilizados para compensar períodos de pérdida de poder adquisitivo.

Desde la perspectiva de política pública, el desafío excede el pago puntual de los $70.000. La cuestión central será determinar si la combinación entre movilidad mensual y bonos extraordinarios logra sostener el ingreso real de los jubilados de menores recursos frente a la evolución del costo de vida. En particular, la focalización del refuerzo permite atender de manera inmediata a los sectores más vulnerables, pero no reemplaza una discusión de fondo sobre la suficiencia de las prestaciones y la sustentabilidad del sistema previsional.

La medida, en ese sentido, ofrece un alivio concreto para septiembre y establece un criterio de prioridad sobre los ingresos más bajos. Pero también deja planteada una pregunta de mayor alcance para la política previsional: cuánto del ingreso de los adultos mayores puede sostenerse mediante actualizaciones permanentes y cuánto continúa dependiendo de bonos extraordinarios definidos mes a mes o para períodos específicos.

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ANSES ajusta las jubilaciones desde julio: el haber mínimo sube a $411.989 y se actualizan las bases previsionales

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó una actualización del 2,15% para las jubilaciones, pensiones y parámetros previsionales que comenzará a regir con los haberes de julio. La medida replica la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de mayo y consolida el esquema de movilidad mensual vigente. Para el mercado interno, el impacto se concentra en la capacidad de consumo de millones de beneficiarios, mientras que para empleadores y estudios contables también implica nuevos valores para las bases imponibles del sistema previsional.

La actualización fue establecida mediante la Resolución 186/2026, publicada en el Boletín Oficial. Con este ajuste, el haber mínimo garantizado pasa a $411.989,33, mientras que el haber máximo asciende a $2.772.298,06. La Prestación Básica Universal (PBU) se ubicará en $188.466,31 y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) alcanzará $329.591,46.

El incremento responde al mecanismo de movilidad implementado por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2024, que sustituyó la fórmula anterior por un esquema de actualización mensual atado a la inflación medida por el INDEC. Para julio, la variación aplicada corresponde al IPC de mayo: 2,15%.

En provincias del NEA, donde la participación de jubilaciones, pensiones y asignaciones dentro del ingreso disponible de los hogares tiene un peso significativo en numerosas economías locales, cada actualización previsional repercute sobre el consumo cotidiano. Comercios minoristas, farmacias, supermercados y prestadores de servicios suelen captar parte de esos ingresos durante los primeros días del calendario de pagos.

Sin embargo, el ajuste también mantiene el ritmo de indexación de las obligaciones previsionales para empleadores. La resolución redefine las bases imponibles utilizadas para calcular aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), un dato relevante para empresas, áreas de recursos humanos y estudios contables.

Los principales cambios desde julio

Entre las modificaciones oficializadas se destacan:

  • Haber mínimo: $411.989,33.
  • Haber máximo: $2.772.298,06.
  • Prestación Básica Universal (PBU): $188.466,31.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $329.591,46.
  • Base imponible mínima para aportes: $138.757,90.
  • Base imponible máxima: $4.509.567,41.

En el caso de quienes perciben el haber mínimo y continúan recibiendo el bono extraordinario de $70.000, el ingreso total alcanzará $481.989,33. La resolución difundida por ANSES únicamente actualiza los haberes previsionales; el bono mantiene el mismo valor nominal que viene aplicándose desde marzo de 2024.

Qué significa para empresas y trabajadores

La actualización mensual no sólo modifica los ingresos de jubilados y pensionados. También redefine parámetros técnicos utilizados en la liquidación previsional de trabajadores activos.

Las nuevas bases imponibles determinan el rango sobre el cual se calculan los aportes personales y contribuciones patronales previstos en la Ley 24.241, por lo que su actualización resulta relevante para empleadores privados, organismos públicos y profesionales dedicados a la administración laboral.

Además, la resolución establece que las remuneraciones de quienes soliciten su jubilación desde el 1 de julio de 2026 continuarán actualizándose conforme los índices fijados por la Subsecretaría de Seguridad Social para el cálculo del haber inicial.

La movilidad mensual mantiene alineadas las prestaciones previsionales con la inflación, pero también consolida un esquema en el que tanto ingresos previsionales como parámetros laborales se modifican todos los meses. Para empresas y actores económicos, la previsibilidad dependerá de la evolución del IPC y de la continuidad del bono extraordinario, cuya actualización permanece desacoplada de la fórmula de movilidad.

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ANSES oficializó subas de 2,58% y un bono de $70.000: mejora el ingreso mínimo

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El Boletín Oficial de la República Argentina publicó este viernes disposiciones clave de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y del Poder Ejecutivo. Las medidas impactan en el esquema de asignaciones familiares, los haberes jubilatorios y pensiones, y establecen un bono extraordinario para quienes perciben ingresos previsionales mínimos.

ANSES oficializa un incremento del 2,58% en los límites de ingresos y en los montos de las asignaciones familiares a partir de junio de 2026. La Resolución 146/2026 dispone que el ajuste alcanza a trabajadores en relación de dependencia de los sectores público y privado, monotributistas, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), pensiones no contributivas y la Asignación por Embarazo para Protección Social.

La actualización se basa en la movilidad establecida por el Índice de Precios al Consumidor Nacional (INDEC), garantizando que las prestaciones mantengan su valor real frente a la inflación. El incremento se aplicará sobre los valores vigentes y afecta tanto a los límites de ingresos familiares como a los montos de las asignaciones. Los cuadros con los nuevos rangos y montos estarán disponibles en los anexos oficiales publicados por ANSES.

La resolución establece que cuando un integrante del grupo familiar perciba ingresos superiores a $2.970.968, todo el grupo quedará excluido del cobro de asignaciones, aunque la suma total no supere el tope general. Además, se indica que la Asignación por Ayuda Escolar Anual solo se actualizará por movilidad una vez al año y que, en caso de decimales, los montos serán redondeados al número entero siguiente.

Nuevos valores mínimos y máximos en jubilaciones y pensiones

La Resolución 139/2026 de ANSES actualiza los valores de las prestaciones previsionales a partir de junio. El haber mínimo garantizado se fija en $403.317,99 para los jubilados y pensionados, mientras que el haber máximo asciende a $2.713.948,17. La base imponible mínima para aportes queda en $135.837,40 y la máxima en $4.414.652,38.

La normativa también establece los nuevos montos para la Prestación Básica Universal (PBU), que será de $184.499,57, y para la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que asciende a $322.654,39. Estas cifras surgen de la aplicación de la fórmula de movilidad mensual basada en el INDEC. Además, se actualizan los índices para calcular las remuneraciones de quienes soliciten su prestación después del 1° de junio de 2026.

La resolución faculta a la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas de ANSES para dictar las normas necesarias para su implementación. Los detalles y cuadros completos pueden consultarse en los anexos oficiales publicados junto con la disposición en el Boletín Oficial.

Bono extraordinario previsional para haberes mínimos

El Decreto 399/2026 del Poder Ejecutivo establece un bono extraordinario previsional de hasta $70.000 a abonarse durante junio de 2026. El beneficio alcanza a titulares de prestaciones contributivas y no contributivas a cargo de ANSES, incluidas jubilaciones, pensiones, la PUAM y pensiones graciables.

El bono será de$70.000 para quienes perciban el haber mínimo. Para quienes cobren un monto superior, el adicional será el necesario para alcanzar el total del haber mínimo más el bono. El pago se realizará a cada titular, sin importar la cantidad de copartícipes en el caso de pensiones, y no estará sujeto a descuentos ni computable para otros conceptos, según lo establece el decreto.

El decreto establece que el bono extraordinario previsional será abonado exclusivamente durante el mes de junio de 2026 a los titulares de las prestaciones detalladas, siempre que el beneficio se encuentre vigente al momento de la liquidación. La ANSES queda facultada para dictar normas aclaratorias y complementarias para implementar el bono.

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