Oficializan continuidad del bono previsional de hasta $70.000 para jubilados y pensionados en septiembre

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El Gobierno nacional oficializó un nuevo Bono Previsional de hasta $70.000 para septiembre de 2026, destinado a jubilados, pensionados y beneficiarios de prestaciones no contributivas de menores ingresos. La medida fue establecida mediante el Decreto 824/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, y busca compensar parcialmente los efectos que, según los fundamentos de la norma, tuvo sobre los haberes previsionales la anterior fórmula de movilidad.

El bono será liquidado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) durante septiembre y tendrá un carácter extraordinario. El decreto establece que podrán acceder los titulares de prestaciones contributivas comprendidas en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más, además de otras pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago esté a cargo de ANSES.

La clave del esquema está en que $70.000 constituye el monto máximo y no un pago uniforme para todos los beneficiarios. Quienes perciban, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, un importe igual o inferior al haber mínimo previsional garantizado recibirán el bono completo. En cambio, para quienes superen ese umbral, el refuerzo será equivalente al monto necesario para que la suma entre el haber y el bono alcance el haber mínimo más $70.000.

De esta manera, el diseño concentra el refuerzo en los ingresos previsionales más bajos y establece un mecanismo decreciente para quienes se encuentran por encima del haber mínimo. El decreto determina, además, que para evaluar el acceso se deben considerar todas las prestaciones vigentes de un mismo titular, mientras que en los casos de pensiones con varios copartícipes se computará el beneficio como un único titular.

El bono tendrá carácter no remunerativo, no estará sujeto a descuentos y tampoco será computable para ningún otro concepto. Para cobrarlo, el beneficio deberá encontrarse vigente durante el mismo mensual en que se realice la liquidación. ANSES quedó facultada para establecer las normas complementarias necesarias para instrumentar el pago, controlar su aplicación y recuperar eventuales percepciones indebidas.

El Gobierno vuelve a utilizar un bono como herramienta de compensación

La decisión se inscribe en un cambio más amplio de la política previsional. En los considerandos del Decreto 824/2026, el Gobierno sostiene que la fórmula de movilidad establecida por la Ley 27.609, vigente desde marzo de 2021, no contemplaba adecuadamente la evolución de los precios y produjo un desfasaje entre las variables económicas y la actualización de los haberes, con un impacto particularmente significativo sobre los adultos mayores de menores ingresos.

Como respuesta a ese escenario, desde enero de 2024 se implementaron sucesivos bonos y ayudas económicas extraordinarias. En paralelo, el Decreto 274/2024 modificó el mecanismo de movilidad y estableció la actualización mensual de las jubilaciones de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) nacional elaborado por el INDEC.

El nuevo refuerzo de septiembre aparece, por lo tanto, como una herramienta de transición dentro de ese esquema: la movilidad mensual actualiza los haberes según la inflación, mientras que el bono busca recomponer parcialmente la capacidad de compra de los sectores previsionales de menores ingresos. La norma vincula expresamente el nuevo pago extraordinario con la necesidad de compensar los efectos acumulados del régimen anterior.

Qué significa para los jubilados de menores ingresos

El mecanismo adoptado tiene una consecuencia concreta: el beneficio está diseñado para que quienes cobran las prestaciones más bajas reciban el refuerzo completo, mientras que el monto se reduzca progresivamente a medida que aumenta el ingreso previsional. El objetivo explícito es evitar que el bono funcione como una transferencia idéntica para todos los beneficiarios, concentrando el esfuerzo fiscal en quienes se encuentran por debajo o apenas por encima del haber mínimo.

El decreto no establece, sin embargo, un bono permanente. Se trata de un pago extraordinario correspondiente al mensual de septiembre de 2026, por lo que su continuidad dependerá de futuras decisiones del Poder Ejecutivo. Esta característica vuelve a colocar en el centro del debate previsional la diferencia entre una recomposición estructural del ingreso y los refuerzos transitorios utilizados para compensar períodos de pérdida de poder adquisitivo.

Desde la perspectiva de política pública, el desafío excede el pago puntual de los $70.000. La cuestión central será determinar si la combinación entre movilidad mensual y bonos extraordinarios logra sostener el ingreso real de los jubilados de menores recursos frente a la evolución del costo de vida. En particular, la focalización del refuerzo permite atender de manera inmediata a los sectores más vulnerables, pero no reemplaza una discusión de fondo sobre la suficiencia de las prestaciones y la sustentabilidad del sistema previsional.

La medida, en ese sentido, ofrece un alivio concreto para septiembre y establece un criterio de prioridad sobre los ingresos más bajos. Pero también deja planteada una pregunta de mayor alcance para la política previsional: cuánto del ingreso de los adultos mayores puede sostenerse mediante actualizaciones permanentes y cuánto continúa dependiendo de bonos extraordinarios definidos mes a mes o para períodos específicos.

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