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La recaudación volvió a crecer por debajo de la inflación

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La recaudación de Recursos Tributarios de Octubre alcanzó $ 16.165.742 millones, con una variación interanual de 26,5%, cinco puntos menos que el último dato oficial de la inflación acumulada.

La variación interanual de este mes continúa viéndose afectada por la alta base de comparación debido a los ingresos extraordinarios de Octubre 2024. En ese mes había ingresado recaudación proveniente de los siguientes conceptos:

  • El Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP): tanto de bienes regularizados como no regularizados. 
  • La moratoria (Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social -Ley 27.743): había vencido el plazo para la cancelación al contado de la deuda vencida al 31 de marzo de 2024 con la condonación del 50% de los intereses resarcitorios y punitorios, y el pago a cuenta del plan más amplio con condonación del 40% de los intereses. También habían ingresado cuotas por las adhesiones realizadas en los meses de Agosto y Septiembre 2024 a través del plan de tres cuotas.
  • El Impuesto PAIS que actualmente no se encuentra vigente.
  • El Impuesto de Regularización de Activos: se encontraba vigente la adhesión al Régimen y el ingreso del pago adelantado  de no menos del 75% del Impuesto Especial de Regularización (Etapa 1 – única para regularizar fondos).

Sin estos ingresos la variación interanual habría sido cercana al 37%.

El Impuesto al Valor Agregado Neto recaudó $ 5.773.182 millones y tuvo  una variación interanual de 31,7%. El IVA Impositivo aumentó 35,7%, en  tanto que el IVA Aduanero se incrementó en 36,3%. 

En el IVA Impositivo

• Atenuaron la variación interanual: 

➔ Mayores devoluciones de IVA a Exportadores, del Régimen de  Comercialización de Granos y de otras devoluciones, en relación al  año anterior. 

➔ El ingreso en octubre 2024 de recaudación proveniente de la  moratoria (Ley 27.743). 

➔ Mayor acogimiento de deuda corriente a planes de pago, en relación  al año anterior. 

En el IVA Aduanero

• Incidieron positivamente: 

➔ El incremento del tipo de cambio. 

➔ El aumento de las importaciones. 

• Atenuó la variación interanual la derogación a partir de marzo 2025  de la suspensión de los certificados de exclusión. En el año anterior los  mismos se encontraban suspendidos por lo que la recaudación de las  percepciones aduaneras se veía incrementada.

El Impuesto a las Ganancias presentó una variación interanual de  48,5%, recaudando $ 3.277.944 millones.  

Incidieron favorablemente en la recaudación:  

• Mayores ingresos de anticipos de Ganancias Sociedades en relación  al año anterior, debido a la modificación en el Régimen de Anticipos  implementada por RG 5.685/2025. El quinto anticipo del cierre  diciembre se calculó con la alícuota del 11,11% en tanto el año pasado se  aplicó la de 8,33%. Este aumento se vio morigerado por los anticipos  ingresados en 2024 por el sector financiero debido al impuesto  determinado extraordinario del año fiscal 2023, base de cálculo de los  anticipos ingresados en octubre 2024. 

• Mayor recaudación de anticipos de Ganancias Personas Humanas en  comparación con el año anterior. Este año operó el vencimiento del  segundo anticipo del período fiscal 2025 en tanto en el año 2024 se  había prorrogado hacia diciembre. 

• El incremento de retenciones impositivas. 

Atenuaron la variación interanual el ingreso en octubre 2024 de  recaudación proveniente de la moratoria (Ley 27.743).

En el Impuesto a los Créditos y Débitos se alcanzaron  $ 1.342.985 millones, con un incremento interanual de 41,2%.

Los ingresos por Seguridad Social aumentaron 32,8%, alcanzando  $ 3.760.438 millones.  

Incidió favorablemente el aumento de la remuneración bruta promedio. A su vez, atenuaron la variación: 

• El ingreso en octubre 2024 de recaudación proveniente de la  moratoria (Ley 27.743). 

• Mayor acogimiento de deuda corriente a planes de pago, en relación  al año anterior.

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Ganancias: ARCA actualiza el régimen de anticipos y habilita nuevas opciones de reducción

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La Agencia de Recaudación actualiza el régimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias y flexibiliza la reducción para empresas

La Resolución General 5778/2025 introduce nuevos parámetros de actualización automática según el IPC y habilita a sociedades comprendidas en el artículo 73 de la Ley de Ganancias a reducir anticipos desde el tercer pago. El objetivo es ajustar el esquema fiscal a la evolución inflacionaria y aliviar la carga financiera de los contribuyentes.

Ajuste del régimen de anticipos y actualización anual por inflación

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso, mediante la Resolución General 5778/2025, una serie de modificaciones sustanciales al régimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias, con el objetivo de dotar de mayor previsibilidad y flexibilidad a los contribuyentes.

La medida, publicada en el Boletín Oficial del 27 de octubre de 2025, introduce un mecanismo de actualización automática anual de los parámetros de base de cálculo y montos mínimos previstos en las Resoluciones Generales 5211 y 5246, aplicando la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC.

El nuevo esquema comenzará a regir a partir del 1 de marzo de 2027 y los valores actualizados se publicarán anualmente en el sitio institucional del organismo (www.arca.gob.ar). En su primera aplicación, el coeficiente de ajuste tomará en cuenta la variación del IPC entre noviembre de 2025 y diciembre de 2026, de acuerdo con la disposición transitoria incluida en la resolución.

Además, se redefinen los límites para la aplicación del procedimiento especial de reducción de anticipos, que será obligatorio cuando el monto estimado supere los $250 millones para contribuyentes de alta significación fiscal y $200 millones para el resto de los contribuyentes.

Flexibilización de la reducción de anticipos para empresas

Uno de los cambios más relevantes introducidos por la Resolución General 5778/2025 es la ampliación de la opción de reducción de anticipos para las sociedades comprendidas en el artículo 73 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (texto ordenado 2019).

Hasta ahora, estas empresas solo podían ejercer dicha opción a partir del quinto anticipo. Con la nueva norma, podrán hacerlo desde el tercero, siempre que se verifique que el total estimado a ingresar supere en más del 25% el impuesto determinado para el período fiscal correspondiente.

Asimismo, tanto las personas humanas como las sociedades podrán ejercer la reducción desde el primer anticipo cuando la suma total estimada a ingresar exceda en más del 40% el monto final del impuesto proyectado para el ejercicio.

El artículo 9° modificado de la Resolución General 5211 establece expresamente que esta opción aplica tanto a personas humanas y sucesiones indivisas como a personas jurídicas alcanzadas por el impuesto.

De este modo, ARCA busca adecuar el flujo de anticipos a la capacidad contributiva real de los sujetos, evitando distorsiones derivadas de variaciones abruptas en la rentabilidad o en la dinámica económica general.

Objetivo: alivio financiero y mejora en la administración tributaria

En los considerandos, la resolución justifica la modificación por “razones de administración tributaria”, destacando la necesidad de actualizar los parámetros del régimen en función de la evolución de la economía y la inflación, con el propósito de mejorar la equidad y eficiencia del sistema recaudatorio.

El nuevo esquema beneficiará principalmente a empresas grandes y medianas que enfrentan fluctuaciones de ingresos o variaciones estacionales en sus resultados, permitiéndoles ajustar sus pagos anticipados y mejorar su flujo de caja sin incurrir en penalidades.

Además, la norma simplifica los procedimientos al centralizar la información fiscal en el servicio web “Sistema Registral”, desde donde los contribuyentes podrán verificar su segmentación fiscal y acceder a los datos relevantes para el cálculo de anticipos.

El Director Ejecutivo de ARCA, Juan Alberto Pazo, firmó la medida en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley 11.683 y los decretos 618/1997, 953/2024 y 13/2025, que reestructuraron el organismo recaudador y suprimieron funciones previamente bajo la órbita de la AFIP.

La resolución entrará en vigencia al día hábil siguiente de su publicación y será aplicable a las solicitudes de reducción de anticipos que se presenten a partir de esa fecha.

Impacto y proyección

La actualización automática de los umbrales y el rediseño del régimen de anticipos marcan un paso hacia un sistema tributario más dinámico y predecible, ajustado a la variación inflacionaria.

En la práctica, esto implicará que cada año, a partir de marzo, los montos mínimos de aplicación del procedimiento especial y los límites de cálculo se ajusten en línea con el IPC, reduciendo la necesidad de modificaciones discrecionales por parte de la administración.

Este mecanismo no solo otorga mayor certidumbre a los contribuyentes, sino que también fortalece la transparencia y la trazabilidad en los procedimientos fiscales.

De este modo, la Resolución General 5778/2025 consolida una política de modernización y automatización tributaria, alineada con las metas del Ministerio de Economía para 2025-2026, orientadas a reducir la presión administrativa y mejorar el cumplimiento voluntario del impuesto a las ganancias.

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Ingresos Brutos: desde septiembre es obligatorio el nuevo sistema de pago electrónico del Convenio Multilateral

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La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18/8/77 oficializó, mediante la Disposición 10/2025, la entrada en vigencia del nuevo Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos – Pago Electrónico COMARB, que será de uso obligatorio para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos alcanzados por el régimen interjurisdiccional. La medida, publicada este martes en el Boletín Oficial, marca un paso decisivo hacia la digitalización total de las obligaciones fiscales y apunta a fortalecer la trazabilidad y control en la recaudación.

La decisión se fundamenta en lo dispuesto por la Resolución General CA N.° 5/2025, que había aprobado el uso del sistema de pago electrónico a través del servicio “Pagos BtoB” de Interbanking SA. Esa resolución ya anticipaba que el mecanismo tendría carácter obligatorio para los contribuyentes alcanzados, quienes serían notificados al momento de ingresar al sistema SIFERE WEB – Módulo DDJJ.

Con la nueva disposición, firmada por el presidente de la Comisión Arbitral, Luis María Capellano, se fijó la fecha de vigencia inmediata del sistema. A partir del 1° de septiembre de 2025, todos los contribuyentes notificados deberán utilizar el Pago Electrónico COMARB como vía exclusiva para cumplir con sus obligaciones de Ingresos Brutos en el marco del Convenio Multilateral.

La disposición también ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Nación y la comunicación a todas las jurisdicciones adheridas, asegurando la implementación homogénea del sistema en las distintas provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Digitalización y control fiscal

El Pago Electrónico COMARB busca reemplazar progresivamente los mecanismos tradicionales de cancelación de obligaciones por un sistema digital más seguro, ágil y trazable. Al operar dentro de la plataforma Interbanking, se garantiza una conexión directa con las entidades financieras, lo que mejora el control sobre la transferencia de fondos y reduce riesgos de evasión.

La medida se inscribe en la agenda de modernización tributaria que vienen impulsando tanto la Comisión Arbitral como las agencias fiscales provinciales. Entre sus principales beneficios se destacan:

  • Agilización de los pagos: los contribuyentes podrán efectuar las transferencias electrónicas sin intermediación física.
  • Homogeneización de procesos: se unifica la forma de cancelar obligaciones de Ingresos Brutos bajo Convenio Multilateral.
  • Trazabilidad financiera: el uso de canales electrónicos permite un seguimiento más estricto de los flujos de recaudación.
  • Reducción de costos administrativos: tanto para los fiscos provinciales como para los contribuyentes.

La obligatoriedad del sistema impacta directamente en empresas con actividad en más de una jurisdicción, que son las alcanzadas por el Convenio Multilateral. Estas compañías deberán adaptar sus procesos internos para cumplir exclusivamente a través del Pago Electrónico COMARB dentro del SIFERE WEB.

Si bien se espera que la digitalización simplifique el cumplimiento y reduzca tiempos operativos, también supone un desafío de adaptación tecnológica para contribuyentes de menor escala que aún operaban con sistemas tradicionales de pago.

Desde el punto de vista de las jurisdicciones, la medida refuerza los mecanismos de control interjurisdiccional de ingresos brutos, en un contexto de tensión permanente entre provincias por la distribución de la base imponible de este tributo, que es una de las principales fuentes de financiamiento de los fiscos locales.

Hacia un esquema tributario 100% electrónico

La decisión de la Comisión Arbitral se enmarca en un proceso más amplio de transformación digital de la administración tributaria argentina, que incluye la interoperabilidad de sistemas, la centralización de declaraciones juradas y el uso intensivo de plataformas electrónicas.

En adelante, se espera que el Pago Electrónico COMARB no solo agilice la recaudación de Ingresos Brutos bajo Convenio Multilateral, sino que también siente las bases para la integración de otros servicios digitales, como la automatización de devoluciones, la compensación de saldos y el intercambio en tiempo real de información entre jurisdicciones.

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¿Autonomía fiscal? Por qué la idea de Milei puede ser positiva para Misiones

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¿Autonomía fiscal? La promesa de Milei podría revolucionar la economía de Misiones. Misiones es la provincia que más recursos aporta al fisco nacional, pero la que menos recibe de la región. En cambio, si se quedara en el territorio la recaudación de los impuestos nacionales por actividad económica, se daría vuelta la ecuación y Misiones pasaría a contar con más recursos que Chaco, Corrientes y Formosa. 

En materia legislativa, el presidente adelantó proyectos para establecer el equilibrio fiscal obligatorio a nivel nacional y provincial, reducir el gasto público al 25% del PBI en 2027 y eliminar más impuestos. Misiones está entre las que menos destina al gasto público. 

La provincia que se ubica en el primer lugar de altos gastos es Río Negro, con un 65,6%; le siguen Salta 58,6% y Jujuy 57,2%. Misiones, en tanto, eroga el 34,4%. Esto significa que el presupuesto provincial en curso prioriza los rubros salud, educación y seguridad a través de un equilibrio fiscal de no tomar deuda y cuidar los recursos provinciales, sin que esto afecte al ciudadano común. Muy cerca le sigue Córdoba con 36,8%. El modelo misionero de déficit cero lleva dos décadas. 

En materia de recaudación, el sistema que imagina Milei es similar al de Brasil y Estados Unidos, donde los estados o provincias recaudan y le dan una parte a la Nación. El Presidente sugirió “una reforma impositiva estructural, para así reducir en un 90% la cantidad de impuestos nacionales y pasar a tener únicamente seis impuestos, terminando con el infierno logístico que implica tributar en Argentina”.

“Sumado a eso, el espíritu de la reforma en la que estamos trabajando es brindarle autonomía fiscal a las provincias en los impuestos que hoy recauda el Estado nacional en su nombre. De este modo, el Estado nacional establecerá un piso mínimo para cada impuesto, sustancialmente inferior al total actual, y luego las provincias podrán elevarlo a su criterio, lo que indudablemente generará una competencia fiscal entre las provincias que dinamizará así sus economías”, detalló.

Misiones recauda más que el resto de las provincias de la región por el volumen de la actividad económica y una estructura fiscal sólida, con impuestos locales que no tributan los productores primarios. Al mismo tiempo, en cuanto a los impuestos nacionales, tiene porcentajes más bajos, como en el impuesto a los patentamientos. Entre las provincias con los costos más bajos se destacan Misiones, Tucumán y Jujuy, con un 2% del valor fiscal del automóvil, mientras que Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) tiene la tasa más alta, con hasta un 6% del valor fiscal del vehículo. Le siguen la provincia de Buenos Aires, con un 4%, y Tierra del Fuego, que también alcanza hasta el 4%. Esto convierte a Misiones en una de las opciones más convenientes para quienes buscan minimizar los costos de patentamiento.

La propuesta contempla un sistema en el que la Nación centralice la estructura impositiva con una alícuota base, permitiendo a las provincias aumentarla y generar competencia fiscal. Se tomaría como referencia el IVA y un impuesto a la venta, con una posible coordinación con Ingresos Brutos, destaca Alejandro Pegoraro, columnista especializado de Economis.

En el caso de Misiones, la provincia tiene actualmente alícuotas bajas en sectores clave como el agro y la industria, además de una alícuota general en la media nacional. 

En medio de la incertidumbre sobre el plan Milei, no se descarta un esquema similar al del Consenso Fiscal de 2016 bajo el gobierno de Mauricio Macri, cuando se establecieron límites a las alícuotas, lo que llevó a algunas provincias a subirlas temporalmente antes de reducirlas. También menciona el “SuperIVA”, una propuesta que podría servir de modelo. Su implementación dependerá de una compleja coordinación fiscal con las provincias.

En el NEA, Misiones es la que más recauda por su actividad económica. Si se suma la recaudación de IVA, Ganancias, Bienes Personales, Impuestos Internos y Monotributo impositivo (todos coparticipables) durante 2024 en el NEA se recaudaron $ 762.828 millones. De ese total, Misiones aportó el 35,4% de la misma, un valor superior al aporte de las otras provincias de la región: Corrientes aportó el 26,6%, Chaco el 25,3% y Formosa el 12,7%. 

En el Gobierno provincial advierten que la disparidad es más profunda, porque Arca subestima la recaudación en Misiones ya que muchas empresas que producen aquí tienen su domicilio fiscal en CABA (Yacyretá, empresas forestales, hoteleros, etc).

Ahora bien, cuando se analiza la distribución de esos fondos (que llegan por coparticipación federal y otras transferencias automáticas regidas por Ley 23.548) Misiones recibió apenas el 21,3% de los fondos que llegaron al NEA, el valor más bajo en la región, ya que Chaco captó el 31,8%, Corrientes el 23,9% y Formosa el 23%.

Dicho de otro modo: Misiones aportó $ 35 de cada 100 pesos que recaudó el NEA por los tributos mencionados pero recibió apenas $ 21 de cada $ 100 que se distribuyeron en la región por reparto automático. 

Si bien esta situación es una constante de los últimos treinta años, se observa que en 2024 la asimetría se agravó respecto al año anterior: en 2023 Misiones representó el 32% de la recaudación nacional en la región y se llevó solo el 21,3%. Es decir, en 2023 y 2024 su participación en la recepción de fondos fue la misma (la más baja de la región) pero en 2024 aportó aún más de lo que había aportado en 2023 (32,0% vs. 35,4%). 

Esto se debe a que Misiones, en un escenario generalizado de caída de la recaudación que se vio en todo el país, fue la que menos cayó: la sumatoria de los impuestos antes mencionados (IVA, Ganancias, Bienes Personales, Internos y Monotributo) mostró una contracción del 19,6% anual en términos reales, una caída significativa pero notoriamente inferior a los de las otras provincias de la región: en Chaco cayó 29,7%, en Corrientes 29,1% y en Formosa 37%, con una caída acumulada para la región de 27,4%. 

¿Qué pasa cuando se amplía el análisis al Norte Grande? La situación es muy similar. De las diez provincias que componen la región, siete recibieron más fondos de lo que aportan, y son tres las que aportan más de lo que reciben. Misiones está entre esas tres junto a Salta y Tucumán. Veamos los números. 

El Norte Grande aportó $ 2,1 billones al Tesoro Nacional en recaudación de impuestos coparticipables durante el 2024. De ese total, Salta aportó el 23,9%, Tucumán el 16,0% y Misiones el 12,7%; sin embargo, recibieron el 10,7%, 13,1% y 9,3% de lo que llegó a la región por transferencias automáticas. 

Es decir: cada $ 100 pesos, Salta aportó $ 24 pero recibió $ 11; Tucumán aportó $ 16 y recibió $ 13; y Misiones aportó $ 13 y recibió $ 9, siempre en relación con el consolidado regional. 

En la macrorregión, Misiones fue la provincia con el tercer mayor aporte en IVA (14% del total); y también la que aportó el tercer mayor nivel en impuesto a las Ganancias (11,8%). En ambos casos, se ubica detrás de Salta y Tucumán, lo cual ratifica lo anteriormente detallado respecto a los motivos por los cuales la provincia se destaca en el NEA y también el protagonismo en el Norte Grande.

De acuerdo a esos datos, una reforma como la que propone Milei podría favorecer la economía misionera y una mejor distribución de los recursos de acuerdo a la actividad generada. 

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La recaudación propia de Misiones cayó 12,2% en el primer trimestre

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El dato se conoció justo en momentos en los que la Provincia analiza incrementos salariales para el sector público, con salarios que perdieron poder adquisitivo ante la inflación acumulada en los últimos meses y la disparada del costo de los servicios empujada por la Nación: en el primer trimestre la recaudación de Misiones cayó 12,2 por ciento interanual. En total se recaudaron 151.675 millones, con un incremento nominal de 226,9%  interanual nominal; al descontar la inflación regional de ese año, la recaudación exhibe una  merma del 12,2% real interanual, como consecuencia de la parálisis económica de los últimos meses, motivada por el ajuste nacional y la caída de la actividad. La recaudación de la Nación también cayó en términos reales 10% en abril y 10,1% si se considera el acumulado del primer cuatrimestre.

Esos datos, sumados a la caída de la coparticipación, obligan a una delicada ingeniería financiera, para sostener el equilibrio y atender las demandas salariales. Se sabe que en los próximos días se dará a conocer un nuevo incremento salarial para los estatales, que estará por encima de la inflación, para lo que el Gobierno deberá redirigir recursos que estaban previstos para otras áreas. 

Evolución y detalles de la recaudación misionera durante 2024 

Durante el segundo semestre del año 2023, se comenzaba a observar una tendencia bajista donde la recaudación mostraba descensos en términos reales de la mano de un  enfriamiento generalizado de la actividad económica y la aceleración inflacionaria. Dicha tendencia continuó durante el primer trimestre del 2024.  

En enero la recaudación misionera totalizó $49.758 millones con una baja  relativamente menor (-2,8% real interanual) que estuvo sustentada en un muy fuerte  incremento de la recaudación del impuesto Inmobiliario, cuya expansión fue del 446% real interanual y compensó en parte los descensos observados en el impuesto a los Ingresos  Brutos (-3,9%), Sellos (-49,3%), Automotor (-43,9%) y de las tasas varias (-35,3%).  

En febrero la recaudación totalizó $48.112 millones pero la merma interanual en términos reales fue muy superior: en este mes cayó 18,5%. En este caso, Ingresos Brutos cae en menor nivel que el nivel general provincial (-13,7%) pero el resto de los componentes lo hizo en fuertes niveles: Sellos -46%, Automotor -45,7%, Inmobiliario -56,9% y Tasas varias -17,9%. 

Finalmente, en marzo la recaudación totalizó $53.805 millones con una caída algo menor  que la del mes previo: en este mes fue de -14,9% y nuevamente se observa como Ingresos Brutos contuvo la caída, ya que en ese tributo fue de -11,0%. Entre el resto de los componentes,  Sellos cae 27,4%; Inmobiliario -58,8%; Automotor -15,3% y Tasas Varias -28,2%. 

Así, el primer trimestre del año cerró con un total recaudado por $ 151.675 millones con  una variación nominal interanual del 226,9%; sin embargo, al analizar dicha cifra en  moneda constante, la recaudación misionera cerró el período presentando una caída del  12,2% en términos reales. Ese número final está contenido, como se observó en el análisis  mensual, por el impuesto a los Ingresos Brutos: en el acumulado trimestral este tributo  exhibe una merma del 9,4%, inferior al nivel general provincial; sin embargo, el resto de los  componentes caen muy por encima: Inmobiliario -33,9%; Sellos -41,0%; Automotor – 31,6%; y Tasas Varias -27,6%. 

Si se desagrega el componente de Tasas Varias, todas muestran caídas pero en diferentes  magnitudes: Concesión Minera -34,3%; Tasas Varias del Código Fiscal -56,2%; Tasa  Forestal -21,1%; Tasas Administrativas -41,1%; Tasas por Servicios Industriales -81,4%; y  Tasas Administrativa Inmobiliario -50,0%.

La recaudación misionera en el plano regional y nacional 

En el primer trimestre las provincias del NEA (exceptuando Corrientes que no tiene  un sistema de publicación de este tipo de información) no escaparon de la lógica nacional  en relación con la caída de la recaudación. Así, tanto Chaco como Formosa y Misiones  presentaron bajas aunque en diferentes magnitudes.  

La caída de la recaudación misionera acumulada del primer trimestre fue de -12,2% real; si bien es una caída de importante magnitud, en notoriamente  inferior a las contracciones observadas en Chaco (-23,1%) y en Formosa (-32,6%). 

En el plano nacional, se cuenta con la información recaudatoria para 19 distritos de los  cuales apenas dos cerraron el primer trimestre del año con subas reales: Neuquén  (+12,7%) y Córdoba (+1,3%); las diecisiete jurisdicciones restantes presentaron bajas de  diferente magnitud y la misionera se encuentra en este punto en el lote de diez provincias  con bajas de doble dígito.

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