responsabilidad parental

Argentina activa desde 2026 el Convenio de La Haya sobre responsabilidad parental

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A partir del 1 de enero de 2026 entró en vigor para la República Argentina el Convenio de La Haya de 1996 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños. La activación del instrumento internacional, publicada en el Boletín Oficial, representa un hito institucional en materia de cooperación jurídica internacional y refuerza el marco normativo aplicable a situaciones transfronterizas vinculadas a la protección de niños, niñas y adolescentes.

El convenio fue incorporado al ordenamiento jurídico argentino tras cumplir el circuito constitucional de aprobación legislativa y ratificación internacional, y comenzó a regir conforme a los plazos establecidos en su propio texto.

Un tratado internacional con aprobación legislativa y cronograma definido

El Convenio de La Haya de 19 de octubre de 1996 fue celebrado en La Haya, Reino de los Países Bajos, y la República Argentina lo firmó el 11 de junio de 2015. Su aprobación legislativa se concretó mediante la Ley N° 27.237, sancionada por el Congreso Nacional, cumpliendo con los requisitos constitucionales para la incorporación de tratados internacionales.

El paso final para su entrada en vigor se produjo con el depósito del Instrumento de Ratificación el 18 de septiembre de 2025, lo que activó el plazo previsto en el Artículo 61 del Convenio. En consecuencia, el tratado comenzó a regir para la Argentina el 1 de enero de 2026.

La publicación oficial fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, en el marco de la Ley N° 24.080, que regula la publicación y entrada en vigor de instrumentos multilaterales que requieren aprobación legislativa.

Reservas formuladas y alcance normativo del Convenio

De acuerdo con lo informado en el Boletín Oficial, la República Argentina formuló una reserva al Artículo 55 del Convenio. El detalle y alcance de dicha reserva constan en el texto del Instrumento de Ratificación, que fue adjuntado a la comunicación oficial.

El Convenio regula aspectos centrales vinculados a la competencia judicial, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de decisiones y los mecanismos de cooperación internacional en materia de responsabilidad parental y medidas de protección de los niños. Su entrada en vigor establece un marco común para la actuación de las autoridades competentes en situaciones que involucran más de un Estado.

Desde el punto de vista institucional, el tratado refuerza los mecanismos de articulación entre jurisdicciones y fija reglas claras para la resolución de conflictos de derecho internacional privado en materia de protección infantil.

Impacto institucional y proyección jurídica

La vigencia del Convenio de La Haya de 1996 introduce un nuevo escenario normativo para los casos transnacionales vinculados a la responsabilidad parental y a las medidas de protección de niños. Su implementación impacta directamente en el funcionamiento del sistema judicial y en la cooperación entre autoridades administrativas y judiciales de los Estados parte.

La activación del instrumento también consolida el rol del Estado argentino dentro de los sistemas multilaterales de cooperación jurídica internacional, al adoptar reglas uniformes para el tratamiento de situaciones complejas que exceden el ámbito estrictamente nacional.

La comunicación oficial lleva la firma de Juan Pablo Paniego, Consejero de Embajada y Cónsul General, de la Dirección de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, y fue publicada el 5 de enero de 2026, bajo el número 109/26 del Boletín Oficial.

Argentina activa el Convenio de La Haya by CristianMilciades

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Diputados aprobó la quita de patria potestad para femicidas

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La Cámara de Diputados aprobó por 203 votos positivos y dos abstenciones un proyecto de ley que establece la privación de la responsabilidad parental para los homicidas de sus parejas. Tras recibir modificaciones, la iniciativa regresa al Senado para convertirse en ley.

Antes de la votación, la diputada Graciela Camaño planteó postergar la votación hasta el final de la sesión, a los efectos de consensuar en ese ínterin un texto definitivo, por una diferencia de criterio que se planteaba en torno al alcance de la resolución.

La diferencia había sido planteada previamente por las diputadas Araceli Ferreyra y Victoria Donda, y acompañada por Soledad Carrizo, quienes plantearon que la norma tenía que alcanzar solo a los hombres, que representan el 99,9% de los casos de homicidios, y no como establecía lo acordado, involucrando indistintamente a “los progenitores”. En su lugar propusieron poner padres.

Por mayoría se decidió realizar la votación en general donde resultó sancionada y plantear la modificación del artículo 1 en la discusión en particular.

Se trata de la segunda sesión del vigente período ordinario de la Cámara baja, luego de que el miércoles pasado se aprobara por unanimidad la ley de servicio eléctrico gratuito para usuarios electrodependientes.

El nuevo régimen de responsabilidad parental, que implica una reforma al Código Civil y Comercial, bastará con una sentencia o un procesamiento judicial a un autor de femicidio u otros delitos aberrantes para que automáticamente quede privado de la patria potestad sobre sus hijos. La privación de la responsabilidad parental (conocida como “patria potestad”) se aplicará sobre los delitos de homicidio agravado por el vínculo, femicidio, lesiones gravísimas y abuso sexual del hijo por parte del progenitor.

El proyecto ya cuenta con media sanción del Senado, pero el dictamen alcanzado en Diputados con el aporte de distintas fuerzas políticas aplicó modificaciones, por lo que si la iniciativa es aprobada este miércoles deberá volver a la Cámara iniciadora para su sanción definitiva.

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